Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Consulta Capacidad financiera Solicitamos respetuosamente a la Convocante que los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones en el apartado “Capacidad Financiera” sean modificados de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes en concordancia a lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 4º.- de la Ley Nº 7021/22 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS de acuerdo con lo siguiente: 2. Calificación de la aseguradora: A (sin considerar + o -) 3. Capital Social: Al 30/06/2023: Gs. 9.500.000.000.- (Guaraníes nueve mil quinientos millones); Al 30/06/2024: Gs. 15.000.000.000.- (Guaraníes quince mil millones); Al 30/06/2025: Gs. 60.000.000.000.- (Guaraníes sesenta mil millones) 4. Disponibilidades: Al 30/06/2023: Gs. 3.000.000.000.- (Guaraníes tres mil millones); Al 30/06/2024: Gs. 8.000.000.000.- (Guaraníes ocho mil millones). Al 30/06/2025: Gs. 28.000.000.000.- (Guaraníes veintiocho mil millones). 5. Patrimonio propio no comprometido: 24.000.000.000.- al cierre del 30 de junio 2025. 6. Fondo de garantía: Igual o superior a Gs. 7.000.000.000.- al cierre del 30 de junio 2025. Es importante mencionar que las Compañías de Seguros están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad. En seguros, lo que realmente importa son las cifras financieras actualizadas, no los antecedentes históricos, ya que no es como en empresas que producen o comercializan bienes tangibles, donde puede tener sentido demostrar resultados de hace cinco años para probar la permanencia de un producto. En este rubro, lo que se cubren son siniestros, y para ello lo que respalda la capacidad de una compañía es la solvencia que demuestra en el último ejercicio cerrado. Por ende, tal como se puede ver, los valores que solicitamos sean considerados son suficientes para cubrir y garantizar una solvencia suficiente para responder por eventuales siniestros asegurados en el marco del llamado que nos ocupa. En consecuencia, solicitamos respetuosamente se proceda a la modificación de los requisitos de Patrimonio propio no comprometido, Fondo de Garantía, Disponibilidad y Capital social, conforme a lo solicitado, a fin de propiciar una mayor participación, lo que redundará en una competencia que genere mejores precios para la Administración Contratante. 30-09-2025 15-10-2025
2 Siniestralidad Favor suministrar la Información Siniestral actualizada hasta al menos 30 de Junio del 2025 de de la sección 1 (Incendio Instalaciones) y sección 2 (Incendio Existencias) 03-10-2025 15-10-2025
3 Consulta Actualizar el los ratios Financieros y Técnicos solicitados conforme a los balances actuales 03-10-2025 15-10-2025
4 CAPACIDAD FINANCIERA De acuerdo con lo solicitado en la página 11/95 en el apartado de la Capacidad Financiera correspondiente a los ítems Incendio Instalaciones, Incendio Existencia y Transporte Fluvial, en la misma solicitan como criterio que el Margen de Solvencia como mínimo requerido sea de 3.0 al cierre 30/06/2024. Por lo que solicitamos a esta convocante que el Margen de Solvencia solicitado sea de como mínimo 2.0 al cierre del último ejercicio el cual deberá ser al 30/06/2025 07-10-2025 15-10-2025
5 Rango etario Favor indicar rango etario correspondiente al ítem Accidentes personales. Asi como antecedente siniestral de los últimos 3 años. 09-10-2025 15-10-2025
6 Capacidad Financiera Solicitamos a la Convocante que considere la modificación del requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, en el apartado “Capacidad Financiera”, específicamente en el punto 2. Calificación de la aseguradora, correspondiente a las siguientes secciones: • Transporte Terrestre de Mercaderías • Responsabilidad Civil • Automóviles/Embarcaciones • Todo Riesgo Operativo • Accidentes Personales en el Trabajo (Colectivo) Solicitamos considerar la adecuación de la exigencia a “A (+/−), como mínimo”, conforme a las escalas de las calificadoras de riesgo autorizadas a fin de permitir la participación de aseguradoras con calificación A (+/−), como mínimo, de acuerdo con las escalas utilizadas por las calificadoras de riesgo autorizadas por