Demostrar la experiencia en la prestación del servicio objeto de la presente licitación, en entidades públicas, privadas o mixtas, en los últimos
cinco (5) años, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al cincuenta por ciento ( 50%) como mínimo del
monto total de la presente licitación, de cualquiera de los últimos cinco (5) años (2020, 2021, 2022, 2023 y 2024) o que en sumatoria totalicen el
cincuenta por ciento (50%). CON RELACIÓN A ESTE REQUISITO: Solicitamos que se aclare en el PBC que el servicio requerido pertenece a la categoría de "limpieza industrial" o "fines". Este detalle es crucial, ya que el rubro específico del objeto del llamado no se encuentra claramente especificado en la SET (DNIT). La aclaración evitará posibles malentendidos e interpretaciones erróneas que podrían limitar la participación de empresas capacitadas.
Validación de la Experiencia: Asimismo, pedimos que se confirme si la experiencia en servicios de limpieza general puede ser considerada válida como experiencia para este tipo de licitación. Dentro de la experiencia de servicio de limpieza general e industrial, realizamos trabajos de re ordenamiento de depósitos por lo que muchas empresas se encuentran capacitada para ejecutar el servicio,
Reducción del Porcentaje de Experiencia: Finalmente, solicitamos considerar la posibilidad de disminuir el porcentaje de experiencia requerido (actualmente establecido en un 50%) para facilitar un mayor acceso a potenciales oferentes. Esta modificación podría resultar en una mayor competencia y mejor calidad de propuestas.
Demostrar la experiencia en la prestación del servicio objeto de la presente licitación, en entidades públicas, privadas o mixtas, en los últimos
cinco (5) años, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al cincuenta por ciento ( 50%) como mínimo del
monto total de la presente licitación, de cualquiera de los últimos cinco (5) años (2020, 2021, 2022, 2023 y 2024) o que en sumatoria totalicen el
cincuenta por ciento (50%). CON RELACIÓN A ESTE REQUISITO: Solicitamos que se aclare en el PBC que el servicio requerido pertenece a la categoría de "limpieza industrial" o "fines". Este detalle es crucial, ya que el rubro específico del objeto del llamado no se encuentra claramente especificado en la SET (DNIT). La aclaración evitará posibles malentendidos e interpretaciones erróneas que podrían limitar la participación de empresas capacitadas.
Validación de la Experiencia: Asimismo, pedimos que se confirme si la experiencia en servicios de limpieza general puede ser considerada válida como experiencia para este tipo de licitación. Dentro de la experiencia de servicio de limpieza general e industrial, realizamos trabajos de re ordenamiento de depósitos por lo que muchas empresas se encuentran capacitada para ejecutar el servicio,
Reducción del Porcentaje de Experiencia: Finalmente, solicitamos considerar la posibilidad de disminuir el porcentaje de experiencia requerido (actualmente establecido en un 50%) para facilitar un mayor acceso a potenciales oferentes. Esta modificación podría resultar en una mayor competencia y mejor calidad de propuestas.
Del análisis de lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones se deduce que las tareas solicitadas no guardan sino una relación mínima con el servicio de limpieza el cual se realiza a niveles mínimos, por lo que mal podría pretender el recurrente basar su experiencia como firma oferente en dicho servicio requerido, ya que de permitirse la Convocante podría arriesgarse a tener que aceptar ofertas de empresas que no se encuentran vinculadas a los rubros principales de la presente contratación y, además, podría tener como efecto obligar a la Convocante a contratar con una empresa no capacitada para el cumplimiento de sus objetivos en juego. Por estas razones, no es posible aceptar lo planteado por la consulta, debiendo el potencial oferente remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones y a las exigencias contenidas en la misma.+
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Capacidad Tecnica
5. De conformidad al Art. 284 del Decreto 14.390/92 establece la observancia laboral que las empresas con cien (100) o más trabajadores a su
cargo deberán poseer Comisiones Internas de Prevención de Accidentes ( CIPA) y para acreditar dicho requisito deberán estar debidamente
reconocidas y homologadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. CON RELACION A ESTE REQUISITO: lo estipulado en el Artículo 284 del Decreto 14.390/92 de la legislación paraguaya, se establece claramente que las empresas que cuenten con un total de cien (100) o más trabajadores a su cargo son las únicas OBLIGADAS a formar Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA). Esta disposición legislativa indica que el requisito de tener una CIPA no aplica a las empresas que tienen menos de 100 trabajadores. Al respecto de lo mencionado anteriormente, solicitamos a la convocante aclarar que las empresas que cuenta con menos de 100 personales no se ajustan a este requisito.
