Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Sección III, Criterios de Elegibilidad y Calificación, Apéndice 4.2(a). Experiencia Específica dice: Contar con Certificación de calidad ISO 9001 en cuanto a mejores prácticas en la industria de la construcción, siendo la certificación mencionada, en el ámbito de procesos constructivos.
Es posible cumplir el requisito con una constancia de consultor reconocido que certifique que se encuentra monitoreando los procesos constructivos de la firma en el marco de y con vistas a la "certificación de calidad ISO 9001"? Una respuesta afirmativa habrá de permitir una mayor participación de empresas en el llamado.
26-08-2025
28-08-2025
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Sección III, Criterios de Elegibilidad y Calificación, Apéndice 4.2(a). Experiencia Específica dice: Contar con Certificación de calidad ISO 9001 en cuanto a mejores prácticas en la industria de la construcción, siendo la certificación mencionada, en el ámbito de procesos constructivos.
Es posible cumplir el requisito con una constancia de consultor reconocido que certifique que se encuentra monitoreando los procesos constructivos de la firma en el marco de y con vistas a la "certificación de calidad ISO 9001"? Una respuesta afirmativa habrá de permitir una mayor participación de empresas en el llamado.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, la respuesta a la Consulta N° 177 del presente proceso Licitatorio y publicada en el Portal de Contrataciones Públicas.
183
Ajuste de precios
Favor aclarar: de la Consulta 65 se entiende que los pagos serían con ajuste de cantidades (se paga lo efectivamente ejecutado). Sin embargo, en el PBC inciso 11.2 y las LC señalan modalidad a suma alzada, y la CPC 11.2 indica que el Contrato está sujeto a ajuste de precios. ¿Cuál criterio rige para medición y pago: (i) suma alzada sin ajuste de cantidades o (ii) pago por cantidades ejecutadas? Asimismo, agradeceremos precisar cómo aplica el ajuste de precios de la CPC 11.2
Favor aclarar: de la Consulta 65 se entiende que los pagos serían con ajuste de cantidades (se paga lo efectivamente ejecutado). Sin embargo, en el PBC inciso 11.2 y las LC señalan modalidad a suma alzada, y la CPC 11.2 indica que el Contrato está sujeto a ajuste de precios. ¿Cuál criterio rige para medición y pago: (i) suma alzada sin ajuste de cantidades o (ii) pago por cantidades ejecutadas? Asimismo, agradeceremos precisar cómo aplica el ajuste de precios de la CPC 11.2
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, la respuesta a la Consulta N° 151 del presente proceso Licitatorio y publicada en el Portal de Contrataciones Públicas.
184
Forma de pago
Solicitamos se aclare el criterio de medición y pago: (i) ¿se abonará por las cantidades realmente ejecutadas (ajuste de cantidades)?, (ii) ¿al ser suma alzada no habrá ajuste de cantidades y solo procederá el reajuste por variación de precios de insumos según la fórmula de reajuste?, o (iii) ¿podrán aplicar ambas situaciones (pago por cantidades ejecutadas + reajuste de precios)?
Solicitamos se aclare el criterio de medición y pago: (i) ¿se abonará por las cantidades realmente ejecutadas (ajuste de cantidades)?, (ii) ¿al ser suma alzada no habrá ajuste de cantidades y solo procederá el reajuste por variación de precios de insumos según la fórmula de reajuste?, o (iii) ¿podrán aplicar ambas situaciones (pago por cantidades ejecutadas + reajuste de precios)?
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, la respuesta a la Consulta N° 151 del presente proceso Licitatorio y publicada en el Portal de Contrataciones Públicas.
185
Permisos
"En el documento '02 - EE.TT. Proy. y Obras R1-LT 2 X 220 kV VAL-GUA.pdf', el Capítulo 4, Sección 4.5 (página 8/87) y el Capítulo 7, Secciones 7.1 y 7.2 (página 17/87) indican claramente que ANDE notificará a los propietarios y suscribirá los convenios de servidumbre para garantizar el libre acceso y el derecho a construir la línea. Sin embargo, el Capítulo 7, Sección 7.8.2 (página 18/87) especifica que 'Será de responsabilidad y de cargo del Contratista el obtener los permisos para ejecutar las Obras en aquellos puntos en que crucen instalaciones de terceros' (como caminos, otras líneas de transmisión o distribución, líneas telefónicas, etc.).
Solicitamos una aclaración precisa sobre el alcance de estas responsabilidades:
¿Los 'permisos de construcción' y 'convenios de servidumbre' gestionados por ANDE (según los Capítulos 4.5, 7.1 y 7.2) incluyen explícitamente la obtención de todas las autorizaciones y permisos necesarios de las entidades responsables de las 'instalaciones de terceros' (mencionadas en el Capítulo 7.8.2) que serán cruzadas por la Línea de Transmisión?
O, por el contrario, ¿el Contratista es el único y exclusivo responsable de obtener todos los permisos y autorizaciones específicas para cualquier cruce con infraestructura existente de terceros, siendo estas gestiones ajenas a los convenios de servidumbre generales que realiza ANDE?"
"En el documento '02 - EE.TT. Proy. y Obras R1-LT 2 X 220 kV VAL-GUA.pdf', el Capítulo 4, Sección 4.5 (página 8/87) y el Capítulo 7, Secciones 7.1 y 7.2 (página 17/87) indican claramente que ANDE notificará a los propietarios y suscribirá los convenios de servidumbre para garantizar el libre acceso y el derecho a construir la línea. Sin embargo, el Capítulo 7, Sección 7.8.2 (página 18/87) especifica que 'Será de responsabilidad y de cargo del Contratista el obtener los permisos para ejecutar las Obras en aquellos puntos en que crucen instalaciones de terceros' (como caminos, otras líneas de transmisión o distribución, líneas telefónicas, etc.).
