Consultamos si la convocante realizo el desglose correspondiente por item, teniendo en cuenta que los precios referenciales no corresponden a un costo real del servicio solicitado.
Solicitamos que la convocante publique un desglose con precios reales , vacaciones , salario legal, impuestos, maquinarias e insumos.
Consultamos si la convocante realizo el desglose correspondiente por item, teniendo en cuenta que los precios referenciales no corresponden a un costo real del servicio solicitado.
Solicitamos que la convocante publique un desglose con precios reales , vacaciones , salario legal, impuestos, maquinarias e insumos.
Se informa que en el apartado de documentos del llamado se encuentra disponible el archivo correspondiente a los antecedentes de estimación de costos, en el cual se detalla el análisis realizado para la determinación del precio referencial.
Dicho análisis se ha llevado a cabo conforme a lo establecido en la Resolución DNCP N.º 454/2024, "Por la cual se regula la determinación de precios referenciales y su publicidad en los procedimientos de contratación en el marco de la Ley N.º 7021/22", específicamente utilizando el método de ajuste correctivo de precio histórico por variaciones de tiempo, con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) proveído por el Banco Central del Paraguay, a fin de reflejar precios acordes al mercado actual.
Asimismo, se informa que se ha considerado y calculado el ajuste correspondiente al nuevo salario mínimo vigente, así como los demás componentes legales y requerimientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
Por tanto, se aclara que el precio referencial publicado responde a una metodología técnica y normativa validada, encontrándose debidamente justificado en los documentos que forman parte del presente procedimiento.
2
DISPENSERS
SECAMANOS AUTOMÁTICO PARA AIRE CALIENTE : empotrable de pared, con potencia mínima de 2.000W; O
DISPENSER CON PAPEL TOALLA: empotrable de pared, se colocarán en todos los baños e ingresos. Deberá preverse
todos los trabajos necesarios e inherentes a la instalación, la empresa adjudicada se hará cargo de la ejecución de
estos, según las indicaciones de la Contratante,
Solicitamos a la convocante eliminar uno de los dos requisitos atendiendo que no tiene sentido poner dispensers de papel para mano y dispensers de secamanos electricos atendiendo tambien que se habla de un contrato de gran envergadura y un precio muy bajo para adquirir dichos equipos
SECAMANOS AUTOMÁTICO PARA AIRE CALIENTE : empotrable de pared, con potencia mínima de 2.000W; O
DISPENSER CON PAPEL TOALLA: empotrable de pared, se colocarán en todos los baños e ingresos. Deberá preverse
todos los trabajos necesarios e inherentes a la instalación, la empresa adjudicada se hará cargo de la ejecución de
estos, según las indicaciones de la Contratante,
Solicitamos a la convocante eliminar uno de los dos requisitos atendiendo que no tiene sentido poner dispensers de papel para mano y dispensers de secamanos electricos atendiendo tambien que se habla de un contrato de gran envergadura y un precio muy bajo para adquirir dichos equipos
Se aclara que el uso del nexo "O" implica una alternativa excluyente, por lo que no se requiere la instalación de ambos elementos simultáneamente, sino de uno u otro, conforme a las instrucciones que oportunamente imparta la Contratante. La redacción del PBC es clara y no deja lugar a interpretación ambigua: la empresa adjudicada deberá prever los trabajos y la provisión correspondiente a la opción que determine la Contratante, sin que ello represente una duplicación de equipos ni de costos. En virtud de lo anterior, se mantiene lo establecido en el PBC.
3
HIPOCLORITO DE SODIO AL 7%
Favor modificar dicho requisito atendiendo que no existe en el mercado dicho producto con registro santario vigente o por lo menos no existe con ese nombre.
Favor modificar dicho requisito atendiendo que no existe en el mercado dicho producto con registro santario vigente o por lo menos no existe con ese nombre.
Al respecto se informa que se ha emitido la Adenda N° 1.
4
PRECIO
Solicitamos a la convocante reajustar el precio atendiendo la cantidad de personales exigidas en /el pbc y tambien teniendo el cuenta el reajuste salarial vigente desde el 01/07/2025 por el MTESS, favor modificar el precio referencial y de los items atendiendo los salarios, cargas sociales, tributos, insumos, maquinarias y equipos que solicitan, con el precio actual resulta super IRRISORIO para una buena ejecucion de contrato como el PBC solicita.
Solicitamos a la convocante reajustar el precio atendiendo la cantidad de personales exigidas en /el pbc y tambien teniendo el cuenta el reajuste salarial vigente desde el 01/07/2025 por el MTESS, favor modificar el precio referencial y de los items atendiendo los salarios, cargas sociales, tributos, insumos, maquinarias y equipos que solicitan, con el precio actual resulta super IRRISORIO para una buena ejecucion de contrato como el PBC solicita.
Se informa que en el apartado de documentos del llamado se encuentra disponible el archivo correspondiente a los antecedentes de estimación de costos, en el cual se detalla el análisis realizado para la determinación del precio referencial.
