LOTE N° 11 - EQUIPOS DE ENERGÍA ININTERRUMPIDA 40 kVA Sector Cultural. Autonomía
Se solicita una UPS de 40 KVA con factor de potencia de salida de 0.9 y una autonomía de 30 minutos a plena carga de 40 kW. Lo solicitado es imposible de cumplir. Por favor aclarar teniendo en cuenta los conceptos de Potencia Activa y Potencia aparente.
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07-08-2025
LOTE N° 11 - EQUIPOS DE ENERGÍA ININTERRUMPIDA 40 kVA Sector Cultural. Autonomía
Se solicita una UPS de 40 KVA con factor de potencia de salida de 0.9 y una autonomía de 30 minutos a plena carga de 40 kW. Lo solicitado es imposible de cumplir. Por favor aclarar teniendo en cuenta los conceptos de Potencia Activa y Potencia aparente.
Favor ajustarse a la Adenda a ser publicada en el SICP.
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Especificaciones Técnicas LOTE N°10 - ISO 22301.
En el pliego se explica que “En toda organización que maneje valores muy cortos de MTPD según ISO 22301 (Maximun tolerable period of disruption - Tiempo Máximo tolerable de Interrupción del Servicio) se debe tener equipos con el porte necesario para mantener los niveles de continuidad y resiliencia, además contar con las herramientas administrativas y contractuales que permitan una gestión eficiente de los tiempos de respuesta SLA. Teniendo como premisa lo anteriormente mencionado, es requisito contar con diferentes marcas de fabricantes, en atención que los aires principales son de la marca APC/Schneider Electric, es necesario que en este proceso las ofertas sean de marcas diferentes a la mencionada anteriormente.”
Debido a que no existen marcas de aire acondicionado de precisión instaladas directamente en nuestro país sino vendors, partners o representantes y dado que tiempo de MTPD depende del SLA ofrecido por el vendor, partner o representante, entendemos que el vendor, partner o representante que vendió los actuales equipos APC / Schneider Electric queda inhabilitado para ofrecer otra marca dado que difícilmente se pueda esperar un mejor SLA , por ejemplo, con otra marca. Indicar si es correcta nuestra apreciación dado que el SLA depende del agente local y no de la marca.
En el pliego se explica que “En toda organización que maneje valores muy cortos de MTPD según ISO 22301 (Maximun tolerable period of disruption - Tiempo Máximo tolerable de Interrupción del Servicio) se debe tener equipos con el porte necesario para mantener los niveles de continuidad y resiliencia, además contar con las herramientas administrativas y contractuales que permitan una gestión eficiente de los tiempos de respuesta SLA. Teniendo como premisa lo anteriormente mencionado, es requisito contar con diferentes marcas de fabricantes, en atención que los aires principales son de la marca APC/Schneider Electric, es necesario que en este proceso las ofertas sean de marcas diferentes a la mencionada anteriormente.”
Debido a que no existen marcas de aire acondicionado de precisión instaladas directamente en nuestro país sino vendors, partners o representantes y dado que tiempo de MTPD depende del SLA ofrecido por el vendor, partner o representante, entendemos que el vendor, partner o representante que vendió los actuales equipos APC / Schneider Electric queda inhabilitado para ofrecer otra marca dado que difícilmente se pueda esperar un mejor SLA , por ejemplo, con otra marca. Indicar si es correcta nuestra apreciación dado que el SLA depende del agente local y no de la marca.
Se aclara que el requisito establecido en el pliego hace referencia únicamente a la marca del equipo ofertado, que debe ser distinta a APC/Schneider Electric. Esto se fundamenta en la necesidad de reducir el riesgo operativo y garantizar la continuidad del servicio ante fallas, conforme a los lineamientos de la norma ISO 22301 sobre MTPD.
Se destaca que el nivel de SLA exigido debe ser garantizado por el fabricante de la marca ofertada, por lo tanto, la apreciación de que el SLA depende exclusivamente del agente local y no de la marca es incorrecta.
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Especificaciones Técnicas Lote 10.
En el PBC se requiere que “El filtro deberá ser resistente a la humedad hasta una humedad relativa del 100%. Los filtros se deberán poder sustituir fácilmente.”
