Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
REQUISITOS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS
Funcionarios/Titulares |
Titulares casados |
Titulares solteros |
Rango de edad de titulares |
Cantidad de hijos de titulares |
121 |
59 |
62 |
26/73 |
102 |
Administrador del Contrato por la SND: la Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas (DGDP).
TITULARES |
|
Cantidad Mínima |
100 |
Cantidad Máxima |
130 |
COBERTURA DE SEGURO MÉDICO SANATORIAL PARA FUNCIONARIOS DE LA INSTITUCIÓN
TITULAR del Contrato: persona ingresada por la Contratante en forma directa, debiendo ésta como requisito, estar vinculada laboralmente con la Contratante (funcionarios permanentes, contratados, comisionados de la SND).
Se entenderá por grupos familiares al titular, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por matrimonio (Unión) de hecho debidamente legalizado), sus hijos/as, hasta la finalización del mes en que cumplan 22 años, sus hijos/as discapacitados mentales y/o físicos sin límites de edad.
Los menores bajo tutela o guarda judicial serán considerados como parte del grupo familiar.
El divorcio vincular declarado judicialmente extingue la calidad de BENEFICIARIO/A del cónyuge, a decisión del titular.
Así mismo, los titulares podrán solicitar como miembros del grupo familiar a sus padres hasta el mes en que cumplan 70 años y con los mismos beneficios en reemplazo de su cónyuge e hijo/a.
En caso de discrepancias en la definición y/o aplicación de las prestaciones contractuales, se estará conforme a lo que establezca la dependencia especializada del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, posición que deberá ser acatada por las partes.
Las dudas que puedan surgir en la interpretación de las relaciones deben ser resueltas aplicando el principio in dubio pro asegurado, es decir, el principio con arreglo al cual los supuestos de duda en el presente contrato de seguro deben ser resueltos en favor al asegurado.
La opción de incluir beneficiarios adherentes será de iniciativa exclusiva de cada titular y el pago por su cobertura correrá por cuenta del mismo.
La Prestadora de Servicio no podrá exceder los porcentajes definidos en este apartado, para los Adherentes de los funcionarios titulares; debiendo presentar con su oferta una DECLARACIÓN JURADA donde consten los precios para los distintos tipos de adherentes.
Podrán ser incluidos como ADHERENTES los siguientes, cuya Prima será según detalle:
Mayor de 22 años: no podrá ser superior al 30% de la prima del titular.
Entre 30 y 59 años: 60% de la prima del titular.
De 60 años a más: 80% de la prima del titular.
La opción de incluir ADHERENTES será responsabilidad exclusiva de cada TITULAR. Los costos serán abonados por cada TITULAR en forma directa a la PRESTADORA DE SERVICIOS, ya sea por débito automático o efectivo (A definir entre el TITULAR y la PRESTADORA DE SERVICIOS). A tal efecto, los titulares firmaran un contrato de cobertura médica.
Los ADHERENTES permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato o en su caso hasta el día en que el TITULAR del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.
La distribución geográfica de los funcionarios es en ASUNCION Y GRAN ASUNCION:
El plazo para las incorporaciones de adherentes es de 30 (treinta) días desde la inclusión del beneficiario titular.
Los adherentes pagados deberán permanecer hasta la finalización del contrato o hasta que el titular sea desvinculado de la entidad (en caso de darse la misma antes de la finalización del contrato) y los titulares serán responsables del pago de las cuotas correspondientes por las cuales suscribirán un contrato totalmente independiente al contrato con la convocante, respetando los porcentajes establecidos en estas especificaciones técnicas.
La convocante no tendrá responsabilidad alguna por el pago mencionado en el párrafo anterior.
Los precios de los medicamentos y materiales descartables cubiertos y/o facturados, no podrán ser superiores que, en las farmacias de plaza o comercio del ramo, según precio de venta al público fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
La utilización de los equipos empleados en las especialidades médicas del presente contrato tendrá cobertura total, por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derechos o aranceles.
Se concede la VIGENCIA INMEDIATA, en todos los servicios, a partir de la firma del contrato. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para las coberturas requeridas en la presente Licitación.
La empresa adjudicada deberá dotar a los asegurados titulares, adherentes (pagos y no) un carnet de identificación sin costo alguno. En caso de que el beneficiario solicite una reimpresión, el costo de la misma será a cargo del mismo. Para ello, la contratante remitirá el listado respectivo; ínterin se cuenten con los carnets será suficiente la presentación de la Cédula de Identidad. Las tarjetas de identificación deberán entregarse en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles desde la comunicación de la inclusión del titular y sus beneficiarios.
Además, proveerá en copia digital a todos los beneficiarios el listado de Profesionales Médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, dirección de consultorios y teléfonos actualizados, dentro del plazo de 30 (días) días corridos posteriores a la firma del Contrato.
La cobertura médica contempla las prestaciones médicas descriptas a continuación:
Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores habilitados por el prestador), de profesionales, centros de diagnósticos, traumatológicos y servicios sanatoriales para capital y ciudades del interior (urgencias, emergencias, internaciones), hasta el alta del paciente.
Cobertura total en consultas e internaciones, de enfermedades crónicas y neoplásicas preexistentes (dentro de los límites del contrato). Cobertura total en consultas e internaciones, de todas las patologías crónicas (dentro de los límites del contrato).
Las consultas serán realizadas en el consultorio del médico elegido por el Beneficiario/paciente, de la Agenda de Profesionales en Convenio, en los días y horarios por ellos establecidos.
Los Beneficiarios/pacientes deberán convenir con el médico el día y la hora en que deberá concurrir al consultorio.
Los Beneficiarios/pacientes se obligan a cancelar con la debida anticipación las citas convenidas a las que no podrá concurrir.
Los Beneficiarios/pacientes deberán concurrir con la Tarjeta/Credencial de Identificación otorgada por la Empresa, junto con su Cédula de Identidad.
Los Médicos dispondrán en sus consultorios de una planilla de registro de consultas, la que deberá ser firmada por el Beneficiario/paciente una vez efectuada la consulta.
Debe entenderse que la cobertura de medicamentos y descartables se aplica o se computa por evento, entendiéndose por tal a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones hasta tanto no se hayan resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médico quirúrgico.
En caso de no discriminar o especificar las coberturas para adultos y/o pediátricos se entenderá que la cobertura deberá ser para ambas.
En cumplimiento de la Ley Nº836/80 "Código sanitario" específicamente lo previsto en el TITULO II DE LOS RECURSOS FÍSICOS Y TERAPÉUTICOS, CAPÍTULO I DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Artículo 239 y 245, los oferentes que prestan servicios de salud mediante el sistema de atención médica prepaga y lo establecimientos de salud deben estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
La cobertura de medicina prepaga será por 24 meses contados a partir del 01 de setiembre del 2025.
Para las internaciones, el contratista deberá habilitar los centros asistenciales con las coberturas respectivas en los siguientes lugares:
Localidad |
Cantidad de Centros Asistenciales Habilitados con U.T.I. para Adultos y Niños |
ASUNCION |
3 (tres) Categoría II 2 (dos) Categoría III - de Alta complejidad |
SANLORENZO |
1 (UNO) Categoría III |
FERNANDO DE LA MORA |
1 (UNO) |
LUQUE |
1 (UNO) Categoría III |
Localidad |
Cantidad de Centros Asistenciales Habilitados |
LAMBARE |
1 (UNO) |
AREGUA |
1 (UNO) |
MARIANO ROQUE ALONSO |
1 (UNO) |
LIMPIO |
1 (UNO) |
CURUGUATY |
1 (UNO) |
Respecto a los Sanatorios para Asunción será requerido por lo menos 2 (dos) de NIVEL 3, categoría vigente establecida por la Superintendencia de Salud, con Unidad de Terapia Intensiva. Además 2 de ellos dentro de sus instalaciones deberán contar con Equipo de tomografía y de resonancia magnética con certificado de funcionamiento y mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con: Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria, Centro de Especialidades Cardiológicas todos ellos habilitados por el MSP y BS.
Todos los sanatorios de Asunción deberán tener contrato vigente con el oferente y deberán presentar copia de los mismos con la oferta.
Centros de diagnóstico, rehabilitación, estudios laboratoriales, estudios especializados y otros.
