Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
1. El Ing. Roberto Mercado, Jefe del Departamento de Mantenimiento de Equipos de Transmisión (GT/MET) solicita el llamado a Licitación Pública Nacional.
2. El presente pedido obedece a la necesidad de adquirir el cromatógrafo a ser utilizados para el análisis de aceites de transformadores y reactores de la ANDE.
3. Se trata de que un llamado temporal, para la determinación de la calidad de aceites aislantes de los transformadores de potencia.
4. Las especificaciones técnicas establecen las características y las condiciones técnicas mínimas que deben ser cumplidas en la provisión del bien, de modo a garantizar el buen funcionamiento de los mismos.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Ítem |
Descripción del Bien |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
CROMATÓGRAFO DE GASES DISUELTOS EN ACEITES DIELÉCTRICOS |
EE.TT N° 19.31.02 |
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Nº 19.31.02
CROMATÓGRAFO DE GASES DISUELTOS EN ACEITES DIELÉCTRICOS
1. Objetivo:
1.1. Establecer los requisitos mínimos que deberá(n) cumplir el(los) equipo(s) a ser suministrado(s).
1.2. El equipo especificado será utilizado en la determinación de la calidad de los aceites aislantes.
2. Alcance del Suministro:
Cada unidad del equipo a ser suministrado, consistirá al menos en los siguientes componentes
2.1. Unidad básica, según EETT
2.2. Sistema de preparación de muestras de aceite dieléctrico en viales para Headspace
2.3. Requisitos técnicos documentales
2.4. Instalación de gases
2.5. Instalación y puesta en marcha
2.6. Capacitación del personal
2.7. Acompañamiento para la puesta a punto de la metodología analítica.
3. Características de la unidad básica: Cromatógrafo de gases con muestreador headspace para llevar a cabo el ensayo de análisis de gases disueltos en aceite dieléctrico de transformador (TOGA), con instalación, puesta en marcha y capacitación del personal, de acuerdo con el Método C de la norma ASTM D 3612 o IEC 60567:2011
Ítem |
Descripción |
Valor Solicitado |
3.1 |
Analizador GC: Analizador de gas de aceite de transformador (TOGA) (ASTM D3612-C) alcanzando los niveles de detección indicados en la mencionada Norma. Los analizadores (TOGA), configurados según las normas ASTM, aprovechan tecnologías avanzadas, como el muestreo Headspace y los detectores TCD / FID (después de la metanización), para ofrecer análisis TOGA robustos y fiables comprobados en fábrica. |
1 |
3.2 |
PCM: Módulo controlador neumático |
1 |
3.3 |
Detector de Ionización de Llama (FID) |
1 |
3.4 |
Detector de Conductividad Térmica (TCD)y |
1 |
3.5 |
Catalizador de Niquel, Metanizador |
1 |
3.6 |
Loop válvula de muestreo gaseoso, 1cc |
1 |
3.7 |
Válvula de muestreo gaseoso de 6 puertos |
1 |
3.8 |
Aislación de la columna, válvula de puertos |
1 |
3.9 |
Caja termostatizada de válvulas |
1 |
3.10 |
Columna cromatográfica, 30m x 0.53mm x 50µm, para análisis de TOGA Columna PLOT (Porous Layer Open Tubular) de tamiz molecular de 5 Å, 30m x 0.53mm de diámetro interior con un espesor de película de 50µm para la separación de gases más ligeros (H2, O2, N2, CH4 y CO) |
2 |
3.11 |
Columna cromatográfica, 30m x 0.53mm x 40µm, para análisis de TOGA Columna PLOT (Porous Layer Open Tubular) Carboxen-1006 (30m por 0.53mm de diámetro interior) para la separación de los demás compuestos (CO2, C2H2, C2H4, C2H6 y C3H8) |
2 |
3.12 |
Sistema de Adquisición y Tratamiento de Datos, que permita controlar todo el sistema cromatográfico (inyector / muestreador automático, termostato de columnas y detectores), así como la adquisición y evaluación de datos. Incluye PC, monitor, teclado, mouse e impresora. |
1 |
3.13 |
Muestreador Headspace, con: Capacidad para 48 viales como mínimo En dos gradillas extraíbles Racks intercambiables durante la secuencia para un funcionamiento continuo Con algoritmo para superponer muestras y maximizar el rendimiento |
1 |
3.14 |