Respetuosamente pedimos aclarar el significado de que los filtros deben resistir una humedad del 100%. Una humedad del 100% significa que el aire esta saturado de vapor de agua y podría haber niebla o llovizna dentro del Data Center. Por favor confirmar:
a) si es habitual que haya niebla o llovizna dentro del actual Data Center?
b) Como parametrizar el término “Facilmente”.
En el PBC se requiere que “El filtro deberá ser resistente a la humedad hasta una humedad relativa del 100%. Los filtros se deberán poder sustituir fácilmente.”
Respetuosamente pedimos aclarar el significado de que los filtros deben resistir una humedad del 100%. Una humedad del 100% significa que el aire esta saturado de vapor de agua y podría haber niebla o llovizna dentro del Data Center. Por favor confirmar:
a) si es habitual que haya niebla o llovizna dentro del actual Data Center?
b) Como parametrizar el término “Facilmente”.
Se aclara que el requerimiento de que el filtro sea resistente a una humedad relativa del 100% hace referencia a su comportamiento estructural ante aire saturado de vapor de agua, no a la presencia de agua líquida. No implica que deba operar bajo condiciones de niebla o llovizna, sino que el material filtrante no debe degradarse ni perder eficiencia en ambientes con alta humedad relativa. Asimismo, "fácilmente sustituibles" significa que los filtros deben poder reemplazarse sin desmontaje del equipo.
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Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
Donde dice: “b) LOTE N° 10: Fotocopia/s simple/s de contrato/s finalizado/s, y/o factura/s, y/o recepción/es final/es y/o conformidad/es debidamente suscriptas por el cliente final, de provisión de equipos con al menos una de las características técnicas (carga térmica y/o caudal de aire), similares a lo solicitado en el apartado Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas para el lote; a Instituciones Públicas y/o Privadas, dentro del periodo comprendido entre los años 2020 a 2024, cuyos montos sumados representen un monto igual o superior al 40% del monto total del Lote ofertado en la presente licitación. Podrán presentarse la cantidad de documentaciones citadas que fueren necesarias para acreditar el monto solicitado, siempre y cuando dichas provisiones hayan sido realizadas dentro del periodo mencionado y que los equipos sean de la misma marca del lote ofertado. Será aceptada la documentación del fabricante de la marca que haya sido absorbida, toda vez que se acredite que sean de la misma línea del fabricante. El BCP podrá solicitar información adicional, a fin de confirmar lo mencionado.”
Solicitamos que el requisito de que los equipos referenciados en los antecedentes presentados deban ser de la misma marca del lote ofertado sea eliminado o, en su defecto, considerado como un criterio opcional o no excluyente. Este requisito limita innecesariamente la participación de oferentes con experiencia comprobada en la provisión de equipos técnicamente equivalentes (en carga térmica y caudal de aire), pero de marcas distintas a la ofertada. Muchos equipos de distintas marcas cumplen normas internacionales equivalentes y presentan desempeño similar o superior, lo cual puede ser objetivamente evaluado.
Permitir referencias de equipos con características técnicas equivalentes, aunque sean de diferente marca, sigue garantizando que el oferente posee experiencia relevante y comprobada para cumplir con el suministro requerido. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
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Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
Donde dice: “b) LOTE N° 10: Fotocopia/s simple/s de contrato/s finalizado/s, y/o factura/s, y/o recepción/es final/es y/o conformidad/es debidamente suscriptas por el cliente final, de provisión de equipos con al menos una de las características técnicas (carga térmica y/o caudal de aire), similares a lo solicitado en el apartado Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas para el lote; a Instituciones Públicas y/o Privadas, dentro del periodo comprendido entre los años 2020 a 2024, cuyos montos sumados representen un monto igual o superior al 40% del monto total del Lote ofertado en la presente licitación. Podrán presentarse la cantidad de documentaciones citadas que fueren necesarias para acreditar el monto solicitado, siempre y cuando dichas provisiones hayan sido realizadas dentro del periodo mencionado y que los equipos sean de la misma marca del lote ofertado. Será aceptada la documentación del fabricante de la marca que haya sido absorbida, toda vez que se acredite que sean de la misma línea del fabricante. El BCP podrá solicitar información adicional, a fin de confirmar lo mencionado.”
