Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 CONSULTA SOBRE EL PUNTO A.2 Perfil y experiencia del Consultor En los Términos de Referencia, el factor “Perfil y experiencia del Consultor” (puntaje máximo 30) establece que se otorgarán los 30 puntos al consultor que tenga título universitario en Economía, Administración de Empresas, Contador Público u otras carreras afines, pero no se mencionan criterios para la experiencia profesional. Solicitamos su aclaración sobre si la experiencia laboral del consultor será considerada para la asignación de puntaje, y en caso afirmativo, cuáles son los criterios o metodología que se aplicarán para su evaluación. 02-10-2025 03-10-2025
2 Criterios de evaluación Consulta sobre el Criterio de Evaluación "PERFIL DEL PROFESIONAL PROPUESTO Y/O CONSULTOR INDIVIDUAL" y la naturaleza multidisciplinaria de los productos requeridos. En virtud de la complejidad y el alcance de las actividades y tareas a realizar, y considerando que los productos requeridos, inevitablemente requieren una visión y experiencia multidisciplinaria, solicitamos la presentación de un equipo consultor multidisciplinario, para asegurar la ejecución óptima de las actividades y la entrega satisfactoria de los productos establecidos en los Términos de Referencia (TDR), solicitamos modificar el criterio, incluyendo el concurso de al menos cuatro (4) consultores que sean evaluados. Ya que el trabajo demanda un enfoque integral que un solo profesional, no puede cubrir con la profundidad y garantía de calidad necesaria. Por lo tanto, se solicita formalmente la modificación del criterio de evaluación referente al personal clave, con el objetivo de asegurar la conformación de un Equipo Consultor Multidisciplinario Mínimo de Cuatro (4) Profesionales Clave cuyas capacidades y experiencia conjunta garanticen la excelencia y el cabal cumplimiento de todos los entregables 03-10-2025 03-10-2025
3 Criterios de evaluación En base a lo establecido en la Ley N.º 7021/2022 – De Suministro Público, la cual establece como principios y regla para garantizar la eficiencia, transparencia y responsabilidad en la contratación pública, establece que deben incluirse entre los criterios de evaluación a la capacidad técnica de la empresa, debido a verificar la idoneidad del oferente, lo cual tiene sustento legal en el artículo 19. Por lo que, solicitamos que la convocante se sirva incluir dicho criterio de evaluación de la Experiencia de la Empresa a los efectos de velar por el cumplimento de los principios generales del Contrataciones Públicas. 03-10-2025 03-10-2025
4 Criterios de evaluación En base a lo establecido en la Ley N.º 7021/2022 – De Suministro Público, la cual establece como principios y regla para garantizar la eficiencia, transparencia y responsabilidad en la contratación pública, establece que deben incluirse entre los criterios de evaluación a la capacidad técnica en base a la experiencia de la empresa, debido a verificar la idoneidad del oferente, lo cual tiene sustento legal en el artículo 19. Por lo que, solicitamos que la convocante se sirva incluir dicho criterio de evaluación de la Experiencia del Proveedor como requisito a los efectos de velar por el cumplimento de los principios generales del Contrataciones Públicas. 03-10-2025 03-10-2025
5 Criterios de evaluación En base a lo establecido en la Ley N.º 7021/2022 – De Suministro Público, la cual establece como principios y regla para garantizar la eficiencia, transparencia y responsabilidad en la contratación pública, establece que deben incluirse entre los criterios de evaluación a la capacidad financiera del proveedor, debido a verificar la idoneidad del oferente, lo cual tiene sustento legal en el artículo 19. Por lo que, solicitamos que la convocante se sirva incluir dicho criterio de evaluación de la capacidad financiera a los efectos de velar por el cumplimento de los principios generales del Contrataciones Públicas. 03-10-2025 03-10-2025
6 Método de evaluación Considerando que el método de evaluación se efectuará siguiendo los criterios del procedimiento de “Calidad y Costo” de acuerdo con el artículo 92 de la Ley 7021/2022 “De Suministro y Contrataciones Públicas” y a los artículos 136 y 137 del Decreto 2264/24 Que reglamenta la Ley 7021/2022. Se solicita expresamente que la convocante incluye en el PBC, a través de una modificación una Grilla que incluya y clarifique cada uno de los Requisitos Documentales para la evaluación de las condiciones de participación, de modo tal a determinar con precisión el contenido del Sobre No 1 y Sobre No 2. 03-10-2025 03-10-2025
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