Software de Control del Headspace que permita el control total del Headspace desde el Sistema de Adquisición y Tratamiento de Datos Integrado al software principal del sistema GC. Controla la temperatura del horno de viales, tiempo de equilibrio, presurización, transferencia al loop de inyección, repeticiones automáticas. |
1 |
3.15 |
Kit de instalación del Cromatógrafo de Gases Contiene como mínimo: 15 m de Tubería de cobre de 1/8 grado cromatográfico Fittings de latón o acero inoxidable de 1/8 20 tuercas con ferrules 2 tees de conexión 6 tapones (plugs) 1 válvula de bola de 1/8 para aislamiento de línea de gas. Herramientas: cortador de tubo de precisión, llave fija 7/16 y ½, destornilladores torx T10 y T20, llave tipo nut driver de 7 mm, pinza y lupa de precisión, herramienta para instalar ferrules y extractor/colocador de septum. Detector de fugas (Snoop o equivalente, frasco de 200ml o más) Bolsa organizadora con compartimentos para herramientas y componentes Manual de instalación rápida en español |
1 |
3.16 |
Trampas de Humedad pre-acondicionadas, reacondicionables, con Molecular Sieve de 5A 45/60 mesh |
3 |
3.17 |
Trampas de oxígeno con capacidad de retención mínima de 1000ml O2, presión máxima 1000psig, con indicador de agotamiento visible (colorimétrico), para uso en sistemas GC con gases ultra puros. |
2 |
3.18 |
Trampa Universal grande para Helio/Argón Trampa combinada (humedad, oxígeno, hidrocarburos) de gran capacidad, indicada para sistemas con gas portador Helio o Argón. Debe ser del tipo Big Universal Trap o equivalente. |
1 |
3.19 |
Regulador de presión de doble expansión para Hidrógeno, cuerpo de bronce con diafragma de acero inoxidable |
1 |
3.20 |
Regulador de presión de doble expansión para Argón y Nitrógeno, cuerpo de bronce con diafragma de acero inoxidable |
2 |
3.21 |
Regulador de presión de doble expansión para Aire, cuerpo de bronce con diafragma de acero inoxidable |
1 |
3.22 |
Tubería de cobre pre-lavada para línea de los gases |
1 |
3.23 |
UPS con la capacidad necesaria para el equipo |
1 |
4. Sistema de preparación de muestras de aceite dieléctrico en viales para Headspace:
Ítem |
Descripción |
Valor Solicitado |
4.1 |
Solución checkout para evaluación de performance del método y puesta a punto del sistema de acuerdo a testeo de fábrica. Se debe presentar con certificados de análisis del fabricante. |
1 |
4.2 |
Estándar de gases disueltos en aceites, 30mL, baja concentración (10 ppm): patrón de gases disueltos en aceite dieléctrico para calibración de cromatógrafos, con el siguiente contenido: 10 ppm Acetileno 10 ppm Monóxido de Carbono 10 ppm Etano 10 ppm Etileno 10 ppm Hidrógeno 10 ppm Metano 30 ppm Dióxido de Carbono 1500ppm Oxígeno 55000ppm Nitrógeno 10 ppm Propano 10 ppm Propileno 10 ppm Butano 10 ppm 1-Buteno 10 ppm 1,3-Buteadieno |
1 |
4.3 |
Estándar de gases disueltos en aceites, 30mL, baja concentración (100 ppm): patrón de gases disueltos en aceite dieléctrico para calibración de cromatógrafos, con el siguiente contenido: 100 ppm Acetileno 100 ppm Monóxido de Carbono 100 ppm Etano 100 ppm Etileno 100 ppm Hidrógeno 100 ppm Metano 100 ppm Dióxido de Carbono 16500 ppm Oxígeno 60000 ppm Nitrógeno |
1 |
4.4 |
Tubo de gas calibración de alta concentración (4.200 ppm): Mezcla certificada, composición: 4200 ppm Acetileno 4200 ppm Monóxido de Carbono 4200 ppm Etano 4200 ppm Etileno 4200 ppm Hidrógeno 4200 ppm Metano 2.000 % Dióxido de Carbono 12.50 % Oxígeno Balance: Nitrógeno Volumen de cilindro: 48.0 LG Presión del cilindro: 300 PSIG Con certificado |
1 |
4.5 |
Tubo de gas calibración de baja concentración (100 ppm): Mezcla certificada, composición: 100 ppm Acetileno 100 ppm Monóxido de Carbono 1000 ppm Etano 1000 ppm Etileno 1000 ppm Hidrógeno 1000 ppm Metano 400ppm Dióxido de Carbono 2500ppm Oxígeno 16900ppm Nitrógeno Balance: Argón Volumen de cilindro: 48.0 LG Presión del cilindro: 300 PSIG Con certificado |
1 |
4.6 |
Viales de encapsulado, para Headspace, transparente, fondo plano, capacidad de 20 mL, para tapones de 20 mm de diámetro |
100 |
4.7 |
Tapas de aluminio plateado con función de seguridad, para viales para Headspace, sin septa |