Solicitamos una aclaración precisa sobre el alcance de estas responsabilidades:
¿Los 'permisos de construcción' y 'convenios de servidumbre' gestionados por ANDE (según los Capítulos 4.5, 7.1 y 7.2) incluyen explícitamente la obtención de todas las autorizaciones y permisos necesarios de las entidades responsables de las 'instalaciones de terceros' (mencionadas en el Capítulo 7.8.2) que serán cruzadas por la Línea de Transmisión?
O, por el contrario, ¿el Contratista es el único y exclusivo responsable de obtener todos los permisos y autorizaciones específicas para cualquier cruce con infraestructura existente de terceros, siendo estas gestiones ajenas a los convenios de servidumbre generales que realiza ANDE?"
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que es responsabilidad de la ANDE, todas las notificaciones a los propietarios de todas la obras dentro de la franja de servidumbre, conforme se indica en los ítem 7.1 y 7.2 de la EE.TT. Proy. y Obras R1-LT 2 X 220 kV VAL-GUA. Toda afectación fuera de la franja de servidumbre de las propiedades afectadas será responsabilidad del Contratista obtener todos los permisos necesarios, incluyendo además los permisos para ejecutar las Obras en aquellos puntos en que se crucen instalaciones de terceros' (como caminos, otras líneas de transmisión o distribución, líneas telefónicas, etc.).
186
FORMA DE COTIZACION
Entendemos que la planilla a ser usada para la elaboración de la oferta es la planilla que está incluida en el PBC Parte 2, y que la misma no puede ser modificada ni en cantidades ni agregar o eliminar ítems. ¿es correcto nuestro entendimiento?
Entendemos que la planilla a ser usada para la elaboración de la oferta es la planilla que está incluida en el PBC Parte 2, y que la misma no puede ser modificada ni en cantidades ni agregar o eliminar ítems. ¿es correcto nuestro entendimiento?
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las modificaciones de la Lista de Cantidades remitidas a través de la Adenda N° 5, cuya copia obra en su poder.
Así también sírvanse considerar la respuesta a la Consulta N° 151 del presente proceso Licitatorio y publicada en el Portal de Contrataciones Públicas.
187
PLANILLA DE OFERTA
Entendemos que la planilla de cotización a ser presentada en la que está en el PBC Parte2 y, entendiendo que la misma no puede ser modificada por los oferentes, solicitamos aclarar lo siguiente:
1- Las diferencias encontradas en ítems o sus metrajes NO deberán ser consideradas en esta etapa y por tanto dichas diferencias serán ajustadas en la etapa de Proyecto ejecutivo ¿es correcto nuestro entendimiento?
2- Para la medición y pago del contrato se usará la NUEVA planilla que saldrá del proyecto ejecutivo aprobado en la cual se considerán las diferencias encontradas en ítems y metrajes ¿es correcto nuestro entendimiento?
Entendemos que la planilla de cotización a ser presentada en la que está en el PBC Parte2 y, entendiendo que la misma no puede ser modificada por los oferentes, solicitamos aclarar lo siguiente:
1- Las diferencias encontradas en ítems o sus metrajes NO deberán ser consideradas en esta etapa y por tanto dichas diferencias serán ajustadas en la etapa de Proyecto ejecutivo ¿es correcto nuestro entendimiento?
2- Para la medición y pago del contrato se usará la NUEVA planilla que saldrá del proyecto ejecutivo aprobado en la cual se considerán las diferencias encontradas en ítems y metrajes ¿es correcto nuestro entendimiento?
Así también sírvanse considerar la respuesta a las Consultas N° 151 y N° 186 del presente proceso Licitatorio y publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas.
188
Prórroga
Solicitamos una prórroga teniendo en cuenta la nueva adenda y las consultas claves que aun no fueron respondidas.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las fechas establecidas y publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas
189
FRANJA DE DOMINIO
Entendemos que el pago para la liberación de la franja de dominio será exclusiva responsabilidad de la ANDE, así como la gestión con los propietarios ¿es correcto nuestro entendimiento?
Entendemos que el pago para la liberación de la franja de dominio será exclusiva responsabilidad de la ANDE, así como la gestión con los propietarios ¿es correcto nuestro entendimiento?
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que ANDE notificará a los propietarios de los predios atravesados por la Línea, de tal forma que el Contratista tenga libre acceso y derecho a construir la Línea y a circular con vehículos y equipos dentro de la franja de servidumbre de la Línea y pagará a éstos la indemnización que corresponda. No obstante favor considerar lo indicado en el ítem 5.8 de las EE.TT. Proy. y Obras R1-LT 2x20 kV VAL-GUA, cuya copia obra en su poder.
190
FRANJA DE DOMINIO
Consultamos el porcentaje de avance en cuanto a las negociaciones con los prepietarios afectados por la franja de dominio. Es importante tener ese dato a fin de que los oferentes tenga en cuenta en su plan de trabajo los sectores que ya están liberados y los que aún tienen dificultades, de manera a ajustar lo mejor posible la metodología de ejecución, los frentes de trabajoj a prever y los posibles atrasos que pudieran ocacionar los sectores no liberados.
Consultamos el porcentaje de avance en cuanto a las negociaciones con los prepietarios afectados por la franja de dominio. Es importante tener ese dato a fin de que los oferentes tenga en cuenta en su plan de trabajo los sectores que ya están liberados y los que aún tienen dificultades, de manera a ajustar lo mejor posible la metodología de ejecución, los frentes de trabajoj a prever y los posibles atrasos que pudieran ocacionar los sectores no liberados.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que las obras podrán iniciarse una vez que se tenga un 20% de avance en la liberación de la franja de todo el proyecto.