Dentro del siguiente punto:
"El equipo debe contar con un sistema de señalización a la nube del fabricante permitiendo proteger los enlaces contra ataques volumétricos que superen la capacidad de ancho de banda contratada. Se debe prever al menos 100 Mbps de tráfico limpio para este servicio, este servicio en particular tendrá una vigencia de 12 meses"
Entendemos que se solicita la protección de DDoS Cloud de la solución a ser ofertada ¿Es correcta la interpretación?
Dentro del siguiente punto:
"El equipo debe contar con un sistema de señalización a la nube del fabricante permitiendo proteger los enlaces contra ataques volumétricos que superen la capacidad de ancho de banda contratada. Se debe prever al menos 100 Mbps de tráfico limpio para este servicio, este servicio en particular tendrá una vigencia de 12 meses"
Entendemos que se solicita la protección de DDoS Cloud de la solución a ser ofertada ¿Es correcta la interpretación?
Dentro del presente PBC se solicita lo siguiente:
"Para inspección y mitigación de tráfico hasta 1 Gbps.
Para módulo de visibilidad o reportes.
Actualizaciones de firmware y firma de amena"
Entendemos deberán ser incluidos el servicio y el licenciamiento correspondiente para la protección en Nube ¿Es correcto nuestra interpretación?
Dentro del presente PBC se solicita lo siguiente:
"Para inspección y mitigación de tráfico hasta 1 Gbps.
Para módulo de visibilidad o reportes.
Actualizaciones de firmware y firma de amena"
Entendemos deberán ser incluidos el servicio y el licenciamiento correspondiente para la protección en Nube ¿Es correcto nuestra interpretación?
es correcta la apreciación del oferente, favor remitirse a la version 2 del PBC, en el se aclaran los requerimientos de Capacidades de Ancho de Banda y licenciamiento
23
Condiciones Ambientales
Consultamos amablemente a la convocante en relación del item de temperatura:
"Temperatura de operación mínima de 0° a 40°"
Sean aceptafdas equipamientos cuyo rango operativo sean entre 5° a 40°, la razón de lo solicitado obedece a que dentro de ningun datacenter se puede alcanzar temperaturas mínimas e inferiores a 10° por ende lo solicitado tiene una justificación técnica que permitirá una mayor cantidad de posibles oferentes a beneficio de la convocante
Consultamos amablemente a la convocante en relación del item de temperatura:
"Temperatura de operación mínima de 0° a 40°"
Sean aceptafdas equipamientos cuyo rango operativo sean entre 5° a 40°, la razón de lo solicitado obedece a que dentro de ningun datacenter se puede alcanzar temperaturas mínimas e inferiores a 10° por ende lo solicitado tiene una justificación técnica que permitirá una mayor cantidad de posibles oferentes a beneficio de la convocante
favor remitirse a la version 2 del PBC, donde se actualizan los rangos de valores
24
Transferencia de Conocimientos
Dentro del presente PBC se solicita transferencia de conocimiento para 4 personas de la DNCP
Consultamos el lugar en donde se desarrollaran dichas capacitaciones y pudiendo ser este realizado de manera online mediante medios telemáticos.
Lo consultado tiene como finalidad garantizar el dimensionamiento en cuanto a los recursos técnicos/logisticos para llevar adelante dicho requerimiento
Dentro del presente PBC se solicita transferencia de conocimiento para 4 personas de la DNCP
Consultamos el lugar en donde se desarrollaran dichas capacitaciones y pudiendo ser este realizado de manera online mediante medios telemáticos.
Lo consultado tiene como finalidad garantizar el dimensionamiento en cuanto a los recursos técnicos/logisticos para llevar adelante dicho requerimiento
se aclara al oferente que el requisito se refiere a la transferencia de conocimientos el cual puede realizarse de manera presencial y/o por medios remotos pertinentes
25
Disco SSD
Referencia a la Respuesta sobre Consulta 6:
"Se solicita amablemente al oferente adecuarse a las especificaciones técnicas establecidas, considerando que el almacenamiento responde a la necesidad de garantizar la capacidad, rendimiento y durabilidad requeridos para el registro confiable de eventos, actualizaciones y trazas de auditoría, asegurando así la continuidad operativa del equipo"
Solicitamos a la convocante replantear este pedido, teniendo en cuenta que un disco SSD de 120GB no es tecnicamente necesitario para un equipo de Protección contra ataques DDOS, dicho requerimiento puede ser considerado como Opcional y permitiendo una mayor participación de oferentes que oferten equipos que cumplan lo solicitado, de mantenerse este y otros requierimientos unicamente beneficiaria a la marca RADWARE.
