Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos servicios serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los servicios prestados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

El presente llamado ha sido solicitado por el Lic. Julio Sosa, Director Administrativo, quien tiene a su cargo el Departamento de Servicios Generales, y cuyo dictamen técnico cuenta con la rúbrica del mismo.
Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: La Dirección Administrativa a través del Departamento de Servicios Generales, es la encargada de velar por la seguridad de los Bienes Institucionales y los sitios donde son almacenados, por lo que resulta de vital importancia la contratación del servicio solicitado en el presente llamado a licitación, esto atendiendo a la falta de disponibilidad de equipamientos y personales para la cobertura detallada en las especificaciones técnicas.
Justificación de la planificación, se trata de un procedimiento que responde a una necesidad temporal.

Justificación de las especificaciones técnicas establecidas: Las especificaciones técnicas corresponden a las características de los servicios requeridos con el fin de garantizar la seguridad y protección de los bienes institucionales y los sitios donde se encuentran almacenados dichos bienes.

Detalles de los servicios con las respectivas especificaciones técnicas

Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:

 

  1. Control de acceso y registro de funcionarios, clientes externos e internos y vehículos a la institución, verificando las respectivas autorizaciones de acceso.
  2. Control estricto y registro de ingreso y salida de bienes patrimoniales de la Contratante, además de bienes de terceros bajo responsabilidad de la Contratante con el fin de evitar sustracciones, robos eventuales o sistemáticos y/o retiros no autorizados de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
  3. Tareas de prevención de accidentes, de sabotaje, de terrorismo, de incendios y cualquier otro tipo de siniestro, daño o deterioro que pudiera presentarse en las instalaciones, maquinaria y equipos en custodia y cuya salvaguarda pueda ser prevista y prevenida por el trabajador asignado a las tareas.
  4. Resguardo de la Seguridad de los Funcionarios y Personal en general.
  5. Vigilancia interna y perimetral de la Dirección de Laboratorios; Dirección de Semillas, Ex Ofat y la Regional Paraguarí y control de monitores de Seguridad, mediante rondas programadas conforme las normas establecidas por la Institución.
  6. Registrar que todo tipo de cajas, embalajes, paquetes o similares que son retirados de la Institución, portados personalmente o en los vehículos cuenten con las documentaciones que avale su retiro de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
  7. Contar con un libro de registro o similar donde se asentarán los ingresos y salidas de personas, vehículos, bienes, bultos, etc., durante las horas de realización de la vigilancia.
  8. Vigilar y prevenir que en días y horas inhábiles o no laborales ingresen personas a las instalaciones u oficinas de la Institución sin la autorización correspondiente.
  9. Alertar a las autoridades competentes de la presencia de personas extrañas a la institución en el perímetro de seguridad.
  10. Reaccionar ante la flagrancia de hechos ilícitos cometidos por funcionarios o personas extrañas a la institución, realizando el procedimiento de rigor establecido para el efecto e incluso el uso de fuerza suficiente y razonable en caso que sea el único medio necesario para impedir la consecución del hecho a fin de proteger vidas humanas y/o la propiedad institucional, dando aviso inmediato a la autoridad policial.
  11. Colaborar y resguardar el orden en caso de siniestros por incendio o derrumbe.
  12. Acudir en forma inmediata y diligente ante solicitud de auxilio de parte de las personas que requieran del resguardo de su seguridad dentro de la Institución.
  13. Comunicar de inmediato al Agente supervisor o al Departamento Institucional toda situación de irregularidad que detecte en la sede de la Convocante, debiendo asentarse dicha situación en el Registro de Novedades.
  14. Conocer la ubicación y operatividad de los sistemas contra incendios, rutas de evacuación, zonas de seguridad y puntos de concentración, así como su uso a fin de orientar al personal del local en caso de presentarse una emergencia.
  15. El personal de seguridad podrá desempeñar servicios de guardaespaldas, debidamente entrenado y acreditado para el efecto, ante el órgano de Aplicación

La empresa prestadora de servicio mínimamente deberá:

  1. Ejercer la Vigilancia y protección de bienes, muebles e inmuebles. Lo mismo que la protección de las personas que se halle bajo su custodia.
  2. Evitar la comisión de hecho punible o infracción en relación con el objeto de su protección.
  3. Comunicar y poner de inmediato a disposición de la Policía Nacional a los sospechosos aprehendidos en el interior del local asignado a su protección, como también las evidencias, efectos y pruebas del hecho punible que hayan sido decomisados durante la captura si fuere el caso.
  4.  Ejercer la custodia y protección de los valores en tránsito y atesorados en bóvedas.
  5. Realizar la instalación, controlar el funcionamiento y efectuar la respuesta inmediata de sistemas de seguridad electrónica e informática.