Solicitamos que el requisito de que los equipos referenciados en los antecedentes presentados deban ser de la misma marca del lote ofertado sea eliminado o, en su defecto, considerado como un criterio opcional o no excluyente. Este requisito limita innecesariamente la participación de oferentes con experiencia comprobada en la provisión de equipos técnicamente equivalentes (en carga térmica y caudal de aire), pero de marcas distintas a la ofertada. Muchos equipos de distintas marcas cumplen normas internacionales equivalentes y presentan desempeño similar o superior, lo cual puede ser objetivamente evaluado.
Permitir referencias de equipos con características técnicas equivalentes, aunque sean de diferente marca, sigue garantizando que el oferente posee experiencia relevante y comprobada para cumplir con el suministro requerido. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
Ajustarse al PBC. El requerimiento de que los antecedentes correspondan a equipos de la misma marca ofertada se encuentra justificado en garantizar la capacidad técnica sobre el comportamiento, mantenimiento, instalación, configuración y soporte del equipo ofertado en condiciones reales de operación, lo cual no puede asegurarse mediante referencias de marcas distintas.
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*** Con relación al lote 9 item 1 Proyectores Multimedia"
Nos dirigimos a ustedes fin de solicitar que el ítem correspondiente al “Proyector Láser de 4000 lúmenes - FULL HD” sea considerado como opcional o, en su defecto, que se admitan propuestas con equipos que cumplan con características técnicas equivalentes que aseguren el correcto funcionamiento y rendimiento esperado. Específicamente, el pliego establece actualmente lo siguiente: Proyector Láser de 4000 lúmenes - FULL HD Tecnología LCD de 3 chips o DLP Relación de contraste dinámico 2.500.000:1 Enfoque manual o automático Lente incluido Desplazamiento de lente vertical y horizontal Zoom óptico manual o automático Solicitamos que se admita también como alternativa la presentación de proyectores con las siguientes características técnicas: Sistema de proyección: DLP Fuente de luz: Lámpara tipo UHP Relación de contraste (FOFO): 20.000:1 Corrección automática de distorsión trapezoidal vertical: hasta ±40° Zoom óptico: 1.1× Consideramos que estas especificaciones técnicas ofrecen un desempeño equivalente, cumpliendo con los requerimientos funcionales para las aplicaciones previstas, y permitirían una mayor participación en la licitación, promoviendo así la libre competencia y optimización de costos.
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*** Con relación al lote 9 item 1 Proyectores Multimedia"
Nos dirigimos a ustedes fin de solicitar que el ítem correspondiente al “Proyector Láser de 4000 lúmenes - FULL HD” sea considerado como opcional o, en su defecto, que se admitan propuestas con equipos que cumplan con características técnicas equivalentes que aseguren el correcto funcionamiento y rendimiento esperado. Específicamente, el pliego establece actualmente lo siguiente: Proyector Láser de 4000 lúmenes - FULL HD Tecnología LCD de 3 chips o DLP Relación de contraste dinámico 2.500.000:1 Enfoque manual o automático Lente incluido Desplazamiento de lente vertical y horizontal Zoom óptico manual o automático Solicitamos que se admita también como alternativa la presentación de proyectores con las siguientes características técnicas: Sistema de proyección: DLP Fuente de luz: Lámpara tipo UHP Relación de contraste (FOFO): 20.000:1 Corrección automática de distorsión trapezoidal vertical: hasta ±40° Zoom óptico: 1.1× Consideramos que estas especificaciones técnicas ofrecen un desempeño equivalente, cumpliendo con los requerimientos funcionales para las aplicaciones previstas, y permitirían una mayor participación en la licitación, promoviendo así la libre competencia y optimización de costos.
Ajustarse al PBC. Las especificaciones técnicas establecidas para el proyector responden a requerimientos funcionales definidos por el área técnica, que incluyen tecnología láser, alta relación de contraste dinámico, y desplazamiento de lente vertical y horizontal.