5. De conformidad al Art. 284 del Decreto 14.390/92 establece la observancia laboral que las empresas con cien (100) o más trabajadores a su
cargo deberán poseer Comisiones Internas de Prevención de Accidentes ( CIPA) y para acreditar dicho requisito deberán estar debidamente
reconocidas y homologadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. CON RELACION A ESTE REQUISITO: lo estipulado en el Artículo 284 del Decreto 14.390/92 de la legislación paraguaya, se establece claramente que las empresas que cuenten con un total de cien (100) o más trabajadores a su cargo son las únicas OBLIGADAS a formar Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA). Esta disposición legislativa indica que el requisito de tener una CIPA no aplica a las empresas que tienen menos de 100 trabajadores. Al respecto de lo mencionado anteriormente, solicitamos a la convocante aclarar que las empresas que cuenta con menos de 100 personales no se ajustan a este requisito.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de referencia, se mantiene la exigencia requerida en el mismo.
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Capacidad Tecnica
El oferente deberá tener bajo su responsabilidad, un técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional acreditado por el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social en la Categoría A demostrable a través de la Planilla de Seguro Social con un (1) año de antigüedad ya
como personal permanente de la empresa a la fecha de presentación y apertura de ofertas del llamado. CON RELACION A ESTE REQUISITO: las disposiciones del Ministerio del MTESS, destaca que la exigencia de contar con un técnico en Seguridad y Salud Ocupacional acreditado pero no constituye un requisito universalmente aplicable a todas las empresas, sino que deben ser proporcionales al tamaño y naturaleza de las actividades realizadas por cada empresa. Es decir, las pequeñas y medianas empresas, que suelen tener menos de 100 empleados, NO ESTÁN OBLIGADAS a contar con un técnico de forma permanente. Respecto a la exigencia de que el técnico tenga una antigüedad mínima dentro de la empresa, es fundamental señalar que la ley NO ESTIPULA tal condición. La legislación permite que se contraten servicios externos de consultoría en Seguridad y Salud Ocupacional, lo que significa que una empresa puede acceder a la asesoría de técnicos acreditados sin necesidad de mantenerlos como personal permanente o exigirles un año de antigüedad en la empresa. Es importante que los requerimientos específicos deban alinearse con la legislación vigente del MTESS. Por ello, cualquier exigencia adicional que no esté claramente respaldada por la norma podría considerarse inapropiada o excesiva. Solicitamos a la convocante la ,modificación de dicho requisito.
El oferente deberá tener bajo su responsabilidad, un técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional acreditado por el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social en la Categoría A demostrable a través de la Planilla de Seguro Social con un (1) año de antigüedad ya
como personal permanente de la empresa a la fecha de presentación y apertura de ofertas del llamado. CON RELACION A ESTE REQUISITO: las disposiciones del Ministerio del MTESS, destaca que la exigencia de contar con un técnico en Seguridad y Salud Ocupacional acreditado pero no constituye un requisito universalmente aplicable a todas las empresas, sino que deben ser proporcionales al tamaño y naturaleza de las actividades realizadas por cada empresa. Es decir, las pequeñas y medianas empresas, que suelen tener menos de 100 empleados, NO ESTÁN OBLIGADAS a contar con un técnico de forma permanente. Respecto a la exigencia de que el técnico tenga una antigüedad mínima dentro de la empresa, es fundamental señalar que la ley NO ESTIPULA tal condición. La legislación permite que se contraten servicios externos de consultoría en Seguridad y Salud Ocupacional, lo que significa que una empresa puede acceder a la asesoría de técnicos acreditados sin necesidad de mantenerlos como personal permanente o exigirles un año de antigüedad en la empresa. Es importante que los requerimientos específicos deban alinearse con la legislación vigente del MTESS. Por ello, cualquier exigencia adicional que no esté claramente respaldada por la norma podría considerarse inapropiada o excesiva. Solicitamos a la convocante la ,modificación de dicho requisito.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de referencia.
