En el punto 5.4.4, donde se menciona “Resolución 0,1°C” Favor considerar la eliminación de este punto o considerar como “Resolución 0,1°C O precisión ±0,1” Esta modificación permitirá ampliar la participación de distintos fabricantes sin comprometer la calidad de medición requerida.
En el punto 5.4.4, donde se menciona “Resolución 0,1°C” Favor considerar la eliminación de este punto o considerar como “Resolución 0,1°C O precisión ±0,1” Esta modificación permitirá ampliar la participación de distintos fabricantes sin comprometer la calidad de medición requerida.
En el punto 5.5.2, donde se menciona "Modos para la toma de presión: Manual, Autom, STAT, Punción Venosa" Considerar como"Modos para la toma de presión: Manual, Autom, STAT como mínimo" Debido a que la opción de punción venosa no está disponible para viarias marcas y se estaria restringiendo a varios oferentes
En el punto 5.5.2, donde se menciona "Modos para la toma de presión: Manual, Autom, STAT, Punción Venosa" Considerar como"Modos para la toma de presión: Manual, Autom, STAT como mínimo" Debido a que la opción de punción venosa no está disponible para viarias marcas y se estaria restringiendo a varios oferentes
En el punto 5.3.3, donde se menciona “ Opciones de derivación I, II y/o Automática” Favor considerar para una mayor participación “ Opciones de derivación I, II y/o Automática O R-F y R-L” Se solicita aceptar ambas configuraciones como válidas, de modo a ampliar la participación de distintas marcas que cumplen las mismas funciones.
En el punto 5.3.3, donde se menciona “ Opciones de derivación I, II y/o Automática” Favor considerar para una mayor participación “ Opciones de derivación I, II y/o Automática O R-F y R-L” Se solicita aceptar ambas configuraciones como válidas, de modo a ampliar la participación de distintas marcas que cumplen las mismas funciones.
En el punto 5.5.6, donde se menciona "Rango de Medición - Pediátrico:
* SISTÓLICA - 15 A 230 mmHg;
* DIASTÓLICA - 10 A 220 mmHg;
* MEDIA - 10 A 220 mmHg;" Favor considerar como "Rango de Medición-Pediátrico: 0-300 mmHg o mejor" La obligatoriedad de valores espécificos limitaria a la participación de muchos participantes
En el punto 5.5.6, donde se menciona "Rango de Medición - Pediátrico:
* SISTÓLICA - 15 A 230 mmHg;
* DIASTÓLICA - 10 A 220 mmHg;
* MEDIA - 10 A 220 mmHg;" Favor considerar como "Rango de Medición-Pediátrico: 0-300 mmHg o mejor" La obligatoriedad de valores espécificos limitaria a la participación de muchos participantes
En el punto 5.5.5, donde se menciona "Rango de Medición - Adulto:
* SISTÓLICA - 20 A 300 mmHg;
* DIASTÓLICA - 10 A 240 mmHg;
* MEDIA - 10 A 270 mmHg;" Favor considerar como "Rango de Medición-Adulto: 0-300 mmHg o mejor" La obligatoriedad de valores espécificos limitaria a la participación de muchos participantes
En el punto 5.5.5, donde se menciona "Rango de Medición - Adulto:
* SISTÓLICA - 20 A 300 mmHg;
* DIASTÓLICA - 10 A 240 mmHg;
* MEDIA - 10 A 270 mmHg;" Favor considerar como "Rango de Medición-Adulto: 0-300 mmHg o mejor" La obligatoriedad de valores espécificos limitaria a la participación de muchos participantes
En el punto 5.5.10, donde se menciona “Resolución 1 mmHg o menor” Favor considerar como “Resolución ±3 mmHg o menor” La modificación propuesta mantiene el cumplimiento funcional y los estándares de desempeño requeridos, sin comprometer la fiabilidad de las mediciones.
En el punto 5.5.10, donde se menciona “Resolución 1 mmHg o menor” Favor considerar como “Resolución ±3 mmHg o menor” La modificación propuesta mantiene el cumplimiento funcional y los estándares de desempeño requeridos, sin comprometer la fiabilidad de las mediciones.
En el punto 5.5.7, donde se menciona "Rango de Medición - Neonatal:
* SISTÓLICA - 10 A 160 mmHg;
* DIASTÓLICA - 10 A 120 mmHg;
* MEDIA - 10 A 120 mmHg;" Favor considerar como "Rango de Medición-Pediátrico: 0-150 mmHg o mejor" La obligatoriedad de valores espécificos limitaria a la participación de muchos participantes
En el punto 5.5.7, donde se menciona "Rango de Medición - Neonatal:
* SISTÓLICA - 10 A 160 mmHg;
* DIASTÓLICA - 10 A 120 mmHg;
* MEDIA - 10 A 120 mmHg;" Favor considerar como "Rango de Medición-Pediátrico: 0-150 mmHg o mejor" La obligatoriedad de valores espécificos limitaria a la participación de muchos participantes
En el punto 5.5.9, donde se menciona "Precisión: ±2 mmHg o mejor" Solicitamos a la convocante considerar este punto como "Precisión: ±3 mmHg o mejor" Sin limitar a ningun participante
En el punto 5.5.9, donde se menciona "Precisión: ±2 mmHg o mejor" Solicitamos a la convocante considerar este punto como "Precisión: ±3 mmHg o mejor" Sin limitar a ningun participante
En el punto 7.1, donde menciona “Base rodante original, acorde a las dimensiones del equipo de la misma marca que el monitor” Solicitamos a la convocante considerar este punto como “Base rodante O Soporte , acorde a las dimensiones del equipo ” la solicitud de quela base sea original de la misma marca limita innecesariamente la participación de oferentes,
En el punto 7.1, donde menciona “Base rodante original, acorde a las dimensiones del equipo de la misma marca que el monitor” Solicitamos a la convocante considerar este punto como “Base rodante O Soporte , acorde a las dimensiones del equipo ” la solicitud de quela base sea original de la misma marca limita innecesariamente la participación de oferentes,
Para el Lote 6, 4.13, donde dice: Función o perfil de cálculos renales. Solicitamos amablemente a la convocante considerar este parámetro como opcional. ya que esta función no resulta crítica para la monitorización clínica habitual del paciente. Desde el punto de vista médico, el seguimiento de cálculos renales se realiza mediante estudios específicos (ecografía, tomografía, laboratorio) y no forma parte de las funciones esenciales de un monitor multiparamétrico, por lo que su obligatoriedad no impacta directamente en la seguridad ni en la calidad de la atención.
Para el Lote 6, 4.13, donde dice: Función o perfil de cálculos renales. Solicitamos amablemente a la convocante considerar este parámetro como opcional. ya que esta función no resulta crítica para la monitorización clínica habitual del paciente. Desde el punto de vista médico, el seguimiento de cálculos renales se realiza mediante estudios específicos (ecografía, tomografía, laboratorio) y no forma parte de las funciones esenciales de un monitor multiparamétrico, por lo que su obligatoriedad no impacta directamente en la seguridad ni en la calidad de la atención.