Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
31 AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE EXIGIDA PARA EL LOTE 1 Y LOTE 2. Teniendo en cuenta los requisitos para la “AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE” exigidos en la página 3 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que exige: “…AUTORIZACION DEL FABRICANTE. Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: …a. Vehículo-AMBULANCIA PARA SOPORTE VITAL AVANZADO: Autorización del Fabricante, representante o distribuidor autorizado de los bienes ofertados, dirigido a la convocante, debidamente legalizado y consularizado o Apostillado…” (sic) y considerando que en el PBC no se aclara la forma de presentación del documento para acreditar el cumplimiento de la autorización, consultamos a la Convocante si será admitida la presentación de FOTOCOPIA AUTENTICADA del documento que acredite la “AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE” para los lotes licitados con el objetivo de acreditar la cadena de autorizaciones, manteniéndose la obligación de contar con el documento legalizado, consularizado o apostillado para cumplir con el requisito de la licitación. 10-09-2025
32 AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE PARA LOS EQUIPOS MÉDICOS. Teniendo en cuenta los requisitos para la “AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE” exigidos en la página 3 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que exige: “…AUTORIZACION DEL FABRICANTE… …b. EQUIPAMIENTOS PARA AMBULANCIA SOPORTE VITAL AVANZADO: Carta Poder otorgado por el fabricante debidamente legalizada y consularizada para comercializar el producto ofertado, inscripta en el registro público de comercio y Autorización del representante y/o Distribuidor Autorizado del Fabricante dentro de la Republica del Paraguay, demostrando la cadena de autorizaciones…” (sic) y considerando la necesidad de unificar los criterios exigidos en el llamado, solicitamos a la Convocante la modificación del requisito del PBC para permitir la presentación de FOTOCOPIA AUTENTICADA del documento que acredite la “AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE” para los equipamientos médicos para demostrar la cadena de autorizaciones, manteniéndose la obligación de contar con el documento legalizado, consularizado o apostillado para cumplir con el requisito de la licitación. 10-09-2025
33 REGISTRO RIEL PARA LA EMPRESA CONVERSORA DE LAS AMBULANCIAS. Teniendo en cuenta lo establecido en “REQUISITOS PARA AMBOS LOTES” de la página 3 del PBC que exige: “…REQUISITOS PARA AMBOS LOTES: Carta Poder otorgado por el fabricante debidamente legalizada y consularizada para comercializar el producto ofertado, inscripta en el registro público de comercio y Autorización del representante y/o Distribuidor Autorizado del Fabricante dentro de la Republica del Paraguay, demostrando la cadena de autorizaciones…” (sic) y considerando que las empresas conversoras inexorablemente deben contar con el REGISTRO INDUSTRIAL (RIEL) vigente otorgado por el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO (MIC), solicitamos a la Convocante la modificación del requisito para incorporar la exigencia del Registro Industrial (RIEL) para las empresas conversadoras habilitadas para realizar la conversión del vehículo (ambulancia) según Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIUU) de la actividad registrada que es la CIIU 3410 para la actividad específica “Conversión de Vehículos” que debe ser presentado con la oferta, cuyos documentos deben estar vigentes a la fecha del acto de apertura. 10-09-2025
34 CILINDRADA MÍNIMA EXIGIDA PARA LAS UNIDADES DEL LOTE 1 Y DEL LOTE 2. Teniendo en cuenta la especificación técnica de la “CILINDRADA” para las unidades licitadas en los LOTES 1 y 2 de las páginas 32 y 48 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que exigen: “…CILINDRADA 2.299 CC COMO MÍNIMO…” (sic) y considerando que las especificaciones técnicas de los motores de los vehículos varían dependiendo de la marca de cada fabricante, solicitamos a la Convocante la modificación de la “CILINDRADA MÍNIMA” exigida para los lotes licitados para permitir la participación con “VEHÍCULOS CON 1.900 CILINDRADAS COMO MÍNIMO”, fundado en que dicha especificación no afecta a la funcionalidad técnica y su modificación posibilitará la eliminación de las restricciones que no permiten la participación de representantes locales. 10-09-2025
35 CARGA ÚTIL MÍNIMA EXIGIDA PARA LAS UNIDADES DEL LOTE 1 Y LOTE 2. Teniendo en cuenta la especificación técnica de la “CARGA ÚTIL” para las unidades licitadas en los LOTES 1 y 2 de las páginas 33 y 48 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que exigen: “…CARGA ÚTIL 1.450 KG. A 1.500 KG. COMO MÍNIMO…”, considerando que la improcedencia técnica que representa la exigencia actual de la carga útil mínima para los lotes licitados contiene un RANGO DE CUMPLIMIENTO QUE LIMITA LA PARTICIPACIÓN DE OTRAS MARCAS PRESENTES EN EL MERCADO QUE INCLUSIVE CUENTAN CON MAYOR CAPACIDAD DE CARGA ÚTIL PARA BENEFICIO EL BENEFICIO TÉCNICO FUNCIONAL, solicitamos a la Convocante la ampliación del rango de cumplimiento técnico para los LOTES 1 y 2 para permitir la participación con unidades con una “…CARGA ÚTIL 1.450 KG. A 1.900 KG. COMO MÍNIMO…”, fundado en la necesidad de destrabar la limitación del PBC y permitir la participación representantes locales. 10-09-2025
