Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
1. El Ing. Elías David Duarte Berni, Jefe del Departamento de transmisión Este, solicita el llamado a Licitación Pública Nacional.
2. El presente pedido se encuentra previsto en el Programa Anual de Contrataciones (PAC) y obedece a la necesidad de disponer de la maquina trituradora de ramas para los Mantenimiento en Líneas de Transmisión de 500 kV, 220 kV y 66 KV, Preventivo y Correctivo, de manera a cumplir eficientemente con el Plan Anual de Mantenimiento (PAM) definidos para las unidades dependientes de esta División.
3. Se trata de una necesidad temporal, considerando que la adquisición de los mismos resulta imprescindible para la Institución, para la atención del servicio de abastecimiento de energía eléctrica a la población de manera al acompañamiento de los planes y proyectos encarados por el Gobierno Nacional.
4. Las especificaciones técnicas establecen las características y las condiciones técnicas mínimas que deben ser cumplidas en la provisión del bien, de modo a garantizar el buen funcionamiento de los mismos.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Ítem |
Descripción del Bien |
Especificaciones Técnicas N° |
1 |
MÁQUINA TRITURADORA DE RAMA |
GT/TES/01/25 |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - GT/TES/01/25.
MÁQUINA TRITURADORA DE RAMA
1. OBJETO:
Esta especificación técnica, tiene como objeto definir las características mínimas necesarias para la provisión de MÁQUINA TRITURADORA DE RAMA, que será utilizada para los trabajos de mantenimiento de franja de servidumbre de líneas eléctricas de alta tensión, en la gestión de residuos remanentes de la poda de árboles.
2. CONDICIONES AMBIENTALES:
2.1. Temperatura máxima del aire: 45 ºC.
2.2. Temperatura media diaria del aire: 30 ºC.
2.3. Temperatura mínima del aire: -5 ºC.
2.4. Humedad relativa ambiente máxima: 100 %.
3. GENERALIDADES:
Debe ser apta para triturar troncos, ramas y hojas de cualquier tipo de árboles o arbustos, sean estos húmedos o secos, duros o blandos, y de tamaños acordes a las capacidades requeridas para el Triturador de Ramas.
4. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS GENERALES:
4.1. DIMENSIONES GENERALES:
4.1.1. Altura: ≥ 2500mm.
4.1.2. Ancho: ≥1650mm.
4.1.3. Largo total Máximo (Replegado o Extendido): ≥4000mm.
4.1.4. Rotación de descarga: ≥250°.
4.1.5. Peso: ≥2.000 Kg.
4.1.6. Año de fabricación: ≥ 2024
4.2. MOTOR Y TANQUE:
4.2.1. Potencia Mínima: ≥ 48 HP.
4.2.2. Cantidad de Cilindros: ≥ 4.
4.2.3. Torque: ≥135 Nm.
4.2.4. Tipo de Combustión: Diésel.
4.2.5. Consumo Promedio: Entre 3 mínimo y máximo de 20 litros por Hora.
4.2.6. Capacidad de Tanque: ≥ 75 litros.
4.2.7. Sistema de Enfriamiento: Agua.
4.3. SISTEMA DE CORTE, ALIMENTACIÓN y SEGURIDAD:
4.3.1. Capacidad de Corte: ≥ 300 mm.
4.3.2. Rotación: ≥ 1.800 RPM.
4.3.3. Tipo de Rotor: Tambor o Rodillo.
4.3.4. Orientación del Rodillo: Horizontal.
4.3.5. Tipo de Acero de Cuchillas: A8
4.3.6. Cantidad de Cuchillas: ≥ 2 cuchillas.
4.3.7. Sistema de Alimentación: Variable, Automático o Fijo.
4.3.8. Altura del canal de alimentación del suelo: ≥ 600 mm.
4.3.9. Velocidad de Alimentación: ≥30 metros/min.
4.3.10 Ancho de la plataforma o canaleta de alimentación: ≥ 1000 mm.
4.3.11. Longitud de la plataforma o canaleta de alimentación: ≥ 700 mm.
4.3.12. Altura de la garganta o boca de alimentación: ≥ 300mm.
4.3.13. Ancho de la garganta o boca de alimentación: ≥ 400 mm.
4.3.14. Barra de Control: Controlado por el operador.
4.3.15. Pulsador de parada total de emergencia: Controlado por el operador.
4.4. SISTEMA HIDRÁULICO:
4.4.1. Motores Hidráulico: ≥1.
4.4.2. Bomba Hidráulica: ≥1.
4.4.3. Cantidad de Tanque Hidráulico: ≥ 25 litros.
4.5. PANEL DE CONTROL:
4.5.1. Deberá contar con control de Rotación, voltaje y cantidad de horas trabajadas.
4.5.2. Deberá contar con indicador de Temperatura.
4.5.3. Deberá contar con llave de arranque y parada.
4.5.4. Sistema Eléctrico: 12V, batería sellada libre de mantenimiento.
4.5.5. Arranque eléctrico con accionamiento mediante llave de arranque.
4.6. CHASIS:
4.6.1. Debe ser del tipo remolcable, reforzado, con enganche cabezal para bola o esférico estándar, dimensionado para el peso de la máquina u otro sistema.
4.6.2. Debe contar con parachoques trasero, las ruedas deben llevar guardabarros y estar protegidas mediante cobertura metálica en la parte superior y laterales.
4.6.3. Rueda de Auxilio y de carro mínimo Aro 15 .
4.6.4. Debe contar con cableado de sistema eléctrico de 12V, para el sistema de iluminación señalización vial para el transporte según normas de tránsito.