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Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
Donde dice: “c) LOTE N° 10: Fotocopias simples de referencias satisfactorias, formalizadas por documentos que contengan la debida identificación del emisor, como mínimo 3 (tres), de haber proveído equipos con al menos una de las características técnicas (carga térmica y/o caudal de aire) similares a lo solicitado en el apartado Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, y que sean de la misma marca del lote ofertado, y además de haber prestado los servicios de instalación, configuración y soporte técnico de los mismos, conforme a lo establecido en el apartado Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, dentro del periodo comprendido entre los años 2020 a 2024, expedidas por Instituciones Públicas y/o Privadas con quienes mantiene y/o mantuvo relaciones comerciales. Será aceptada la documentación del fabricante de la marca que haya sido absorbida, toda vez que se acredite que sean de la misma línea del fabricante. El BCP podrá solicitar información adicional, a fin de confirmar lo mencionado.”
Solicitamos que el requisito de que los equipos referenciados en los antecedentes presentados deban ser de la misma marca del lote ofertado sea eliminado o, en su defecto, considerado como un criterio opcional o no excluyente. Este requisito limita innecesariamente la participación de oferentes con experiencia comprobada en la provisión de equipos técnicamente equivalentes (en carga térmica y caudal de aire), pero de marcas distintas a la ofertada. Muchos equipos de distintas marcas cumplen normas internacionales equivalentes y presentan desempeño similar o superior, lo cual puede ser objetivamente evaluado.
Permitir referencias de equipos con características técnicas equivalentes, aunque sean de diferente marca, sigue garantizando que el oferente posee experiencia relevante y comprobada para cumplir con el suministro requerido. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
05-08-2025
07-08-2025
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
Donde dice: “c) LOTE N° 10: Fotocopias simples de referencias satisfactorias, formalizadas por documentos que contengan la debida identificación del emisor, como mínimo 3 (tres), de haber proveído equipos con al menos una de las características técnicas (carga térmica y/o caudal de aire) similares a lo solicitado en el apartado Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, y que sean de la misma marca del lote ofertado, y además de haber prestado los servicios de instalación, configuración y soporte técnico de los mismos, conforme a lo establecido en el apartado Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, dentro del periodo comprendido entre los años 2020 a 2024, expedidas por Instituciones Públicas y/o Privadas con quienes mantiene y/o mantuvo relaciones comerciales. Será aceptada la documentación del fabricante de la marca que haya sido absorbida, toda vez que se acredite que sean de la misma línea del fabricante. El BCP podrá solicitar información adicional, a fin de confirmar lo mencionado.”
Solicitamos que el requisito de que los equipos referenciados en los antecedentes presentados deban ser de la misma marca del lote ofertado sea eliminado o, en su defecto, considerado como un criterio opcional o no excluyente. Este requisito limita innecesariamente la participación de oferentes con experiencia comprobada en la provisión de equipos técnicamente equivalentes (en carga térmica y caudal de aire), pero de marcas distintas a la ofertada. Muchos equipos de distintas marcas cumplen normas internacionales equivalentes y presentan desempeño similar o superior, lo cual puede ser objetivamente evaluado.
Permitir referencias de equipos con características técnicas equivalentes, aunque sean de diferente marca, sigue garantizando que el oferente posee experiencia relevante y comprobada para cumplir con el suministro requerido. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
Ajustarse al PBC. El requerimiento de que los antecedentes correspondan a equipos de la misma marca ofertada se encuentra justificado en garantizar la capacidad técnica sobre el comportamiento, mantenimiento, instalación, configuración y soporte del equipo ofertado en condiciones reales de operación, lo cual no puede asegurarse mediante referencias de marcas distintas.
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LOTE 10 - AIRE ACONDICIONADO DE PRECISION DE RESPALDO PARA EL DATACENTER SITIO PRIMARIO
Teniendo en cuenta que el equipo a reemplazar se debe desinstalar, para posteriormente instalar el o los equipos nuevos en el mismo lugar, tanto dentro del DC como en el sector exterior, se consulta respetuosamente lo siguiente:
1- ¿Cuál es el lugar destinado para alojar la unidad interna y externa vieja?
2- Se debe prever grúa para bajar los equipos del 2do piso, o por ejemplo, se pueden desarmar a los efectos de bajar por escalera o ascensor?