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Capacidad Tenica
El oferente deberá presentar Certificado de ISO 9001, ISO 14001, ISO 45001. CON RELACION A ESTOS REQUISITOS: Si bien estas certificaciones son de gran relevancia y reflejan un compromiso serio con la calidad, la sostenibilidad ambiental y la seguridad en el trabajo, consideramos que su requerimiento en este contexto resulta excesivo y limitativo. La exigencia de poseer las tres certificaciones mencionadas ha llevado a que únicamente tres empresas sean elegibles para participar en la licitación. Esto no solo reduce la competencia, sino que también limita la posibilidad de que una mayor cantidad de proveedores calificados pueda ofrecer sus servicios. En este punto, solicitamos a la convocante que se considere la aceptación de certificados y/o constancias de auditoría que demuestren que las empresas están en proceso de implementación de las certificaciones ISO 9001, ISO 14001 e ISO 45001. De igual manera, también aceptar convenios o programación con empresas certificadoras que respalden el avance hacia estas certificaciones. Dicha modificación no solo abriría el campo a más participantes, sino que también estimularía a las empresas a continuar trabajando en la mejora continua y en la adopción de mejores prácticas, sin poner en riesgo la calidad de los servicios ofrecidos.
El oferente deberá presentar Certificado de ISO 9001, ISO 14001, ISO 45001. CON RELACION A ESTOS REQUISITOS: Si bien estas certificaciones son de gran relevancia y reflejan un compromiso serio con la calidad, la sostenibilidad ambiental y la seguridad en el trabajo, consideramos que su requerimiento en este contexto resulta excesivo y limitativo. La exigencia de poseer las tres certificaciones mencionadas ha llevado a que únicamente tres empresas sean elegibles para participar en la licitación. Esto no solo reduce la competencia, sino que también limita la posibilidad de que una mayor cantidad de proveedores calificados pueda ofrecer sus servicios. En este punto, solicitamos a la convocante que se considere la aceptación de certificados y/o constancias de auditoría que demuestren que las empresas están en proceso de implementación de las certificaciones ISO 9001, ISO 14001 e ISO 45001. De igual manera, también aceptar convenios o programación con empresas certificadoras que respalden el avance hacia estas certificaciones. Dicha modificación no solo abriría el campo a más participantes, sino que también estimularía a las empresas a continuar trabajando en la mejora continua y en la adopción de mejores prácticas, sin poner en riesgo la calidad de los servicios ofrecidos.
