la fecha de la visita técnica esta fijada para el día jueves 11 de septiembre de 2025, a las 09:00 hs., tal como esta publicado en el portal
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Visita Técnica
Se solicita aclaración sobre la fecha de visita técnica ya que en una aparte aparece jueves 11/09/2025 09:00
Y en el pliego de bases y condiciones aparece 12/09/2025 08:00hs. Por la incongruencia entre ambas fechas y a fin de evitar confusiones, se solicita una rectificación del pliego en cuánto a la fecha, o caso contrario que se acepten ambas fechas como válidas para realizar la visita técnica.
Se solicita aclaración sobre la fecha de visita técnica ya que en una aparte aparece jueves 11/09/2025 09:00
Y en el pliego de bases y condiciones aparece 12/09/2025 08:00hs. Por la incongruencia entre ambas fechas y a fin de evitar confusiones, se solicita una rectificación del pliego en cuánto a la fecha, o caso contrario que se acepten ambas fechas como válidas para realizar la visita técnica.
La fecha de visita según el SICP es jueves 11/09/2025, y según el PBC la fecha establecida para la visita es también 11/09/2025
Atentamente Abg. Belen Figueredo
Directora de UOC
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Capacidad en materia de equipos
El oferente debera ser propietario y/o contar con un contrato con una cantera para la provision segura de la piedra a ser requerida en la ejecucion de este contrato
se podria presentar una declaracion jurada en la cual se manifiesta que la provisión segura de lapiedra para la ejecución de los trabajos
El oferente debera ser propietario y/o contar con un contrato con una cantera para la provision segura de la piedra a ser requerida en la ejecucion de este contrato
se podria presentar una declaracion jurada en la cual se manifiesta que la provisión segura de lapiedra para la ejecución de los trabajos
RESPUESTA Consulta N.º 3 - Capacidad en materia de equipos (cantera / provisión de piedra)
El PBC es claro: "el oferente deberá ser propietario y/o contar con un contrato con una cantera para la provisión segura de la piedra a ser requerida en la ejecución de este contrato".
La mera declaración jurada no constituye evidencia suficiente para garantizar la provisión segura de un material crítico, pudiendo generar riesgo de incumplimiento contractual.
Justificación:
La piedra es el insumo principal de la obra. Un eventual desabastecimiento paralizaría la ejecución, afectando al interés público.
La Ley N.º 7021/22 habilita al contratante a establecer requisitos de capacidad técnica y logística que aseguren el cumplimiento.
Requerir contrato o propiedad de cantera no es restrictivo, sino una medida objetiva y proporcional para garantizar la cadena de suministro.
En consecuencia, no corresponde aceptar simples declaraciones juradas. Se mantiene firme el requisito del PBC.
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Experiencia Específica en Obras...
En el apartado "Experiencia especifica en obras", páginas 17/52 y 18/52 del PBC refiere:
<<... Participación en calidad de contratista, integrante de un consorcio en el porcentaje de participación, o subcontratista autorizado por la Administración
Contratante en al menos un [5] contrato, durante los últimos diez [10] años, similares a las obras propuestas.>>
Agradeceremos sea aclarado, por medio de una Adenda al PBC, si se refiere a un (1) contrato o a cinco (5) contratos, durante los últimos diez (10) años.
En el apartado "Experiencia especifica en obras", páginas 17/52 y 18/52 del PBC refiere:
<<... Participación en calidad de contratista, integrante de un consorcio en el porcentaje de participación, o subcontratista autorizado por la Administración
Contratante en al menos un [5] contrato, durante los últimos diez [10] años, similares a las obras propuestas.>>
Agradeceremos sea aclarado, por medio de una Adenda al PBC, si se refiere a un (1) contrato o a cinco (5) contratos, durante los últimos diez (10) años.
La exigencia es de cinco (5) contratos similares en los últimos diez (10) años. La frase "un [5] contrato" es un error material de redacción.
El estándar de cinco (5) contratos es coherente con el principio de idoneidad y seguridad en la contratación pública.
Este criterio asegura que el oferente no solo haya participado, sino que tenga una trayectoria constante y suficiente en proyectos comparables.
Se corrige la redacción por aclaración, quedando firme la exigencia de cinco (5) contratos.
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Prórroga
Se solicita una prórroga de 15 días, atendiendo la complejidad de lo requerido, para una mejor elaboración de ofertas.
Consulta N.º 5 - Solicitud de prórroga (15 días)
El cronograma del PBC fue elaborado en conformidad con la Ley N.º 7021/22 y el Decreto N.º 2264/24, otorgando plazos suficientes para la presentación de ofertas.
El plazo fijado originalmente resultaba razonable y equitativo para todos los oferentes.
Sin embargo, atendiendo a la finalidad de aclarar todas las consultas para mayor exactitud, se ha resuelto la extensión solicitada.
En consecuencia, remítase a la Adenda Modificatoria Nº 1, la cual será publicada en el portal de la DNCP y en la cual se formalizará la ampliación del plazo de presentación de ofertas.
