Para contribuyentes de IRP/ IRP RSP: Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Eficiencia: Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los tres (3) ejercicios fiscales requeridos.
En caso de que una empresa tenga año 2022 formulario 501, año 2023 formulario 501 y año 2024 formulario 500 como se procede a la evaluacion de la parte financiera?
Para contribuyentes de IRP/ IRP RSP: Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Eficiencia: Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los tres (3) ejercicios fiscales requeridos.
En caso de que una empresa tenga año 2022 formulario 501, año 2023 formulario 501 y año 2024 formulario 500 como se procede a la evaluacion de la parte financiera?
Cabe aclarar que este punto lo realiza o evalúa el comité conforme a las obligaciones tributarias correspondientes a cada año calendario o ejercicio fiscal.
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pbc
CONDICIONES GENERALES
LOCALIZACION DE LAS OBRAS
Los trabajos objeto del presente contrato se efectuarán en los locales de la Gerencia General de Aduanas.
Edificio Costanera DNIT, Rio Blanco y Avda. Costanera José Asunción Flores
Instituto Técnico Superior Aduanero ITSA, Estrella c/ Colón
Depósito del Dpto. de Almacenes y Suministros, Montevideo c/ Piribebuy
Depósito de Archivo Central de Aduanas, Tte. Víctor F. Valdez 9638
Solicitamos una fecha para la visita tecnica con el proposito de verificar las instalaciones para preparar ofertas acorde a cada items
Solicitamos se nos indique una fecha para la realización de la visita técnica, con el propósito de verificar las instalaciones y condiciones del lugar, a fin de preparar ofertas ajustadas a cada ítem solicitado.
Solicitamos se nos indique una fecha para la realización de la visita técnica, con el propósito de verificar las instalaciones y condiciones del lugar, a fin de preparar ofertas ajustadas a cada ítem solicitado.
Solicitamos se nos indique una fecha para la realización de la visita técnica, o en su defecto, se nos provean los planos correspondientes, con el objetivo de verificar las condiciones actuales de las instalaciones y elaborar una propuesta técnica y económica acorde a los requerimientos establecidos.
Solicitamos se nos indique una fecha para la realización de la visita técnica, o en su defecto, se nos provean los planos correspondientes, con el objetivo de verificar las condiciones actuales de las instalaciones y elaborar una propuesta técnica y económica acorde a los requerimientos establecidos.
solicitamos ampliar la experiencia a: empresas que hayan instalado sistemas de deteccion, prevencion o extincion de incendio. Esta totalmente alineado con el objeto de la presente licitacion.
solicitamos ampliar la experiencia a: empresas que hayan instalado sistemas de deteccion, prevencion o extincion de incendio. Esta totalmente alineado con el objeto de la presente licitacion.
CONSULTA FORMAL – CUMPLIMIENTO DE LA LEY Nº 5424/2015 Y ALCANCE DE LA ACEPTACIÓN DE INSTALADORES INDEPENDIENTES En relación con el procedimiento de contratación identificado como ”MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS SISTEMAS DE PREVENCION CONTRA INCENDIOS DE LOCALES DE LA DNIT, cuyo objeto consiste en el mantenimiento preventivo y correctivo, me permito formular la siguiente consulta, con fundamento en lo dispuesto en la Ley N.º 5424/2015. Dicha norma, en su Artículo 31, establece de manera expresa que las empresas de seguridad privada que prestan servicios mediante sistemas electrónicos podrán desarrollar, entre otras actividades, el mantenimiento preventivo y correctivo de aparatos, dispositivos y equipos de seguridad. En la misma línea, los Artículos 33 y 34 disponen que: Artículo 33: “Los sistemas de seguridad Sistema de Protección Contra incendios serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”; Artículo 34: “Los propietarios, administradores o responsables de lugares donde se implementen sistemas de seguridad están obligados a contratar los servicios de empresas de seguridad electrónica debidamente autorizadas para el efecto”. En consecuencia, la prestación del servicio objeto del presente llamado se encuentra sujeta al cumplimiento obligatorio de la habilitación conforme a la Ley N.º 5424/2015, lo que constituye una condición esencial de legalidad y legitimidad de las ofertas. En ese marco, y considerando que el Pliego podría permitir la presentación de carnets de instaladores independientes en sustitución de la habilitación empresarial, se solicita aclarar con precisión que dichos carnets solo serán admitidos cuando el oferente sea una empresa unipersonal, cuyo titular sea el mismo técnico habilitado propuesto para ejecutar personalmente la totalidad de los trabajos, sin personal dependiente ni subcontratación, ello conforme a: el carácter individual y autónomo que define a la figura del instalador independiente, la prohibición de subcontratación contenida en el propio Pliego, y el principio de responsabilidad directa que rige los contratos de servicios en materia de seguridad. Este señalamiento tiene por objeto evitar interpretaciones extensivas que permitan la participación de personas físicas que no asumen directamente el vínculo contractual, o de empresas no habilitadas que intenten subsanar el incumplimiento mediante la propuesta de personal habilitado individualmente, situación que resultaría contraria tanto al espíritu como a la letra de la Ley 5424/2015. Por lo expuesto, se solicita que la entidad convocante incorpore en el Pliego o en una adenda aclaratoria una disposición expresa en los términos señalados, a fin de asegurar la correcta aplicación del marco legal vigente y la legalidad del proceso de contratación.