Favor tener en cuenta que la certificación ISO 9001-2015 garantiza que la empresa tiene implementados sistemas de gestión de calidad que aseguran la prestación de un servicio conforme a estándares internacionales. LA ISO 9001-2015 es una garantía reconocida a nivel mundial de que la empresa opera bajo procesos controlados, auditados y optimizados, lo que reduce el riesgo de fallas en el servicio. LA ISO 14001 garantiza que la empresa opera con un sistema de gestión ambiental, lo cual es particulamente relevante en el contexto actual de sostenibilidad y responsabilidad social. La institución, al exigir este tipo de certificación, se asegura de que los procedimientos y productos utilizados por las empresas oferentes respeten las normativas ambientales vigentes y contribuyan a reducir el impacto ecológico. Esto es fundamental para promover la responsabilidad de buenas prácticas ambientales. La implementación de estas certificaciones minimiza riesgos asociados con el incumplimiento de las normativas de calidad y medio ambiente, pudiendo derivar esto en sanciones o incumplimientos contractuales que afecten la continuidad del servicio licitado. Además, estas certificaciones aseguran que las empresas están preparadas para gestionar adecuadamente cualquier incidente relacionado con la calidad o el impacto ambiental de su operación. A través de la Resolución DNCP N°922/2020". Por la cual se aprueba la Política de Compras Públicas Sostenibles y se Abroga la Resolución DNCP N° 1675/2021, La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) declara el compromiso del SISTEMA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS con el Desarrollo Sostenible en las dimensiones ambiental, social y económica por medio de las siguientes acciones: Contratar servicios, adquirir bienes y ejecutar obras que: En la dimensión ambiental, tengan en consideración la contaminación del suelo, el consumo del agua, la generación de residuos, la emisión de gases de invernadero, el consumo de energía, el uso de sustancias tóxicas, la utilización de tecnologías limpias, la conservación de los recursos naturales y, en general el cumplimiento del marco legal ambiental. El mantenimiento de estos requisitos garantiza a la Convocante la contratación de proveedores que cumplan con altos estándares de calidad y gestión ambiental, en línea con sus objetivos institucionales. Modificar o eliminar este requisito comprometería los principios de calidad, sostenibilidad y responsabilidad de la institución.
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Capacidad Tenica
Para los Depósitos de referencia por lo cual el oferente deberá contar con una unidad móvil a nombre de la empresa para la recolección con
registro de vehículo transportadores de residuos sólidos urbanos emitidos por el MADES debiendo presentar con la oferta el documento
requerido además de la documentación propio del vehículo como ser cédula verde, patente municipal y habilitación de la DINATRAN. Dichas
documentaciones deberán de presentar en la oferta. CON RELACION A ESTE REQUISITO: Si bien es importante asegurar que los residuos sean manejados de manera adecuada, considero que este requisito resulta excesivamente limitativo e improcedente en el contexto del objeto de esta licitación. La solicitud de contar con un vehículo específico a nombre de la empresa, además de cumplir con los requisitos del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) y la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN), puede excluir a muchos oferentes que tienen experiencia y capacidad en el almacenamiento y reordenamiento de depósitos, pero que no cuentan con una unidad móvil registrada bajo su nombre. Esta imposición puede restringir la participación de empresas eficientes y competentes que pueden ofrecer servicios de calidad, pero que optan por contratar servicios de transporte ya establecidos o externos. El objetivo principal de esta licitación es la gestión adecuada del almacenamiento y reordenamiento, por lo que insistir en la tenencia de un vehículo específico puede desviar la atención de la capacidad real del oferente. En este sentido, solicitamos a la convocante que se modifique este requisito, permitiendo que los oferentes presenten una Declaración Jurada en la que certifiquen contar con los servicios necesarios para el retiro de residuos. De esta manera, se asegura que se disponga de una logística adecuada sin limitar la competencia y la diversidad de propuestas.
Para los Depósitos de referencia por lo cual el oferente deberá contar con una unidad móvil a nombre de la empresa para la recolección con
registro de vehículo transportadores de residuos sólidos urbanos emitidos por el MADES debiendo presentar con la oferta el documento
requerido además de la documentación propio del vehículo como ser cédula verde, patente municipal y habilitación de la DINATRAN. Dichas
documentaciones deberán de presentar en la oferta. CON RELACION A ESTE REQUISITO: Si bien es importante asegurar que los residuos sean manejados de manera adecuada, considero que este requisito resulta excesivamente limitativo e improcedente en el contexto del objeto de esta licitación. La solicitud de contar con un vehículo específico a nombre de la empresa, además de cumplir con los requisitos del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) y la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN), puede excluir a muchos oferentes que tienen experiencia y capacidad en el almacenamiento y reordenamiento de depósitos, pero que no cuentan con una unidad móvil registrada bajo su nombre. Esta imposición puede restringir la participación de empresas eficientes y competentes que pueden ofrecer servicios de calidad, pero que optan por contratar servicios de transporte ya establecidos o externos. El objetivo principal de esta licitación es la gestión adecuada del almacenamiento y reordenamiento, por lo que insistir en la tenencia de un vehículo específico puede desviar la atención de la capacidad real del oferente. En este sentido, solicitamos a la convocante que se modifique este requisito, permitiendo que los oferentes presenten una Declaración Jurada en la que certifiquen contar con los servicios necesarios para el retiro de residuos. De esta manera, se asegura que se disponga de una logística adecuada sin limitar la competencia y la diversidad de propuestas.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de referencia.
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OBJETO DE GASTO
Este llamado cuyo objetivo principal es la contratación de personal para estiba y desestiba de materiales en los depósitos, adicionalmente dice en su especificaciones que deberá realizar tarea de limpieza y retiro dé residuos. Está en total contravención con la ley 7445/24 de la Función Pública.
Que prohíbe la contratación de personal por otros mecanismos que no sea a través de un concurso público de oposición y méritos.
El objeto de gasto empleado es el rubro 245 donde contempla solamente tareas de limpieza y eliminación o recolección de residuos. El espíritu de este llamado es contratación de personal para depósitos totalmente disfrazado para este llamado.
Se solicita a la convocante separar los llamados cada uno conforme a su objeto de gastos
Este llamado cuyo objetivo principal es la contratación de personal para estiba y desestiba de materiales en los depósitos, adicionalmente dice en su especificaciones que deberá realizar tarea de limpieza y retiro dé residuos. Está en total contravención con la ley 7445/24 de la Función Pública.
Que prohíbe la contratación de personal por otros mecanismos que no sea a través de un concurso público de oposición y méritos.
El objeto de gasto empleado es el rubro 245 donde contempla solamente tareas de limpieza y eliminación o recolección de residuos. El espíritu de este llamado es contratación de personal para depósitos totalmente disfrazado para este llamado.
Se solicita a la convocante separar los llamados cada uno conforme a su objeto de gastos
El potencial oferente confunde las figuras jurídicas. La prohibición establecida en la Ley N°7445/25 " De la Función Pública y servicio Civil" establece la prohibición de contratar personal por medios distintos a los alli previstos cuando se trata de incorporar personal que pasará a formar parte del planta de funcionarios de la institución sea en forma permanente (nombrados) o temporal (contratados). El presente llamado no pretende incorporar personal a la planta de funcionarios de la institución, sino que el objeto del llamado radica en la contratación de SERVICIOS TERCERIZADOS, puesto que el contrato resultante será firmado con la empresa y no con el personal, la contratación del personal en función del oferente, por consiguiente el presente llamado no contradice norma legal vigente.
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ISO 9001, 14001 y 45001
Las condiciones solicitadas para la ISO con el alcance solicitado "suministro de empleo calificada o no calificada, o manipulación de cargas o estiba y desestiba de cargas" muy específico demuestra que está totalmente direccionada para un solo proveedor, limitando así la participación de otros potenciales oferentes. Consultamos si la convocante antes de realizar dicho requerimiento hizo un estudio de las empresas que cuentan con dicha certificación.
Se solicita a la convocante la exclusión de dichas condiciones para dar mayor participación a los potenciales oferentes y de este modo evitar una protesta al pliego y una denuncia formal .
Las condiciones solicitadas para la ISO con el alcance solicitado "suministro de empleo calificada o no calificada, o manipulación de cargas o estiba y desestiba de cargas" muy específico demuestra que está totalmente direccionada para un solo proveedor, limitando así la participación de otros potenciales oferentes. Consultamos si la convocante antes de realizar dicho requerimiento hizo un estudio de las empresas que cuentan con dicha certificación.
Se solicita a la convocante la exclusión de dichas condiciones para dar mayor participación a los potenciales oferentes y de este modo evitar una protesta al pliego y una denuncia formal .