Estas consultas surgieron en la visita técnica, por lo que se solicita pueda ser aclarado para que todos los oferentes unifiquemos criterios respecto a la contratación de grúa en caso de ser necesario y/o logística para el traslado.
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LOTE 10 - AIRE ACONDICIONADO DE PRECISION DE RESPALDO PARA EL DATACENTER SITIO PRIMARIO
Teniendo en cuenta que el equipo a reemplazar se debe desinstalar, para posteriormente instalar el o los equipos nuevos en el mismo lugar, tanto dentro del DC como en el sector exterior, se consulta respetuosamente lo siguiente:
1- ¿Cuál es el lugar destinado para alojar la unidad interna y externa vieja?
2- Se debe prever grúa para bajar los equipos del 2do piso, o por ejemplo, se pueden desarmar a los efectos de bajar por escalera o ascensor?
Estas consultas surgieron en la visita técnica, por lo que se solicita pueda ser aclarado para que todos los oferentes unifiquemos criterios respecto a la contratación de grúa en caso de ser necesario y/o logística para el traslado.
Conforme al PBC, los equipos retirados deberán ser trasladados al lugar que indique el equipo técnico del BCP, dentro del mismo predio del edificio principal. En relación al segundo punto adecuarse a la Adenda a ser publicada en el SICP.
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Experiencia Requerida Lote 10
Se consulta a la convocante si podrán ser aceptados experiencias finalizadas que correspondan al año 2025? Con la finalidad de sumar experiencias con los años anteriores hasta alcanzar el porcentaje requerido.
Se consulta a la convocante si podrán ser aceptados experiencias finalizadas que correspondan al año 2025? Con la finalidad de sumar experiencias con los años anteriores hasta alcanzar el porcentaje requerido.
En relación con el apartado referido a la Autorización del Fabricante, solicitamos se sirva aclarar si se considera válida como firma autorizante la de un Distribuidor Oficial, en aquellos casos en que dicho distribuidor emita una autorización al oferente para actuar como subdistribuidor de los productos ofertados. Favor no responder remitirse al pbc.
En relación con el apartado referido a la Autorización del Fabricante, solicitamos se sirva aclarar si se considera válida como firma autorizante la de un Distribuidor Oficial, en aquellos casos en que dicho distribuidor emita una autorización al oferente para actuar como subdistribuidor de los productos ofertados. Favor no responder remitirse al pbc.
Se considera válida la autorización emitida por un Distribuidor Oficial, siempre que esté debidamente respaldada por documentación que demuestre la cadena de representación autorizada por el fabricante. La documentación deberá acreditar fehacientemente que el oferente cuenta con autorización vigente para comercializar los productos ofertados en el país.
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Autorizacion del Fabricante
En relación con el apartado de Autorización del Fabricante, solicitamos se aclare si resulta válida la presentación de una autorización emitida por un Distribuidor Oficial a favor del oferente, para efectos de cumplir con el requisito establecido en el pliego.
Asimismo, en caso de optar por esta vía, se acompañaría la documentación que demuestre la cadena de autorizaciones que vincula al fabricante con el oferente, incluyendo la acreditación del distribuidor como representante oficial de la marca en el país.
La presente consulta se formula con el objetivo de estructurar correctamente la oferta, por lo que agradeceremos se emita una respuesta clara y concreta.
En relación con el apartado de Autorización del Fabricante, solicitamos se aclare si resulta válida la presentación de una autorización emitida por un Distribuidor Oficial a favor del oferente, para efectos de cumplir con el requisito establecido en el pliego.
Asimismo, en caso de optar por esta vía, se acompañaría la documentación que demuestre la cadena de autorizaciones que vincula al fabricante con el oferente, incluyendo la acreditación del distribuidor como representante oficial de la marca en el país.
La presente consulta se formula con el objetivo de estructurar correctamente la oferta, por lo que agradeceremos se emita una respuesta clara y concreta.
Se considera válida la presentación de una autorización emitida por un Distribuidor Oficial a favor del oferente, siempre que se acompañe documentación que respalde la cadena de autorizaciones que vincula al fabricante con el oferente. Dicha documentación deberá acreditar fehacientemente que el distribuidor actúa como representante oficial del fabricante en el país y que el oferente está autorizado para comercializar los productos ofertados.