Resulta limitante solicitar que el proveedor tenga la categoría 5 la cual contempla: Azucares, miel y derivados, confites, caramelos, chicles, chocolates, turrones, ya que no tienen nada que ver con el servicio hospitalario a ser prestado. Es limitante e innecesario.
Consulta: ¿Que utilidad tiene el que tenga el certificado hasta el finiquito del contrato? En todo caso deberían solicitar que la empresa adjudicada presente los mismos actualizados cada cierto tiempo de manera a corroborar que la misma siga teniendo certificaciones en dichas categorías. Si la empresa tiene las certificaciones al día en el momento de adjudicación no pueden obligar a que vuelva a certificar algo que está vigente.
Resulta limitante solicitar que el proveedor tenga la categoría 5 la cual contempla: Azucares, miel y derivados, confites, caramelos, chicles, chocolates, turrones, ya que no tienen nada que ver con el servicio hospitalario a ser prestado. Es limitante e innecesario.
Consulta: ¿Que utilidad tiene el que tenga el certificado hasta el finiquito del contrato? En todo caso deberían solicitar que la empresa adjudicada presente los mismos actualizados cada cierto tiempo de manera a corroborar que la misma siga teniendo certificaciones en dichas categorías. Si la empresa tiene las certificaciones al día en el momento de adjudicación no pueden obligar a que vuelva a certificar algo que está vigente.
Se aclara que la exigencia de las categorías 05, 06, 16 y 17 es una medida de control integral de la cadena de producción alimentaria. Un servicio de "alimentos preparados" (Categoría 16) es el resultado final de un proceso que ineludiblemente requiere la adquisición, almacenamiento y manipulación de materias primas e insumos que pertenecen a otras categorías (azúcares, aceites, aditivos, etc.). Para garantizar la inocuidad total del plato servido, es fundamental que el proveedor esté habilitado por la autoridad sanitaria competente (INAN) para manejar correctamente todos los componentes del proceso. Exigir estas categorías asegura la trazabilidad y el cumplimiento de las buenas prácticas desde el insumo hasta el producto final, por lo tanto, el oferente deberá ajustarse a lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones.
Respecto al segundo punto, el requisito, tal como figura en el PBC, establece la obligación contractual ineludible del adjudicatario de mantener la vigencia de todas sus certificaciones de manera ininterrumpida durante todo el plazo de ejecución del contrato. Esto implica que el proveedor es responsable de gestionar las renovaciones necesarias antes de su vencimiento para evitar cualquier lapso en su habilitación. No es una exigencia de presentar un único certificado con una vigencia plurianual, sino de asegurar un estado de cumplimiento y certificación continuo, por lo tanto, el oferente deberá ajustarse a lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones. Version 1. Publicado en fecha: 15-09-2025.
2
Certificados de antecedentes policiales
Los antecedentes policiales deberán ser presentados una vez adjudicados? ¿O en la apertura del sobre?
Se aclara que la postura institucional es mantener la exigencia de presentar toda la documentación con la oferta. Una simple declaración jurada es insuficiente para un servicio de esta naturaleza. El IPS no evalúa una promesa de capacidad, sino la capacidad real, actual y comprobable del oferente. La alimentación de pacientes es una operación de alto riesgo sanitario, y el equipo humano es el pilar fundamental de la calidad y seguridad del servicio. Por ello, es esencial tener a la vista las pruebas documentales fehacientes (certificados médicos que garanticen la no portación de enfermedades 3 transmisibles, antecedentes policiales que aseguren la idoneidad para trabajar en un entorno sensible, y constancias de capacitación que avalen la competencia técnica). Permitir que un oferente participe sin tener un equipo ya conformado y debidamente documentado sería aceptar un riesgo inaceptable. La presentación de esta documentación con la oferta demuestra la solvencia y seriedad del proponente, y garantiza que, en caso de ser adjudicado, el servicio podrá iniciarse de inmediato con personal calificado y verificado, sin poner en riesgo la salud de los pacientes, por lo tanto, el oferente deberá ajustarse a lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones.Version 1. Publicado en fecha: 15-09-2025.
3
Certificado HACCP
Siendo que el servicio es para pacientes y considerando que el 90% de los pliegos de la convocante solicita la certificación HACCP queremos consultar porque en este caso se obvia? ¿Más que es la única forma de garantizar la calidad de alimento para los pacientes?
Siendo que el servicio es para pacientes y considerando que el 90% de los pliegos de la convocante solicita la certificación HACCP queremos consultar porque en este caso se obvia? ¿Más que es la única forma de garantizar la calidad de alimento para los pacientes?
El IPS considera la gestión de riesgos alimentarios como una prioridad absoluta. Si bien no se solicita un certificado HACCP como documento individual, los principios de dicho sistema están plenamente garantizados y cubiertos por la combinación sinérgica de otros requisitos: La certificación ISO 9001 exige un sistema de gestión con enfoque en procesos y control de riesgos. La capacitación obligatoria en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) impartida por el INAN asegura la correcta aplicación de procedimientos de inocuidad por parte del personal. Los Registros de Establecimiento (R.E.) del INAN validan la idoneidad de la infraestructura. Este conjunto de requisitos conforma un marco de control robusto, por lo tanto, el oferente deberá ajustarse a lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones. Version 1. Publicado en fecha: 15-09-2025.
4
RECURSOS HUMANOS
El PBC, en el apartado de "Capacidad Técnica", solicita lo siguiente:
7.2 DOCUMENTACIONES DEL PERSONAL
La empresa adjudicada deberá presentar:
1.Una copia autenticada de la constancia de capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura (B.P.M.) otorgada por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (I.N.A.N.), de los funcionarios que cumplirán funciones en el Hospital de Luque.
2.Currículum vitae, actualizado de cada uno de los funcionarios solicitados. La empresa adjudicada deberá contar con personal idóneo y calificado, con experiencia y capacitación en sus funciones u oficio. Deberá de demostrar mediante declaración jurada que cuenta con un plantel de recursos humanos capacitados de tal manera a asegurar que los productos alimenticios que se elaboren sean inocuos para los comensales.
4.Los certificados médicos, de cada uno de los funcionarios, los cuales deberán tener una antigüedad máxima de hasta 3 meses antes del inicio de la prestación del servicio, expedidos por la autoridad competente. Además, deberá adjuntar los resultados de estudios clínicos de laboratorio: análisis de orina, copro parasitológico seriado, antígeno de hepatitis A, exudado buco-faríngeo que garanticen no ser portadores de afecciones trasmisibles por la manipulación de alimentos.
5.Certificado de antecedentes policiales, de cada uno de los funcionarios.
6.Certificado de capacitación en uso de extintores y prevención de incendios, de cada uno de los funcionarios.
Los documentos detallados deberán ser presentados al momento de la oferta y al inicio de la prestación del servicio al Administrador del Contrato.
Al principio aclara que debe ser presentada por la empresa adjudicada como corresponde. Pero al final del texto solicita que también sea presentado en el momento de la oferta. ¿Consultamos cuál es el fundamento de solicitar en el momento de la oferta siendo que debería de ser presentada al inicio del contrato por la posible empresa adjudicada?
El PBC, en el apartado de "Capacidad Técnica", solicita lo siguiente:
7.2 DOCUMENTACIONES DEL PERSONAL
La empresa adjudicada deberá presentar:
1.Una copia autenticada de la constancia de capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura (B.P.M.) otorgada por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (I.N.A.N.), de los funcionarios que cumplirán funciones en el Hospital de Luque.
2.Currículum vitae, actualizado de cada uno de los funcionarios solicitados. La empresa adjudicada deberá contar con personal idóneo y calificado, con experiencia y capacitación en sus funciones u oficio. Deberá de demostrar mediante declaración jurada que cuenta con un plantel de recursos humanos capacitados de tal manera a asegurar que los productos alimenticios que se elaboren sean inocuos para los comensales.
4.Los certificados médicos, de cada uno de los funcionarios, los cuales deberán tener una antigüedad máxima de hasta 3 meses antes del inicio de la prestación del servicio, expedidos por la autoridad competente. Además, deberá adjuntar los resultados de estudios clínicos de laboratorio: análisis de orina, copro parasitológico seriado, antígeno de hepatitis A, exudado buco-faríngeo que garanticen no ser portadores de afecciones trasmisibles por la manipulación de alimentos.
5.Certificado de antecedentes policiales, de cada uno de los funcionarios.
6.Certificado de capacitación en uso de extintores y prevención de incendios, de cada uno de los funcionarios.
Los documentos detallados deberán ser presentados al momento de la oferta y al inicio de la prestación del servicio al Administrador del Contrato.
Al principio aclara que debe ser presentada por la empresa adjudicada como corresponde. Pero al final del texto solicita que también sea presentado en el momento de la oferta. ¿Consultamos cuál es el fundamento de solicitar en el momento de la oferta siendo que debería de ser presentada al inicio del contrato por la posible empresa adjudicada?
Se aclara que la postura institucional es mantener la exigencia de presentar toda la documentación con la oferta. Una simple declaración jurada es insuficiente para un servicio de esta naturaleza. El IPS no evalúa una promesa de capacidad, sino la capacidad real, actual y comprobable del oferente. La alimentación de pacientes es una operación de alto riesgo sanitario, y el equipo humano es el pilar fundamental de la calidad y seguridad del servicio. Por ello, es esencial tener a la vista las pruebas documentales fehacientes (certificados médicos que garanticen la no portación de enfermedades transmisibles, antecedentes policiales que aseguren la idoneidad para trabajar en un entorno sensible, y constancias de capacitación que avalen la competencia técnica). Permitir que un oferente participe sin tener un equipo ya conformado y debidamente documentado sería aceptar un riesgo inaceptable. La presentación de esta documentación con la oferta demuestra la solvencia y seriedad del proponente, y garantiza que, en caso de ser adjudicado, el servicio podrá iniciarse de inmediato con personal calificado y verificado, sin poner en riesgo la salud de los pacientes, por lo tanto, el oferente deberá ajustarse a lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones. Version 1. Publicado en fecha: 15-09-2025.