 

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Condiciones de prestación del servicio

Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:

 

  1. Los vigilantes no podrán abandonar sus puestos en ningún caso sin que previamente se haya realizado el relevo físico de turno. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.
  2. El personal de vigilancia deberá cumplir los horarios establecidos en estas especificaciones técnicas, que será controlada estrictamente por la Contratante.
  3. A solicitud de la Contratante, el Proveedor deberá proceder al remplazo o cambio de puesto del o los agentes designados, dentro de las 24 horas de recibida notificación por escrito de la solicitud. En caso de sustitución no solicitada por la Contratante, el Proveedor deberá comunicar los cambios en el mismo plazo y solicitar la aprobación de la institución y deberá demostrar que el cambio se realiza por situación que configure caso fortuito, enfermedad, renuncia o separación del servicio por causas justificadas. El o los agentes que sean puestos en sustitución deberán ser seleccionados de alguno de los indicados como Suplente en el Formulario de nómina de Trabajadores que realizarán los servicios contratados Los Agentes separados de las funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la Institución.
  4. Expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución
  5. Se exige que los Agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia.

 

Requisitos del personal de seguridad privada

Las funciones de guardia de seguridad sólo podrán ser desempeñadas por las personas físicas empleadas por las empresas de seguridad debidamente autorizadas y habilitadas al efecto por la autoridad competente.

Los guardias de seguridad, deben contar con el carné vigente expedido por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, y estar registrados en la nómina del personal remitido a la División a nombre de la empresa adjudicada.

Uniforme y equipamiento

Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:

Uniforme y Equipamiento

  1. Carnet Identificatorio:

El personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el Carné Identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.

  1. Armas:

Cada agente de seguridad deberá portar en su turno un arma de fuego de uso civil de defensa personal, la misma deberá ser proveída por la empresa empleadora.

La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico privado de la Institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales.

Las empresas de seguridad privada de transporte de valores estarán autorizadas a llevar la cantidad de armas que aseguren la protección de la vida de la tripulación y de los valores en tránsito. Las armas a ser empleadas para este servicio, deberán ser de funcionamiento semiautomática y no automática

La empresa bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley Nº 46/36/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias.

  1. Uniforme:

Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme, y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.

La Empresa Prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, éste costo debe ser absorbido por la empresa.

Las empresas transportadoras de valores dotarán al personal operativo además del uniforme, chalecos antibalas, cuyo uso será obligatorio en el desempeño de sus funciones

  1. Sistemas de comunicación:

La empresa prestadora deberá contar con un sistema de radiofrecuencia propio, autorizada por la CONATEL.

El personal de seguridad deberá contar con sus respectivos equipos de comunicación, para garantizar la seguridad de los locales, el control de circulación interna y prevención de irregularidades

La empresa Prestadora deberá reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio.

  1. Accesorios:

Chalecos antibalas, con certificación NIJ AT300S1 para nivel IIIA (o superior), y con antigüedad inferior a 5 años

Tonfa (cachiporra)

Picanas.

Gas pimienta,

Silbatos

Linternas de mano, (de luz blanca, con tecnología alógenas o led),

Detectores de metales

Espejos para inspección inferior de vehículos, etc.

 

Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.

 

  1. Centro de monitoreo:

Circuito cerrado (CCTV): deberá ser proveído un total de 30 cámaras de seguridad, 15 sensores de movimiento con alarma, 4 monitores de 32 como mínimo, y los materiales requeridos para la instalación correspondiente (instalación a cargo del proveedor) a ser distribuidos de la siguiente manera:

  • Dirección de Laboratorio: 8 cámaras de seguridad, 1 monitor (mínimo de 32).
  • Dirección de Semillas: 6 cámaras de seguridad, 1 monitor (mínimo de 32).
  • Oficinas de la ExOfat: 8 cámaras de seguridad, 10 sensores de movimiento con alarma, 1 monitor (mínimo de 32).
  • Oficinas de la Regional Paraguarí: 8 cámaras de seguridad, 5 sensores de movimiento con alarma, 1 monitor (mínimo de 30).