Entiéndase por Sanatorio, según el Manual de Categorización y Acreditación de la Superintendencia de Salud, la Institución con hasta 30 camas (Decreto N° 16.649 del M.S.P. y B.S.), para la internación personas con afecciones agudas o crónicas, a quienes se provee control y cuidado directo en forma permanente, por personal profesional médico, de enfermería y paramédico.
Localidad |
Centros habilitados para todos los servicios señalados |
ASUNCION |
3 (TRES) |
SANLORENZO |
1 (UNO) |
FERNANDO DE LA MORA |
1 (UNO) |
LUQUE |
1 (UNO) |
LIMPIO |
1 (UNO) |
LAMBARE |
1 (UNO) |
AREGUA |
1 (UNO) |
MARIANO ROQUE ALONSO |
1 (UNO) |
Antes de proceder a la adjudicación la convocante podrá realizar una visita a los sanatorios y centros habilitados a fin de verificar que los mismos cuenten con la infraestructura solicitada en los términos de referencia.
Además, para el interior del país la contratada deberá contar con al menos un sanatorio y/o centro asistencial en las capitales departamentales.
Especialidad |
Cantidad Mínima de Profesionales |
Alergia e Inmunología (Adultos y Pediátricas) |
8 (ocho) |
Anatomía Patológica |
9 (nueve) |
Anestesiología |
50 (cincuenta) |
Cardiología |
10 (diez) |
Cardiología Pediátrica |
4 (cuatro) |
Cirugía Cardiovascular |
4 (cuatro) |
Cirugía General |
20 (veinte) |
Cirugía Neurológica Neurocirugía |
5 (cinco) |
Cirugía Oncológica |
5 (cinco) |
Cirugía Pediátrica |
9 (nueve) |
Cirugía Plástica Reparadora |
3 (tres) |
Cirugía Toráxica |
4 (cuatro) |
Cirugía Video Laparoscópica |
15 (quince) |
Clínica Médica |
30 (treinta) |
Coloproctología |
10 (diez) |
Dermatología (Adultos y Pediátrica) |
10 (diez) |
Diabetología Endocrinología |
10 (diez) |
Fisioterapia Kinesioterapia y rehabilitación (Incluye Hidroterapia) |
8 (ocho) |
Flebología |
8 (ocho) |
Fonoaudiología |
3 (tres) |
Gastroenterología |
10 (diez) |
Geriatría |
5 (cinco) |
Ginecología y Obstetricia |
50 (cincuenta) |
Hematología y Hemoterapia |
8 (ocho) |
Hepatología |
1 (uno) |
Infectología |
5 (cinco) |
Mastología |
7 (siete) |
Medicina Familiar |
2 (dos) |
Nefrología |
7 (siete) |
Neumología |
5 (cinco) |
Neurología Clínica |
8 (ocho) |
Nutrición |
3 (tres) |
Oftalmología |
20 (veinte) |
Oncología (Adultos y Pediátrica) |
5 (cinco) |
Otoneurología |
2 (dos) |
Otorrinolaringología (Adultos y Pediátrica) |
15 (quince) |
Pediatría |
50 (cincuenta) |
Psiquiatría Pediátrica |
1 (uno) |
Psicología (Adultos y Pediátrica) |
5 (cinco) |
Psicopedagogía |
2 (dos) |
Psiquiatría (Adultos) |
3 (tres) |
Reumatología |
5 (cinco) |
Traumatología Ortopédica (Adulto y Pediátrica) |
30 (treinta) |
Toxicología |
2 (dos) |
Urología (Adultos y Pediátrica) |
15 (quince) |
7. ASISTENCIA MÉDICA Y SANATORIAL INTEGRAL
A) INTERNACIONES
Con cobertura inmediata, a partir de la firma del contrato, en centros asistenciales, habilitados por el seguro, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. En habitación individual, sala de estar, baño privado, teléfono, televisión, dieta oral del paciente, ambiente climatizado, cama para el acompañante, atención médica de cualquier especialidad (excepto las excluidas) y de enfermería. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes hasta el alta del paciente.
No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado deba internarse, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, independientemente del diagnóstico que las origina, salvo especificaciones taxativamente incluidas en este PBC.
Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios.
Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) u cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite transfusión de sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos (según disponibilidad) hasta 5 volúmenes por año/abonado y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición obligatoria correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, y todos los descartables o medicamentos utilizados para el efecto, deberán ser cubiertos por la prepaga, para los 5 volúmenes cubiertos.
Cobertura de medicamentos y materiales descartables mientras el paciente permanezca internado (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, oxígeno o en cualquier presentación) por valor de G.10.000.000 (diez millones) por evento, sea por internaciones clínicas, respiratorias, quirúrgicas, partos, cesáreas para cada beneficiario (beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes) y siempre que guarden relación con el motivo de internación (no medicaciones de tratamiento crónico).
Los pacientes titulares y beneficiarios diagnosticados con Sars Cov 2 (covid-19) deberán contar con cobertura de internación, conforme el protocolo establecido por el MSPyBS y dentro de los topes establecidos en el presente pliego.
B) HONORARIOS MÉDICOS:
Cobertura inmediata, a partir de la firma del contrato, en consultorios, internaciones y servicios de urgencias en todas las especialidades (excepto las excluidas) para enfermedades clínicas y quirúrgicas, sean accidentales o no, incluyendo los derivados de actividades deportivos a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo, etc.
Los honorarios del médico tratante en internación, así como los honorarios de los médicos especialistas de cualquier rama que sean necesarios consultar (excepto las especialidades excluidas), deben ser cubiertos por la aseguradora inclusive por dos visitas diarias, sin costo para el asegurado.
1) Clínica médica. Especialidades y Procedimientos
Están cubiertos además las crisis hipertensivas, crisis asmática, angina de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebro vascular, descompensaciones diabéticas y enfermedades congénitas.
8. Servicios de Reintegros.
El beneficiario y su grupo familiar, podrán eventualmente consultar con un médico que no se encuentre en el listado de profesionales del seguro, hasta un máximo de 2 (dos) veces por mes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta guaraníes doscientos mil (G. 200.000) por consulta.
La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarse hasta 30 (treinta) días posteriores de la consulta; y el pago o reembolso se realizará dentro de los 10 (diez) días posteriores a la solicitud de reembolso, previa presentación de las facturas legales correspondientes.
9. TERAPIA INTENSIVA: (adultos y niños)
Tiempo de internación hasta, 25 días/beneficiario/año con cobertura total en honorarios profesionales habilitados, equipos, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes.
Cobertura de medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación) y descartables, hasta Gs.30.000.000 (treinta millones) incluye termómetro, siempre que guarden relación al episodio tratado o cualquier afección adquirida durante la internación, incluyendo oxigeno terapia Incluye igualmente alimentación parenteral hasta 3 días.
En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio.
Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada miembro del grupo familiar; es decir, el titular y cada uno de sus Beneficiarios - Adherentes por separado.
Debe entenderse que la cobertura de medicamentos será por evento, sin límite de eventos durante el tiempo que dure el contrato.
Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) o cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite transfusión de sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos (según disponibilidad) hasta 5 volúmenes por año/abonado y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición obligatoria correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, y todos los descartables o medicamentos utilizados para el efecto, deberán ser cubiertos por la prepaga, para los 5 volúmenes cubiertos.
10. TERAPIA INTERMEDIA
Tiempo de internación hasta, 20 días/beneficiario/año con cobertura total en honorarios profesionales habilitados, equipos, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes.
Se entenderá que la cobertura es por persona, y se regirá en las mismas condiciones que el ítem anterior, siempre que el paciente ingrese y se retire de la unidad bajo esta modalidad. En ningún caso se sumará con el ítem anterior durante un mismo evento.
Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) u cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite transfusión de sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos (según disponibilidad) hasta 5 volúmenes por año/abonado y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición obligatoria correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, y todos los descartables o medicamentos utilizados para el efecto, deberán ser cubiertos por la prepaga, para los 5 volúmenes cubiertos.
Cobertura de medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación) y descartables, hasta G. 30.000.000 (treinta millones) incluye termómetro, siempre que guarden relación al episodio tratado o cualquier afección adquirida durante la internación, incluyendo oxigeno terapia Incluye igualmente alimentación parenteral hasta3 días.
