Los trabajos de dragado a realizar por el Contratista consisten en obras de mantenimiento del río Paraguay desde la desembocadura del río Apa hasta la confluencia con el río Paraná, que corresponden a las tareas de dragado y disposición final a efectos del mantenimiento de las condiciones de navegabilidad.
No obstante, deberá tomarse en consideración que es posible que, durante el desarrollo de las obras se produzcan cambios en el comportamiento hidrosedimentológico del río que determinan la aparición de nuevos pasos, la ocurrencia de cambios en la extensión de los preexistentes o modificaciones en la alineación de la ruta de navegación.
Supervisión y fiscalización La supervisión del contrato estará a cargo de la Administración contratante y la fiscalización estará a cargo de la Administración Nacional de Navegación y Puertos.
Las Cantidades del dragado de mantenimiento se miden en metros cúbicos, siendo las cantidades abiertas en relación a un mínimo y máximo de metros cúbicos, según se detalla:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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ítem 1. Dragados Definición de las obras Los trabajos de dragado a realizar por el Contratista consisten en obras de mantenimiento, que corresponden a las tareas de dragado y disposición final a efectos del mantenimiento de las condiciones de navegabilidad. No obstante, deberá tomarse en consideración que es posible que, durante el desarrollo de las obras se produzcan cambios en el comportamiento hidrosedimentológico del río que determinan la aparición de nuevos pasos, la ocurrencia de cambios en la extensión de los preexistentes o modificaciones en la alineación de la ruta de navegación. Embarcación de diseño En conformidad con el Acta XL de la Reunión de la Comisión del Acuerdo celebrada en la ciudad de Asunción (República de Paraguay), con fecha 28 y 29 de marzo 2019, se adopta, como embarcación de diseño, un convoy de empuje con una eslora (largo) máxima de doscientos noventa metros (290 m) y una manga (ancho) máxima de sesenta cinco metros (65 m). Profundidades mínimas para garantizar y niveles de referencia El Contratista debe garantizar que el resultado del dragado obtenga profundidades mínimas, estas serán aquéllas que permitan el desarrollo de la navegación con un calado de TRES METROS CON CINCO CENTÍMETROS (3,05 m), o su equivalente de DIEZ (10) pies, con un margen de seguridad bajo quilla de TREINTA CENTÍMETROS (0,30 m) en materiales arenosos desde el nivel de referencia. El nivel de referencia estará referido al hidrómetro más cercano del paso a ser dragado, de acuerdo con la siguiente tabla.
FUENTE: COINHI (2004), informe del Comité de Coordinación Técnica (CCT) encargado en la XXXVII Reunión del Comité Intergubernamental de la Hidrovía (CIH) y los contratos anteriores de dragado del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC)
Características geométricas del canal navegable En aquellas áreas objeto de actividades de dragado de apertura y/o de mantenimiento el canal de navegación deberá, en principio, adoptar las siguientes características, El eje del canal de navegación deberá presentar un trazado recto, y cuando ello no fuese posible deberá estar constituido por curvas circulares concordantes con tramos rectos intermedios. Dichas curvas deberán tener, preferentemente, radios mayores a 10 veces la eslora de la embarcación de diseño (límite por encima del cual podrán ser considerados como tramos rectilíneos). El radio mínimo será de tres (3) veces la eslora del rectángulo de navegación.
Características de los materiales a dragar Los materiales objeto de las obras de dragado consisten, mayoritariamente, en arenas, entendiéndose como tales, materiales constituidos, básicamente, por partículas con tamaño de grano comprendido entre 0,063 y 2,0 mm. No obstante, es posible que se encuentren en algunos pasos: Cantos rodados, gravas, limos y arcillas La naturaleza de los materiales indicados no excluye la posibilidad de aparición de elementos extraños tales como cables, hierros, cadenas, trozos de bloques de cemento, neumáticos, etc., que pueden aparecer durante las operaciones de dragado; los mismos deberán ser extraídos por el Contratista sin derecho a formular reclamaciones de ningún tipo. Pasos que dragar Con el objeto de brindar un marco de referencia a los Oferentes, se han preparado estimaciones de pasos a dragar. Las referidas estimaciones de pasos se incluyen a título meramente informativo, sin que el MOPC asuma responsabilidad alguna sobre la exactitud de estos y considerándose como referencial, pudiendo eventualmente aparecer nuevos pasos que no figuran en la lista dentro de cada lote.
Equipos y Maquinarias para utilizar Cada contratista deberá contar con al menos 2 (dos) dragas de succión con cortador con una producción de 500 m3/h, 1.000 metros lineales de cañerías por equipo, equipos de apoyos como grúas, pontón vivienda, y todo el equipamiento necesario de modo a que ambas dragas puedan trabajar en pasos críticos diferentes y distantes de ser necesario de manera independiente. Asimismo, para cada uno de los equipos de dragado propuestos se informará sobre las características principales de los mismos, entre las que deberán incluirse, según caso:
Depósito del material dragado El Oferente en forma conjunta con la fiscalización decidirán las zonas que utilizará para el depósito del material dragado en función del tipo de equipo de dragado a emplear para las diferentes áreas de trabajo. El vertido de productos de dragado será efectuado en el propio lecho del río. En ningún caso se podrán obstruir desembocaduras de arroyos y/o ríos tributarios (el vertido deberá realizarse aguas abajo de dichas desembocaduras y convenientemente apartado de las mismas) y sólo en situaciones excepcionales se aceptará el vertido en las márgenes del río (a efectos de la realización de obras de protección de márgenes). En todos los casos se deberá tomar en consideración el no provocar impactos ambientales. El Contratista deberá asegurarse de que el material dragado no se vuelque en otras áreas que no sean las específicamente autorizadas, garantizando que el producto del depósito no origine perjuicios a terceros. En la selección y operación de las áreas de depósito serán de aplicación las disposiciones emitidas por las autoridades competentes de la República del Paraguay y en caso de dragar en aguas compartidas el de la República Argentina y los tratados internacionales aplicables. Suficiencia de los equipos El Contratista deberá asumir la total y completa responsabilidad por la suficiencia del tren de dragado y los restantes equipos ofrecidos, y en general por todos los medios utilizados para el cumplimiento del Contrato dentro de los plazos previstos. En caso que cualquiera de dichos medios resultare insuficiente, ya sea para cumplir los plazos comprometidos, por la aparición de más de un paso crítico en el mismo lote debiéndose dragar en simultaneo más de un paso a modo que a navegación no se vea interrumpida o comprometida, o debido a condiciones consideradas excepcionales como bajantes extremas o alta sedimentación por ríos aportantes, el Contratista estará obligado a agregar los equipos complementarios necesarios a efectos del adecuado cumplimiento de las obligaciones pactadas. En caso de que el contratista no cumpla con lo aquí mencionado, la administración contratante tendrá la potestad de tomar las acciones que considere necesarias para paliar la emergencia, sin que eso implique compromiso alguno del MOPC. Replanteo y trazado de las obras El Contratista será responsable del correcto replanteo y trazado altimétrico y planimétrico de las obras y de la exactitud de toda información altimétrica o planimétrica por él suministrada, así como de la provisión, instalación y mantenimiento de todos los instrumentos y demás elementos necesarios para el contralor a su cargo de dichas referencias. En particular, el Contratista estará obligado a la instalación y mantenimiento de todas las referencias altimétricas o planimétricas a las que habrán de remitirse los trabajos de replanteo y comprobación de las obras y deberá comunicar por escrito al Fiscal de la Obras sobre la posición de estas respecto al sistema de coordenadas que se define en el presente Pliego. Si en cualquier momento durante la ejecución de los trabajos se presentara o detectará algún error altimétrico o planimétrico, el Contratista, a requerimiento del Fiscal de Obra, deberá, a sus propias expensas, subsanar dicho error a satisfacción de este último organismo. El control de cualquier trazado o alineación realizado por el Fiscal de Obra no eximirá en ningún modo al Contratista de su responsabilidad en la realización correcta de las tareas correspondientes. Posicionamiento de la ruta navegable y de los equipos La posición de todo punto notable empleado a efectos de la realización de las obras de dragado, así como la posición de la ruta navegable, los tramos dragados y las zonas de vertido, deberán referirse al sistema geodésico mundial con datum WGS’84 y precisión submétrica. Idénticas referencias se utilizarán, durante la ejecución de las obras, para el posicionamiento de los equipos del Contratista, aspecto sobre el cual el Fiscal de Obra y la Prefectura General Naval deberán estar permanentemente informados. Relevamientos
Todos los relevamientos constarán de perfiles transversales y longitudinales con respecto al eje de la vía navegable. La separación entre perfiles transversales será de veinticinco (25) metros en las áreas objeto de trabajos de dragado y de cincuenta (50) metros en el resto de la vía navegable objeto de los trabajos. Los perfiles longitudinales serán DOS (2), ubicados a CINCUENTA (50) metros a un lado y otro del eje de la vía navegable. Los perfiles transversales se desarrollarán de manera de abarcar hasta DOSCIENTOS (200) metros a cada lado del eje de la vía navegable, salvo que las profundidades disponibles limiten dicho alcance a una longitud inferior. Con el resultado de los relevamientos el Contratista preparará planos en planta (batimetrías), con isobatas cada CINCUENTA (50) centímetros, y en corte con representación de cada uno de los perfiles transversales sondeados. Las batimetrías serán preparadas en escala 1:2000 y para la representación de los perfiles transversales se utilizarán las escalas 1:1000 (horizontal) y 1:100 (vertical). La fiscalización y el Contratista podrán acordar, durante el desarrollo de los trabajos, otras escalas para la representación gráfica de determinados relevamientos. De cada relevamiento general realizado por el contratista, deberá entregar al MOPC y a la Fiscalización, los datos en brutos (sin reducción), además el plano digital procesado en formato DWG (AutoCAD). De cada plano de pre y post batimetría la Fiscalización entregará al MOPC DOS (2) ejemplares impresos. Todos los planos serán firmados por el Representante Técnico de la fiscalización y, una vez aprobado el relevamiento correspondiente, el MOPC entregará al Contratista UNA (1) de las versiones impresas en papel firmada por quien haya sido designado al efecto dentro de la estructura de dicho organismo. Además, la contratista deberá realizar a los 30 y 60 días batimetría de control de los pasos ya intervenidos a modo de realizar un correcto seguimiento del comportamiento hidro sedimentológico del río. Todos estos datos deben ser entregados en archivos dwg al MOPC y será documentación obligatoria que anexar al legajo de documentos requeridos para la certificación de los pasos siguientes. Para la ejecución de los relevamientos y su posterior procesamiento el Contratista deberá disponer, como mínimo, de los siguientes instrumentos y software:
Planos de referencia. Hidrómetros Todo relevamiento batimétrico que realice el Contratista o la fiscalización deberá ser referido al nivel de reducción local correspondiente en cada caso; para la obtención de dicho nivel de reducción se utilizará la información correspondiente a las escalas hidrométricas más cercanas aguas abajo y aguas arriba del tramo considerado, aplicando una doble interpolación lineal (por tiempo y distancia). Los niveles de referencia correspondientes a cada escala hidrométrica se presentan en el presente Pliego. Durante el desarrollo de las obras, el Contratista podrá proponer a la fiscalización la instalación de nuevos hidrómetros, para complementar o sustituir a los indicados en el presente Pliego. El Contratista será responsable de la conservación de todos los hidrómetros que, en cada momento a lo largo del desarrollo de las Obras, configuren la red hidrométrica utilizada para la referencia de las mediciones de profundidad realizadas. Cómputo de volúmenes dragados La Fiscalización realizará mediciones de los volúmenes de dragado ejecutados en cada sector de la ruta de navegación, en base a la diferencia de perfiles relevados antes y después de cada tarea de dragado. Se llevarán cómputos de los volúmenes extraídos por cada operación, para cada oportunidad y cada lugar, los que serán informados a la Supervisión discriminados de tal manera que permitan individualizar lugares de dragado y de depósito, duración de los trabajos, volúmenes extraídos y todo otro dato que la Administración contratante indique como necesario para la realización de estadísticas y estudios futuros de las áreas involucradas. La información que la Fiscalización procese con los criterios indicados será entregada a la Supervisión a efecto de pago. Serán pagados todos los volúmenes dragados del canal y de la sección diseñada y para el efecto se hallará la diferencia de volumen entre antes y después del dragado y a ese volumen extraído se le aplicará un coeficiente de abundamiento de la arena de 1,15 para hallar el volumen dragado. Teniendo en cuenta que la profundidad de sobredragado será de 30 cm como máximo. Todo volumen dragado que supere dicho límite quedará a cargo del contratista sin que implique obligación de pago por parte del MOPC. El perfil transversal a efecto del pago de los volúmenes será el perfil de diseño con veriles de 1/5 de pendiente (para arenas). Se establece como condición para la aceptación final de los trabajos de dragado de las obras, y para la firma del Acta de Recepción de los Trabajos de Dragados, que la profundidad existente en cada uno de los pasos intervenidos a lo largo de la ruta navegable sea igual o mayor a la establecida, en cada caso, como objetivo para los trabajos de dragado, además de la ejecución correcta de la señalización (punto ¨s¨). El citado requerimiento será aplicable, exclusivamente, para los pasos en los que el material del fondo corresponda a suelos del tipo denominado como arenas en el presente Pliego. Seguridad para la navegación El Contratista deberá cumplir con la legislación vigente en cuanto a las normas de seguridad para la navegación, con especial referencia a la señalización y el balizamiento de las áreas objeto de actividades de dragado y de los equipos y medios auxiliares afectados a tales actividades. A tales efectos, el Contratista deberá suministrar, instalar y mantener, a sus propias expensas, los elementos que sean requeridos tanto para asegurar sus equipos flotantes como para la adecuada señalización de estos debiendo, en todo momento, informar a la Fiscalización y a la Autoridad Marítima sobre la ubicación de las áreas objeto de actividades de dragado y sobre la ubicación de los equipos y medios auxiliares. Movimiento de elementos de balizamiento El Contratista deberá realizar, a sus expensas, el movimiento de todos los elementos de señalización existentes que interfieran con las obras de dragado, Asimismo, una vez finalizadas dichas obras, deberá reubicarlos en su posición original, o en la que indique la Fiscalización, dentro del mínimo plazo compatible con la programación del dragado, también deberán reposicionar las boyas en caso de variación del lecho. Paso de embarcaciones durante las operaciones de dragado Para el paso de las embarcaciones el Contratista deberá dejar un espacio libre mínimo que será acordado, para cada sector de la vía navegable y condiciones del río en el momento, con la Prefectura General Naval. En los casos en los que haya que desplazar la draga a los efectos de dejar el espacio libre mínimo acordado, y consecuentemente interrumpir los trabajos de dragado, se establecerán horarios de cruce como resultado de acuerdos específicos entre el Contratista, La Fiscalización y la Prefectura General Naval. Se establece que la apertura del canal a efecto de cruce se realizará sólo si es requerido, durante un periodo de como mínimo seis (6) horas continuas por día para los sectores aguas debajo de Asunción y seis (6) horas continuas por día para los sectores aguas arriba de Asunción. En caso de que las circunstancias lo requieran, el tiempo de apertura del canal podrá ser mayor a las 6 horas, a pedido de la Entidad Contratante y sin que ello implique un sobrecosto al MOPC. Si en los trabajos de dragado se utilizaren dragas estacionarias, deberán ajustarse a las siguientes condiciones mínimas:
Transporte y alojamiento de personal El Contratista dispondrá, a sus expensas, de todos los medios e instalaciones (en tierra o flotantes) necesarios para el transporte y alojamiento del personal afectado al desarrollo de los trabajos. El Contratista transportará, sin cargo, al personal de la Fiscalización y Supervisión que así lo solicite sólo en los casos en que dicho requerimiento no interfiera con la programación del Contratista en ese sentido y que se cuente con la capacidad necesaria de acuerdo con las condiciones de seguridad para la navegación que sean aplicables. Señalización del canal dragado La contratista deberá realizar la correcta señalización del canal de navegación de acuerdo a lo establecido en el ítem 2.
Movilización Este ítem considera el establecimiento del Contratista en la zona de la Obra, el traslado de la draga, equipos auxiliares, la instalación de campamentos, etc. En caso de que los trabajos sean suspendidos por la crecida del río deberá preverse la desmovilización y una nueva movilización en el presente ítem, lo que no generará derecho alguno para percibir pago adicional. Supervisión y Fiscalización del contrato. La supervisión del contrato estará a cargo de la Administración contratante y la fiscalización estará a cargo de la Administración Nacional de Navegación y Puertos. Cantidades y plazo contractual Cada lote tendrá una cantidad mínima de metros cúbicos un millón quinientos mil (1.500.000) y cantidad máxima de dos millones de metros cúbicos (2.000.0000) y un plazo contractual de 36 meses desde la orden de inicio. Ítem 2 Sistema de Monitoreo Cada contratista deberá proveer para la ampliación del sistema de monitoreo del río Paraguay existente en la Administración Nacional de Navegación y Puertos los siguientes equipos:
ALCANCE: El presente apartado tiene por objeto la ampliación de la cobertura del sistema de monitoreo paraguayo, ya implementado por la ANNP, que incluye la provisión e instalación de boyas con sus respectivos sistemas de fondeo, provisión e instalación de balizas autocontenidas con AIS (AIS AtoN), y mantenimiento del sistema por el plazo que dure el contrato. Los productos ofrecidos deberán encontrarse desarrollados y producidos conforme a los estándares internacionales definidos por la Asociación Internacional de Autoridades de Señalización Marítima y Ayudas a la navegación (IALA). Así mismo, deberán ser compatible con los equipos y software ya implementados por la Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP).
Especificas Técnicas particulares:
Cada contratista deberá proveer cincuenta (50) Boyas Marinas Plásticas Completas (cuerpo de boya + torre + marca de tope según corresponda), conforme a lo indicado a continuación:
Materiales para Boyas Marinas Plásticas La Contratista deberá proveer las Boyas Plásticas Marinas donde los elementos materiales se ajustan a los requerimientos de las normas y recomendaciones ISO, IALA o reglamentos similares, de primera calidad, según el siguiente detalle: Torre: La torre deberá ser del mismo material del cuerpo flotante de la boya de Aluminio Grado Marítimo, o del mismo material que el flotador. Además, deberá contener cartel indicativo del kilometraje. La marca de tope deberá ser de Aluminio Grado Marítimo del tipo de aleación de las series 5000 y 6000 o de superiores características. Flotador: El flotador deberá ser de polietileno roto-moldeado de media densidad cuyo espesor deberá ser como mínimo 10mm, sin metales pesados, relleno de poliuretano expandido de celda cerrada. Deberá contener 1 (un) cáncamo de amarre de acero al carbono galvanizado y 1 (un) cáncamo de izaje. La boya deberá contar con una estructura metálica en su interior que vincule ambos cáncamos de acero al carbono galvanizado por inmersión en caliente. Además, se preverá conveniente que el material tenga memoria de forma, es decir que vuelva a su posición original luego de la deformación. Asimismo, deberá otorgar una resistencia mecánica en el material que resiste antes fuertes impactos de choques ocasionales y exposición a los Rayos UV. Bulones: en el caso de que las boyas provistas contengan bulonería, la totalidad de los mencionados en el presente deberán ser de acero inoxidable. Contrapeso: en conjunto con la boya se deberá incorporar el contrapeso/balasto que se considere necesario a efectos de garantizar la estabilidad de la boya frente a las condiciones hidrometeorológicas de la zona donde serán instaladas. Ensayos en boyas plásticas La Contratista deberá presentar los certificados de ensayos del material solicitado, tanto de la estructura como flotador, que comprueben la resistencia y calidad de dichos elementos. En el caso de que no exista una certificación oficial se podrá presentar los ensayos realizados por la misma Contratista que contribuyan a la verificación de la calidad del material con sus respectivos procedimientos, en los siguientes aspectos. Es necesario presentar certificados de ensayos del material solicitado. Para el flotador:
La Contratista deberá garantizar la verticalidad de la Boya una vez puesta en funcionamiento, además deberá instalarla donde la fiscalización lo requiere, aunque esta no esté en su tramo adjudicado según sea la necesidad por señalar, quedando a cargo de la contratista el reposicionamiento de las boyas por requerimiento de la fiscalización en un plazo no mayor a 10 días mientas dure el periodo de mantenimiento.
El objeto del presente Pliego remite a la provisión de 100 (cien) Linternas Marinas integradas con AIS (panel solar, batería y AIS tipo 1 incorporados) de alcance nominal de 3 (tres) a 5 (cinco) millas náuticas para T=0,74., indicadas en las Especificaciones Técnicas que forman parte de este, en un todo de acuerdo con ellas y conforme las reglas de arte para las tareas y/o materiales que se solicitan. Las características y cantidades de elementos a proveer se encuentran descritos en las presentes Especificaciones Técnicas, en un todo de acuerdo con ellas y conforme a las reglas de arte para los materiales requeridos. 2.1 Alcance La intensidad requerida de las linternas, utilizando una transmisividad atmosférica de 0,74, según la Recomendación de la IALA E-200-3 será de una intensidad estacionaria de 15 Cd para permitir obtener una longitud efectiva mínima de 3 nm, tanto para las linternas color rojo como las de color verde.
El sistema óptico debe estar constituido por diodos LED’s y contar con protección contra los rayos UV. El ángulo de divergencia vertical será de 5° a 10° al 50% de la intensidad pico. 2.3 Destellador La fuente de luz deberá estar constituida por LED’s de alta intensidad, montados sobre un dispositivo disipador de temperatura supervisada por el control de intensidad en todas las condiciones de funcionamiento para maximizar la vida útil, la cual deberá ser superior a las 50.000 horas de uso. 2.4 Sistema de Potencia El sistema de potencia del equipo deberá estar formado por una batería de 12V de tensión nominal y de al menos 20Ah de Capacidad Nominal de tecnología Litio, con la finalidad de evitar posibles concentraciones de hidrógeno que puedan ocasionar daños sobre el equipo o sus operadores. La misma deberá ser cargada mediante 4 (cuatro) paneles solares y tendrá que contar con un sistema de regulación y control de carga que asegure el correcto suministro de energía a la batería a modo tal de maximizar su vida útil. Asimismo, el controlador o regulador deberá contar con un sistema de gestión de batería (BMS) propio que asegure la adecuada distribución de energía entre las distintas celdas que componen el conjunto. 2.5 Sistema de Control El equipo propuesto deberá contar con un sistema de control interno que realice el monitoreo y control de los distintos subsistemas que componen el equipo, los cuales serán:
2.5.1 Tipo de Destellos El equipo debe contar con códigos precargados, los cuales puedan ser seleccionados vía programación inalámbrica. La linterna debe ser capaz de destellar según todos los tipos de destellos reglamentados por la Asociación de Señalización Marítima (AISM-IALA) para la región B. Todos los tipos de destellos deberán estar disponibles en la plataforma de configuración inalámbrica según se indica a continuación:
2.5.2 Sincronización de Destellos Las linternas deben ser capaces de sincronizar los destellos según la disposición requerida, mediante la tecnología GPS. Esta sincronización deberá poder ser realizada de manera inalámbrica en los alrededores del equipo, permitiendo que una vez que las diferentes linternas del canal se encuentren configuradas se produzca un efecto destello coordinado. 2.5.3 Sensores internos Los equipos ofrecidos deberán contar internamente con sensores de colisión que permita detectar cualquier impacto sobre las boyas, de forma tal de generar la alarma y registro necesario para identificar posteriormente aquella embarcación que realizó una colisión sobre la infraestructura del Ministerio de Obras Públicas de Paraguay. 2.5.4 Transmisión de Datos AIS ATON (Aids to Navigation) El AIS tipo 1 incorporado deberá poseer las siguientes funcionalidades mínimas:
OBSERVACIÓN: Las contratistas deberán gestionar los respectivos códigos mmsi ( maritine mobile service identity) como ATONS (ayuda a la navegación) ante la CONATEL de las boyas a proveer.
2.6 Conectividad para configuración de la linterna y supervisión de estado en sitio La configuración de la linterna se deberá poder realizar de manera inalámbrica, a través de una aplicación móvil con conectividad Bluetooth. 2.7 Cuerpo y base Los distintos componentes deberán estar alojados dentro de un compartimiento estanco IP 68, compacto y autónomo. El cuerpo contendrá 4 (CUATRO) paneles solares y estará construido de un material en plástico ABS o de equivalentes características técnicas que asegure ser resistente a las exigentes condiciones de operación, agentes climáticos y factores meteorológicos adversos. La base que soporta las baterías será de un material que asegure la correcta sujeción de esta y a su vez permita un adecuado anclaje a la torre de la boya, considerando también que debe ser resistente a la corrosión, agentes climáticos y factores meteorológicos adversos. El acceso al interior se deberá realizar a través del retiro de tornillos, permitiendo realizar las tareas de mantenimiento habituales como ser el cambio del pack de baterías reciclables y óring. La tapa superior será indicadora del color de la luz y contendrá la conexión de la antena correspondiente.
Se deberá proveer un sistema de fondeo siguiendo las recomendaciones de IALA para el tipo de boya a proveer y la zona de emplazamiento. El mismo constará de el cuerpo muerto de hormigón la cadena y grilletes necesarios para el correcto ensamblado del conjunto. El mismo deberá asegurar una operación y mantenimiento mientras dure el contrato. La señal debe ser compatible con la ya existente en el sistema de monitoreo de la ANNP.
El contratista deberá realizar la instalación, operación y mantenimiento del sistema por el plazo que dure el contrato. Dentro de este período la contratista deberá realizar todas las actividades con sus correspondientes provisiones asociadas para garantizar la disponibilidad en servicio del sistema. Para esto deberá contar con los equipos, embarcaciones, herramientas, personal embarcado y técnicos especializados. Durante la etapa de mantenimiento, la contratista realizará las tareas de mantenimiento de la red con el objetivo de lograr el correcto funcionamiento del sistema en forma integral garantizando un nivel de disponibilidad superior al 90%. Dichas tareas incluyen:
El mantenimiento no solo será del sistema físico de señalización (boyas y balizas con sus elementos lumínicos), sino también de toda la interfaz de transmisión, recepción y lectura de la información provista por el sistema de AIS incorporado al mismo. Método de Medición La medición se realizará sobre la base del suministro de las boyas y balizas efectivamente instaladas, posicionadas y con señal visible desde el centro de monitoreo, conforme a los informes y a la aprobación de la fiscalización. Esta medición se expresará en unidad y será validada por la Supervisión y Fiscalización de obra. Forma de Pago Los trabajos de instalación de boyas y balizas ejecutados y medidos conforme al Método de Medición descrito anteriormente se abonarán bajo el ítem correspondiente a SISTEMA DE MONITOREO. Este precio y forma de pago constituirán la compensación total por el suministro de las boyas y balizas, incluyendo la instalación, operación, mantenimiento del sistema, gestión ambiental, señalización, servicios auxiliares, supervisión, medidas de seguridad, imprevistos y demás actividades necesarias para completar adecuadamente las tareas estipuladas.
Ítem 3. Instalaciones y Servicios Especializados 3.1 Descripción
Cada contratista deberá proveer los servicios e instalaciones que se mencionan a continuación, en la medida indicada para cada servicio e instalación, así como un plan de comunicación de atención a los usuarios afectados por el contrato. Los servicios se prolongarán hasta la recepción definitiva de las obras.
3.1.1 Servicios para la Fiscalización y / o Supervisión Este ítem consistirá en la provisión, mantenimiento y servicios para la Supervisión y / o Fiscalización.
Este vehículo estará a total disposición del MOPC durante la ejecución de la obra. Deberán estar disponible dentro de los 15 días calendario contados a partir de la Orden de Inicio hasta la Recepción Provisoria de las Obras de Mantenimiento. Posteriormente será devuelto al Contratista en el estado en que se encuentre.
Provisión de 1 (una) computadora portátil (Notebook) y una fotocopiadora láser color multifunción (para hojas tamaño Carta, A4, Oficio y A3). Esta provisión deberá ser realizada dentro de los 15 (quince) días calendario contados a partir de la fecha de cobro total o parcial del anticipo financiero. Los equipos e insumos deberán estar vigentes hasta la recepción definitiva, posteriormente serán devueltos al Contratista.
A continuación, se detallan las especificaciones técnicas requeridas:
Notebook
Fotocopiadora, Impresora Láser Multifunción. Provisión de una (1) Fotocopiadora, Impresora Láser Multifunción Color, para tamaño de hoja A3 con todos sus accesorios (Alimentador Automático de Originales y cuatro vías de Alimentación Múltiple de Papel para Hojas hasta Tamaño A3, base, etc.), con servicio de mantenimiento, y que incluya la provisión del correspondiente juego de tóner u otros consumibles, cuando los mismos estén vacíos. Provisión de (3) tres resmas por mes (dos de papel tamaño A4 y uno de papel tamaño A3) por el periodo de Ejecución de la Obra. A continuación, se detallan las especificaciones técnicas requeridas:
Impresora Láser Multifunción Color A3
3.1.2 Plan de Comunicación
La Contratista someterá a consideración del Contratante un plan de comunicación con los usuarios dentro de los primeros 15 días calendario posteriores a la Orden de Inicio y que incluirá como mínimo los elementos que se detallan a continuación. La Contratista deberá instalar dos cartelones, uno en cada extremo del tramo del contrato, en los lugares previamente aprobados por la Fiscalización, de dimensiones mínimas de 2,5 m de ancho por 1,5 m de altura. Estos cartelones contendrán información sobre el contrato (tramos y plazos), el contratante, el contratista, el financiamiento, el logotipo del contratante, contratista e institución financiera, etc. El diseño de los cartelones será indicado por el Contratante. La Contratista deberá facilitar un sistema tipo Call Center con una línea telefónica de llamadas gratuitas, donde la Fiscalización recibirá las quejas y sugerencias sobre la carretera. El Call Center llenará un formulario, previamente aprobado por la Fiscalización, y lo transmitirá en forma instantánea al recibir el reclamo y/o sugerencia, al Jefe de Obras o Superintendente. Además, deberá generar un registro de reclamos que la Fiscalización insertará en su informe mensual. La línea telefónica, cartelones y carteles se deberán instalar dentro de los primeros 15 días calendario posteriores a la aprobación del plan de comunicación con los usuarios. La Contratista deberá divulgar las obras previamente a su inicio a los pobladores y autoridades locales, avisos en emisoras de radio de alcance local (tres veces al día durante un mes), y distribución de folletos a los vecinos frentistas a la carretera. Los contenidos de estas divulgaciones serán aprobados por la Fiscalización debiendo atender como mínimo el alcance de las obras, los plazos generales de trabajo, la forma de plantear quejas o reclamos, los cierres o restricciones en la circulación, los desvíos de tránsito, las modificaciones en las líneas de transporte público, las afectaciones a los vecinos frentistas a la obra (cierre de accesos a comercios o viviendas, el desplazamiento temporal de comercios callejeros, etc.).
Se efectuará la medición en forma mensual (mes) conforme a la provisión del gasto mensual.
Los servicios, provisiones, instalaciones y plan de comunicación, medidos conforme al Método de Medición descrito más arriba se abonarán de forma mensual correspondiente al ítem INSTALACIONES Y SERVICIOS ESPECIALIZADOS. Este precio y pago constituirán la compensación completa por el suministro de instalaciones y servicios, así como la conservación y mantenimiento necesario durante el período detallado, servicios, Fiscalización, Supervisión, imprevistos y otros incidentes necesarios para dar por completado el ítem.
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Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 ACCESIBILIDAD Subcomité Accesibilidad al Medio Físico, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo Marco Legal/Documentos de Interés, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en los pliegos de bases y condiciones para las contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a los contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 Accesibilidad, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
Habiendo la Dirección de Gestión Socio Ambiental realizado la evaluación ambiental y social preliminar, las obras son consideradas de Categoría C, considerando que el proyecto es potencial de generar impactos ambientales y sociales negativos localizados y de corto plazo; debiendo la Contratista adjudicada considerar las medidas de manejo aplicables para dicha categoría.
Los potenciales impactos negativos directos que pudieran generarse serán manejados conforme a los puntos aplicables de las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAG 2023) del MOPC. El contratista principal y los subcontratistas considerarán todas las medidas tendientes a minimizar, evitar y mitigar los impactos ambientales negativos producidos durante el desarrollo del mismo. La subcontratación de toda o parte de la obra, en caso de estar autorizada por el Contratante, no exime al Contratista Principal del cumplimiento de su responsabilidad en aspectos socio ambientales para toda la obra.
Desde la puesta en práctica de los trabajos hasta la conclusión de los mismos (Recepción Definitiva) el Contratista deberá operar y será único responsable de la correcta aplicación de las ETAG, los programas de mitigación de impactos directos contenidos en el Plan de Acción Socio Ambiental (PASA), Si como consecuencia de la ejecución de las obras, la Fiscalización o la Supervisión de obras (Dirección de Vialidad o la Dirección de Gestión Socio Ambiental del MOPC) observan irregularidades que causen impactos ambientales negativos en la zona de obra, la Contratista se responsabilizará por las acciones correctivas correspondientes.
La Contratista proveerá los contenedores necesarios para el almacenamiento apropiado de los residuos generados y se responsabilizará por la gestión adecuada de los mismos, así como la provisión de los Equipos de Protección Individual (EPI) para el personal obrador, teniendo en cuenta la ergonomía y el tipo de labor a ser realizado, resguardando la integridad tanto del personal obrador así como la de terceras personas ajenas a las obras, mediante la provisión de equipos de transporte para cargas pesadas, cascos de seguridad, botas con plantillas antideslizantes y punta de acero y otros que pudieran resultar necesarios.
En todo tiempo deberán emplearse precauciones para la protección de personas y propiedades. Se deberá poner especial atención en la observación de las leyes y demás disposiciones de seguridad, por lo cual la contratista deberá cumplir con las exigencias del Decreto 14390/1992 Por el cual se aprueba el reglamento general técnico de seguridad, higiene y medicina en el trabajo.
Las acciones correctivas de carácter ambiental y social deberán contar con la aprobación de la Dirección de Gestión Socio Ambiental del MOPC antes de su implementación.
Además, la Contratista deberá:
- Deberá realizar todas las comunicaciones en materia socio ambiental a las instituciones, organizaciones, sociedad, otros.
--Deberá dar cumplimiento a todos los lineamientos que apliquen en las ETAG del MOPC (versión 2023).
- En caso de afectación de árboles, deberá darse cumplimiento de la Ley N° 4928/13 de PROTECCIÓN AL ARBOLADO URBANO y deberá comunicarse al Municipio. Toda intervención del arbolado urbano debe ser comunicada al municipio que corresponda, de forma previa.
- Coordinar los trabajos con la Policía Municipal de Tránsito del Municipio afectado, en caso de requerir su apoyo para desvíos o trabajos en calzada o franja de dominio u otra intervención
- Además, se requiere realizar campañas de información a la comunidad de los trabajos a desarrollarse, involucrando a los actores municipales, utilizando los medios de comunicación masiva de la zona a ser afectada u otro medio disponible con el objeto de concienciar y facilitar la información.
- Se deberá prestar especial atención al Manejo de Residuos y de Materiales de Construcción; Manejo del Aseo de la Obra (Orden y Limpieza), Manejo de Residuos Líquidos, Combustibles, Aceites y Sustancias Químicas y Manejo de Aguas Superficiales, considerando las características del proyecto.
- Dar cumplimiento estricto a la Guía Práctica de Señalización y Cartelería en Zona de Obras, 2011 del MOPC.
PLAN DE ACCIÒN SOCIO AMBIENTAL (PASA)
El PASA está conformado por programas directos, debiendo la Contratista considerar las medidas de manejo aplicables para la Categoría C, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales del MOPC (Versión 2023).
El Contratista está obligado a desarrollar y llevar a la práctica el Plan de Acción Socio Ambiental y demás especificaciones ambientales incluidas en los documentos contractuales.
El Contratista está obligado a utilizar las tecnologías más apropiadas y modernas para alcanzar los objetivos de las especificaciones ambientales aquí definidas; y las dudas que surjan en el terreno con la aplicación de las ETAGs 2023 deben clarificarse con la Fiscalización, sin que este hecho lo exima de su responsabilidad integral de cumplimiento de las mismas.
El Contratista está obligado a informar a las Autoridades Locales, representantes de Comisiones Vecinales y la comunidad en general, desde el inicio de las obras, sobre los aspectos inherentes a la misma y deberá contar con un área de recepción y atención de quejas y reclamos en el Campamento. Es obligación del Contratista facilitar el acceso a las informaciones y documentos a la Fiscalización, a fin de que ésta pueda documentar los temas de su responsabilidad. El Contratista será responsable de capacitar a través de planes de educación socio ambiental a todo su personal. Esta labor se deberá estructurar e implementar bajo los lineamientos de la Fiscalización.
El PASA será el documento que englobe la Metodología que el Contratista deberá aplicar en la etapa de ejecución de las obras para minimizar los eventuales impactos negativos emergentes sobre los diferentes medios, de manera de propender a la sustentabilidad ambiental de la obra.
Detallará las actividades específicas para cumplir con las ETAG y demás especificaciones ambientales incluidas en los documentos contractuales.
Los lineamientos y especificaciones ambientales generales y particulares establecidos en esta sección, deberán ser considerados por el Contratista como un insumo mínimo necesario para la preparación del Plan de Acción Socio Ambiental y son de cumplimiento obligatorio como parte integral de su contrato.
Contenido mínimo del PASA (ETAG 2023)
El documento correspondiente al Plan de Acción Socio Ambiental deberá ser estructurado por el Contratista con el siguiente contenido mínimo:
A. Datos de la Empresa Contratista. Razón social; Domicilio Real y Legal; Domicilio en Obra (con coordenadas).; Representante legal; Actividad principal; Organigrama General de la empresa indicando funciones y responsables; que incluya la gestión Socioambiental para el contrato específico; con las direcciones; teléfonos y correos electrónicos.
B. Generalidades
1. Antecedentes: Que debe incluir un resumen de los antecedentes contractuales de la obra; y un resumen de los rubros contractuales.
2. Breve descripción del medio ambiente (Físico; Biótico y Socioeconómico). Mencionar los pasivos ambientales identificados. Incluir mapas georreferenciados.
3. Ficha de Clasificación Ambiental Preliminar y Ficha de Evaluación Ambiental Preliminar.
4. Organización del Plan de Acción Socio Ambiental.
C. Planes o Programas.
D. Cronograma de implementación del Plan de Acción Socio Ambiental.
El detalle del Contenido mínimo se incluye en la Tabla siguiente:
Contenido mínimo del PASA |
||
A |
DATOS DE LA EMPRESA CONTRATISTA |
|
1 |
Razón Social y RUC |
|
2 |
Domicilio Real y Legal |
|
3 |
Domicilio en Obra |
|
4 |
Teléfonos |
|
5 |
|
|
6 |
Representante Legal |
|
7 |
Actividad principal |
|
8 |
Organigrama de la empresa indicando funciones y responsables |
|
9 |
Datos del equipo Socioambiental (Responsables; direcciones; teléfonos y e-mail) |
|
B |
GENERALIDADES |
|
1 |
Antecedentes |
|
2 |
Rubros incluidos en el contrato |
|
3 |
Resumen de la descripción del medio ambiente y pasivos ambientales identificados. Incluir mapas georreferenciados |
|
4 |
Organización del plan de Acción Socio-Ambiental |
|
C |
PLANES O PROGRAMAS (Metodología prevista aplicar y definición de medios de verificación correspondientes para los diferentes medios, para lo cual se deberá verificar todos por puntos de las presentes ETAG 2023) |
|
C1 |
MEDIO SOCIAL |
Numeral 2.2.2 y sub numerales |
1 |
Comunicación con Partes Interesadas Información; Difusión[1] |
Conforme a lo establecido en 2.2.2.4. y en la Referencia incluida en pie de la presente pág. |
2 |
Restitución o reposición de Bienes Afectados (Públicos y privados) |
Conforme a lo establecido en 2.2.2.5 |
3 |
Atención de Reclamos y Participación Ciudadana |
Conforme a lo establecido en 2.2.2.6 |
4 |
Vinculación de Mano de Obra |
Conforme a lo establecido en 2.2.2.7 |
5 |
Manejo de Redes de Servicio Público |
Conforme a lo establecido en 2.2.2.8 |
6 |
Plan de Manejo de Impactos a Comunidades Indígenas En el marco de este plan se debe realizar la Socialización del Proyecto en el marco de la Consulta y Consentimiento Libre Previo e Informado, establecido en el Decreto Presidencia N° 1039/2018 y la Resolución INDI N° 78/2025. La contratista de cada lote será responsable de desarrollar esta actividad con las comunidades indígenas que se encuentran en el área de influencia de su alcance y /o lote, con la deida documentación del INDI. Por lo tanto es responsable de cubrir los costos de traslado del personal del Instituto Paraguayo del Indígena, para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Presidencial N° 1039/2018, PROTOCOLO PARA EL PROCESO DE CONSULTA Y CONSENTIMIENTO LIBRE, PREVIO E INFORMADO CON LOS PUEBLOS INDÍGENAS QUE HABITAN EN EL PARAGUAY. (VI. Recursos disponibles para implementar el protocolo). De acuerdo a las buenas prácticas, para las reuniones realizadas en el marco de la CCLPI se deberá prever la provisión de un kit de karu Guasu y/o alimentos no perecederos para la llegada a la comunidad comunidad Las comunidades indígenas identificadas son: 1.Riacho Mosquito 2. Boquerón Kue 3. Pinasco 2 4. Mbokajaty 5. Hugua Chini 6. San Carlos 7. Kelyenmagategma 8. Yvy Poty 9. Naranjaty 10. Urucuy Las Palmas 11. Boquerón Arasa Poty. Esta actividad debe ser coordinada con el Departamento de Asuntos Indígenas de la Coordinación de la DGSA. |
Conforme a lo establecido en 2.2.2.9 |
7 |
Capacitación del Personal de la Obra y Suministros de Elementos de Trabajo[2] |
Conforme a lo establecido en 2.2.2.10 |
8 |
Manejo de Patrimonio Arqueológico e Histórico y Cultural |
Conforme a lo establecido en 2.2.2.11 |
C2 |
MEDIO BIÓTICO |
Numeral 2.2.3 y subnumerales |
1 |
Actualización/Elaboración del Inventario Forestal |
Conforme a lo establecido en 2.2.3.3 |
2 |
Reubicación de árboles |
Conforme a lo establecido en los numerales 2.2.38 al 2.2.68 |
3 |
Afectación de árboles |
Conforme a lo establecido en los numerales 2.2.69 al 2.2.91 |
4 |
Compensación forestal (para áreas urbanas y para áreas rurales) |
Conforme a lo establecido en los numerales 2.2.92 al 2.2.105 |
5 |
Plan de Manejo de árboles no afectados por la obra |
Conforme a lo establecido en los numerales 2.2.106 al 2.2.111 |
6 |
Manejo de Fauna Silvestre y Doméstica |
Conforme a lo establecido en los numerales 2.2.112 al 2.2.120 |
C3 |
GESTIÓN AMBIENTAL DE LAS PRINCIPALES ACTIVIDADES DE LA CONSTRUCCIÓN |
Numeral 2.2.4 y subnumerales |
1 |
Manejo de Campamentos e Instalaciones Temporales |
Conforme a lo establecido en 2.2.4.2 y los numerales 2.2.121al 2.2.166 |
2 |
Manejo de Residuos y de Materiales de Construcción |
Conforme a lo establecido en 2.2.4.3 y los numerales 2.2.167al 2.2.220 |
3 |
Manejo del Aseo de la Obra (Orden y Limpieza) |
Conforme a lo establecido en 2.2.4.4 y los numerales 2.2.221 al 2.2.228 |
4 |
Manejo de Residuos Líquidos, Combustibles, Aceites y Sustancias Químicas |
Conforme a lo establecido en 2.2.4.5 y los numerales 2.2.229al 2.2.255 |
5 |
Manejo de Aguas Superficiales |
Conforme a lo establecido en 2.2.4.6 y los numerales 2.2.256 al 2.2.280 |
6 |
Manejo de Maquinaria, Equipos y Transporte |
Conforme a lo establecido en 2.2.4.7 y los numerales 2.2.281al 2.2.298 |
7 |
Control de Emisiones Atmosféricas y Ruido |
Conforme a lo establecido en 2.2.4.8 y los numerales 2.2.299 al 2.2.331 |
8 |
Manejo de Movimiento de Suelos (Excavaciones y Rellenos) |
Conforme a lo establecido en 2.2.4.9 y los numerales 2.2.332 al 2.2.352 |
9 |
Uso y Manejo de Explosivos |
Conforme a lo establecido en 2.2.4.10 y los numerales 2.2.353 al 2.2.436 |
10 |
Plan de recuperación de áreas degradadas |
Considerar los ítems que aplican y referidos en estas ETAG. (Préstamos; Campamentos, etc.) |
11 |
Plan de cierre de obras |
Conforme a la propuesta establecida en el PASA |
C4 |
PLAN DE SEGURIDAD, HIGIENE Y SALUD OCUPACIONAL |
Numeral 3.3 |
1 |
Programa de Seguridad y Salud Ocupacional: Incluir capacitaciones en:
|
Conforme a lo establecido en el Capítulo 3 y los numerales 3.3.1 al 3.3.79
|
1.1. |
Medicina preventiva del trabajo |
|
1.2. |
Higiene y Seguridad Industrial |
|
1.2.1 |
Análisis de Factores de Riesgo Incluir análisis de riesgos específicos de dragado, navegación, trabajos nocturnos y protocolos respectivos de actuación. |
|
1.2.2 |
Equipos de Protección Individual |
|
1.2.3 |
Señalización de Obras |
|
D |
PLAN DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIAS |
Numeral 3.4 |
1 |
Plan Estratégico |
Conforme a lo establecido en los numerales 3.4.1 al 3.4.4. y sub numerales |
1.1 |
Estructura y Organización |
|
1.2 |
Funciones y Responsabilidades |
|
1.3 |
Estrategias preventivas y operativas: Incluir procedimientos para derrames de combustibles y accidentes en embarcaciones. |
|
2 |
Plan de Acción |
|
2.1 |
Procedimientos a seguir en caso de emergencia: Se deberá contemplar chalecos salvavidas homologados para todo personal embarcado. |
|
3 |
Evaluación de Contingencias |
|
E |
CRONOGRAMA |
|
1 |
Cronograma de Implementación del Plan de Acción Socio-Ambiental |
Que deberá incluir todos los programas desarrollados. |
OBSERVACIONES: ● Cada programa o Plan debe indicar la METODOLOGÍA que será aplicada para el cumplimiento de las ETAG, y la definición del MEDIO DE VERIFICACIÓN CORRESPONDIENTE, por lo cual las Planillas o Formatos de registros o seguimiento, deberán conformar el PASA. ● Para obras de Categorías B y C, se deberán verificar los Planes y Programas que aplican, para su desarrollo como parte del PASA. Ver además numeral 2.2.6 y 2.3 ● En el PASA se deberá incorporar el contenido mínimo del Plan de cierre de las obras, en concordancia con la magnitud y complejidad de las obras. |
Este Plan de Acción Socio Ambiental deberá ser revisado permanentemente, a efectos de asegurar que los objetivos trazados se satisfagan correctamente. Toda actualización que deba efectuarse al Plan de Acción Socio Ambiental para cumplir con los objetivos establecidos, deberá ser efectuada por el Contratista y sometida a la aprobación de la DGSA previo dictamen de la Fiscalización.
El costo a cargo del Contratista por las tareas, obligaciones o responsabilidades relacionadas con el PASA se considerará incluido en los precios de la Oferta.
El Responsable Ambiental, el Responsable SySO y el Responsable Social de la Contratista, como parte del PASA deberán aclarar aquellos programas del contenido mínimo, que, por el alcance de las obras, no apliquen, lo cual debe encontrarse debidamente argumentado
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS AMBIENTALES GENERALES (ETAG) Versión 2023
Las ETAG (versión 2023) para obras viales es el documento que engloba las medidas ambientales generales preventivas de impactos ambientales negativos directos, que son de cumplimiento obligatorio para el Contratista de Obras, si bien este tipo de obras no es vial, de igual forma aplicarían los lineamientos establecidos en estas Especificaciones.
El documento establece condiciones que deberán cumplirse en el desarrollo de los rubros principales, prestando especial atención al cuidado de los recursos físicos, biológicos y sociales más susceptibles de ser afectados.
PRESENTACIÓN DE INFORMES:
Plan de Acción Socio Ambiental: Dentro del primer mes de la firma del Contrato, el Contratista está obligado a presentar un Plan de Acción Socio-Ambiental (PASA) para aprobación por parte de la Dirección de Gestión Socio Ambiental (DGSA), teniendo en cuenta el contenido mínimo establecido en el punto 4.1.1. de las ETAG; para lo cual deberá tener en cuenta la naturaleza del proyecto y discriminar qué lineamientos aplican de las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAG, versión 2013 aprobada a través de la Resolución MOPC N° 731/2023). Este documento debe ser remitido a la Fiscalización y, una vez que este lo haya analizado y recomendado su aprobación, será remitido al Contratante para su aprobación, por parte de la DGSA del MOPC.
Informes Socio Ambientales y SySO Mensuales : al componente socio ambiental contemplando el cumplimiento de las ETAG. Los mismos deberán presentarse máximo dentro de los primeros 10 días calendario posteriores al mes vencido, para aprobación de la DGSA. Los lineamientos para la estructuración y generación del mismo deberán hacerse en base a lo establecido en el ítem 4.1.1.2 de las ETAG 2023.
Observaciones generales para el PASA, Informes Socio Ambientales Mensuales:
Deben ser firmados por el Responsable Ambiental, Responsable Social y SySO en todas las páginas; en los documentos contractuales deberá ser avalado por el técnico contratado para el fin, por lo cual también deberá firmar los documentos.
Los Informes Socio Ambientales y sus anexos deben presentarse también en formato digital, los documentos en formato PDF 2 (dos) copias, las fotografías en formato .jpg fechados automáticamente y con coordenadas y los mapas o planos en alta resolución.
Informes especiales:
- Cada vez que las condiciones de cierta relevancia dentro del proceso lo ameriten o la DGSA considere importante su generación.
- Exista una solicitud especial de la Contratante
- Cada vez que la contratista crea necesario informar a la Contratante sobre asuntos que requieran la acción urgente de tal institución .
Informe Socio Ambiental Final: deberá ser presentado a los 30 días posteriores a la fecha de presentación del último certificado de obras; el documento deberá incluir una evaluación final sobre los aspectos asociados al tema ambiental, social y de seguridad y salud ocupacional de la obra, debiendo reportar el cumplimiento y cierre total de todos los compromisos asumidos por cada Plan/Programa contemplados en el PASA durante la etapa constructiva. Además, de incluir cualquier disposición desarrollada por la DGSA, con el fin reportar medios de verificación que indiquen el cierre de la gestión socio ambiental de las obras.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
NO APLICA
Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
El contratista deberá tener en la zona de obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en los párrafos precedentes o recibidos de la contratante para que pueda ser verificado y utilizado por el fiscal de obra. Cuando la obra requiera medidas de mitigación de riesgo como resultado de la evaluación de impacto ambiental, el documento que las contenga deberá estar disponible en el sitio de obras.
La contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra que se encuentre en la zona de obras.
El contratista deberá notificar al fiscal de obra por escrito, con copia a la contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el fiscal de obra o la contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al contratista conforme al contrato. La notificación del contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.
Si los retrasos de la contratante o del fiscal de obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
Periodo de construcción: 36 meses contados a partir de la notificación de la Orden de Inicio. En caso que no se requieran los trabajos debido a las condiciones naturales del río (crecida), el MOPC solicitará la suspensión temporal, de oficio o a solicitud del contratista, de los trabajos reanudándose los mismos cuando la contratante lo requiera.
Lugar: Río Paraguay desde la Confluencia con el Río Paraná hasta la confluencia con el Río Apa, conforme al listado de pasos críticos provistos en las Especificaciones Técnicas.
Otros datos: El listado de Pasos difíciles y estimaciones de volúmenes a ser Dragado es referencial, y se encuentran en las especificaciones técnicas. Las estimaciones de pasos y volúmenes se incluyen a título meramente informativo, sin que el MOPC asuma responsabilidad alguna sobre la exactitud de las mismas.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
Cartel de Atención al Usuario: Se deberá prever la instalación y mantenimiento durante el plazo del contrato de un (1) Cartel Informativo en el marco del mecanismo de Atención a Consultas, Quejas y/o Reclamos, que deberá contener un número de contacto. Se colocará en un punto estratégico en el área de desarrollo de la obra, sujeto a la aprobación de la fiscalización y la Dirección de Gestión Socio Ambiental, con una altura mínima de 1,50 mts. del suelo.
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
EL Oferente deberá incluir en su oferta una descripción preliminar del método de trabajo y cronogramas específicos, incluyendo gráficos y diseños. El Cronograma de actividades deberá ser elaborado en base al diagrama de Grantt con el desarrollo de todos los ítems de trabajo, en el cual se indique la fecha de inicio, duración, porcentaje de ejecución previsto para cada mes y la fecha de terminación de los trabajos.
Es obligación del Oferente cumplir con el cronograma una vez adjudicado, el cual será estrictamente fiscalizado por la Contratante.
El proponente deberá preparar y presentar en porcentaje la curva de avance financiero, sin indicar montos, correspondiente al Cronograma de Ejecución, que debe señalar los desembolsos porcentuales previstos para cada mes y el acumulado.
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Certificado 1 |
Certificado de Obra Mensual |
Diciembre 2025 |
Certificado 2 |
Certificado de Obra Mensual |
Enero 2026 |
Certificado 3 |
Certificado de Obra Mensual |
Febrero 2026 |
Certificado 4 |
Certificado de Obra Mensual |
Marzo 2026 |
Certificado 5 |
Certificado de Obra Mensual |
Abril 2026 |
Certificado 6 |
Certificado de Obra Mensual |
Mayo 2026 |
Certificado 7 |
Certificado de Obra Mensual |
Junio 2026 |
Certificado 8 |
Certificado de Obra Mensual |
Julio 2026 |
Certificado 9 |
Certificado de Obra Mensual |
Agosto 2026 |
Certificado 10 |
Certificado de Obra Mensual |
Setiembre 2026 |
Certificado 11 |
Certificado de Obra Mensual |
Octubre2026 |
Certificado 12 |
Certificado de Obra Mensual |
Noviembre 2026 |
Certificado 13 |
Certificado de Obra Mensual |
Diciembre 2026 |
Certificado 14 |
Certificado de Obra Mensual |
Enero 2027 |
Certificado 15 |
Certificado de Obra Mensual |
Febrero 2027 |
Certificado 16 |
Certificado de Obra Mensual |
Marzo 2027 |
Certificado 17 |
Certificado de Obra Mensual |
Abril 2027 |
Certificado 18 |
Certificado de Obra Mensual |
Mayo 2027 |
Certificado 19 |
Certificado de Obra Mensual |
Junio 2027 |
Certificado 20 |
Certificado de Obra Mensual |
Julio 2027 |
Certificado 21 |
Certificado de Obra Mensual |
Agosto 2027 |
Certificado 22 |
Certificado de Obra Mensual |
Setiembre 2027 |
Certificado 23 |
Certificado de Obra Mensual |
Octubre 2027 |
Certificado 24 |
Certificado de Obra Mensual |
Noviembre 2027 |
Certificado 25 |
Certificado de Obra Mensual |
Diciembre 2027 |
Certificado 26 |
Certificado de Obra Mensual |
Enero 2028 |
Certificado 27 |
Certificado de Obra Mensual |
Febrero 2028 |
Certificado 28 |
Certificado de Obra Mensual |
Marzo 2028 |
Certificado 29 |
Certificado de Obra Mensual |
Abril 2028 |
Certificado 30 |
Certificado de Obra Mensual |
Mayo 2028 |
Certificado 31 |
Certificado de Obra Mensual |
Junio 2028 |
Certificado 32 |
Certificado de Obra Mensual |
Julio 2028 |
Certificado 33 |
Certificado de Obra Mensual |
Agosto 2028 |
Certificado 34 |
Certificado de Obra Mensual |
Setiembre 2028 |
Certificado 35 |
Certificado de Obra Mensual |
Octubre 2028 |
Certificado 36 |
Certificado de Obra Mensual |
Noviembre 2028 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.