la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay. Asimismo, destacamos que las reaseguradoras —aliados estratégicos en la solvencia del programa de seguros— son requeridos en el mismo pliego con calificación A (+/−) como mínimo, por lo que aplicar igual criterio a las aseguradoras mantiene la coherencia técnica y regulatoria, sin disminuir el nivel de solvencia exigido y favoreciendo una mayor competitividad en el proceso. Esta solicitud se formula con el objetivo de no restringir injustificadamente la participación de potenciales oferentes, en concordancia con lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 4º de la Ley N° 7021/22 “De Contrataciones Públicas”, que establece el principio de igualdad y libre competencia. Cabe señalar que las compañías de seguros se encuentran reguladas y supervisadas por la Superintendencia de Seguros, la cual ejerce un estricto control sobre su funcionamiento, mediante el análisis de diversos indicadores técnicos y financieros tales como: capital mínimo exigido, márgenes de solvencia, provisiones técnicas, reservas, fondos de garantía, entre otros. Dichos mecanismos regulatorios garantizan la solvencia y capacidad de cumplimiento de las obligaciones asumidas por las aseguradoras en sus contratos o pólizas. 09-10-2025 15-10-2025
7 capacidad financiera Solicitamos respetuosamente a la Convocante que los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones en el apartado “Capacidad Financiera” sean modificados de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes en concordancia a lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 4º.- de la Ley Nº 7021/22 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS de acuerdo con lo siguiente: 1. Margen de Solvencia: 1.40 al 30 de junio de los ejercicios 2022, 2023, 2024. 7. Disponibilidades: Al 30/06/2022: Gs. 17.900.000.000.- (Guaraníes diecisiete mil novecientos millones); Al 30/06/2023: Gs. 18.800.000.000.- (Guaraníes dieciocho mil ochocientos millones). Al 30/06/2024: Gs. 25.700.000.000.- (Guaraníes veinticinco mil setecientos millones). Es importante mencionar que las Compañías de Seguros están Reguladas por la Superintendencia de Seguros, entidad que ejerce un estricto control sobre el funcionamiento de las Aseguradoras, considerando para ello indicadores tales como: capital mínimo exigible, márgenes de solvencia, provisiones y reservas, fondos de garantía entre otros, requisitos que garantizan el cumplimiento de los contratos o pólizas de seguros de cada entidad. Es importante señalar que desde al año 2012 la Superintendencia de Seguros ha dejado de publicar los Margen de Solvencia de las Aseguradoras ya que las calificaciones emitidas por las firmas Calificadoras habilitadas por el BCP brindan una visión mas amplia de la situación financiera, técnica, de solvencia, dinámica y de respaldo de Reaseguradores de la compañías de Seguros calificadas, es así que el margen de solvencia ha quedado obsoleto para la medición del cumplimiento de sus obligaciones, siendo esta una tendencia a nivel mundial. En este sentido, nuestra firma cumple con todos los requisitos establecidos por el Ente Contralor para el desempeño normal de sus actividades comerciales, como así también satisfacer fehacientemente todos los requerimientos de cobertura exigidos por la Convocante. Tal como se puede ver, los valores que solicitamos son suficientes para cubrir y garantizar eventuales siniestros asegurados en el marco del llamado que nos ocupa. Las cifras actualmente impuestas son excesivas y no justificadas para los bienes objeto de seguro en el llamado que nos ocupa, siendo más que suficientes los aquí propuestos para dar cumplimiento efectivo al Contrato que ha de surgir del llamado. En consecuencia, solicitamos respetuosamente se proceda a la modificación de los requisitos de Margen de Solvencia y Disponibilidad, conforme a lo solicitado, a fin de propiciar una mayor participación, lo que redundará en una competencia que genere mejores precios para la Administración Contratante. 13-10-2025 15-10-2025
8 Siniestralidad - Transporte Fluvial Favor suministrar la Información Siniestral actualizada para al menos los últimos 5 (cinco) años y hasta 30 de Septiembre del 2025 correspondiente al ITEM 3 - Sección “Transporte Fluvial” 17-10-2025 23-10-2025