Debe entenderse que la cobertura de medicamentos y descartables se aplica por evento y se computa desde cero, por cada vez que el paciente se interne por otro evento, sin importar la cantidad de eventos mientras dure el contrato.
11. INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA:
Luminoterapia en sala: sin límite de días.
Incubadora y luminoterapia en terapia: hasta el límite de días de UTI; 20 días; (éstos días deben computarse cualquiera sea la hora de ingreso hasta las 24 hs. día.
Se entenderá que la cobertura es por persona, y se regirá en las mismas condiciones que el ítem anterior. Debe entenderse que la cobertura de medicamentos y descartables se aplica o se computa por evento.
12. SERVICIOS DE URGENCIAS:
Debe estar integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales, compuesto de médicos clínicos, cirujanos, obstetras y pediatras, las 24 horas y todos los días, aún domingos y feriados.
Disponer ambulancias para todo tipo de traslado: alta, baja y mediana complejidad. Unidad coronaria móvil. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia.
EL SANATORIO proveerá atención médico-quirúrgica derivada de cualquier clase de accidentes dentro de los límites establecidos, incluyendo los accidentes colectivos o quemaduras graves.
La cobertura de medicamentos y descartables, ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación, incluyendo antibióticos inyectables, para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento) por evento, en los servicios dispuestos y habilitados por el Prestador y aplica igualmente para las cirugías realizadas en este servicio por urgencias y que no necesiten internación.
13. OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRAMENTE
Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas (excepto las excluidas), así como en cirugías menores que no requieran internación y se realicen en consultorios, la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor, monitor fetal, cuna térmica, video, entre otros.
En el servicio de urgencia tendrán cobertura total: inyecciones, vacunaciones, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial, medicamentos y descartables que pueda necesitar el asegurado en este servicio, tanto para casos de accidente, como para cualquier requerimiento de atención en este Servicio, tendrá una cobertura total sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO. Para estos casos no existirá limitaciones y la cobertura podrá ser bajo prescripción médica, excepto en los casos previstos en los servicios sin cobertura.
Examen médico preventivo solicitado por los pacientes, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, Estudio Viral de Heces, Vitamina D, E, Calcio, y para mujeres estudio de PAP, mamografía, colposcopia tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO. También deberá incluir para los casos de los niños en edad escolar, así como la emisión de certificados solicitados por sus colegios, y para los casos con chicos con problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos y que deban demostrarse fehacientemente con dicho certificado expedido por el profesional médico.
Deberán estar cubiertos procedimientos diagnósticos endoscópicos y extracción de cuerpos extraños, con endoscopios rígidos (videolaparoscópios, uroscopios, etc.) flexibles (fibroscopios), incluyendo honorarios médicos y de anestesista, cada vez que el paciente lo necesite, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, independientemente del diagnóstico que las origina. Deben estar cubiertas las especialidades de cirugía, gastroenterología, urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, traumatología, laparoscopía y artroscopia, en por lo menos tres lugares designados por la Prestadora, a libre elección del paciente y/o médico tratante. (incluye uso de equipos, videos.)
Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internación intervenciones quirúrgicas, (excepto las excluidas) la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor, monitor fetal, cuna térmica, video.
Material de Osteosíntesis hasta G. 5.000.0000.-
Medicamentos y descartables en procedimientos de urgencia que no requieran internación hasta G. 300.000.
Arco en C
Artroscopio
Carpa de oxigeno
Colchón de agua caliente
Electrocardiógrafo
Facoemulsificador
Fuente para cirugía (equipo) R.T.U.
Goteo electrónico
Incubadora
Lamino terapia convencional
Microscopio
Monitor en el quirófano
Monitor en sala
Monitor fetal
Saturómetro
Video Endoscópica
Video laparoscopio
Ozono medicinal
Radiofrecuencia
Tendrán cobertura los instrumentos, kit y honorarios profesionales: 100%
Los instrumentales de los médicos y equipos descartables se incluirán dentro del límite de medicamentos y descartables.
TODA LA COBERTURA SEÑALADA RIGE IGUALMENTE PARA LAS CIRUGIAS MENORES DE URGENCIA QUE NO NECESITEN INTERNACION.
15. VISITAS DOMICILIARIAS:
Visitas con carácter no urgente a cargo de un plantel provisto por la empresa de ambulancia habilitada, dentro de las tres (3) horas de recibido el llamado (indefectiblemente) y hasta 2 por mes por grupo familiar. Estas visitas deberán realizarse en las ciudades de Asunción, San Lorenzo, Luque, Fernando de la Mora, Lambaré, Ñemby, Capiatá, Mariano Roque Alonso, Limpio, Areguá. Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total, en caso de pacientes encamados crónicos y que no puedan ser trasladados.
En los casos de toma de muestras laboratoriales a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes fehacientemente comprobados con incapacidad física de concurrir a los servicios.
16. CENTROS ASISTENCIALES EN EL GRAN ASUNCIÓN E INTERIOR.
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, en las ciudades circunvecinas de la capital y principales ciudades departamentales.
Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.
17. COBERTURA EN CIRUGIA ODONTOLOGICA.
Se contemplará con cobertura, en los casos de urgencias, la utilización de sala de operación e internación hasta 48 hs. para las cirugías odontológicas.
18. MEDICOS CONSULTORES o INTERCONSULTAS CON MEDICOS DEL PLANTEL
Especialistas como interconsultores a pedidos del paciente, o del médico tratante hasta 6 por internación, siempre que el mismo pertenezca al plantel habilitado.
19. MEDICOS CONSULTORES o INTERCONSULTAS CON MEDICOS QUE NO FORMEN PARTE DEL PLANTEL.
En caso de que se trate de un profesional especialista a pedido del paciente o del médico tratante, que no pertenezca al plantel habilitado, los honorarios quedarán a cargo de la paciente y serán reintegradas hasta 2 (dos) por internación por un costo máximo de G.200.000. Si fuesen necesarias más de 2 (dos) interconsultas, los gastos de honorarios serán abonados por el paciente.
20. REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR:
Abarca el tratamiento, hasta 10 sesiones, en concepto de honorarios médicos, aparatos y fisioterapias necesarias para lograr la rehabilitación Cardiovascular.
21. COBERTURA EN FARMACIAS, OPTICAS Y OTROS
La prestadora deberá presentar como mínimo 2 (dos) cadenas de farmacias con cobertura mínima de 30% (treinta por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias, de todo tipo de medicamentos nacionales (preventivo y curativo), SIN LÍMITE; para medicamentos importados (preventivo y curativo), los descuentos serán como mínimo del 20% (veinte por ciento), Dichos descuentos serán considerados en medicamentos preventivos y curativos, con compras efectuadas al contado.
22. MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD
1. El criterio a ser empleado en este ítem es el de lograr una cobertura del 60% en concepto de honorarios (para la determinación de porcentajes se tendrá en cuenta lo establecido por las sociedades médicas).
2. Prótesis utilizadas en estos procedimientos con cobertura de hasta G.10.000.000.- excepto las excluidas taxativamente.
3. Quemaduras que superen el 30% de la superficie corporal. Cirugías cardiovasculares adquiridas.
4. Cateterismo cardíaco y angioplastia transluminal coronaria. Incluye 1 Stent no medicado y 1 medicado hasta el costo no medicado.
5. Colocación de marcapasos.
6. No cubrirá el costo del aparato Litotripsia extracorpórea y Litotripsia ultrasónica, ni el aparato de ureterolitotripsia endoscópica y extracorpórea, pero si se cubrirán los honorarios médicos (60%).
7. Artroplastias.
8. Quimioterapia, hasta dos ciclos.
9. Radioterapia curativa: cobertura del 60% del 1° tratamiento completo.
10. Laserterapia oftalmológica exclusivamente para desprendimiento de retina, cataratas intra o extracapsular por facoemulsificación con implante de lente intraocular (no incluye costo de la lente ni sustancia viscolástica). Láser oftálmico y Cirugías refractivas en casos mayores a 6 dioptrías.
11. Equipo de contrapulsación intraaórtica: cobertura de lo 80%
12. Medicina nuclear diagnóstica (exámenes de tiroides y riñón) y ventriculograma isotópico: cobertura del 60% del estudio y de los materiales de contraste.
13. Inyección de Avastin (NR) y similares: cubre 60% honorarios y derecho operatorio. Medicamentos cargo paciente.
14. Serán considerados de alta complejidad, todos los procedimientos quirúrgicos con un galenaje que en forma única o por sumatoria superen los 150 gal. según las sociedades médicas respectivas.