4.6.5. El chasis deberá contar con cintas Reflectoras para circulación.
4.6.6. Deberá contar con un sistema de freno para estacionamiento, por accionamiento, manual y sistema de bloqueo.
4.6.7. Debe ser proveído un extintor universal nuevo, con fijación al chasis en forma vertical, clase ABC, de 4 kg como mínimo, con el sello de aprobación del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología - INTN.
5. DISPOSICIONES GENERALES:
5.1. El proveedor debe proveer la máquina completa, con todos los componentes ya montados y listos para su puesta en marcha. La provisión debe incluir todos los componentes adicionales y sus características técnicas.
5.2. La máquina y todos sus componentes deben ser entregados íntegramente armados y verificados, con todos sus fluidos (hidráulico, lubricantes, refrigerantes) y puestos en funcionamiento.
5.3. Deben proveerse los manuales originales técnicos de operación y mantenimiento en castellano.
5.4. El proveedor debe estar debidamente autorizado por el fabricante en la provisión y mantenimiento de la máquina.
5.5. El proveedor estará a cargo de los seguros correspondientes de la máquina mientras dure la vigencia del Contrato, que cubra todos los riesgos de daños de la máquina.
5.6. Debe incluir al menos (01) un mantenimiento preventivo del equipo, según indicaciones del manual del propietario, incluyendo todos los insumos y mano de obra por el periodo mientras dure la vigencia del Contrato.
5.6.1. El mantenimiento preventivo del motor debe incluir entre otros: verificación y cambio de aceite, filtro de aire, filtro de aceite y filtro de combustible.
5.7. Logotipo: El diseño del logotipo de la ANDE y debe ser del tipo pintado (NO CALCOMANIA), pintado en ambos costados y en la tapa de la tolva de alimentación.
5.8. Asimismo, debe garantizar servicios técnicos autorizados y repuestos en plaza disponibles en el mercado nacional, durante dos (2) años, Servicio técnico autorizado en Paraguay como servicio de post venta.
6. GARANTÍA:
El bien, así como la totalidad de sus componentes deben ser proveídos con una garantía de dos (2) años, contra defectos de fabricación (materiales utilizados, técnicas de fabricación y/o mano de obra), fallos de componentes, deterioro de la pintura, rajaduras y otras formas de fatiga.
7. COMPONENTES ADICIONALES:
7.1. Un (1) afilador de cuchilla eléctrico.
7.2. Cuatro (4) cuchillas de repuesto.
7.3. Una (1) carpa cobertor del equipo a prueba de Calor y lluvia.
8. DOCUMENTACIONES A SUMINISTRAR.
El Proveedor debe incluir las siguientes documentaciones como mínimo:
8.1. La Planilla de Datos Garantizados proveída en esta especificación técnica, debidamente completada en todos los campos solicitados y firmados.
8.2. Manual de descripción de funcionamiento e instrucciones de montaje, operación, ajuste, mantenimiento, puesta en servicio y reparación de averías de los equipos.
8.3. Información complementaria: Folletos técnicos del equipo ofrecido (Triturador de Rama y principales componentes del sistema).
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Lugar de Entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
MAQUINA TRITURADORA DE RAMAS |
1 |
UNIDAD |
Deposito de la ANDE en Asunción (sito en la Avda. Boggiani y Dr. Facundo Machain) o alrededores según lo indique la Unidad Administradora del Contrato; hasta un radio de 30 Km. contados a partir de los límites de la Ciudad de Asunción). |
Noventa (90) días corridos (*) |
(*) Observación: Los plazos establecidos comenzarán a regir a partir de la fecha de emisión de la Orden de Entrega a través del Sistema SAP por parte de la Unidad Administradora del Contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles de la emisión del Código de Contratación.
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
ANDE - LPN 1930-2025 Asunción - Paraguay.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
El control del cumplimiento de las obligaciones del Proveedor estará a cargo de la Unidad Administradora del Contrato.
Las inspecciones y pruebas se realizarán conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas, si los mismos se ajustan a las características generales y técnicas consignadas en las Especificaciones Técnicas de la Convocante.
El Proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los servicios o de parte de ellos, ni la presencia de la Contratante o de su representante, ni la emisión de informes de resultados de pruebas, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del Contrato. Garantizar que los fondos obtenidos de una licitación pública no sean destinados a fines ilícitos y Observar y Respetar el Código de Ética Institucional de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), publicado en www.ande.gov.py.
Inspecciones en el Depósito de la Contratante:
Una vez que el Proveedor haya cumplido con lo establecido en el Plan de Entregas en el lugar indicado en el mismo, se procederá a una inspección y verificación de los bienes y/o servicios, con los documentos pertinentes.
Documentos de Recepción Provisional y Definitiva:
La Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, verificará que los bienes entregados y/o servicios ejecutados, se hayan ajustado a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, para proceder a la emisión del Certificado de Recepción Provisional, a pedido del Proveedor o de oficio, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la entrega efectuada de conformidad al Plan de Entregas del Contrato o sus eventuales prórrogas autorizadas por la Contratante.
A partir de la fecha de emisión del Certificado de Recepción Provisional correspondiente, se inicia el Periodo de la Garantía de los bienes.
Al término de dicho plazo, la Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, efectuará las comprobaciones de que el Proveedor ha cumplido satisfactoriamente con todo lo previsto en los documentos del contrato y emitirá dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, el Acta de Recepción Definitiva.
La emisión del Acta de Recepción Definitiva significará el cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones contractuales, y le dará derecho a solicitar la cancelación de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
En caso que el Proveedor incurra en atrasos en la entrega de los bienes y/o servicios y le fuere aplicada la multa correspondiente en el Acta de Recepción Definitiva se dejará constancia de ello.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.