100 |
4.8 |
Septa de silicona / PTFE para tapas de viales para Headspace. |
100 |
4.9 |
Encapsulador manual ergonómico para tapones de 20 mm de diámetro |
1 |
4.10 |
Desencapsulador manual ergonómico para tapones de 20 mm de diámetro |
1 |
5. Requisitos Técnicos Documentales:
5.1. El Proveedor debe contar con distribución autorizada del fabricante del equipo de cromatografía gaseosa y otros.
5.2. El Proveedor debe contar con personal técnico local certificado por el fabricante, y debe demostrar mediante certificados que avalen los entrenamientos, como también que es residente en territorio paraguayo.
5.3. El Proveedor debe contar con personal técnico local con experiencia en a nivel usuario de técnicas de cromatografía gaseosa y con muestreador headspace, y debe demostrar mediante certificados y currículum vitae de los mismos que lo avalen.
5.4. El Proveedor debe contar con experiencia en el sistema de TOGA, ya sea a nivel nacional y/o regional, y demostrar mediante referencias que lo avalen.
5.5. Garantía de Stock de consumibles y repuestos: el Proveedor debe garantizar que la marca del cromatógrafo suministre de todas las partes por un período de 10 años a partir de la fecha de fabricación del último equipo.
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Lugar de Entrega de los Bienes |
Fecha(s) Final(es) de Entrega de los Bienes |
1 |
Cromatógrafo de Gases Disueltos en Aceites Dieléctricos |
1 |
Unidad |
Depósito de la ANDE en Asunción (Sito en Avda. Boggiani y Dr. Facundo Machain, Complejo Boggiani) o alrededores según lo indique la Unidad Administradora del Contrato, hasta un radio de 30 Km. contados a partir de los límites de la Ciudad de Asunción de Lunes a Viernes de 07:00 a 15:00 horas. |
Noventa (90) Días calendario (*) |
(**) Observación: A partir de la fecha de emisión de la Orden de Entrega a través del Sistema SAP por parte de la Unidad Administradora del Contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles de la emisión del código de contratación.
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
LPN ANDE Nº 1939/2025 - ANDE - Asunción - Paraguay.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
El control del cumplimiento de las obligaciones del Proveedor estará a cargo de la Unidad Administradora del Contrato.
Las inspecciones y pruebas se realizarán conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas, si los mismos se ajustan a las características generales y técnicas consignadas en las Especificaciones Técnicas de la Convocante.
El Proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la Contratante o de su representante, ni la emisión de informes de resultados de pruebas, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del Contrato. Garantizar que los fondos obtenidos de una licitación pública no sean destinados a fines ilícitos y Observar y Respetar el Código de Ética Institucional de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), publicado en www.ande.gov.py.
Inspecciones en el Depósito de la Contratante:
Una vez que el Proveedor haya cumplido con lo establecido en el Plan de Entregas en el lugar indicado en el mismo, se procederá a una inspección y verificación de los bienes y/o servicios, con los documentos pertinentes.
Documentos de Recepción Provisional y Definitiva:
La Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, verificará que los bienes entregados y/o servicios ejecutados, se hayan ajustado a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, para proceder a la emisión del Certificado de Recepción Provisional, a pedido del Proveedor o de oficio, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la entrega efectuada de conformidad al Plan de Entregas del Contrato o sus eventuales prórrogas autorizadas por la Contratante.
A partir de la fecha de emisión del Certificado de Recepción Provisional correspondiente, se inicia el Periodo de la Garantía de los bienes.
Al término de dicho plazo, la Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, efectuará las comprobaciones de que el Proveedor ha cumplido satisfactoriamente con todo lo previsto en los documentos del contrato y emitirá dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, el Acta de Recepción Definitiva.
La emisión del Acta de Recepción Definitiva significará el cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones contractuales, y le dará derecho a solicitar la cancelación de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
En caso que el Proveedor incurra en atrasos en la entrega de los bienes y/o servicios y le fuere aplicada la multa correspondiente en el Acta de Recepción Definitiva se dejará constancia de ello.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.