36 SUSPENSIÓN FRONTAL EXIGIDA PARA LAS UNIDADES DEL LOTE 1 Y LOTE 2. Teniendo en cuenta la especificación técnica de “SUSPENSIÓN FRONTAL” para las unidades de los LOTES 1 y 2 de las páginas 33 y 48 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que exigen: “…SUSPENSIÓN FRONTAL: Tipo McPherson, barra estabilizadora, amortiguadores hidráulicos telescópicos, muelles helicoidales…” (sic), considerando que el tipo de suspensión varía dependiendo de cada fabricante por lo que se requiere establecer un rango de cumplimiento para los potenciales oferentes que poseen suspensiones con suspensiones propias de cada marca, solicitamos a la Convocante la modificación de la especificación técnica para los LOTES 1 y 2 para permitir la participación indistinta de unidades con una “SUSPENSIÓN FRONTAL: INDEPENDIENTE, CON BALLESTAS TRANSVERSALES PARABÓLICAS, AMORTIGUADORES HIDRÁULICOS DE DOBLE EFECTO, BARRAS ESTABILIZADORAS”, fundado en que dicha especificación no afecta la funcionalidad técnica y varían dependiendo de cada marca automotriz. 10-09-2025
37 SUSPENSIÓN TRASERA EXIGIDA PARA LAS UNIDADES DEL LOTE 1 Y LOTE 2. Teniendo en cuenta la especificación técnica de “SUSPENSIÓN TRASERA” para las unidades de los LOTES 1 y 2 de las páginas 33 y 48 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que exigen: “…SUSPENSIÓN TRASERA: Eje rígido de vigas longitudinales semielípticas con amortiguadores hidráulicos telescópicos…” (sic), considerando que el tipo de suspensión varía dependiendo de cada fabricante por lo que se requiere establecer un rango de cumplimiento para los potenciales oferentes que poseen suspensiones con suspensiones propias de cada marca, solicitamos a la Convocante la modificación de la especificación técnica de “SUSPENSIÓN TRASERA” exigida para los LOTES 1 y 2 para permitir la participación de unidades con “SUSPENSIÓN TRASERA: RÍGIDO CON BALLESTAS PARABÓLICAS, AMORTIGUADORES HIDRÁULICOS DE DOBLE EFECTO, BARRAS ESTABILIZADORAS”, fundado en que dicha especificación no afecta la funcionalidad técnica y varían dependiendo de cada marca automotriz. 10-09-2025
38 ALTURA EXIGIDA PARA LAS UNIDADES DEL LOTE 1 Y LOTE 2. Teniendo en cuenta la especificación técnica referente a la “ALTURA” exigido para las unidades de los LOTES 1 y 2 de las páginas 34 y 49 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que exigen: “…ALTURA: 2.450 mm a 2.600 mm como máximo…” (sic), considerando que el rango de cumplimiento establecida en la licitación para dicha especificación técnica limita indebidamente la participación de varios representantes de marcas de vehículos presentes en el país, solicitamos a la Convocante la modificación del PBC para permitir la participación de representantes de marcas con un rango de cumplimiento para la “ALTURA: 2.450 MM A 2.710 MM COMO MÁXIMO”, fundado en que dicho aspecto técnico varía dependiendo de cada marca automotriz y no afecta en la funcionalidad técnica del bien que pretende adquirir la Convocante. 10-09-2025
39 ACCESORIOS / COMPUTADORA DE A BORDO, CON PANEL TFT EN EL CLÚSTER. Teniendo en cuenta la especificación técnica referente a los “ACCESORIOS / EQUIPAMIENTOS” exigidos para las unidades de los LOTES 1 y 2 de las páginas 34 y 49 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que exigen: “…Computadora de a bordo con panel TFT en el clúster…” (sic), considerando que resulta limitante y restrictiva para la libre concurrencia DICHA EXIGENCIA COMO REQUISITO OBLIGATORIO PARA TODOS LOS FABRICANTES DE MARCAS DE VEHÍCULOS PORQUE RESULTA TÉCNICAMENTE DISPENSABLE PARA LA FUNCIONALIDAD DEL VEHÍCULO, solicitamos a la Convocante la modificación de requisito técnico de la “COMPUTADORA DE A BORDO CON PANEL TFT EN EL CLÚSTER EXIGIDO COMO ACCESORIO / EQUIPAMIENTO” para que sea un “REQUISITO OPCIONAL” para la participación de los representantes de marcas para el LOTE 1 y para el LOTE 2, con el objetivo de destrabar la limitación de la participación de los oferentes que no poseen con dicho equipamiento técnico que constituye una característica propia de cada marca, fundado en que dicho aspecto técnico varía dependiendo de cada marca automotriz y no afecta en la funcionalidad técnica del bien que pretende adquirir la Convocante. 10-09-2025
40 ANCHO EXIGIDO PARA LAS UNIDADES DEL LOTE 1 Y LOTE 2. Teniendo en cuenta la especificación técnica referente al “ANCHO” exigido para las unidades de los LOTES 1 y 2 de las páginas 34 y 49 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) que exigen: “…ANCHO: 2.450 mm a 2.500 mm como máximo…” (sic), considerando que el rango de cumplimiento establecido en la licitación para dicha especificación técnica limita indebidamente la participación de varios representantes de marcas de vehículos presentes en el país, solicitamos a la Convocante la modificación del PBC para permitir la participación de representantes de marcas con un rango de cumplimiento para el “ANCHO DE 2.000 MM A 2.500 MM COMO MÁXIMO”, fundado en que dicho aspecto técnico varía dependiendo de cada marca automotriz y no afecta en la funcionalidad técnica del bien que pretende adquirir la Convocante. 10-09-2025
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