Sírvase considerar para la elaboración de sus ofertas lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones en relación a las consultas realizas.
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EETT - ITEM 3 HELADERA 2 PUERTAS
Favor rever la función FRIO/SECO para la capacidad de litraje mínimo solicitado y precio referencial establecido para dicho ítem, si se podría considerar equipos FRIO/HÚMEDO, teniendo en cuenta el precio referencial muy por debajo establecido para el mismo.
Favor rever la función FRIO/SECO para la capacidad de litraje mínimo solicitado y precio referencial establecido para dicho ítem, si se podría considerar equipos FRIO/HÚMEDO, teniendo en cuenta el precio referencial muy por debajo establecido para el mismo.
Sírvase considerar para la Elaboración de sus ofertas lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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CONSULTA ITEM 1
En las EETT ,se puede visualizar que se requiere en el punto c: CONTROL DE TEMPERATURA AUTOMATICO, podria omitirse el requerimiento ?, teniendo en cuenta que esa caracteristicas no se presentan en todos los bebderos estandar, mas bien esta dirigido a un solo producto o marca. NOS RESULTA LLAMATIVO , que en 2024 , CON LAS MISMAS CARACTERICAS SOLICITADAS , se haya adjudicado la marca JAM Y LA MISMA NO CUENTA CON CONTROL AUTOMATICO DE TEMPERATURA. podria indicar si el punto c es o no relevante finalmente?
En las EETT ,se puede visualizar que se requiere en el punto c: CONTROL DE TEMPERATURA AUTOMATICO, podria omitirse el requerimiento ?, teniendo en cuenta que esa caracteristicas no se presentan en todos los bebderos estandar, mas bien esta dirigido a un solo producto o marca. NOS RESULTA LLAMATIVO , que en 2024 , CON LAS MISMAS CARACTERICAS SOLICITADAS , se haya adjudicado la marca JAM Y LA MISMA NO CUENTA CON CONTROL AUTOMATICO DE TEMPERATURA. podria indicar si el punto c es o no relevante finalmente?
Tener en cuenta la ADENDA N°1-Publicada en el SICP.
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Apertura
Favor dejar fijada la apertura en la fecha que pusieron en el SICP, ya han prorrogado dos veces, tener en cuenta que a los potenciales oferentes, nos cuesta monetariamente los endosos en las aseguradoras.
Favor dejar fijada la apertura en la fecha que pusieron en el SICP, ya han prorrogado dos veces, tener en cuenta que a los potenciales oferentes, nos cuesta monetariamente los endosos en las aseguradoras.
Tener en cuenta la fecha y hora publicada en el SICP.
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HELADERA 110LTS
Al analizar las especificaciones técnicas establecidas en el ítem 3 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), correspondiente a la adquisición de una heladera de dos puertas con capacidad ≥ 110 litros, se observa una coincidencia exacta con las características del modelo HELADERA JAM BLANCA FRIGOBAR 2P F/H JAMD-87F 110LTS CON CERRADURA, disponible públicamente en el siguiente enlace:
https://www.tupi.com.py/producto/83882
Particularmente, se destacan las siguientes coincidencias:
Capacidad: 110 litros
Rango de temperatura del congelador: -12 °C a -24 °C
Rango de temperatura del refrigerador: 1 °C a 10 °C
Formato: dos puertas
Color: blanco
Estas especificaciones, al coincidir de forma exacta con un modelo específico del mercado, podrían estar limitando la participación de otras marcas y modelos técnicamente equivalentes, lo que vulneraría el principio de neutralidad establecido en el artículo 33 de la Ley N° 7021/22 de Suministro y Contrataciones Públicas, que exige que los pliegos no estén direccionados a marcas o modelos específicos, salvo justificación técnica debidamente fundamentada.
Por lo tanto, se recomienda revisar y eventualmente ajustar las especificaciones técnicas del ítem mencionado, de modo a garantizar condiciones de competencia leal, permitiendo la participación de una mayor cantidad de oferentes y evitando direccionamientos implícitos.
Al analizar las especificaciones técnicas establecidas en el ítem 3 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), correspondiente a la adquisición de una heladera de dos puertas con capacidad ≥ 110 litros, se observa una coincidencia exacta con las características del modelo HELADERA JAM BLANCA FRIGOBAR 2P F/H JAMD-87F 110LTS CON CERRADURA, disponible públicamente en el siguiente enlace:
https://www.tupi.com.py/producto/83882
Particularmente, se destacan las siguientes coincidencias:
Capacidad: 110 litros
Rango de temperatura del congelador: -12 °C a -24 °C
Rango de temperatura del refrigerador: 1 °C a 10 °C
Formato: dos puertas
Color: blanco
Estas especificaciones, al coincidir de forma exacta con un modelo específico del mercado, podrían estar limitando la participación de otras marcas y modelos técnicamente equivalentes, lo que vulneraría el principio de neutralidad establecido en el artículo 33 de la Ley N° 7021/22 de Suministro y Contrataciones Públicas, que exige que los pliegos no estén direccionados a marcas o modelos específicos, salvo justificación técnica debidamente fundamentada.
Por lo tanto, se recomienda revisar y eventualmente ajustar las especificaciones técnicas del ítem mencionado, de modo a garantizar condiciones de competencia leal, permitiendo la participación de una mayor cantidad de oferentes y evitando direccionamientos implícitos.
La imagen de ilustración es referencial. A los efectos de brindar una mayor cantidad de ofertas y participación se solicita una capacidad con un rango de igual o mayor a 110 litros.
Favor remitirse debidamente para la elaboración de sus ofertas a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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HELADERA 110LTS
En relación con el ítem 3 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), correspondiente a la adquisición de una heladera con capacidad ≥ 110 litros, se solicita considerar la posibilidad de aceptar modelos de una sola puerta, siempre que cumplan con los demás requisitos técnicos establecidos en el pliego
La exigencia de que el equipo sea de dos puertas podría limitar la participación de modelos técnicamente equivalentes que cumplen con todos los demás requisitos funcionales y de rendimiento, pero que presentan un diseño de una sola puerta con compartimientos internos diferenciados para refrigerador y congelador.
De acuerdo con el principio de neutralidad técnica establecido en la Ley N° 7021/22, artículo 4, inciso b), y reforzado por la Resolución DNCP N° 1116/25, los pliegos deben redactarse de forma que no se dirijan a marcas, modelos o configuraciones específicas, salvo que exista una justificación técnica debidamente fundamentada
Por lo tanto, se solicita amablemente que se modifique o flexibilice el requisito de “dos puertas” en el ítem mencionado, permitiendo la participación de heladeras de una sola puerta que cumplan con la capacidad, rangos de temperatura y demás especificaciones técnicas exigidas, en aras de:
• Promover la libre competencia
• Evitar direccionamientos técnicos
• Garantizar la eficiencia y transparencia en el proceso de contratación pública
En relación con el ítem 3 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), correspondiente a la adquisición de una heladera con capacidad ≥ 110 litros, se solicita considerar la posibilidad de aceptar modelos de una sola puerta, siempre que cumplan con los demás requisitos técnicos establecidos en el pliego
La exigencia de que el equipo sea de dos puertas podría limitar la participación de modelos técnicamente equivalentes que cumplen con todos los demás requisitos funcionales y de rendimiento, pero que presentan un diseño de una sola puerta con compartimientos internos diferenciados para refrigerador y congelador.
De acuerdo con el principio de neutralidad técnica establecido en la Ley N° 7021/22, artículo 4, inciso b), y reforzado por la Resolución DNCP N° 1116/25, los pliegos deben redactarse de forma que no se dirijan a marcas, modelos o configuraciones específicas, salvo que exista una justificación técnica debidamente fundamentada
Por lo tanto, se solicita amablemente que se modifique o flexibilice el requisito de “dos puertas” en el ítem mencionado, permitiendo la participación de heladeras de una sola puerta que cumplan con la capacidad, rangos de temperatura y demás especificaciones técnicas exigidas, en aras de:
• Promover la libre competencia
• Evitar direccionamientos técnicos
• Garantizar la eficiencia y transparencia en el proceso de contratación pública
Sírvanse remitirse debidamente para la elaboración de sus ofertas a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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EETT - General
En atención a las respuestas brindadas a las consultas técnicas realizadas por los oferentes, observamos que en reiteradas ocasiones se responde únicamente con la frase: “Sírvase considerar para la elaboración de sus ofertas lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones”, sin proporcionar una justificación técnica clara sobre los requerimientos establecidos.
Solicitamos respetuosamente que, en adelante, las respuestas técnicas sean también de carácter técnico, claras y debidamente fundamentadas, especialmente en aquellos casos donde se incluyen especificaciones que podrían limitar la participación de ciertos oferentes.
La falta de explicación técnica sobre la inclusión de determinados puntos podría interpretarse como una orientación del Pliego hacia marcas, modelos o soluciones específicas, lo cual afectaría el principio de igualdad de condiciones y libre competencia que debe regir todo proceso licitatorio.
En atención a las respuestas brindadas a las consultas técnicas realizadas por los oferentes, observamos que en reiteradas ocasiones se responde únicamente con la frase: “Sírvase considerar para la elaboración de sus ofertas lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones”, sin proporcionar una justificación técnica clara sobre los requerimientos establecidos.
Solicitamos respetuosamente que, en adelante, las respuestas técnicas sean también de carácter técnico, claras y debidamente fundamentadas, especialmente en aquellos casos donde se incluyen especificaciones que podrían limitar la participación de ciertos oferentes.
La falta de explicación técnica sobre la inclusión de determinados puntos podría interpretarse como una orientación del Pliego hacia marcas, modelos o soluciones específicas, lo cual afectaría el principio de igualdad de condiciones y libre competencia que debe regir todo proceso licitatorio.
Sírvanse remitirse debidamente para la elaboración de sus ofertas a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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EETT - Item 1 Bebederos
Favor aclarar si serán aceptados equipos con 3 tipos de temperatura, Frío, Natural y Caliente.
Se entiende que equipos con 3 tipos de temperaturas son superiores a los de 2 temperaturas, y no afecta la calidad ni funcionalidad del producto. Así también, se debe considerar, que mucos usuarios podrían requerir agua con temperatura natural.
Favor aclarar si serán aceptados equipos con 3 tipos de temperatura, Frío, Natural y Caliente.
Se entiende que equipos con 3 tipos de temperaturas son superiores a los de 2 temperaturas, y no afecta la calidad ni funcionalidad del producto. Así también, se debe considerar, que mucos usuarios podrían requerir agua con temperatura natural.
Detalle de los bienes y/o servicios
En el cuadro del PBC en la columna Especificaciones Técnicas y Normas se indica: Se Adjuntan Especificaciones Técnicas y Planilla de Datos Garantizados N° DD/CD/01/2025.
Favor remitirse al Objeto y Alcance del Suministro de las Especificaciones Técnicas y planilla de datos garantizados DD/CD/01/2025 - Ítem 01 donde se precisa la descripción de lo requerido: Bebedero Eléctrico de Pie FRIO/CALOR.-
Igualmente se especifica en el inciso c del ítem 01 - Control automático de temperatura y/o Interruptores para cierre y apertura - agua fría / caliente.-