Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
Se transcribe respuesta de la dependencia requirente: Se acepta la modificación para permitir mayor participación de oferentes. Favor remitirse a la Adenda.
2
Requerimiento de Especacion
1. Requisito de tres vínculos con los principales proveedores de servicios de nube a nivel global
SE SOLICITA revisar este requerimiento, ya que el acceso simultáneo en condiciones de producción a tres proveedores internacionales (por ejemplo, AWS, Azure y Google Cloud) implica una infraestructura redundante de altísimo costo y poca justificación técnica, salvo que el BNF requiera efectivamente servicios distribuidos entre dichas plataformas.
Fundamento: Mantener tres vínculos activos y certificados con proveedores globales incrementa considerablemente los costos de operación y licenciamiento. y MODICAR, bastaría con que el oferente acredite vínculo técnico y comercial vigente CON ALMENOS 1 de los principales proveedores de nube, lo cual garantiza capacidad y escalabilidad suficientes para las necesidades del BNF.
1. Requisito de tres vínculos con los principales proveedores de servicios de nube a nivel global
SE SOLICITA revisar este requerimiento, ya que el acceso simultáneo en condiciones de producción a tres proveedores internacionales (por ejemplo, AWS, Azure y Google Cloud) implica una infraestructura redundante de altísimo costo y poca justificación técnica, salvo que el BNF requiera efectivamente servicios distribuidos entre dichas plataformas.
Fundamento: Mantener tres vínculos activos y certificados con proveedores globales incrementa considerablemente los costos de operación y licenciamiento. y MODICAR, bastaría con que el oferente acredite vínculo técnico y comercial vigente CON ALMENOS 1 de los principales proveedores de nube, lo cual garantiza capacidad y escalabilidad suficientes para las necesidades del BNF.
Se transcribe respuesta de la dependencia requirente: Se aclara que el requisito de mantener vínculos con los tres principales proveedores de nube tiene por finalidad garantizar la capacidad de integración multicloud y la disponibilidad futura de servicios en cualquiera de dichas plataformas. Además, esta exigencia de capacidad técnica ha sido aprobada por el MITIC conforme a la normativa vigente. Favor remitirse al PBC.
3
prorroga de plazos
Considerando que aun se tienen varias consultas, todas relevantes y que afectan directamente las posibilidades de preparar una oferta, pues hacen a la partes de la misma. SOLICITAMOS una prorroga de 15 días adicionales.
Considerando que aun se tienen varias consultas, todas relevantes y que afectan directamente las posibilidades de preparar una oferta, pues hacen a la partes de la misma. SOLICITAMOS una prorroga de 15 días adicionales.
Se transcribe respuesta de la dependencia requirente: Favor remitirse a los plazos publicados en el portal de la DNCP.
4
Requisito de contar con profesional ante Conatel
SOLICITAMOS: Eliminación del requisito de ingenieros certificados por CONATEL
El pliego exige la participación de ingenieros certificados por CONATEL; sin embargo, dicha certificación se aplica a profesionales que realizan labores de instalación o supervisión de redes públicas de telecomunicaciones, no a servicios de conectividad privada o corporativa.
Fundamento: Este requisito restringe injustificadamente la competencia, ya que muchos profesionales altamente calificados en redes y servicios IP no cuentan con certificación CONATEL por no ser exigida para el tipo de servicios ofrecidos. Se propone, por tanto, sustituir esta exigencia por la presentación de títulos y certificaciones técnicas reconocidas, que acrediten la idoneidad del personal propuesto.
SOLICITAMOS: Eliminación del requisito de ingenieros certificados por CONATEL
El pliego exige la participación de ingenieros certificados por CONATEL; sin embargo, dicha certificación se aplica a profesionales que realizan labores de instalación o supervisión de redes públicas de telecomunicaciones, no a servicios de conectividad privada o corporativa.
Fundamento: Este requisito restringe injustificadamente la competencia, ya que muchos profesionales altamente calificados en redes y servicios IP no cuentan con certificación CONATEL por no ser exigida para el tipo de servicios ofrecidos. Se propone, por tanto, sustituir esta exigencia por la presentación de títulos y certificaciones técnicas reconocidas, que acrediten la idoneidad del personal propuesto.
Se transcribe respuesta de la dependencia requirente: El Banco Nacional de Fomento mantiene dicho requerimiento con el fin de garantizar el cumplimiento de la normativa nacional vigente en materia de telecomunicaciones y asegurar que las actividades vinculadas al diseño, implementación y operación de la infraestructura de conectividad estén bajo la responsabilidad de profesionales debidamente habilitados ante el organismo competente. Además, esta exigencia de capacidad técnica ha sido aprobada por el MITIC conforme a la normativa vigente. Favor remitirse al PBC.
5
Licencia ISP - Origen
Consideración de los servicios como de origen nacional mediante Licencia ISP de CONATEL
Solicitamos aclarar que los servicios objeto del llamado sean considerados de origen nacional, en tanto el oferente cuente con Licencia de Proveedor de Servicios de Internet (ISP) expedida por CONATEL.
Fundamento: Dicha licencia acredita la autorización legal para la transmisión de datos dentro del territorio nacional, cumpliendo con todas las normativas locales de telecomunicaciones. Esta condición es suficiente para considerar el servicio como prestado desde Paraguay, aun cuando existan interconexiones internacionales necesarias para la operación.
Consideración de los servicios como de origen nacional mediante Licencia ISP de CONATEL
Solicitamos aclarar que los servicios objeto del llamado sean considerados de origen nacional, en tanto el oferente cuente con Licencia de Proveedor de Servicios de Internet (ISP) expedida por CONATEL.
Fundamento: Dicha licencia acredita la autorización legal para la transmisión de datos dentro del territorio nacional, cumpliendo con todas las normativas locales de telecomunicaciones. Esta condición es suficiente para considerar el servicio como prestado desde Paraguay, aun cuando existan interconexiones internacionales necesarias para la operación.
Se transcribe respuesta de la dependencia requirente: Se aclara que la determinación del origen nacional de bienes o servicios corresponde a los organismos competentes del Estado (MIC).
No obstante, dentro del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen varios puntos en los que se menciona que el oferente debe contar con la capacidad técnica necesaria para brindar asistencia "on site", además de disponer de personal estable registrado en el Instituto de Previsión Social (IPS) con una antigüedad mínima de seis (6) meses.
Por otra parte, en el PBC se solicita la obligatoriedad de contar con la Licencia de Conatel para los servicios y cobertura requeridas.
Además, esta exigencia de capacidad técnica ha sido aprobada por el MITIC conforme a la normativa vigente. Favor remitirse al PBC.
6
Grilla de Precios
Grilla de precios – necesidad de definir volúmenes o rangos de consumo. La grilla solicitada en el pliego se presenta como una lista de precios unitarios, sin especificar cantidades mínimas ni máximas estimadas.
Fundamento: Esta falta de parámetros puede distorsionar la evaluación económica, ya que los precios unitarios pueden variar significativamente según el volumen contratado. Se solicita que el BNF establezca un rango estimativo de consumo (mínimo y máximo) en las cantidades del contrato abierto, de modo que la comparación de ofertas refleje adecuadamente el costo real esperado del servicio y se garantice una evaluación equitativa.
Por los motivos expuestos, solicitamos la consideración de estos ajustes mediante adenda, a fin de asegurar la participación de la mayor cantidad de oferentes calificados y la obtención de condiciones más convenientes para el Banco.
Grilla de precios – necesidad de definir volúmenes o rangos de consumo. La grilla solicitada en el pliego se presenta como una lista de precios unitarios, sin especificar cantidades mínimas ni máximas estimadas.
Fundamento: Esta falta de parámetros puede distorsionar la evaluación económica, ya que los precios unitarios pueden variar significativamente según el volumen contratado. Se solicita que el BNF establezca un rango estimativo de consumo (mínimo y máximo) en las cantidades del contrato abierto, de modo que la comparación de ofertas refleje adecuadamente el costo real esperado del servicio y se garantice una evaluación equitativa.
Por los motivos expuestos, solicitamos la consideración de estos ajustes mediante adenda, a fin de asegurar la participación de la mayor cantidad de oferentes calificados y la obtención de condiciones más convenientes para el Banco.
Se transcribe respuesta de la dependencia requirente: Se aclara que en el presente llamado se encuentran proyectados montos mínimos y máximos de precios, conforme a lo previsto en el régimen de contratos abiertos, sin que ello implique un compromiso de adquisición por parte del Banco.