Favor tener en cuenta que para la presente licitación , es necesario que la certificación a ser presentada corresponda al rubro requerido en el presente llamado ya que la certificación de una actividad distinta a la requerida ciertamente no podría corresponderse a los objetivos de la institución. La certificación ISO 9001-2015 garantiza que la empresa tiene implementados sistemas de gestión de calidad que aseguran la prestación de un servicio conforme a estándares internacionales. LA ISO 9001-2015 es una garantía reconocida a nivel mundial de que la empresa opera bajo procesos controlados, auditados y optimizados, lo que reduce el riesgo de fallas en el servicio. LA ISO 14001 garantiza que la empresa opera con un sistema de gestión ambiental, lo cual es particulamente relevante en el contexto actual de sostenibilidad y responsabilidad social. La institución, al exigir este tipo de certificación, se asegura de que los procedimientos y productos utilizados por las empresas oferentes respeten las normativas ambientales vigentes y contribuyan a reducir el impacto ecológico. Esto es fundamental para promover la responsabilidad de buenas prácticas ambientales. La implementación de estas certificaciones minimiza riesgos asociados con el incumplimiento de las normativas de calidad y medio ambiente, pudiendo derivar esto en sanciones o incumplimientos contractuales que afecten la continuidad del servicio licitado. Además, estas certificaciones aseguran que las empresas están preparadas para gestionar adecuadamente cualquier incidente relacionado con la calidad o el impacto ambiental de su operación. A través de la Resolución DNCP N°922/2020 "Por la cual se aprueba la Política de Compras Públicas Sostenibles y se Abroga la Resolución DNCP N° 1675/2021, La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) declara el compromiso del SISTEMA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS con el Desarrollo Sostenible en las dimensiones ambiental, social y económica por medio de las siguientes acciones: Contratar servicios, adquirir bienes y ejecutar obras que: En la dimensión ambiental, tengan en consideración la contaminación del suelo, el consumo del agua, la generación de residuos, la emisión de gases de invernadero, el consumo de energía, el uso de sustancias tóxicas, la utilización de tecnologías limpias, la conservación de los recursos naturales y, en general el cumplimiento del marco legal ambiental. El mantenimiento de estos requisitos garantiza a la Convocante la contratación de proveedores que cumplan con altos estándares de calidad y gestión ambiental, en línea con sus objetivos institucionales. Modificar o eliminar este requisito comprometería los principios de calidad, sostenibilidad y responsabilidad de la institución.
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pbc
4. Constancia de Inscripción en el Registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y comprobante de presentación de las planillas correspondientes al año anterior de la apertura de sobres de conformidad a lo previsto en dicho Decreto Nº 580/08.
5. De conformidad al Art. 284 del Decreto 14.390/92 establece la observancia laboral que las empresas con cien (100) o más trabajadores a su cargo deberán poseer Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA) y para acreditar dicho requisito deberán estar debidamente reconocidas y homologadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
El punto 4, 5 y 6 corresponde solo a las empresas que tienen mas de 100 funcionarios ?
6. Reglamento Interno de Condiciones de Trabajo, homologado, legalizado y registrado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
7. El oferente deberá tener bajo su responsabilidad, un técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional acreditado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en la Categoría A demostrable a través de la Planilla de Seguro Social con un (1) año de antigüedad ya como personal permanente de la empresa a la fecha de presentación y apertura de ofertas del llamado.
Con relación al punto numero 7 solicitamos realizar los registros una vez adjudicados
8. Demostrar que la firma oferente posee un sistema de medición de calidad de su gestión el cual será dado por cumplido con la presentación del certificado de calidad ISO 9001:2015 en los servicios requeridos, cuyo alcance sea como mínimo en servicio de suministro de empleo calificada o no calificada, o manipulación de cargas o estiba y desestiba de cargas acompañado de sus antecedentes (Datos de la Consultoría, Auditor asignado, Plan de Auditoria).