Se apela a la consideración de la convocante que dicho requerimiento sea Opcional, teniendo en cuenta que la convocante puede direccionar los logs generados por cada equipo directamente al SIEM sin necesidad de almacenamiento local por un largo periodo de tiempo, en caso de requerirse un almacenamiento local por un periodo determinado de tiempo 4 GB se consideran suficiente para la retención de información antes de enviar el log al historico del SIEM de la convocante.
Referencia a la Respuesta sobre Consulta 6:
"Se solicita amablemente al oferente adecuarse a las especificaciones técnicas establecidas, considerando que el almacenamiento responde a la necesidad de garantizar la capacidad, rendimiento y durabilidad requeridos para el registro confiable de eventos, actualizaciones y trazas de auditoría, asegurando así la continuidad operativa del equipo"
Solicitamos a la convocante replantear este pedido, teniendo en cuenta que un disco SSD de 120GB no es tecnicamente necesitario para un equipo de Protección contra ataques DDOS, dicho requerimiento puede ser considerado como Opcional y permitiendo una mayor participación de oferentes que oferten equipos que cumplan lo solicitado, de mantenerse este y otros requierimientos unicamente beneficiaria a la marca RADWARE.
Se apela a la consideración de la convocante que dicho requerimiento sea Opcional, teniendo en cuenta que la convocante puede direccionar los logs generados por cada equipo directamente al SIEM sin necesidad de almacenamiento local por un largo periodo de tiempo, en caso de requerirse un almacenamiento local por un periodo determinado de tiempo 4 GB se consideran suficiente para la retención de información antes de enviar el log al historico del SIEM de la convocante.
Cabe señalar que diferentes marcas en el mercado ofrecen capacidades que cumplen o superan el valor solicitado, lo que evidencia que la especificación no está dirigida a una marca en particular, sino que se alinea con la práctica de mercado. Por lo tanto, se mantiene el requisito. Se invita a los oferentes a presentar propuestas que cumplan con el pbc
26
Almacenamiento
Solicitamos a la convocante considerar como opcional el disco duro SSD solicitado para el Equipo Anti DDOS, es importante considerar que este requerimiento no es CRITICO teniendo en cuenta que no se solicita la eliminación de una funcionalidad que pueda ocasionar la interrupcion de los servicios de la Institución. El disco duro para almacenamiento de logs puede ser considerado Opcional y la convocante de igual manera estara cubierta contra ataques DDOS. Mantener esta exigencia unicamente direcciona el llamado a RADWARE que cumple con todo lo solicitado
Solicitamos a la convocante considerar como opcional el disco duro SSD solicitado para el Equipo Anti DDOS, es importante considerar que este requerimiento no es CRITICO teniendo en cuenta que no se solicita la eliminación de una funcionalidad que pueda ocasionar la interrupcion de los servicios de la Institución. El disco duro para almacenamiento de logs puede ser considerado Opcional y la convocante de igual manera estara cubierta contra ataques DDOS. Mantener esta exigencia unicamente direcciona el llamado a RADWARE que cumple con todo lo solicitado
Cabe señalar que diferentes marcas en el mercado ofrecen capacidades que cumplen o superan el valor solicitado, lo que evidencia que la especificación no está dirigida a una marca en particular, sino que se alinea con la práctica de mercado. Por lo tanto, se mantiene el requisito. Se invita a los oferentes a presentar propuestas que cumplan con el pbc
27
Servicio CLOUD
Se requiere que la convocante pueda considerar ofertas que incluyan soluciones Cloud de terceros que aseguren la continuidad del negocio en caso que el ataque sobrepase la capacidad del dispositivo. Se considera limitante la exigencia que el servicio sea del mismo fabricante del appliance pudiendo ofertase una solucion CLOUD de otra marca distinta a la del Appliance.
Se requiere que la convocante pueda considerar ofertas que incluyan soluciones Cloud de terceros que aseguren la continuidad del negocio en caso que el ataque sobrepase la capacidad del dispositivo. Se considera limitante la exigencia que el servicio sea del mismo fabricante del appliance pudiendo ofertase una solucion CLOUD de otra marca distinta a la del Appliance.
Se solicita respetuosamente al oferente ajustarse a los requisitos del pbc, se mantiene el requerimiento a modo de evitar cualquier tipo de incompatibilidad o inconsistencia
28
Interfases
En la ADENDA presentada se solicita como DENSIDAD DE INTERFACES como sigue: 8 puertos ópticos de 1 Gbps con soporte para conexiones de larga distancia monomodo de 5 Km mínimamente.