15. Los derechos operatorios deberán estar cubiertos en su totalidad. Los medicamentos y materiales descartables utilizados serán cubiertos hasta la suma de G.30.000.000.- (Guaraníes treinta millones) por todo el evento. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales, (según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).
16. En caso de vinculaciones o desvinculaciones de profesionales de la grilla médica propuesta luego de la firma del contrato, estas deberán comunicarse a la contratante por escrito en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde la modificación.
17. La aseguradora deberá contar con al menos 1 personal designado exclusivamente para atención de casos de alta complejidad.
23. MEDICINA POR IMÁGENES
Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios (propios o tercerizados) o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, medicamentos, materiales descartables, sustancias de contraste, a cargo de la empresa prestadora de servicios.
24. LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS
Este servicio debe cubrir los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio forma programada o, en casos de urgencias, las 24:00 horas. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y/o desechables y las determinaciones químicas y microbiológicas.
El prestador deberá garantizar en todo momento, la cobertura de los centros laboratoriales y radiológicos de los sanatorios (propios y tercerizados) dentro del área de Asunción, San Lorenzo y Gran Asunción, reconocidos por su solvencia y calidad técnica, de las cuales al menos 1 deberá tener certificación de calidad y con más de 10 años de experiencia.
En caso de que existan cambios, deben ser comunicados por escrito a la contratante dentro de las 48 horas de surgida la modificación e inmediatamente ser reemplazados por otro de iguales prestaciones y calidad.
LISTADO DE EXAMENES CON COBERTURA TOTAL:
Ácido cítrico
Ácido fenil Pirúvico
Ácido fólico
Ácido Láctico
Ácido úrico
Ácido vanil Mandélico (AVN)
Ácido valproico
ACTH
Adenovirus Anticuerpo IGG
Adenovirus Anticuerpo IGM
Adenovirus Antígeno, Secreciones Respiratorias
Addis, Recuento de
Aglutinación de partículas de látex para:
A. Escherichia coli Ki
A. Hemo-philus influenzae tipo b
A. Legionella pneumofila
A. Nesseria meningitidis grupo a
A. Nesseria meningitidis grupo b
A. Nesseria meningitidis grupo c
A. Stroptococus Pheumoniae
A. Stroptococus beta hemolítico grupo a
A. Stroptocicus grupo b
Aglutinas Anti a
Aglutinas Anti b
AIDS-ac
Albúmina
Alcohol
Aldolasa
Aldosterona
Alergia-Tests: RAST
Alfa 1 antitripsina
Alfafetoproteína (APF)
A/G
Amilasa
Amonio
ANA
Anca C PR3 (ANCA C)
Anca P MPO (ANCA P)
Androstenediona
Anfetamina
Antibiogramas para gérmenes aeróbicos
Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos
Ac. Anti cardiolipinalgG-IgM
Ac. Anti DNA
Ac. Anti Microsomales
Ac. Anti Mitocondriales
Ac. Anti Musculo Liso (ASMA)
Ac. Anti Nucleares
Ac. Anti Tironglubinas
Ac. Anti Tiroides
Ac. Anti-Toxoplasma IgG
Ac. Anti Tripanosoma IgG
Ac. Anti Tripanosoma IgM
Ac. Anti Virus Sinciciall Respiratorio (VSR)
Ac. Heterofilos
A.F.P.
Análisis para detección de avitaminosis, hipervitaminosis, o control
Anticoagulante Lúpico
Anti-tTG, IgA - IgA total- anti-tTG, IgG- AGA, IgG (Pruebas de la enteropatía sensible a gluten)
Anticuerpo (AC) Anti Centromero
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IgA
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IgG
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IgM
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IgA
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IgG
Anticuerpo (AC) Anti Helicobacter Pylori IGA
Anticuerpo (AC) Anti Helicobacter Pylori IGG
Anticuerpo (AC) Anti RNP ENA
Anticuerpo (AC) Anti PM Scl
Anticuerpo (AC) Anti SSA (RO)
Anticuerpo (AC) Anti SSB (LA)
Anticuerpo (AC) Anti CCP
Antigeno AG Antidengue (test Rápido)
Antigeno respiratorio múltiple
Anticuerpo Antidengue IgM e IgG
Antígeno Carcinoembrionario (CEA)
Antígenos Febriles
Antígeno Prostático específico (PAS)
Antitrombina III (AT III)
Anticuerpos Anti-Tiroides
Anti SM
Antil/LA anticuerpos suero
Apolipoproteina b
Artritest
Aspegillus
ASTO
Autovacunas
Azucares reductores
BAAR
Barbitúricos
Bence-Jones
Benedict, Reacción de
Beta 2 Microglobulina en sangre
Beta Cross Laps
BNP (Péptido Natriurético Tipo B)
Bicarbonato
Billirubina total, directa e indirecta
Bilis, cultivo
Bioperfil fisiológico
Bioquímica de plasma Seminal
CA 123
CA 125
CA 15-3
CA 19-9, antígeno, sangre
C 3
C 4
Calcio
Calcitonina
Calculo Urinario
Campo oscuro
Campylobacter
Cannabinoides
Capacidad de fijación de hierro (TIBC)
Catecolaminas
Carbamazepina
Cardiolipina IGA AC
Cardiolipina IGGG - IGM
CEA
Células LE
Cetonemia
Cetonuria
Cetoferoides 17
CH 50
Chagas (Ac. Anti Trypanosoma IgG e IgM)
Chalamydia
Citomegalovirus-ac-IgG
Citomegalovirus-ac-IgM
Citrato (O)
Ck
Ck-mb
Clearance de Creatinina
Cloruros
CMV-ac-IgG
CMV-ac-IgM
Creatinina
Coagulograma
Cobre
Cocaína
Coccidioidina
Colesterol esterificado
Colesterol HDL
Colesterol-LDL
Colesterol total
Colesterol VLDL
Colinesterasa
Coloración de Giemsa
Coloración de Gram
Coloración de Ziehl
Complemento hemolítico (CH 50)
Coprocultivo
Coprología Funcional
Coproporfirinas
Cortisol
Crasis Sangui (por Hematólogo)
Crioglutininas
Crioglobulinas
Criptococus
Cristales-Identificación
Cuerpos Cetónicos
Cultivo en Aerobiosis
Cultivo en Anaerobiosis
Cultivo en Thayer-Martin
Cultivo para BAAR
Cultivo para GC
Cultivo para hongos
Cultivo para listeria
Cultivo para Mycoplasma
Curva de tolerancia oral a la glucosa
Dehidroepitandrostenediona (DHEA-S04)
Dehidrostestosterona
Densidad
Difteria, Cultivo
Dímero D
Digoxina
DNA-ac
Dióxido de carbono (CO2)
Dosaje de ácido valproico
Dosaje de ácido fenobarbital
D-Xilosa
EBV-EA-ac
EBV-VCA-ac
Enzimas y Coenzimas
Electroforesis de hemoglobina
Electroforesis de lipoproteínas
Electroforesis de proteínas
Electrólitos
Eosinófilos
Epstein-Barr Virus-ac
Eritrosedimentación
Escherichia coli enteropatogeno
Escherichia coli kI. Látex
Esperma, cultivo
Espermograma
Esputo. Coloración para BAAR
Esputo. Cultivo para gérmenes comunes
Esputo. Eosinofilos y mastocitos
Esteatocrito
Estradiol
Estriol libre
Estrógenos totales
Estudio capilar. Investigación de hongos
Estudio Macro metabólico
Exceso de base
Factor reumatoideo
Factor reumatoideo cuantitativo
Factor reumatoideo Isotipo IGA
Factor reumatoideo Isotipo IGG
Factor reumatoideo Isotipo IGM
Fenilhidantoina
Fenil Alanina
Fenobarbital
Ferritina
Fibrinógeno
Fibrinólisis
Formula Leucocitaria
Fosfatasa acida prostática (pap)
Fosfatasa Acida total y prostática
Fosfatasa alcalina
Fosfatidil-gilierol en liq. amniótico
Fosfolípidos
Fósforo
Fragilidad osmótica de los hematíes
Frotis de sangre periférica
Frotis de sangre periférica (para Hematólogo)
Fructosa
Fructosamina
FSH
FTA-abs-IgG
FTA-abs-IgM
FTI
Galactosa Neonatal (GALT)
Gamma Globulinas
Gamma GT
Garganta. Cultivo
Gases arteriales
Gastrina
GC. Cultivo
GH (Hormona de crecimiento)
Gliadina IgG-IgM
Globulina
Glóbulos blancos
Glóbulos rojos
Glucohemoglobina
Glucosa
Glucosa 6 Fosfato de Deshidrogenasa (G6PD)
Glucosa. Curva de tolerancia
Glucosa pre y pos prandial
Glucosuria
Ganadotrofina Coriónica (hCG)
Gota gruesa
GOT
GPT
Graham-Test
Gravindex
Grupo Sanguíneo
Guayaco inmunológico
Ham-test
Hmburger-test
Hamber
Haptoglobina
HbA 1c
Hdelta
HAV-ac
HAV-ac-IgM
HBc-ac
HBc-ac-IgM
HBDH
HBe-ac
HBe-Ag
HBs-ac
HBs-Ag
hCG- sub-unidad beta
HDL-Colesterol
Heces. Benedict
Heces. Examen parasitológico
Heces. Flora microbiana
Heces. Frotis
Heces. Hongos
Heces. Microscopia Funcional
Hematrocrito
Hemocultivo en aerobiosis
Hemocultivo en anaerobiosis
Hemoglobina
Hemoglobina. Electroforesis
Hemoglobina fetal
Hemoglobina glucosilada (Hb A Ic)
Hemograma
Hemograma (Plaquetas + VSG) p/ Hematólogo
Hemoparásitos
Hemophilus influenzae tipo b. látex
Hepatitis A y B (VHA Ab-IgM, VHA Ab-IgG, VHBsAg, HBsAb, HBcAb-IgM, HBcAb-IgG, HBeAg)
Hepatitis C (VHC) IgG e IgM
Hepatograma/Perfil Hepático (GPT-GOT-FA-BT-BD-BI)
Herpes
H.G.H.