9 Capacidad Financiera Solicitamos a la Convocante la modificación del requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, apartado “Capacidad Financiera”, a fin de no restringir la participación de potenciales oferentes, en concordancia con lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 4º de la Ley Nº 7021/22 “De Contrataciones Públicas”. En particular, respecto al punto 2. Calificación de la aseguradora: A (sin considerar los prefijos + o -), solicitamos adecuar la exigencia a “A (+/−), como mínimo”, conforme a las escalas utilizadas por las calificadoras de riesgo autorizadas por la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay. Esta adecuación mantiene la coherencia técnica y regulatoria con el mismo pliego, que exige a las reaseguradoras una calificación A (+/−) como mínimo, garantizando así el nivel de solvencia requerido y, al mismo tiempo, favoreciendo una mayor participación y competencia, lo que se traducirá en mejores condiciones y precios en beneficio de la Administración Contratante. 17-10-2025 23-10-2025
10 Recomendación de ajuste de requisitos En nuestro carácter de parte interesada en la correcta salvaguarda de los bienes del Estado, hemos analizado el Pliego de Bases y Condiciones y deseamos presentar una recomendación que consideramos de alto valor para fortalecer la protección del patrimonio de tan importante institución. Nuestra observación principal se centra en los requisitos de capacidad financiera solicitados a los oferentes. Consideramos que, dada la envergadura de PETROPAR y la criticidad de sus operaciones, los montos y ratios financieros establecidos en el pliego podrían ser ajustados para asegurar una mayor robustez y solvencia por parte de las aseguradoras. Un fortalecimiento general de estos indicadores garantizaría una mayor capacidad de respuesta ante siniestros de gran magnitud, protegiendo la continuidad operativa de la empresa. Este punto es de especial relevancia en las secciones de Transporte Terrestre de Mercaderías, Responsabilidad Civil, Automóviles/Embarcaciones, Todo Riesgo Operativo y Accidentes Personales en el Trabajo. Si bien comprendemos que las secciones de Incendio y Transporte Fluvial representan los mayores capitales asegurados de forma individual, la suma agregada de estas otras secciones representa un capital expuesto superior a los Gs. 242.336 millones, una cifra de enorme significancia. El riesgo inherente a estas coberturas es sistémico debido a la alta concentración de activos y personal en las plantas de combustibles. Un único evento adverso podría generar siniestros simultáneos en múltiples pólizas (vehículos, mercaderías, personal y daños a terceros). Esta acumulación de reclamaciones pondría a prueba la capacidad real del asegurador para hacer frente a sus obligaciones. Los requisitos actuales, como un Fondo de Garantía de Gs. 6.000.000.000 y Disponibilidades de Gs. 7.000.000.000, podrían ser insuficientes ante un escenario de siniestralidad acumulada. Por lo expuesto, y con el ánimo de colaborar constructivamente, sugerimos respetuosamente evaluar la posibilidad de establecer los siguientes parámetros mínimos para los oferentes de estas secciones, considerando los ejercicios cerrados al 30/06/2023, 30/06/2024 y 30/06/2025, para asegurar una estabilidad financiera comprobable: Margen de solvencia: Mínimo de 2,00.al 30/06/2023, 30/06/2024, 30/06/2025 Fondo de Garantía: Mínimo de Gs. 20.000.000.000.al 30/06/2023, 30/06/2024, 30/06/2025 Disponibilidad: como mínimo Gs. 25.000.000.000 al 30/06/2023, 30/06/2024, 30/06/2025 Capital social mínimo: Gs. 50.000.000.000.al 30/06/2023, 30/06/2024, 30/06/2025 Reiteramos que esta propuesta no es limitante y se presenta con el único fin de aportar a la protección integral de los bienes de la institución. Entendemos que la decisión final recae exclusivamente en la convocante, en su rol de protectora del patrimonio. PETROPAR es un de las instituciones con riesgos muy delicados que años atrás sufrió siniestros interesantes y de gran porte. 17-10-2025 23-10-2025
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