El monitoreo de las cámaras deberá ser supervisadas desde cada local por parte de los guardias de turno, así también desde la central de la prestadora del servicio.

Las cámaras, monitores, sensores de movimientos y alarmas deberán ser proporcionadas por el proveedor en carácter de comodato, sin costo alguno para la contratante.

 

  1. Centro de monitoreo:

La Empresa Prestadora deberá implementar un sistema de control de rondas con tecnología GPS que permita verificar en tiempo real el cumplimiento de las rutinas de patrullaje.

 

  1. Medios de trasporte para supervición:

La Empresa Prestadora deberá contar con una flota mínima de tres (3) vehículos destinados exclusivamente a la supervisión. El año de fabricación de los vehículos deberá ser del 2023 en adelante.

 

Plazo de resolución

La prestadora de servicio, dispondrá de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para subsanar cualquier incumplimiento que le sea notificado por escrito, vía correo electrónico oficial proveído por el oferente.

Requisitos del Personal de Seguridad Privada

Las funciones de guardia de seguridad sólo podrán ser desempeñadas por las personas físicas empleadas por las Empresas de seguridad debidamente autorizadas y habilitadas al efecto por la autoridad competente.

Los guardias de seguridad, deben contar con el carné vigente expedido por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, y estar registrado en la nómina del personal remitido a la División a nombre de la empresa adjudicada.

 

 

Plan de prestación del servicio - horarios y lugar

El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:

 

HORARIO DIURNO

Tiempo

Cantidad de personal

Función a desempeñar

Días

Horario

Lugar

Arma

Radio

Desde

Hasta

12 horas

01

Vigilante

Lunes a Domingo y Feriados

06:00

18:00

Dirección de Laboratorios

SI

SI

12 horas

01

Vigilante

Lunes a Domingo y Feriados

06:00

18:00

Dirección de Semillas

SI

SI

12 horas

01

Vigilante

Lunes a Domingo y Feriados

06:00

18:00

EX OFAT

SI

SI

12 horas

01

Vigilante

Lunes a Domingo y Feriados

06:00

18:00

Regional Paraguarí

SI

SI

 

 

HORARIO NOCTURNO

Tiempo

Cantidad de personal

Función a desempeñar

Días

Horario

Lugar

Arma

Radio

Desde

Hasta

12 horas

02

Vigilante

Lunes a Domingo y Feriados

18:00

06:00

Dirección de Laboratorios

SI

SI

12 horas

01

Vigilante

Lunes a Domingo y Feriados

18:00

06:00

Dirección de Semillas

SI

SI

12 horas

03

Vigilante

Lunes a Domingo y Feriados

18:00

06:00

EX OFAT

SI

SI

12 horas

01

Vigilante

Lunes a Domingo y Feriados

18:00

06:00

Regional Paraguarí

SI

SI

 

DIRECCIÓN:

  • Dirección de Laboratorio: Arsenales casi Angola San Lorenzo.
  • Dirección de Semillas: Avda. Rodríguez de Francia casi Mcal. López San Lorenzo.
  • Ex Ofat: Avda. Artigas casi Perú.
  • Regional Paraguarí: General Barrios y Tte Derlis Cáceres-Paraguarí.

 

 

 

1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.

2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales. 

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR TIPO FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA
Informe 1 Informe Noviembre 2025
Informe 2 Informe Diciembre 2025
Informe 3 Informe Enero 2026
Informe 4 Informe Febrero 2026
Informe 5 Informe Marzo 2026
Informe 6 Informe Abril 2026
Informe 7 Informe Mayo 2026
Informe 8 Informe Abril 2026
Informe 9 Informe Junio 2026
Informe 10 Informe Julio 2026
Informe 11 Informe Agosto 2026
Informe 12 Informe Setiembre 2026
Informe 13 Informe Octubre 2026
Informe 14 Informe Noviembre 2026
Informe 15 Informe Diciembre 2026
Informe 16 Informe Enero 2027
Informe 17 Informe Febrero 2027
Informe 18 Informe Marzo 2027
Informe 19 Informe Abril 2027
Informe 20 Informe Mayo 2027
Informe 21 Informe Abril 2027
Informe 22 Informe Junio 2027
Informe 23 Informe Julio 2027
Informe 24 Informe Agosto 2027