HLA B27
Hidatidosis-ac
Hidroxicorticosteroides 17
Hidroxi-Indol-Acético 5 (5HIAA)
Hidroxiprogesterona
Hidroxiprogesterona Neonatal
Hierro sérico
Hisopado Faríngeo
Histoplamina
HIV AC/AG
Homocisteina / Homocistina /Cistina
Hongos. Cultivo e identificación
Hongos. Examen en fresco
Hormona de crecimiento (hGh)
Hormona Folículo Estimulante (FSH)
Hormona Lactógeno Placentaria (hP)
Hormona Luteinizante (LH)
IgA
IgD
IgE
IgG
IgM
Inclusiones citomegálicas
Índices hematimétricos
Índice de Tiroxina Libre
Influenza tipo A (por Hisopado)
Influenza tipo A H1N1 (por Hisopado)
Influenza tipo B (por Hisopado)
Inmunoelectroforesis
Inmunoglobinas
Inmunohistoquímica (IHQ)
Inmunofluorescencia
Insulina
Klesbsiella pneumoniae
Lactosa
LAP
Larvas de vermes
L. Haemophilus influenzae tipo b (latex)
L. Neusseria meningitidis grupo A (latex)
L. Neisseria meningitidis grupo B (latex)
L. Neisseria meningitidis grupo C (latex)
L. Strptococcus pneumonias (latex)
L. Streptococcus beta hemoliticos grupo (latex)
L. Streptococcus grupo B (latex)
Lavado gástrico
LCR. Citoquímico
LcR. Cultivo
LDH
LDL-Colesterol
LE
Lecitina en líquido amniótico
Legionella Pheumiphila (látex)
Leishmania Anticuerpo IgG
Leishmania Anticuerpo IgM
Lesión genital. Coloración de Gram
Lesión genital. Coloración de fontana
Lesión genital. Estudio microbiológico
Lesión en la piel. Cultivo para hongos
Lesión de uñas. Cultivo para hongos
LH
Linfa cutánea. Coloración de Ziehl
Lipasa
Lípidos totales
Líquido amniótico. Cultivo
Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol
Liquido articular. Citoquímico
Liquido articular. Cristales
Liquido articular. Cultivo
Liquido ascítico. Cultivo
Liquido gástrico-duodenal. Parásitos
Liquido peritoneal. Cultivo
Liquido pleural. Cultivo
Listeria
Litio
Madurez Fetal (fosfatydil glicerol)
Magnesio
Magnesio eritrocitario
Marihuana
Mastositos
Metahemoglobina
Metotrexate
Micosis oportunistas
Micosis profundas
Micosis subcutáneas
Micosis superficiales
Microalbuminuria
Minerales
Mioglobina
Moco cervical
Monotest
Morfina
Mucoproteínas
Mycobacterium Tuberculosis
Mycoplasma en secreción vaginal
Micoplasma Hominis
Neiseriae Gonorrea
Neiseriae Meninigitidis. Grupo A (latex)
Neiseriae Meninigitidis. Grupo B (latex)
Neiseriae Meninigitidis. Grupo C (latex)
N. 5 Nucleotidasa
NTX
Oído cultivo
Opiáceos
Orina, físico-químico y del sedimento
Orina cultivo
Oxalato
Oxiurius
Parásitos. Investigación e identificación
Parathormona (PTH)
PAS (Antígeno prostático específico)
PAS libre
Paul-Bunell (presuntivo)
PCR Ultrasensible
Perfil Celiaco
pOO2
po2
Péptido C
pH
Phenistix
Plaquetas
Plaquetas por Hematólogo
Plasma seminal
Porfobilinogeno
Potasio
PPD
Preparación de células LE
Productos de degradación de la fibrina
Progesterona
Prolactina
Proteína C
Proteínas C reactiva
Proteínas de Bence-Jones
Proteínas Electroforesis
Proteínas S
Proteínas totales
Protomorfinas
Protozoarios
Prueba de concentración
Prueba de dilución
Prueba de lazo
Prueba de tolerancia oral a la glucosa
Prueba de tolerancia a la lactosa
Prueba de Tzanck
PTH
Pus. Cultivo
Punta de catéter. Cultivo
Quimiotripsina
Quistes de protozoos
Raspado de lengua. Cultivo para hongos
Reacción de Huddleson
Reacción de Widal
Recuento de Addis
Recuento de Linfocitos CD4
Relación A/B
Relación calcio/creatinina
Relación PAS/PAS Libre
Reticulositos
Retracción del coágulo
RK 39 Leishmaniasis Kala azar
Rh
RO (SSA) anticuerpos suero
Rotavirus
Rubeola IgG
Rubeola IgM
Sangre oculta
Sars Cov 2 (hisopado): 4 veces/año, 100% cob. para titular, 50% cob. para los demás.
Saturación de oxígeno
Secreción conjuntival. Cultivo
Secreción endocervical. Cultivo
Secreción faríngea. Cultivo
Secreción genital. Cultivo
Secreción nasal. Cultivo
Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos
Secreción prostática. Cultivo
Secreción purulenta. Cultivo
Secreción traqueal. Cultivo
Secreción uretral. Cultivo
Secreción bulbar. Cultivo
Sífilis
Simis-Hunner - test
Shigella. Cultivo
SO2
Sodio
Somatomedina - c
Staphylcoccus aureus
Streptococcus. Cultivo
Streptococcus. Beta hemolitico gr. A (latex)
Streptococcus. grupo B (latex)
Streptococcus. Pneumoniae
Streptonasa B
Streptozima
Swin up
tTG
T3 libre
T3 total
T3 uptake
T4 libre
T4 total
Tacrolinemia
Test de absorción a la xilosa
Test de Coombs Directo
Test de Coombs Indirecto
Test de estimulación con ACTH
Test de estimulación hormona de crecimiento
Test (con ejercicios) con L-Dopa
Test de estimulación con LH/RH
Test de estimulación con TRH
Test de Ham
Test de supresión con dexametosona
Test de VPH
Test de IRT
Test del Sudor
Testosterona libre
TIBC (Capacidad de fijación del hierro)
Tiempo de coagulación sanguínea
Tiempo de Protrombina y coagulación
Tiempo de tromboplastina parcial activada
Timol
Tine test (TB)
Tipificación
Tiroglubina
Tiroperoxidasa Anticuerpo (Tipo AC)
Toxoplasmosis- ac IgG, IgM
Transferrina
Transglutaminosa Tisular IgA / IgG
Trichomonas vaginalis
Triglicéridos
Troponina I. Cuantitativa
Trypanosoma cruzi-ac
TSH
TTPa
Ulcera genital. Cultivo
Urea
Ureaplasma urealyticum
Urobilina
Urobilinógeno
Van de Kamer
Vandil - Mandelic - Acid (AVM)
Vermes
VDRL
Vicent's Angina. Frotisri
Viral de Heces
Virocitos
VLDL Colesterol
VSR ac
Vitamina D
Vitamina E
Se incluye centellografía y captación tiroidea.
25. ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIAS
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo de traslado (baja, mediana y alta complejidad), personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el paciente. Este servicio debe efectuarse durante las 24:00 horas del día durante todo el año en zona de Asunción y ciudades circunvecinas.
26. SERVICIOS SIN COBERTURAS
Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de Medicina prepaga, no obstante, la tendencia será el logro de aranceles con descuentos por vía de la negociación.
Se detallan a continuación:
Ex sanguíneo transfusión, aféresis y plasma rico en plaquetas.
Prótesis, ortesis, suplementos de marcha, audífonos, diábolo, Split nasales, etc.
Mastología: remodelado glandular y similares
Várices por motivos estéticos o por láser y arañitas vasculares
Atención, internación y alimentación de los beneficiarios y su grupo familiar en caso de intento de autoeliminación, automedicación o autoagresión y sus secuelas, ya sean físicas o mentales.
Cirugía con fines estéticos (no reparadora). Cirugías de párpados u oculoplastia
Estudios y tratamiento médico-quirúrgico con fines de esterilidad o de procreación. Cerclaje
Enfermos mentales ya sean depresivos o excitados (Sala hasta 72 hs.)
Alcohólicos agudos y crónicos y sus consecuencias.
Diálisis peritoneal, hemodiálisis en los casos crónicos. Trasplantes
Cirrosis
Formolizaciones.
Urología: no láser, no vaporización
Acupunturas, homeopatía y quiropraxia y cualquier otro tratamiento no alopático.
Cirugías bariátricas o metabólicas y sus consecuencias. Procedimientos para bajar de peso
Lipoaspiración a cualquier fin
Ecoendoscopía diagnóstica o terapéutica
Asistencia del anatomopatólogo, estudios inmunohistoquímicos y receptores hormonales. Estudios genéticos.
Cirugías de ronquido o uvulopalatoplastia
Secuelas de quimioterapia y radioterapia.
Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida. Tratamientos paliativos
Tratamientos domiciliarios excepto los prestados por el sistema de ambulancia
Estudios electrofisiológicos y ablación de arritmias
Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.
Las demás entidades clínicas y tratamientos están cubiertos, como crisis hipertensivas, crisis asmática, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebro vascular, descompensaciones diabéticas.
Los casos preexistentes y crónicos no serán considerados como servicios sin cobertura.
ANEXO DE MEDICINAS POR IMÁGENES
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
Estudios radiológicos:
Abdomen simple
Angiofluresceinografia (ojos)
Angiografía carótida h/8 placas 2 lados
Angiografía carótida h/8 placas c-lado
Angiografía de miembro1 lado h/6 placas
Angiografía de miembro2 lados h/6 placas
Angiografía de cualquier miembro o parte del cuerpo
Antebrazo en todas las posiciones
Aortografía lumbar o abdominal h/5 placas
Apéndice
Árbol urinario simple
Arteriografía cerebral h/8pl. 2 lados
Arteriografía cerebral h/8pl. c-lado
Arteriografía selectiva (abdominal o tórax)
Arteriografía selectiva dos arterias
Arteriografía selectiva renal 1 lado
Arteriografía selectiva renal 2 lados
Biligrafina o colongiografía endovenosa
Brazo en todas las posiciones
Broncografía2 lados
Broncografía c/lados
Cadera o pelvis en todas las posiciones
Campo visual computarizado
Cavum
Cavum contrastado
Cistografía
Clavícula en todas las posiciones
Codo en todas las posiciones
Colangiografía endovenosa (biligrafina)
Colangiografía operatoria
Colangiografía pos-operatoria
Colangiografía retrograda con papilotomía
Colangiografía retrograda simple
Colangiografía trans-pariento hepático
Colangio resonancia magnética nuclear
Colecistografía oral
Colon contrastado
Colon doble contraste
Colon por ingestión
Columna cervical en todas las posiciones
Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones
Columna panorámica (espinografía) en todas las posiciones
Control radiológico en maniobras traumatológicas
Costilla en todas las posiciones
Cráneo en todas las posiciones
Cráneo para ortodoncia
Dedo 2 posiciones
Esófago
Esternón en todas las posiciones
Fistulografía h/2 placas
Flebografía cada lado
Galactografía bilateral previa mamografía
Galactografía bilateral sin placa simple
Galactografía c/lado c/previa mamografía
Galactografía sin placa simple 1 lado
Gonioscopia
Hombro en todas las posiciones
Intestino delgado o tránsito intestinal
Laringografía contrastada
Linfografía cada lado
Linfografía dos lados
Mama (pieza operatoria) p/placa
Mama (reperage para biopsia) p/placa
Mamografía en todos los lados
Mano en todas las posiciones
Mapeamiento de retina
Mastoide en todas las posiciones
Maxilar inferior en todas las posiciones
Maxilar inferior c/ortopantomografía
Mielografías/ contraste ni especialista
Muñeca en todas las posiciones
Muslo o fémur en todas las posiciones
Densitometría
Orbitas c/posición
Ortopantomografía
Pie en todas las posiciones
Pielografía ascendente
Pielografía endovenosa o riñón contraste
Pierna en todas las posiciones
Placa suplementaria
Rodilla en todas las posiciones
Saco lagrimal
Saco lagrimal (radio. Como especialista)
Sacro-coxis en todas las posiciones
Scopia como complemento de examen c/T.V.
Scopia arco c por 1 hora
Scopia arco c por más de1 hora
Senos faciales en todas las posiciones
Sialografía en todos los lados
Tobillo en todas las posiciones
Tórax en todas las posiciones
Tránsito intestinal o intestino delgado
Transparieto-hepática
Uretrocistografía
Urograma de excreción
Vesícula simple.
Otros estudios de diagnóstico
Curva tensional
Doppler en general
Electroencefalograma
Electromiograma (de miembros superiores e inferiores) en general
Ergometría, 100% / 2 sesiones / año.
Espirometría Computarizada
Holter de latidos
MAPA
Otomicroscopia
OCT para Nervio Óptico
Paquimetría corneal
Perfil biofísico
Pruebas vestibulares en general (Electronistagmografía, Prueba calórica, Prueba rotatoria, Posturografía dinámica computarizada).
Potenciales auditivos evocados
Resonancia Magnética (hasta 3 por año). Incluye 1 angioeresonancia
Somnografía o Estudio del Sueño
Spect perfusión Miocárdica: cobertura del 60%
Topografia corneal
Estudio de alergias
Estudio de Stents
Escanometria de miembros inferiores.
Ecocardiograma
Ecocardio c/doppler bidimensional
Ecocardiograma sin doppler
Eco-stress
Eco-stress con dobutamina
(El listado es meramente indicativo y no limitativo, deberá incluir todos los tipos de ecocardiogramas y/o ecocardiografías posibles con sus diferentes variantes, sin exclusión alguna).
Ecografía
Ecografía abdominal
Ecografía de mamas
Ecografía de tiroides
Ecografía del bazo
Ecografía ginecológica y obstetricia
Ecografía morfológica
Ecografía hígado-vías biliares-vesícula
Ecografía intracavitaria c/residuo
Ecografía intra-operatoria
Ecografía oftálmica
Ecografía pan encefálica
Ecografía prostática
Ecografía prostática intracavitaria
Ecografía renal
Ecografía testicular
Ecografía trasvaginal
Ecografía tridimensional
Ecografía de tejidos blandos
Ecografía 3D y 4D
Punciones con control ecográfico
(El listado es meramente indicativo y no limitativo, deberá incluir todos los tipos de ecografías posibles con sus diferentes variantes, sin exclusión alguna, para todo el cuerpo).
