En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, capacidad total de procesamiento, solicitan:
Cada nodo debe contar con 2 (dos) procesadores de al menos 32 núcleos de 3,2 GHz, cada procesador deberá contar con al con 60 MB de memoria caché o superior.
Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si la frecuencia de 3.2 GHz debe ser considerada como FRECUENCIA BASE o si serán aceptados procesadores que en modalidad TURBO cumplan dicha frecuencia, favor aclarar detalladamente y realizar la adenda respectiva a fin de dar legalidad a la respuesta aclaratoria.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, capacidad total de procesamiento, solicitan:
Cada nodo debe contar con 2 (dos) procesadores de al menos 32 núcleos de 3,2 GHz, cada procesador deberá contar con al con 60 MB de memoria caché o superior.
Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si la frecuencia de 3.2 GHz debe ser considerada como FRECUENCIA BASE o si serán aceptados procesadores que en modalidad TURBO cumplan dicha frecuencia, favor aclarar detalladamente y realizar la adenda respectiva a fin de dar legalidad a la respuesta aclaratoria.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, capacidad total de memoria, solicitan:
Cada nodo debe contar con al menos 3TB de memorias DDR5 de 5600Mhz. Con capacidad de crecer a futuro a 8TB.
Entendemos que las memorias a ser ofertadas dentro del equipamiento deberán ser las originales del fabricante de la marca ofertada de los nodos de cómputo, se recomienda exigir la declaración del P/N de las memorias respectivas a fin de evitar la utilización de memorias “genéricas” al no ser exigido estrictamente la utilización de componentes originales a fin de que todos los potenciales oferentes compitan en igualdad de condiciones, favor confirmar si nuestra apreciación es correcta a fin de cotizar correctamente lo solicitado.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, capacidad total de memoria, solicitan:
Cada nodo debe contar con al menos 3TB de memorias DDR5 de 5600Mhz. Con capacidad de crecer a futuro a 8TB.
Entendemos que las memorias a ser ofertadas dentro del equipamiento deberán ser las originales del fabricante de la marca ofertada de los nodos de cómputo, se recomienda exigir la declaración del P/N de las memorias respectivas a fin de evitar la utilización de memorias “genéricas” al no ser exigido estrictamente la utilización de componentes originales a fin de que todos los potenciales oferentes compitan en igualdad de condiciones, favor confirmar si nuestra apreciación es correcta a fin de cotizar correctamente lo solicitado.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, capacidad total de almacenamiento, solicitan:
Al menos 730 TB RAW en discos NVMe SSD de capacidad instalada en el clúster.
Con la capacidad de crecer a futuro a 1PB mínimamente.
El almacenamiento ofrecido será compatible con un spare global distribuido para las unidades de disco ofrecidas.
Solicitamos respetuosamente aclarar detalladamente a la convocante este punto a fin de evitar interpretaciones incorrectas, entendemos que se refieren a los 730 TB RAW distribuidos en discos NVMe con los discos internos de cada “nodo” en el clúster, es decir, dicha capacidad deberá ser alcanzada con los propios discos de cada servidor/nodo formando el clúster respectivo.
Si está interpretación es correcta, podrían aclarar cual deberá ser la capacidad ofertada del “spare global distribuido” contemplado en esta solucion, favor emitir una aclaración técnica detallada a fin de que todos los oferentes coticemos en igualdad de condiciones.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, capacidad total de almacenamiento, solicitan:
Al menos 730 TB RAW en discos NVMe SSD de capacidad instalada en el clúster.
Con la capacidad de crecer a futuro a 1PB mínimamente.
El almacenamiento ofrecido será compatible con un spare global distribuido para las unidades de disco ofrecidas.
Solicitamos respetuosamente aclarar detalladamente a la convocante este punto a fin de evitar interpretaciones incorrectas, entendemos que se refieren a los 730 TB RAW distribuidos en discos NVMe con los discos internos de cada “nodo” en el clúster, es decir, dicha capacidad deberá ser alcanzada con los propios discos de cada servidor/nodo formando el clúster respectivo.