No obstante, las cantidades finales a contratar podrán configurarse en función de los requerimientos técnicos y logísticos del BNF, los cuales pueden variar a lo largo de la ejecución del contrato y no pueden dimensionarse con precisión al momento de la convocatoria.
Por dicho motivo, el procedimiento se instrumenta como contrato abierto, permitiendo flexibilidad en la contratación de bienes y servicios según las necesidades institucionales.
En consecuencia, el requisito se mantiene sin modificaciones en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
7
Plazo Consulta/ Entrega Oferta
Atendiendo la complejidad técnica y administrativa del presente llamado, así como la cantidad de ítems y requerimientos técnicos contenidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), los cuales requieren un análisis exhaustivo para la adecuada elaboración de una propuesta integral,
solicitamos respetuosamente que se considere una extensión de los plazos establecidos para la presentación de consultas y para la presentación de ofertas electrónicas.
Proponemos que:
El plazo de presentación de consultas sea extendido por al menos quince (15) días hábiles adicionales, a fin de permitir un análisis técnico más profundo del PBC y sus anexos.
En consecuencia, el plazo de presentación de ofertas sea prorrogado en concordancia, posterior a la publicación de las respuestas oficiales,
de manera a posibilitar que los oferentes presenten propuestas ajustadas a las necesidades de la Convocante, fortaleciendo la transparencia y competitividad del proceso.
Agradecemos de antemano la atención y favorable consideración de esta solicitud.
Atendiendo la complejidad técnica y administrativa del presente llamado, así como la cantidad de ítems y requerimientos técnicos contenidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), los cuales requieren un análisis exhaustivo para la adecuada elaboración de una propuesta integral,
solicitamos respetuosamente que se considere una extensión de los plazos establecidos para la presentación de consultas y para la presentación de ofertas electrónicas.
Proponemos que:
El plazo de presentación de consultas sea extendido por al menos quince (15) días hábiles adicionales, a fin de permitir un análisis técnico más profundo del PBC y sus anexos.
En consecuencia, el plazo de presentación de ofertas sea prorrogado en concordancia, posterior a la publicación de las respuestas oficiales,
de manera a posibilitar que los oferentes presenten propuestas ajustadas a las necesidades de la Convocante, fortaleciendo la transparencia y competitividad del proceso.
Agradecemos de antemano la atención y favorable consideración de esta solicitud.
Favor remitirse a los plazos publicados y a publicarse en el portal de la DNCP
8
Documentación Técnica Legal
En relación con el presente llamado, solicitamos amablemente la confirmación respecto al requerimiento de licencias emitidas por la CONATEL.
Concretamente, solicitamos que en la respuesta oficial se valide si la tenencia y vigencia de las licencias de CONATEL constituye un requisito indispensable para la presentación de la oferta, y no un requerimiento posterior a la adjudicación o a la etapa de ejecución del contrato.
La aclaración resulta necesaria a fin de garantizar igualdad de condiciones entre los oferentes y determinar con precisión los documentos habilitantes que deben presentarse junto con la oferta técnica y administrativa
En relación con el presente llamado, solicitamos amablemente la confirmación respecto al requerimiento de licencias emitidas por la CONATEL.
Concretamente, solicitamos que en la respuesta oficial se valide si la tenencia y vigencia de las licencias de CONATEL constituye un requisito indispensable para la presentación de la oferta, y no un requerimiento posterior a la adjudicación o a la etapa de ejecución del contrato.
La aclaración resulta necesaria a fin de garantizar igualdad de condiciones entre los oferentes y determinar con precisión los documentos habilitantes que deben presentarse junto con la oferta técnica y administrativa
Se transcribe respuesta de la dependencia requirente: Se informa que las licencias emitidas por la CONATEL serán requeridas en la etapa de presentación y evaluación de las ofertas, conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones y de acuerdo al alcance de las coberturas previstas a nivel nacional para la prestación del servicio objeto del llamado.
En consecuencia, la tenencia y vigencia de las licencias de CONATEL constituye un requisito indispensable para la presentación de la oferta, debiendo los oferentes acreditar dicha condición según el alcance y tipo de servicio contemplado en el presente procedimiento. Favor remitirse al PBC.