Tomografía computada/multislice (hasta 5 por paciente por contrato) Tomografías Multi Slice (TCMS)
Tomografía computada cráneo
Tomografía computada miembros
Tomografía computada tórax
Tomografía computada abdomen inferior
Tomografía computada abdomen superior
Tomografía computada pelvis
Tomografía computada columna cervical
Tomografía computada columna dorsal
Tomografía computada columna lumbar
Tomografía computada de las vías urinarias
Tomografías en general
Termografía computarizada.
(El listado es meramente indicativo y no limitativo, deberá incluir todos los tipos de ecografías posibles con sus diferentes variantes, sin exclusión alguna, para todo el cuerpo).
Medicina Nuclear cobertura del 60%
Camara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.)
Centellografía glandula salivar
Centellografía sangrado intestinal
Centellografía cerebral
Centellografía de tiroides o mapeo
Centellografía hepática
Centellografía osea
Centellografía pulmonar
Centellografía renal
Centellografía testicular
Angiomas radiot. sup. d.t. 10 irrad. p/campo
Ca. cuello-cuerpo uter. lesión sola p/campo
Ca. cuello-cuerpo uter. mas anexo
Carc. De lengua lesión gang. anexo
Carc. mamario bcobaltos/op. c/cad.gang.
Carc. Mamario cobalto solo tumor s/cicat.
Carc. Pene lesión sola co.irrad. p/campo
Carc. Pene más campo anexo r. gang
Carc. Vejiga cobalto irrad. p/campo
Carcinoma cutáneo epitel. d.t. 25 p/campo
Carcinoma esofágico mas campo anexo
Carcinoma esofágico lesión sola cobalto
Carcinoma laríngeo lesión sola cobalto
Carcinoma laríngeo mas campo anexo
Carcinoma oral lesión gang. irrad. p/campo
Carcinoma oral más campo anexo
Carcinoma pulmonar cobalto
Carcinomas/maxilar lesión sola cobalto
Carcinomas/maxilar más campo anexo
Huesos (tumores) co. irrad. por campo
Linfomasco. irrad. nodalinfodiaf.
Linfomasco.irrad. nodal supradiaf.
Linfomasco. irrad. nodaltotal
Linfomasco. Una región ganglionar
Rodioterapia antiimflam. prom. c/aplic.
Seminoma co. rad. prof.d.t. 50 irrad. nod. tot.
Tumores cerebrales en general co. irrad.camp.
TODOS LOS ESTUDIOS CITADOS EN EL LISTADO DE ANEXO DE MEDICINAS POR IMÁGENES, DEBEN SER REALIZADOS CON COBERTURA TOTAL Y SIN LIMITES DE CANTIDAD, EXCEPTO LOS TAXATIVAMENTE LIMITADOS.
ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES:
Todos los estudios laboratoriales serán sin límites y por persona.
Ácido cítrico
Ácido fenil Piruvico
Ácido Láctico
Ácido úrico
Ácido vanil Mandelico (AVN) ACTH
Adenovirus Antigeno, Secreciones Respiratorias
Addis. Recuento de
Aglutinación de partículas de látex para: A. Escherichia coli Ki
A. Hemo-philus influenzae tipob
A.Legionella pneumofila
A. Nesseriameningitidis grupo a
A. Nesseriameningitidis grupo b
A. Nesseriameningitidis grupo c
A. Stroptococus Pheumoniae
A. Stroptococus beta hemolítico grupo a
A. Stroptocicus grupo b
Aglutinas Anti a
Aglutinas Anti b
AIDS-ac
Albúmina
Alcohol
Aldolasa
Aldosterona
Alergía-Tests: Ver RAST
Alfa1 antitripsina
Alfafetoproteina (APF)
A/G
Amilasa
Amonio
ANA
Androstenediona
Antibiogramas para gérmenes aeróbicos
Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos
Ac. Anti nDNA
Ac. Anti Microsomales
Ac. Anti Mitocondriales
Ac. Anti Musculo Liso (ASMA)
Ac. Anti Nucleares
Ac. Anti Tiroglobulinas
Ac. Anti Tiroides
Ac. Anti Toxoplasma IgG
Ac. Anti Tripanosoma IgG
Ac. Anti Tripanosoma IgM
Ac. Anti Virus Sinciciall Respiratorio (VSR)
Ac. Heterofilos
A.F.P.
Anti Endomisio ac IgA
Anti Endomisio ac IgG
Antígeno Carcinoembrionario (CEA)
Antígenos Febriles
Antígeno Prostático específico (PAS)
Antitrombina III
Anticuerpos Anti-Tiroides
Anti SM
Apolipoproteina b
Aspegillus
ASTO
Autovacunas
Azucares reductores
Antígeno AG Antidengue (test Rápido)
Anticuerpo Antidengue IgM e IgG
Análisis para detección de avitaminosis, hipervitaminosis, o control
BAAR
Barbitúricos
Bence-Jones
Benedict, Reacción de
Bicarbonato
Billirubinatotal, directa e indirecta
Bilis, cultivo
Bioperfil fisiológico
Bioquímica de plasma Seminal
CA 123
CA 15-3
C 3
C 4
Calcio
Calcitonina
Calculo Urinario
Campo oscuro
Campylobacter
Cannabinoides
Capacidad de fijación de hierro (TIBC)
Cardiolipina IGG -IGM
CCP (PEPTIDO CITRULINADO ANTICUERPOS IGG)
CEA
Células LE
Cetonemia
Cetonuria
Cetoferoides 17
CH 50
Chagas (Ac.Anti Trypanosoma IgG e IgM)
Chalamydia
Citomegalovirus-ac-IgG
Citomegalovirus-ac-IgM
Ck
Ck-mb
Clearance de Creatinina
Cloruros
CMV-ac-IgG
CMV-ac-IgM
Creatinina
Coagulograma
Cobre
Cocaína
Coccidioidina
Colesterol esterificado
Colesterol HDL
Colesterol-LDL
Colesterol total
Colesterol VLDL
Colinesterasa
Coloración de Giemsa
Coloración de Gram-
Coloración de Ziehl
Complemento hemolítico (CH 50)
Coombs Directo
Coombs Indirecto
Coprocultivo
Coprología Funcional
Coproporfirinas
Cortisol
Crioglutininas
Crioglobulinas
Criptococus
Cristales-Identificación
Cuerpos Cetonicos
Cultivo en Aerobiosis
Cultivo en Anaerobiosis
Cultivo en Thayer-Martin
Cultivo para BAAR
Cultivo para GC
Cultivo para hongos
Cultivo para listeria
Cultivo para Mycoplasma
Curva de tolerancia oral a la glucosa
Dehidroepitandrostenediona (DHEA- S04)
Dehidrostestosterona
Densidad Difteria, Cultivo
Digoxina
DNA-ac
Dióxido de carbono (CO2)
D-Xilosa
EBV-EA-ac
EBV-VCA-ac
Electroforesis de hemoglobina
Electroforesis de lipoproteínas
Electroforesis de proteínas
Electrólitos
Eosinófilos
Epstein-BarrVirus-ac
Eritrosedimentación
Escherichia coli enteropatogeno
Escherichiacoli kI. Látex
Esperma, cultivo
Espermograma
Esputo. Coloración para BAAR
Esputo. Cultivo para gérmenes comunes
Esputo. Eosinofilos y mastocitos
Estradiol
Estriol libre
Estrógenos totales
Estudio capilar. Investigación de hongos
Estudio Macro metabólico
Exceso de base
Factor reumatoideo
Fenilhidantoina
Ferritina
Fibrinogeno
Fibrinolisis
Formula leucocucocitaria
Fosfatasa acida prostática (pap)
Fosfatasa Acida total y prostática
Fosfatasa alcalina
Fosfatidil-gilierol en liq. amniótico
Fosfolipidos
Fósforo
Fragilidad osmótica de los hematíes
Frotis de sangre periférica
Fructosa
FSH
FTA-abs-IgG
FTA-abs-IgM
FTI
Gamma Globulinas
Gamma GT
Garganta. Cultivo
Gases arteriales
Gastrina
GC. Cultivo
GH (Hormona de crecimiento)
Globulina
Glóbulos blancos
Glóbulos rojos
Glucohemoglobina
Glucosa
Glucosa. Curva de tolerancia
Glucosa pre y pos prandial
Glucosuria
Ganadotrofina Coriónica (hCG)
Gota gruesa
GOT
GPT
Graham-Test
Grupo Sanguíneo
Guayaco
Ham-test
Hamburger-test
Hamber
Haptoglobina
HbA1c
Hdelta
HAV-ac
HAV-ac-IgM
HBc-ac
HBc-ac-IgM
HBDH
HBe-ac
HBe-Ag
HBs-ac
HBs-Ag
Hcg sub - unidad beta
HDL-Colesterol
Heces. Benedict
Heces. Examen parasitológico
Heces. Flora microbiana
Heces. Frotis
Heces. Hongos
Heces. Microscopia Funcional
Helicobacter Pylori en sangre
Hematrocrito
Hemocultivo en aerobiosis
Hemocultivo en anaerobiosis
Hemoglobina
Hemoglobina. Electroforesis
Hemoglobina fetal
Hemoglobina glicosilada (Hb A 1c)
Hemograma
Hemoparásitos
Hemophilus influenzae tipo b. látex
Hepatitis (ac y Ag) ver HAV y HB Herpes
H.G.H.