Dicho análisis se ha llevado a cabo conforme a lo establecido en la Resolución DNCP N.º 454/2024, "Por la cual se regula la determinación de precios referenciales y su publicidad en los procedimientos de contratación en el marco de la Ley N.º 7021/22", específicamente utilizando el método de ajuste correctivo de precio histórico por variaciones de tiempo, con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) proveído por el Banco Central del Paraguay, a fin de reflejar precios acordes al mercado actual.
Asimismo, se informa que se ha considerado y calculado el ajuste correspondiente al nuevo salario mínimo vigente, así como los demás componentes legales y requerimientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
Por tanto, se aclara que el precio referencial publicado responde a una metodología técnica y normativa validada, encontrándose debidamente justificado en los documentos que forman parte del presente procedimiento.
5
Salarios
En consideracion al referencial es evidente que la convocante no tiene en cuenta que existe un salario minimo legal que debe abonarse.
Tam bien es evidente que la empresa que presta servicio actualmente no abona presumiblemente el minimo legal y obligatorio y tambien presumiblemente los papeles y documentos presentados son solo para calzar esta simulacion siendo avalado todo esto por la contratante presumiblemente
Por todo esto realizaremos la denuncia correspondiente a donde corresponda por los hechos de presunta falsificacion de instrumentos(extractos bancarios comparados con lo que realmente percibe el trabajador) con la complicidad aparente de personas innominadas y dentro del marco de la Ley de protección al denunciante, en caso de no tener una respuesta coherente de la convocante como responsable del control
En consideracion al referencial es evidente que la convocante no tiene en cuenta que existe un salario minimo legal que debe abonarse.
Tam bien es evidente que la empresa que presta servicio actualmente no abona presumiblemente el minimo legal y obligatorio y tambien presumiblemente los papeles y documentos presentados son solo para calzar esta simulacion siendo avalado todo esto por la contratante presumiblemente
Por todo esto realizaremos la denuncia correspondiente a donde corresponda por los hechos de presunta falsificacion de instrumentos(extractos bancarios comparados con lo que realmente percibe el trabajador) con la complicidad aparente de personas innominadas y dentro del marco de la Ley de protección al denunciante, en caso de no tener una respuesta coherente de la convocante como responsable del control
Se informa que el documento denominado "Antecedentes de Estimación de Costos" se encuentra disponible en el apartado correspondiente a los documentos del llamado, donde se detalla el análisis realizado para la determinación del precio referencial.
Dicho análisis fue realizado conforme a lo dispuesto en la Resolución DNCP N.º 454/2024, utilizando el método de ajuste correctivo de precio histórico por variaciones de tiempo, con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay, asegurando así la adecuación a los precios de mercado vigentes.
Asimismo, se aclara que en la estimación se han considerado todos los componentes legales y contractuales establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, incluidos los relacionados al salario mínimo legal vigente y sus cargas sociales.
En ese sentido, el precio referencial publicado responde a una metodología técnica debidamente regulada y justificada, encontrándose disponible para su verificación en la documentación oficial del procedimiento.
6
Vehiculo
1. Las empresas oferentes deberán contar como mínimo con 01 (un) vehículos propio o alquilado de tipo utilitario de por lo menos de 1000kg de capacidad de carga con logo de la Empresa. En caso de que el vehículo sea alquilado deberá presentar un pre-acuerdo de alquiler que debe contemplar la vigencia del contrato en caso de ser adjudicado.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Copia de cédula verde, o documento de compra venta que acredite la propiedad del mismo, o copia del pre- contrato o contrato de alquiler del vehículo.
Solicitamos a la convocante que ademas de la copia de la cedula verde, o copia de pre-contrato o contrato de alquiler, pueda ser considerado la copia de la factura de compra del vehiculo en caso que el tramite de escrituracion y/o expedicion de la cedula verde este en tramite.
1. Las empresas oferentes deberán contar como mínimo con 01 (un) vehículos propio o alquilado de tipo utilitario de por lo menos de 1000kg de capacidad de carga con logo de la Empresa. En caso de que el vehículo sea alquilado deberá presentar un pre-acuerdo de alquiler que debe contemplar la vigencia del contrato en caso de ser adjudicado.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Copia de cédula verde, o documento de compra venta que acredite la propiedad del mismo, o copia del pre- contrato o contrato de alquiler del vehículo.
Solicitamos a la convocante que ademas de la copia de la cedula verde, o copia de pre-contrato o contrato de alquiler, pueda ser considerado la copia de la factura de compra del vehiculo en caso que el tramite de escrituracion y/o expedicion de la cedula verde este en tramite.
En atención a su consulta, se informa que conforme al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), en el apartado "Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica", punto 3, se establece que podrán presentarse, entre otros documentos, el documento de compra-venta que acredite la propiedad del vehículo.
En ese sentido, se aclara que la factura de compra del vehículo será admitida como documento de compra-venta, siempre que acredite fehacientemente la propiedad y se encuentre en trámite la escrituración y/o la expedición de la cédula verde al momento de la presentación.