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Capacidad en Materia de Equipos
En nuestro entendimiento, y, como conocedores del rubro consideramos que las disposiciones actuales del PBC colisionan con lo establecido por una disposición legal de orden publico y de rango superior, por ello solicitamos que se revierta el requisito de la presentación de ( el oferente deberá ser propietario y/o contar con una cantera para lo provisión segura de la piedra a ser requerida en la ejecución de esté contrato) ya que esto estaría limitando la participación de varios oferentes y esto estaría violando disposiciones legales que Fomentan la competencia y se estaría limitando el incremento la participación de oferentes y asegurar que el contratante consiga las mejores condiciones del mercado.
En nuestro entendimiento, y, como conocedores del rubro consideramos que las disposiciones actuales del PBC colisionan con lo establecido por una disposición legal de orden publico y de rango superior, por ello solicitamos que se revierta el requisito de la presentación de ( el oferente deberá ser propietario y/o contar con una cantera para lo provisión segura de la piedra a ser requerida en la ejecución de esté contrato) ya que esto estaría limitando la participación de varios oferentes y esto estaría violando disposiciones legales que Fomentan la competencia y se estaría limitando el incremento la participación de oferentes y asegurar que el contratante consiga las mejores condiciones del mercado.
Consulta N.º 6 - Capacidad en materia de equipos (limitación a oferentes)
El requisito establecido en el PBC, consistente en que "el oferente deberá ser propietario y/o contar con un contrato con una cantera para la provisión segura de la piedra a ser requerida en la ejecución de este contrato", se mantiene en su redacción original.
No constituye limitación indebida, sino un requisito objetivo y proporcional al objeto del contrato.
Su finalidad es prevenir riesgos de incumplimiento, garantizar la provisión del insumo crítico y asegurar la continuidad de la obra, atendiendo a la no aplicación de Plurianualidad en el contrato.
La libre competencia en la contratación pública no implica ausencia de requisitos técnicos: los pliegos están facultados a establecer condiciones específicas y justificadas cuando así lo exige la naturaleza del contrato.
En consecuencia, los interesados deberán remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, que constituye el documento rector del proceso.
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Prórroga
A los efectos de un mayor estudio y análisis para ofertar se solicita prórroga de 15 días
A los efectos de un mayor estudio y análisis para ofertar se solicita prórroga de 15 días
Respuesta N° 7: El cronograma del PBC fue elaborado en conformidad con la Ley N.º 7021/22 y el Decreto N.º 2264/24, otorgando plazos suficientes para la presentación de ofertas.
El plazo fijado originalmente resultaba razonable y equitativo para todos los oferentes.
Sin embargo, atendiendo a la finalidad de aclarar todas las consultas para mayor exactitud, se ha resuelto la extensión solicitada.
En consecuencia, remítase a la Adenda Modificatoria N.º 1, la cual será publicada en el portal de la DNCP y en la cual se formalizará la ampliación del plazo de presentación de ofertas.
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Capacidad en Materia de Equipos
El oferente deberá ser propietario y/o contar con un contrato con una cantera para la provisión segura de la piedra a ser requerida en la ejecución de este contrato se podría presentar una declaración jurada en la cual se manifiesta que la provisión segura de la piedra, y no esta especificado si es piedra tipo basáltico o piedra roja
El oferente deberá ser propietario y/o contar con un contrato con una cantera para la provisión segura de la piedra a ser requerida en la ejecución de este contrato se podría presentar una declaración jurada en la cual se manifiesta que la provisión segura de la piedra, y no esta especificado si es piedra tipo basáltico o piedra roja
Respuesta Nº 8 - Capacidad en materia de equipos (tipo de piedra no especificado)
El requisito del PBC establece que "el oferente deberá ser propietario y/o contar con un contrato con una cantera para la provisión segura de la piedra a ser requerida en la ejecución de este contrato",
La determinación del tipo de piedra corresponde a lo indicado en las Especificaciones Técnicas del PBC.
Para la ejecución de la obra, la piedra podrá ser roja o negra, siempre que cumpla con las características técnicas exigidas en el pliego.
La aceptación definitiva del material quedará sujeta a la aprobación de la Fiscalización de la obra, quien verificará su conformidad con las condiciones establecidas.
El PBC es claro: "el oferente deberá ser propietario y/o contar con un contrato con una cantera para la provisión segura de la piedra a ser requerida en la ejecución de este contrato".
La mera declaración jurada no constituye evidencia suficiente para garantizar la provisión segura de un material crítico, pudiendo generar riesgo de incumplimiento contractual.
Justificación:
La piedra es el insumo principal de la obra. Un eventual desabastecimiento paralizaría la ejecución, afectando al interés público.
En consecuencia, los oferentes deberán remitirse al Pliego de Bases y Condiciones y a las Especificaciones Técnicas, que constituyen el marco obligatorio del proceso.
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Visita Técnica a zona de Obra
Dada la Obligatoriedad de la Visita Técnica, y en vista a que nuestro Personal Técnico residen en la zona, la declaración jurada de conocer estrictamente los lugares donde se intervendrán. la Consulta es si puede considerarse valido la declaración jurada sin haber realizado la visita técnica.
Dada la Obligatoriedad de la Visita Técnica, y en vista a que nuestro Personal Técnico residen en la zona, la declaración jurada de conocer estrictamente los lugares donde se intervendrán. la Consulta es si puede considerarse valido la declaración jurada sin haber realizado la visita técnica.
La visita técnica es obligatoria y no puede sustituirse por otro documento o acto. La visita técnica se realizó el 11 de septiembre del corriente año. Remítase al PBC.