Hidatidosis-ac
Hidroxicorticosteroides 17
Hidroxi-Indol-Acetico 5 (5HIAA)
Hierro sérico
Hisopado Faríngeo
Histoplamina
Hisopado faringeo
HIV-ac
Hongos. Cultivo e identificación Hongos. Examen en fresco
Hormona de crecimiento (hGh)
Hormona Folículo Estimulante (FSH)
Hormona Lactogeno Placentaria (hP)
Hormona Luteinizante (LH)
IgA
IgD
IgE
IgG
IgM
Inclusiones citomegalicas
Índices hematimetricos
Índice de Tiroxina Libre
Influenza tipo A
Influenza tipo A H1N1
Influenza tipo B
Inmunoelectroforesis
Inmunoglobinas
Insulina
Klesbsiella pneumoniae
Lactosa
LAP
Larvas de vermes
Látex para: Escherichia coli k1
L. Haemophilus influenzae tipo b
L. Neusseria meningitidis grupo A
L. Neisseria meningitidis grupo B
L. Neisseria meningitidis grupo C
L. Strptococcus pneumonias
L. Streptococcus betahemoliticos grupo
L. Streptococcus grupo B
Lavado gástrico
LCR. Citoquímico
LCR. Cultivo
LDH
LDL-Colesterol
LE
Lecitina en líquido amniótico
Legionella Pheumiphila. Látex
Lesión genital. Coloración de gram
Lesión genital. Coloración de fontana
Lesión genital. Estudio microbiológico
Lesión en la piel. Cultivo para hongos
Lesión de uñas. Cultivo para hongos
LH
Linfa cutánea. Coloración de Ziehl
Lipasa
Lípidos totales
Líquido amniótico. Cultivo
Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol
Liquido articular. Cito químico
Liquido articular. Cristales
Liquido articular. Cultivo
Liquido ascítico. Cultivo
Liquido gástrico-duodenal. Parásitos
Liquido peritoneal. Cultivo
Liquido pleural. Cultivo
Listeria
Litio
Madurez Fetal (fosfat y dilglicerol)
Magnesio
Magnesio eritrocitario
Marihuana
Mastocitos
Metahemoglobina
Metotrexate
Micosis oportunistas
Micosis profundas
Micosis subcutaneas
Micosis superficiales
Microalbuminuria
Mioglobina
Moco cervical
Monotest
Mucoproteínas
Mycobacterium Tuberculosis
Mycoplasma en secreción vaginal
Micoplasma Hominis
Neiseriae Gonorrea
Neiseriae Meninigitidis. Grupo A. latex
Neiseriae Meninigitidis. Grupo B. latex
Neiseriae Meninigitidis. Grupo C. latex
N. 5 Nucleotidasa
NTX
Oído cultivo
Orina, físico-químico y del sedimento
Orina cultivo
Oxalato
Oxiurius
Parásitos. Investigación e identificación
Parathormona (PTH)
PAS (Antígeno prostático específico)
Paul-Bunell (presuntivo)
PCR ULTRASENSIBLE Perfil Celiaco
pOO2
po2
Péptido C
pH
Phenistix
Plaquetas
Plasma seminal
Porfobilinogeno
Potasio
PPD
Preparación de células LE
Productos de degradación de la fibrina
Progesterona
Prolactina
Proteínas C reactiva
Proteínas de Bence-Jones
Proteínas Electroforesis
Proteínas S
Proteínas totales
Protozoarios
Prueba de concentración
Prueba de dilución
Prueba de lazo
Prueba de tolerancia oral a la glucosa
Prueba de tolerancia a la lactosa
Prueba de Tzanck
PTH
Pus. Cultivo
Punta de catéter Cultivo
Quimiotripsina
Quistes de protozoos
Raspado de lengua. Cultivo para hongos
Reacción de Huddleson
Reacción de Widal
Recuento de Addis
Relación A/B
Relación calcio/creatinina
Reticulocitos
Retracción del coágulo
Rh
Rotavirus
Rubeola IgG
Rubeola IgM
Sangre oculta
Saturación de oxígeno
Secreción conjuntival. Cultivo
Secreción endocervical. Cultivo
Secreción faríngea. Cultivo
Secreción genital. Cultivo
Secreción nasal. Cultivo
Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos
Secreción prostática. Cultivo
Secreción purulenta. Cultivo
Secreción traqueal. Cultivo
Secreción uretral. Cultivo
Secreción bulbar. Cultivo
Sida-ac
Sífilis
Simis-Hunner-test
Shigella. Cultivo
SO2
Sodio
Somatomedina -c
Staphylcoccus aureus
Streptococcus. Cultivo
Streptococcus. Beta hemolitico gr. A.latex
Streptococcus.grupoB.latex
Streptococcus. pneumoniae
StreptonasaB
Streptozima
Swin up
tTG
T3 libre
T3 total
T3 uptake
T4 libre
T4 total
Test de absorción a la xilosa
Test de Coombs Directo
Test de Coombs Indirecto
T.* con ejercicios* con L-Dopa Test de estimulación con LH/RH
Test de estimulación con TRH
Test de Ham
Test de supresión con dexametosona
Test de Sims-Huner
TIBC (Capacidad de fijación del hierro)
Tiempo de coagulación sangría
Tiempo de Protrombina y coagulación
Tiempo de trombo plastina parcial activada
Timol
Tinetest
Tzanck-Prueba de
Tipificación
Tiroglubina
Testosterona libre
Toxoplasmosis- ac IgG, IgM
Transferrina
Transglutaminosa Tisular IgA IgG
Trichomonas vaginalis
Triglicéridos
Trypanosoma cruzi-ac
TSH
T TTPa
Ulcera genital. Cultivo
Urea
Ureaplasma urealyticum
Urobilina
Urobilinogeno
Van de Kamer
Vandil Mandelic Acid (AVM)
Vermes
VDRL
VIH-ac
Vicent's Angina. Frotisri
Virocitos
VLDL Colesterol
VSR- ac
Widal. Reacción de
Xilosa. Test de absorción
Artritest
CA-125
Anti-tTG,IgA IgA total anti - tTG, IgG - AGA, IgG (Pruebas de la enteropatía sensible a gluten)
Vitamina D
Antígenos respiratorios múltiples
TODOS LOS ANALISIS CITADOS EN EL LISTADO DE ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES, DEBEN SER REALIZADOS CON COBERTURA TOTAL Y SIN LÍMITES DE CANTIDAD. TODOS LOS ESTUDIOS NO CITADOS EN EL ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES, DEBEN SER REALIZADOS CON UNA COBERTURA DEL 50%.
INSTRUCTIVO DE COTIZACIÓN EN LA PLANILLA DE PRECIOS DEL (SICP)
El siguiente ejemplo es la forma de cotización que se utilizará en la Planilla de Precios del (SICP) - Sistema de Información de las Contrataciones Públicas a fin de cotizar en el presente proceso licitatorio.
Aclaración: El monto del precio por funcionario=Grupo Familiar es ficticio, es solo a modo de ejemplo.
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Servicio de Medicina Prepaga para Funcionarios de la SND. |
(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
La SND podrá requerir que se realice una verificación de los Centros Asistenciales declarados por el o los oferentes/adjudicados, a fin de comprobar si los mismos se ajustan a los requerimientos del pliego.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.