La Certificadora deberá estar debidamente acreditada y reconocida por el ONA y la IAF.
9. Demostrar que la firma oferente posee un sistema de gestión ambiental, el cual será dado por cumplido con la presentación del certificado ISO 14001:2015, en virtud a la Resolución DNCP N° 922/2020, por la cual se aprueba de la Política de Compras Públicas Sostenibles en los servicios requeridos, cuyo alcance sea como mínimo en servicio de suministro de empleo calificada o no calificada, o manipulación de cargas o estiba y desestiba de cargas acompañado de sus antecedentes (Plan de Auditoria).
La Certificadora deberá estar debidamente acreditada y reconocida por el ONA y la IAF.
10. El oferente deberá demostrar que posee Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - ISO 45001:2018 vigente a la fecha de apertura de sobres, cuyo alcance sea como mínimo en servicio de suministro de empleo calificada o no calificada, o manipulación de cargas o estiba y desestiba de cargas acompañado de sus antecedentes (Datos de la Consultoría, Auditor asignado, Plan de Auditoria).
Con relación a los puntos 8,9 y 10 solicitamos a la convocante la obtención de dicho requerimiento una vez adjudicado
La Certificadora deberá estar debidamente acreditada y reconocida por el ONA y al IAF.
4. Constancia de Inscripción en el Registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y comprobante de presentación de las planillas correspondientes al año anterior de la apertura de sobres de conformidad a lo previsto en dicho Decreto Nº 580/08.
5. De conformidad al Art. 284 del Decreto 14.390/92 establece la observancia laboral que las empresas con cien (100) o más trabajadores a su cargo deberán poseer Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA) y para acreditar dicho requisito deberán estar debidamente reconocidas y homologadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
El punto 4, 5 y 6 corresponde solo a las empresas que tienen mas de 100 funcionarios ?
6. Reglamento Interno de Condiciones de Trabajo, homologado, legalizado y registrado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
7. El oferente deberá tener bajo su responsabilidad, un técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional acreditado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en la Categoría A demostrable a través de la Planilla de Seguro Social con un (1) año de antigüedad ya como personal permanente de la empresa a la fecha de presentación y apertura de ofertas del llamado.
Con relación al punto numero 7 solicitamos realizar los registros una vez adjudicados
8. Demostrar que la firma oferente posee un sistema de medición de calidad de su gestión el cual será dado por cumplido con la presentación del certificado de calidad ISO 9001:2015 en los servicios requeridos, cuyo alcance sea como mínimo en servicio de suministro de empleo calificada o no calificada, o manipulación de cargas o estiba y desestiba de cargas acompañado de sus antecedentes (Datos de la Consultoría, Auditor asignado, Plan de Auditoria).
La Certificadora deberá estar debidamente acreditada y reconocida por el ONA y la IAF.
9. Demostrar que la firma oferente posee un sistema de gestión ambiental, el cual será dado por cumplido con la presentación del certificado ISO 14001:2015, en virtud a la Resolución DNCP N° 922/2020, por la cual se aprueba de la Política de Compras Públicas Sostenibles en los servicios requeridos, cuyo alcance sea como mínimo en servicio de suministro de empleo calificada o no calificada, o manipulación de cargas o estiba y desestiba de cargas acompañado de sus antecedentes (Plan de Auditoria).
La Certificadora deberá estar debidamente acreditada y reconocida por el ONA y la IAF.
10. El oferente deberá demostrar que posee Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - ISO 45001:2018 vigente a la fecha de apertura de sobres, cuyo alcance sea como mínimo en servicio de suministro de empleo calificada o no calificada, o manipulación de cargas o estiba y desestiba de cargas acompañado de sus antecedentes (Datos de la Consultoría, Auditor asignado, Plan de Auditoria).
Con relación a los puntos 8,9 y 10 solicitamos a la convocante la obtención de dicho requerimiento una vez adjudicado
La Certificadora deberá estar debidamente acreditada y reconocida por el ONA y al IAF.
Al respecto, favor sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de referencia.