Consulta:
"Los alimentos deberán ser elaborados por el personal de cocina contratado por el prestador del servicio y deberá cumplir con todos los requerimientos de la habilitación según la INAN (Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición).”
Se consulta a la Convocante si, en cumplimiento del requisito mencionado, se admitiría que los alimentos sean elaborados fuera de la institución, en cocinas o establecimientos debidamente habilitados por la INAN, con registro sanitario vigente, infraestructura adecuada y condiciones de higiene y manipulación de alimentos conforme a la normativa vigente.
Asimismo, se solicita aclarar si la institución educativa donde se prestará el servicio cuenta actualmente con habilitación o registro sanitario emitido por la INAN.
La consulta se formula atendiendo a que la INAN contempla la posibilidad de elaboración centralizada de alimentos bajo condiciones controladas, siempre que el prestador cuente con las habilitaciones sanitarias y el transporte de alimentos, garantizando la inocuidad, trazabilidad y seguridad alimentaria durante todo el proceso.