Fecha de Respuesta:
16-10-2025
Respuesta:
El criterio establecido responde a la necesidad de verificar la capacidad operativa real del oferente, así como el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 7021/2022 y su reglamentación. Este requisito busca garantizar que los oferentes cuenten con personal formalmente contratado y activo, lo cual es fundamental para la ejecución eficiente y segura del contrato.
Si bien se toma conocimiento de que en otras licitaciones se ha solicitado el Certificado de Vida y Residencia como alternativa, en el presente llamado se ha optado por mantener el criterio de aseguramiento en el IPS como elemento objetivo y verificable, aplicable de manera uniforme a todos los participantes.
Por tanto, no se considera procedente la modificación solicitada, a fin de preservar la igualdad de condiciones entre los oferentes y asegurar el cumplimiento de los fines del procedimiento de contratación. Favor ajustarse a lo establecido en las bases y condiciones