Si está interpretación es correcta, podrían aclarar cual deberá ser la capacidad ofertada del “spare global distribuido” contemplado en esta solucion, favor emitir una aclaración técnica detallada a fin de que todos los oferentes coticemos en igualdad de condiciones.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, capacidad total de almacenamiento, solicitan:
Al menos 730 TB RAW en discos NVMe SSD de capacidad instalada en el clúster.
Sin bien aclaran que la capacidad solicitada es RAW (Bruto), es relevante técnicamente advertir a la convocante que con el actual licenciamiento del fabricante Broadcom para su licenciamiento de VMware VCF la capacidad cubierta por cada core es de 1TiB, con lo cual al tener el clúster un total de 256 cores solo tendrán licenciada la capacidad utilizable de 256 TiB para su entorno de hiperconvergencia “menos de la mitad” de la capacidad RAW que están solicitando por lo tanto se sugiere fuertemente a la convocante realizar la adecuación respectiva a 730 TB utilizable en el clúster con su respectivo licenciamiento para el entorno HCI sobre VMware, esto permitirá a la convocante aprovechar al máximo las capacidades de almacenamiento total en dicho clúster con el fin de usufructuar la gran inversión que están realizando para el entorno critico de producción de la entidad.
De lo contrario tendrán físicamente hardware en el clúster, pero sin poder ser utilizado en su totalidad.
Apelamos al buen criterio de los encargados del proyecto para que esta situación pueda ser subsanada en beneficio de la propia convocante.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, capacidad total de almacenamiento, solicitan:
Al menos 730 TB RAW en discos NVMe SSD de capacidad instalada en el clúster.
Sin bien aclaran que la capacidad solicitada es RAW (Bruto), es relevante técnicamente advertir a la convocante que con el actual licenciamiento del fabricante Broadcom para su licenciamiento de VMware VCF la capacidad cubierta por cada core es de 1TiB, con lo cual al tener el clúster un total de 256 cores solo tendrán licenciada la capacidad utilizable de 256 TiB para su entorno de hiperconvergencia “menos de la mitad” de la capacidad RAW que están solicitando por lo tanto se sugiere fuertemente a la convocante realizar la adecuación respectiva a 730 TB utilizable en el clúster con su respectivo licenciamiento para el entorno HCI sobre VMware, esto permitirá a la convocante aprovechar al máximo las capacidades de almacenamiento total en dicho clúster con el fin de usufructuar la gran inversión que están realizando para el entorno critico de producción de la entidad.
De lo contrario tendrán físicamente hardware en el clúster, pero sin poder ser utilizado en su totalidad.
Apelamos al buen criterio de los encargados del proyecto para que esta situación pueda ser subsanada en beneficio de la propia convocante.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, conectividad, solicitan:
La oferta deberá contemplar la provisión de uno o más switches, en caso de que resulten necesarios para la concentración de conexiones entre nodos.
Solicitamos respetuosamente a la convocante readecuar este requerimiento de manera precisa ya que no puede quedar de manera ambigua esta interpretación de “en caso de ser necesario”, o se incluye o no los switches, esto genera una desigualdad en un posible costeo del proyecto incluso, por lo tanto, se solicita a la convocante aclarar la cantidad de puertos de 10/25 Gb disponibles en sus switches para la conexión de los nodos o bien solicitar con claridad los switches respectivos con la cantidad de puertos mínimos que estos deben cumplir a fin de que todos coticen en igualdad de condiciones.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, conectividad, solicitan:
La oferta deberá contemplar la provisión de uno o más switches, en caso de que resulten necesarios para la concentración de conexiones entre nodos.
Solicitamos respetuosamente a la convocante readecuar este requerimiento de manera precisa ya que no puede quedar de manera ambigua esta interpretación de “en caso de ser necesario”, o se incluye o no los switches, esto genera una desigualdad en un posible costeo del proyecto incluso, por lo tanto, se solicita a la convocante aclarar la cantidad de puertos de 10/25 Gb disponibles en sus switches para la conexión de los nodos o bien solicitar con claridad los switches respectivos con la cantidad de puertos mínimos que estos deben cumplir a fin de que todos coticen en igualdad de condiciones.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, disponibilidad, solicitan:
El proveedor deberá diseñar de tal manera que la capa de almacenamiento proporcione al menos un 100 % de disponibilidad de datos y la disponibilidad de las máquinas virtuales se mantenga a través del clúster de hipervisores ofrecido.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptadas capas de almacenamiento que proporcionen al menos 99.9999% de disponibilidad de datos considerando que este realmente es el valor estándar de la industria entre los principales fabricantes lideres a nivel mundial de sistemas de almacenamiento, de lo contrario, estarán beneficiando claramente al fabricante HPE que denomina comercialmente 100% de disponibilidad bajo ciertos parámetros que deben ser cumplidos para garantizar este valor, esto puede ser corroborado en el enlace de la pagina oficial de dicho fabricante https://www.hpe.com/psnow/doc/a00142339enw?jumpid=in_pdfviewer-psnow
Apelamos a la cordura de los responsables del proyecto a fin de evitar un direccionamiento innecesario hacia el fabricante mencionado y realizando la modificación respectiva del requerimiento a fin de permitir la mayor participación de fabricantes lideres a nivel mundial mediante sus asociados tecnológicos en el mercado local.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, disponibilidad, solicitan:
El proveedor deberá diseñar de tal manera que la capa de almacenamiento proporcione al menos un 100 % de disponibilidad de datos y la disponibilidad de las máquinas virtuales se mantenga a través del clúster de hipervisores ofrecido.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptadas capas de almacenamiento que proporcionen al menos 99.9999% de disponibilidad de datos considerando que este realmente es el valor estándar de la industria entre los principales fabricantes lideres a nivel mundial de sistemas de almacenamiento, de lo contrario, estarán beneficiando claramente al fabricante HPE que denomina comercialmente 100% de disponibilidad bajo ciertos parámetros que deben ser cumplidos para garantizar este valor, esto puede ser corroborado en el enlace de la pagina oficial de dicho fabricante https://www.hpe.com/psnow/doc/a00142339enw?jumpid=in_pdfviewer-psnow
Apelamos a la cordura de los responsables del proyecto a fin de evitar un direccionamiento innecesario hacia el fabricante mencionado y realizando la modificación respectiva del requerimiento a fin de permitir la mayor participación de fabricantes lideres a nivel mundial mediante sus asociados tecnológicos en el mercado local.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, Cifrado, solicitan:
El oferente ofrecerá solo las unidades cifradas con las licencias de cifrado adecuadas. El Proveedor no ofrecerá ningún cifrado basado en controlador o en software. Las unidades cifradas ofrecidas serán compatibles con KMIP 1.3 y KMIP 1.4 para soluciones de gestión de claves. El proveedor ofrecerá al menos un motor interno de administrador de claves para la administración de claves
Podrían aclarar detalladamente que es lo que desean en la oferta con relación a este punto, unidades cifradas con licencias de cifrado adecuadas?
Solicitamos que la indicación de versión 1.3 y 1.4 sea considerada como OPCIONAL ya que esta no es técnicamente indispensable para el tipo de solucion solicitada.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, Cifrado, solicitan:
El oferente ofrecerá solo las unidades cifradas con las licencias de cifrado adecuadas. El Proveedor no ofrecerá ningún cifrado basado en controlador o en software. Las unidades cifradas ofrecidas serán compatibles con KMIP 1.3 y KMIP 1.4 para soluciones de gestión de claves. El proveedor ofrecerá al menos un motor interno de administrador de claves para la administración de claves
Podrían aclarar detalladamente que es lo que desean en la oferta con relación a este punto, unidades cifradas con licencias de cifrado adecuadas?
Solicitamos que la indicación de versión 1.3 y 1.4 sea considerada como OPCIONAL ya que esta no es técnicamente indispensable para el tipo de solucion solicitada.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, SNAPSHOT /VOLUMENES, solicitan:
El storage debe ser compatible con Snapshot basadas en controladoras (al menos 1024 copias para un volumen determinado).
El storage ofrecido admitirá más de 32000 volúmenes base en la matriz de almacenamiento sin instantáneas ni clonaciones.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados storage con capacidad de hasta 1023 snapshots para un volumen determinado, así también, que admitan modelos con soporta hasta 10000 volúmenes sin instantáneas ni clonaciones, dicha cifra se encuentra más que considerable para un entorno real de producción y no solo basado en entornos de laboratorio en donde se llegan a valores superfluos solo a efectos de catálogos comerciales para ser “superiores”.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, SNAPSHOT /VOLUMENES, solicitan:
El storage debe ser compatible con Snapshot basadas en controladoras (al menos 1024 copias para un volumen determinado).
El storage ofrecido admitirá más de 32000 volúmenes base en la matriz de almacenamiento sin instantáneas ni clonaciones.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados storage con capacidad de hasta 1023 snapshots para un volumen determinado, así también, que admitan modelos con soporta hasta 10000 volúmenes sin instantáneas ni clonaciones, dicha cifra se encuentra más que considerable para un entorno real de producción y no solo basado en entornos de laboratorio en donde se llegan a valores superfluos solo a efectos de catálogos comerciales para ser “superiores”.
En el pliego de bases y condiciones, Autorización del fabricante, solicitan:
El Oferente deberá presentar una carta de Autorización del Fabricante, por la cual autorice a la empresa oferente a comercializar la solución ofertada, así como a brindar servicios de asistencia técnica especializada.
Considerando que dentro de la solucion de clúster hiperconvergente están solicitando software VMware actualmente del fabricante Broadcom entendemos que la autorización de dicho fabricante también deberá ser presentada a fin de garantizar a la entidad que el oferente se encuentra debidamente respaldado por el fabricante para presentar la oferta, favor confirmar si nuestra apreciación es correcta a fin de presentar correctamente la documentación respectiva.
En el pliego de bases y condiciones, Autorización del fabricante, solicitan:
El Oferente deberá presentar una carta de Autorización del Fabricante, por la cual autorice a la empresa oferente a comercializar la solución ofertada, así como a brindar servicios de asistencia técnica especializada.
Considerando que dentro de la solucion de clúster hiperconvergente están solicitando software VMware actualmente del fabricante Broadcom entendemos que la autorización de dicho fabricante también deberá ser presentada a fin de garantizar a la entidad que el oferente se encuentra debidamente respaldado por el fabricante para presentar la oferta, favor confirmar si nuestra apreciación es correcta a fin de presentar correctamente la documentación respectiva.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, compresión y deduplicacion, solicitan:
Compresión y deduplicacion con una ratio mínima de 4 a 1.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que acepten ratio de compresión y deduplicacion mínima de 3:1 el cual es un valor estándar en la industria de almacenamiento, de lo contrario estarán dirigiendo exclusivamente este requerimiento a favor del fabricante HPE para su línea Alletra lo cual puede ser corroborado en la pagina oficial de dicho fabricante https://www.hpe.com/psnow/doc/a50002571enw.html
Apelamos a la cordura de los responsables del proyecto a fin de permitir la readecuación de dicho requerimiento y permitir la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante.
En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, compresión y deduplicacion, solicitan:
Compresión y deduplicacion con una ratio mínima de 4 a 1.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que acepten ratio de compresión y deduplicacion mínima de 3:1 el cual es un valor estándar en la industria de almacenamiento, de lo contrario estarán dirigiendo exclusivamente este requerimiento a favor del fabricante HPE para su línea Alletra lo cual puede ser corroborado en la pagina oficial de dicho fabricante https://www.hpe.com/psnow/doc/a50002571enw.html
Apelamos a la cordura de los responsables del proyecto a fin de permitir la readecuación de dicho requerimiento y permitir la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante.