Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.
Nombre: Ing. Eder Villagra
Cargo: Encargado de Despacho.
Dependencia: Gerencia de Planta de Mauricio José Troche
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
La Gerencia de Planta de Mauricio José Troche solicita el llamado para la adquisición de fertilizantes químicos granulados para PETROPAR Mauricio José Troche debido a que es necesario para el apoyo a los cañicultores dependientes de la planta de Petropar-M.J. Troche, para la fertilización de sus cultivos de caña de azúcar, con el fin de mejorar el rendimiento agrícola e industrial de los mismos.
Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal).
La presente contratación es una necesidad periódica, debido a que se requiere tener este producto de manera constante.
Justificar las especificaciones técnicas establecidas.
Las especificaciones técnicas se elaboran en función las necesidades de Petropar.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
ÍTEM 1 | Fertilizante organomineral granulado --• Descripción: FERTILIZANTE ORGANOMINERAL. QUIMICO (70%) MAS COMPUESTO ORGANICO (30%), EN UN SOLO GRANO. • Unidad de Medida: kilogramos. • Rangos de Concentración y Vigencia: FORMULACIÓN QUIMICA (70%): Base: 05N - 30P - 20K Urea, Fosfato Monoamonico (MAP), Sulfato de Amonio (SAM), Superfosfato Triple (TSP), Superfosfato Simple (SSP), Cloruro de Potasio (KCl) Más Compuesto Orgánico (30%) Con garantías mínimas de 3,5N 21P - 14K - 5 % M.O. Fecha vigencia del producto deberá ser como mínimo 8 (ocho) meses desde la fecha de entrega. • Presentación: - Presentación en envases de 50 kg. - Granulado (Todos los nutrientes en un solo grano). - Bolsa de polipropileno resistente. - Leyenda impresa en la bolsa, bien visible con el siguiente contenido: a) N° de Registro de SENAVE b) Nombre comercial del producto c) Formulación: d) Fabricante y lugar de fabricación. e) Industria Paraguaya o de otro origen f) PROHIBIDO SU REVENTA g) Uso exclusivo de PETROPAR Observación: PETROPAR solicitará al proveedor adjudicado; cada vez que sea necesario el análisis de calidad del insumo recibido, la extracción de muestra se realizara en forma conjunta. PETROPAR designará a cual o que laboratorio será remitido dichas muestras, y correrá por cuenta del proveedor el costo de dicho análisis. Ademas las cargas a ser entregadas en Planta Ind. MJT se realizaran con palet incluido |
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ÍTEM 2 | Fertilizante organomineral granulado --• Descripción: FERTILIZANTE ORGANOMINERAL. QUIMICO (70%) MAS COMPUESTO ORGANICO (30%), EN UN SOLO GRANO. • Unidad de Medida: kilogramos. • Rangos de Concentración y Vigencia: FORMULACIÓN QUIMICA (70%): Base: 08N - 24P - 20K Urea, Fosfato Monoamonico (MAP), Sulfato de Amonio (SAM), Superfosfato Triple (TSP), Superfosfato Simple (SSP), Cloruro de Potasio (KCl) Más Compuesto Orgánico (30%) Con garantías mínimas de 5,6N 16,8P - 14K - 5 % M.O. Fecha vigencia del producto deberá ser como mínimo 8 (ocho) meses desde la fecha de entrega. • Presentación: - Presentación en envases de 50 kg. - Granulado (Todos los nutrientes en un solo grano) - Bolsa de polipropileno resistente. - Leyenda impresa en la bolsa, bien visible con el siguiente contenido: a) N° de Registro de SENAVE b) Nombre comercial del producto c) Formulación: d) Fabricante y lugar de fabricación. e) Industria Paraguaya o de otro origen f) PROHIBIDO SU REVENTA g) Uso exclusivo de PETROPAR Observación: PETROPAR solicitará al proveedor adjudicado; cada vez que sea necesario el análisis de calidad del insumo recibido, la extracción de muestra se realizara en forma conjunta. PETROPAR designará a cual o que laboratorio será remitido dichas muestras, y correrá por cuenta del proveedor el costo de dicho análisis. Además las cargas a ser entregadas en Planta Ind. MJT se realizaran con palet incluido |
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción |
Lugar de entrega |
Plazo de entrega |
Contados desde |
1 |
FERTILIZANTE ORGANOMINERAL (70% BASE Química de 05N-30P-20K + 30% Compuesto Orgánico) con garantías mínimas de 3,5N 21P - 14K - 5 % M.O. | Planta de PETROPAR Mauricio José Troche (Adsalón Arias c/ Juan Ramón Chávez) |
10 días hábiles |
Desde la recepción por parte del proveedor de la orden de suministro emitida por el Sistema SAP. |
2 |
FERTILIZANTE ORGANOMINERAL (70% BASE Química de 08N-24P-20K + 30% Compuesto Orgánico) con garantías mínimas de 5,6N 16,8P - 14K - 5 % M.O. |
Planta de PETROPAR Mauricio José Troche (Adsalón Arias c/ Juan Ramón Chávez) |
10 días hábiles. |
Desde la recepción por parte del proveedor de la orden de suministro emitida por el Sistema SAP. |
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica