Solicitamos una prórroga de 30 días desde la fecha de apertura de ofertas, de modo a elaborar una propuesta técnica y económica adecuada, acorde con las condiciones y los requerimientos establecidos por la Convocante.
De:
BOGARIN PECAREVICH, MARTIN
80003241-1 - CONCRET-MIX SA
Consulta:
Solicitamos una prórroga de 30 días desde la fecha de apertura de ofertas, de modo a elaborar una propuesta técnica y económica adecuada, acorde con las condiciones y los requerimientos establecidos por la Convocante.
Solicitan contar con habilitación del MADES para el transporte y disposición final de residuos de obra, permitiendo que su cumplimiento sea acreditado mediante carta compromiso o contrato con una empresa tercera debidamente habilitada por el MADES.
Consulta: La capacidad para ejecutar la obra no depende de que el propio oferente sea transportista de residuos, puesto que dicho servicio puede ser realizado por una empresa especializada y autorizada, garantizándose igualmente el transporte y la disposición final conforme a las disposiciones ambientales aplicables. Mantener esta habilitación exclusivamente a nombre del oferente limitaría innecesariamente la participación de empresas constructoras técnicamente capacitadas y se beneficia directamente a unas pocas empresas.
Solicitan contar con habilitación del MADES para el transporte y disposición final de residuos de obra, permitiendo que su cumplimiento sea acreditado mediante carta compromiso o contrato con una empresa tercera debidamente habilitada por el MADES.
Consulta: La capacidad para ejecutar la obra no depende de que el propio oferente sea transportista de residuos, puesto que dicho servicio puede ser realizado por una empresa especializada y autorizada, garantizándose igualmente el transporte y la disposición final conforme a las disposiciones ambientales aplicables. Mantener esta habilitación exclusivamente a nombre del oferente limitaría innecesariamente la participación de empresas constructoras técnicamente capacitadas y se beneficia directamente a unas pocas empresas.
Solicitamos eliminar la exigencia de contar con certificación ISO 9001 vigente, considerando que dicho certificado no demuestra por sí mismo la capacidad técnica ni la experiencia necesaria para ejecutar la obra y podría restringir la participación de empresas que cuentan con antecedentes, personal y recursos suficientes.
En caso de mantenerse el requisito, solicitamos que también sean admitidos documentos equivalentes, tales como un Plan de Gestión y Control de Calidad aplicable a la obra, acompañado de una declaración jurada de cumplimiento, de manera a garantizar la calidad de los trabajos sin limitar la concurrencia exclusivamente a empresas certificadas bajo la norma ISO 9001.
Solicitamos eliminar la exigencia de contar con certificación ISO 9001 vigente, considerando que dicho certificado no demuestra por sí mismo la capacidad técnica ni la experiencia necesaria para ejecutar la obra y podría restringir la participación de empresas que cuentan con antecedentes, personal y recursos suficientes.
En caso de mantenerse el requisito, solicitamos que también sean admitidos documentos equivalentes, tales como un Plan de Gestión y Control de Calidad aplicable a la obra, acompañado de una declaración jurada de cumplimiento, de manera a garantizar la calidad de los trabajos sin limitar la concurrencia exclusivamente a empresas certificadas bajo la norma ISO 9001.
Solicitamos modificar el requisito que exige haber generado, durante los últimos tres años, un promedio anual de facturación igual o superior al 100% del monto total de la oferta en concepto de construcción de obras civiles, limitando la participación de Mipymes, solicitamos la facturación de por lo menos el 50 % como normalmente se realiza en los llamados donde interviene el ente contralor DNCP.
La facturación histórica no demuestra por sí sola la capacidad técnica ni financiera para ejecutar el contrato, la cual también puede acreditarse mediante la experiencia en obras, disponibilidad financiera, personal, equipos y demás requisitos establecidos en el PBC. Exigir un promedio anual equivalente al 100% del monto total de la oferta podría excluir a empresas con capacidad suficiente, especialmente MIPYMES, reduciendo innecesariamente la concurrencia.
Por tanto, solicitamos establecer un porcentaje proporcional que garantice la capacidad del oferente sin constituir una barrera excesiva para la participación.
Solicitamos modificar el requisito que exige haber generado, durante los últimos tres años, un promedio anual de facturación igual o superior al 100% del monto total de la oferta en concepto de construcción de obras civiles, limitando la participación de Mipymes, solicitamos la facturación de por lo menos el 50 % como normalmente se realiza en los llamados donde interviene el ente contralor DNCP.
La facturación histórica no demuestra por sí sola la capacidad técnica ni financiera para ejecutar el contrato, la cual también puede acreditarse mediante la experiencia en obras, disponibilidad financiera, personal, equipos y demás requisitos establecidos en el PBC. Exigir un promedio anual equivalente al 100% del monto total de la oferta podría excluir a empresas con capacidad suficiente, especialmente MIPYMES, reduciendo innecesariamente la concurrencia.
Por tanto, solicitamos establecer un porcentaje proporcional que garantice la capacidad del oferente sin constituir una barrera excesiva para la participación.
Solicitamos modificar el requisito de experiencia específica, eliminando la condición de que las obras civiles similares hayan sido ejecutadas necesariamente en un predio industrial y permitiendo acreditar experiencia en obras civiles de características, complejidad y magnitud similares, independientemente del tipo de predio donde fueron realizadas.
La ejecución previa en un predio industrial no constituye, por sí sola, una condición técnicamente indispensable para demostrar la capacidad del oferente. Una empresa que haya ejecutado satisfactoriamente obras civiles equivalentes cuenta con los conocimientos, personal, equipos y capacidad técnica necesarios para realizar los trabajos solicitados, aunque sus antecedentes correspondan a predios institucionales, comerciales, educativos u otros.
Mantener esta limitación excluiría a potenciales oferentes técnicamente capacitados únicamente por el lugar donde ejecutaron sus contratos anteriores. Por tanto, solicitamos que la experiencia sea evaluada por la naturaleza, alcance y complejidad de los trabajos realizados, y no exclusivamente por la clasificación del predio.
Solicitamos modificar el requisito de experiencia específica, eliminando la condición de que las obras civiles similares hayan sido ejecutadas necesariamente en un predio industrial y permitiendo acreditar experiencia en obras civiles de características, complejidad y magnitud similares, independientemente del tipo de predio donde fueron realizadas.
La ejecución previa en un predio industrial no constituye, por sí sola, una condición técnicamente indispensable para demostrar la capacidad del oferente. Una empresa que haya ejecutado satisfactoriamente obras civiles equivalentes cuenta con los conocimientos, personal, equipos y capacidad técnica necesarios para realizar los trabajos solicitados, aunque sus antecedentes correspondan a predios institucionales, comerciales, educativos u otros.
Mantener esta limitación excluiría a potenciales oferentes técnicamente capacitados únicamente por el lugar donde ejecutaron sus contratos anteriores. Por tanto, solicitamos que la experiencia sea evaluada por la naturaleza, alcance y complejidad de los trabajos realizados, y no exclusivamente por la clasificación del predio.