CONSULTA FORMAL – CUMPLIMIENTO DE LA LEY Nº 5424/2015 Y ALCANCE DE LA ACEPTACIÓN DE INSTALADORES INDEPENDIENTES En relación con el procedimiento de contratación identificado como ”MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS SISTEMAS DE PREVENCION CONTRA INCENDIOS DE LOCALES DE LA DNIT, cuyo objeto consiste en el mantenimiento preventivo y correctivo, me permito formular la siguiente consulta, con fundamento en lo dispuesto en la Ley N.º 5424/2015. Dicha norma, en su Artículo 31, establece de manera expresa que las empresas de seguridad privada que prestan servicios mediante sistemas electrónicos podrán desarrollar, entre otras actividades, el mantenimiento preventivo y correctivo de aparatos, dispositivos y equipos de seguridad. En la misma línea, los Artículos 33 y 34 disponen que: Artículo 33: “Los sistemas de seguridad Sistema de Protección Contra incendios serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”; Artículo 34: “Los propietarios, administradores o responsables de lugares donde se implementen sistemas de seguridad están obligados a contratar los servicios de empresas de seguridad electrónica debidamente autorizadas para el efecto”. En consecuencia, la prestación del servicio objeto del presente llamado se encuentra sujeta al cumplimiento obligatorio de la habilitación conforme a la Ley N.º 5424/2015, lo que constituye una condición esencial de legalidad y legitimidad de las ofertas. En ese marco, y considerando que el Pliego podría permitir la presentación de carnets de instaladores independientes en sustitución de la habilitación empresarial, se solicita aclarar con precisión que dichos carnets solo serán admitidos cuando el oferente sea una empresa unipersonal, cuyo titular sea el mismo técnico habilitado propuesto para ejecutar personalmente la totalidad de los trabajos, sin personal dependiente ni subcontratación, ello conforme a: el carácter individual y autónomo que define a la figura del instalador independiente, la prohibición de subcontratación contenida en el propio Pliego, y el principio de responsabilidad directa que rige los contratos de servicios en materia de seguridad. Este señalamiento tiene por objeto evitar interpretaciones extensivas que permitan la participación de personas físicas que no asumen directamente el vínculo contractual, o de empresas no habilitadas que intenten subsanar el incumplimiento mediante la propuesta de personal habilitado individualmente, situación que resultaría contraria tanto al espíritu como a la letra de la Ley 5424/2015. Por lo expuesto, se solicita que la entidad convocante incorpore en el Pliego o en una adenda aclaratoria una disposición expresa en los términos señalados, a fin de asegurar la correcta aplicación del marco legal vigente y la legalidad del proceso de contratación.
Favor de aclarar si en los locales de Depósito de Archivo, Depósito de Almacenes e ITSA se utiliza la misma central tanto para el sistema de PCI como para el de Intrusión, teniendo en cuenta que durante la visita técnica únicamente se localizó una central de alarmas en cada local.
Favor de aclarar si en los locales de Depósito de Archivo, Depósito de Almacenes e ITSA se utiliza la misma central tanto para el sistema de PCI como para el de Intrusión, teniendo en cuenta que durante la visita técnica únicamente se localizó una central de alarmas en cada local.
Cada local cuenta con su central de alarmas y son totalmente independientes, no se encuentran monitoreados o unificado en una central, tampoco para el de Intrusión que es externo.
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Plano PCI
Solicitamos a la convocante se nos facilite el plano PCI correspondiente a la central ubicada en Avda. José Asunción Flores esq. Montevideo – Edificio Costanera GGA, a fin de contar con una mejor referencia respecto a la distribución de la parte hidráulica y electrónica.
Solicitamos a la convocante se nos facilite el plano PCI correspondiente a la central ubicada en Avda. José Asunción Flores esq. Montevideo – Edificio Costanera GGA, a fin de contar con una mejor referencia respecto a la distribución de la parte hidráulica y electrónica.
Con el propósito de garantizar una evaluación precisa, se dispuso la realización de una visita técnica destinada a verificar in situ la distribución integral de los sistemas hidráulico y electrónico. Esta inspección permite asegurar el cumplimiento de los criterios técnicos establecidos y la correcta implementación de cada componente. Por ende dicho pedido podria ser solicitado a traves del correo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones del Ingeniero encargado de dicho proceso.
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ley 5424/2015
Solicitamos se de cumplimiento de la ley 5424/15 ya que esta llamado esta enmarcado dentro de dicha ley