Consulta:
Favor aclarar el Plazo de entrega de los bienes. ya que en el PBC en el apartado de Plan de entrega de los bienes solo especifica el lugar de entrega y no el plazo ni fechas de entrega de los bienes.
| Nro. de Consulta | Título | Resumen de la Consulta | Fecha de Consulta | Fecha de Respuesta | Acciones |
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| 1 | Plazo de Entrega | Favor aclarar el Plazo de entrega de los bienes. ya que en el PBC en el apartado de Plan de entrega de los bienes solo especifica el lugar de entrega y no el plazo ni fechas de entrega de los bienes. | 03-10-2025 | ||
| 2 | Visita al sitio de ejecución del contrato | En el Pliego de Bases y Condiciones establece que "Cuando la convocante haya establecido la visita o inspección técnica, en las bases de la contratación, el oferente que conozca el sitio podrá declarar bajo fe de juramento conocer el sitio y que cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato". Solicitamos a la Convocante aclarar si aceptarán la Declaración Jurada de conocer el sitio en reemplazo de la Constancia de Visita. En caso no ser aceptada la Declaración Jurada de conocer el sitio solicitamos que habilite una nueva fecha de visita de modo a dar participación a más oferentes. | 06-10-2025 | ||
| 3 | Requisito de Visita al sitio | Solicitamos a la Convocante fijar nueva fecha de la Visita al sitio de ejecución del contrato debido a la complejidad del trabajo a realizar y la cantidad de lotes (escuelas) que están afectadas en el presente llamado. | 06-10-2025 | ||
| 4 | Instalación de los bienes | En las Especificaciones Técnicas del llamado se describen las características de los bienes pero no se establece si deberá ser instalado por parte de la firma adjudicada. Favor aclarar si la provisión de los bienes deberá incluir la instalación y puesta en marcha o solamente se deberán proveer los bienes. En caso de que la provisión de los bienes incluya la instalación favor indicar el plazo de entrega. | 06-10-2025 | ||
| 5 | Visita | Vemos que en el PBC se indica que la visita al lugar de ejecución es de Participación Obligatoria pero se contradice en el mismo PBC cuando se se indica que el oferente que conozca el sitio podrá declarar bajo fe de juramento conocer el sitio y que cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato. Solicitamos que la Convocante aclare mediante adenda si la participación en la visita es obligatoria o no y en caso de ser obligatoria solicitamos además una nueva fecha para realizar la visita. | 06-10-2025 | ||
| 6 | ISO 9001 | Solicitud de Inclusión de Requisito – Certificación ISO 9001 Se solicita a la Convocante que en el PBC se contemple como requisito la certificación de calidad ISO 9001:2015 (o equivalente). La incorporación de este requisito constituye una garantía objetiva de que los oferentes aplican estándares internacionales de gestión de calidad, lo que se traduce en procesos controlados, mejora continua y servicios confiables. Para la Convocante, ello representa una mayor certeza en la correcta ejecución de los trabajos, reducción de riesgos asociados a incumplimientos o fallas y, en última instancia, la obtención de resultados de calidad sostenida en el tiempo. En consecuencia, la exigencia de la certificación ISO 9001 no solo asegura la idoneidad técnica y operativa de los proveedores, sino que también fortalece la transparencia y el éxito del proyecto en beneficio de la institución convocante. | 06-10-2025 | ||
| 7 | CUMPLIMIENTO DE LA LEY N.º 5424/2015 | Conforme a lo dispuesto por la Ley N.º 5424/2015, resulta jurídicamente ineludible que el Pliego establezca como requisito habilitante la presentación de la habilitación vigente como empresa de seguridad electrónica, emitida por la autoridad competente. La normativa aplicable es categórica: - Art. 31: reserva a las empresas de seguridad habilitadas las actividades de instalación, programación y mantenimiento de sistemas electrónicos de seguridad. - Art. 33: limita la participación de instaladores independientes únicamente a los casos expresamente previstos por la ley. - Art. 34: impone a propietarios y responsables la obligación de contratar exclusivamente con empresas de seguridad electrónica debidamente autorizadas. En consecuencia, la prestación de servicios comprendidos en este procedimiento de contratación está sujeta al cumplimiento obligatorio de la habilitación establecida en la Ley. Asimismo, corresponde dejar claramente establecido que la figura del instalador independiente solo resulta aplicable cuando se trate de empresas unipersonales, en las cuales el propio titular habilitado ejecute personalmente la totalidad de las tareas, sin personal dependiente ni subcontrataciones. La incorporación expresa de estas disposiciones en el Pliego o, en su defecto, en una adenda aclaratoria, constituye una condición esencial de validez del procedimiento, garantizando la observancia del marco legal vigente, la seguridad jurídica de la convocatoria y la plena legitimidad de las ofertas. La omisión de este requisito expondría a la Entidad Convocante a eventuales protestas, impugnaciones o nulidades contractuales, con los consiguientes riesgos administrativos y reputacionales. Por ello, la inclusión de la exigencia solicitada no solo responde a un imperativo normativo, sino también a un interés directo de la propia Entidad en preservar la regularidad y estabilidad del proceso licitatorio. | 06-10-2025 | ||
| 8 | Visita Tecnica | Solicitamos respetuosamente que no se prorrogue la fecha de la visita técnica, ya que cualquier extensión implicaría automáticamente una modificación en el plazo de apertura de ofertas, afectando a los oferentes que hemos cumplido estrictamente con los plazos establecidos y hemos participado conforme a las normas del llamado. Consideramos importante mantener el calendario original de la licitación para garantizar la equidad y la transparencia del proceso, asegurando que se respete cada plazo establecido originalmente, de esa forma respetar tambien a los oferentes que hemos respetado dicho plazo inicial. | 07-10-2025 | ||
| 9 | PBC | Consideramos que la incorporación de certificaciones adicionales, que actualmente solo algunas empresas pueden acreditar, limita considerablemente la competencia y la participación, afectando la equidad del proceso. Mantener el pliego en su versión original garantiza: Acceso equitativo a todos los oferentes que cumplen con los requisitos iniciales. Transparencia y respeto al cronograma y condiciones originales, evitando modificaciones que puedan generar ventajas o restricciones indebidas. Fomento de la competencia justa, asegurando que los criterios no excluyan a participantes responsables que cumplen con los requisitos establecidos originalmente. Por lo tanto, solicitamos respetuosamente que se mantenga el Pliego de Bases y Condiciones en su versión original, evitando la inclusión de certificaciones que no sean indispensables para cumplir los fines de la licitación. | 07-10-2025 | ||
| 10 | Ley N° 5424/2015 - ISO 9001 | Solicitamos a la Convocante considerar de manera favorable la inclusión como requisito habilitante de la Certificación ISO 9001:2015 (o equivalente) y del cumplimiento de la Ley N.º 5424/2015, atendiendo a que tales exigencias no restringen la competencia, sino que la mejoran sustancialmente. En efecto, obtener y mantener la certificación ISO 9001 y la habilitación conforme a la Ley 5424/2015 implica superar procesos de evaluación técnica, auditorías, controles de gestión y verificación de cumplimiento legal. Solo aquellas empresas que se capacitan, invierten y estructuran sistemas de calidad y seguridad verificados pueden acreditarlas. Esto no limita la participación: la amplía hacia oferentes que demuestran su idoneidad real y su capacidad sostenida de cumplimiento. Desde el punto de vista jurídico y administrativo, la Convocante resulta directamente beneficiada, pues: - La Ley N.º 5424/2015 impone la obligación de que las actividades de instalación, mantenimiento y programación de sistemas de seguridad electrónica sean ejecutadas exclusivamente por empresas habilitadas, garantizando trazabilidad y responsabilidad ante eventuales incidentes. - La certificación ISO 9001 asegura que los procesos internos del proveedor estén documentados, controlados y orientados a la mejora continua, reduciendo riesgos de incumplimientos y garantizando la calidad del servicio contratado. - Conforme al principio de eficiencia y legalidad establecido en la Ley N.º 2051/2003 de Contrataciones Públicas y su reglamentación, la Entidad tiene el deber de promover condiciones que aseguren el mejor resultado técnico y operativo posible, en igualdad de condiciones para todos los oferentes capaces y calificados. Por lo tanto, exigir tales acreditaciones no excluye a oferentes, sino que distingue a quienes demuestran responsabilidad, cumplimiento normativo y madurez organizacional, contribuyendo a una competencia más sana, transparente y técnicamente sustentada. Estas exigencias constituyen una garantía objetiva de calidad, legalidad y seguridad para la Entidad Convocante, y fortalecen la imagen institucional del proceso licitatorio al asegurar que la adjudicación recaiga sobre proveedores debidamente habilitados y certificados. | 08-10-2025 |