2 puertos ópticos de 10 Gbps con soporte para conexiones corta distancia multimodo hasta 100 metros mínimamente.
No será requerido la provisión de módulos ópticos SFP
1 interfaz para Administración
Consulta: Solicitamos a la convocante que sean aceptadas 8 puertos ópticos de 1 y/o 10 Gbps (SFP+) con 1 interfaz de Administración rj45.
La reducción solicitada permitirá ampliar la participación de oferentes calificados sin afectar la calidad técnica ni la capacidad de cumplimiento del servicio, contribuyendo a una mayor competencia y mejores condiciones económicas para la convocante, conforme a los principios de eficiencia y libre concurrencia establecidos en la Ley N° 7021/22. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
En la ADENDA presentada se solicita como DENSIDAD DE INTERFACES como sigue: 8 puertos ópticos de 1 Gbps con soporte para conexiones de larga distancia monomodo de 5 Km mínimamente.
2 puertos ópticos de 10 Gbps con soporte para conexiones corta distancia multimodo hasta 100 metros mínimamente.
No será requerido la provisión de módulos ópticos SFP
1 interfaz para Administración
Consulta: Solicitamos a la convocante que sean aceptadas 8 puertos ópticos de 1 y/o 10 Gbps (SFP+) con 1 interfaz de Administración rj45.
La reducción solicitada permitirá ampliar la participación de oferentes calificados sin afectar la calidad técnica ni la capacidad de cumplimiento del servicio, contribuyendo a una mayor competencia y mejores condiciones económicas para la convocante, conforme a los principios de eficiencia y libre concurrencia establecidos en la Ley N° 7021/22. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
Favor remitirse a la version 3 del PBC, en el se actualizan los requerimientos de interfaces
29
SFPs
En la ADENDA presentada se solicita como DENSIDAD DE INTERFACES como sigue: 8 puertos ópticos de 1 Gbps con soporte para conexiones de larga distancia monomodo de 5 Km mínimamente.
2 puertos ópticos de 10 Gbps con soporte para conexiones corta distancia multimodo hasta 100 metros mínimamente.
No será requerido la provisión de módulos ópticos SFP
1 interfaz para Administración
Consulta: Se recomienda permitir o requerir expresamente que los módulos ópticos (SFP/SFP+) sean originales o certificados por el fabricante del equipo DDoS, ya que esto constituye una condición de compliance técnico y de mantenimiento de la garantía de fábrica. La mayoría de los fabricantes líderes del mercado (ej. Fortinet, Radware, Arbor, Check Point, Cisco, Palo Alto, etc.), el uso de módulos ópticos de terceros no certificados por el fabricante del equipo principal puede Invalidar parcial o totalmente la garantía de hardware, Limitar el soporte técnico o las actualizaciones de firmware, Afectar la conformidad de las pruebas de fábrica (Factory Acceptance Test). Si fuese atendido esta recomendación se deberá proveer los SFPs, según necesidad de la convocante.
En la ADENDA presentada se solicita como DENSIDAD DE INTERFACES como sigue: 8 puertos ópticos de 1 Gbps con soporte para conexiones de larga distancia monomodo de 5 Km mínimamente.
2 puertos ópticos de 10 Gbps con soporte para conexiones corta distancia multimodo hasta 100 metros mínimamente.
No será requerido la provisión de módulos ópticos SFP
1 interfaz para Administración
Consulta: Se recomienda permitir o requerir expresamente que los módulos ópticos (SFP/SFP+) sean originales o certificados por el fabricante del equipo DDoS, ya que esto constituye una condición de compliance técnico y de mantenimiento de la garantía de fábrica. La mayoría de los fabricantes líderes del mercado (ej. Fortinet, Radware, Arbor, Check Point, Cisco, Palo Alto, etc.), el uso de módulos ópticos de terceros no certificados por el fabricante del equipo principal puede Invalidar parcial o totalmente la garantía de hardware, Limitar el soporte técnico o las actualizaciones de firmware, Afectar la conformidad de las pruebas de fábrica (Factory Acceptance Test). Si fuese atendido esta recomendación se deberá proveer los SFPs, según necesidad de la convocante.
Se solicita respetuosamente al oferente ajustarse a los requisitos del pbc, no es obligatorio la provision de SFP, no obstante si la solución del oferente los incluye, serán aceptados por la convocante
30
Ratios Financieros
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
Se indica que los mismos corresponden a datos estandarizados del PBC. Estos criterios permiten identificar tendencias y patrones en la performance de la empresa, por lo tanto se mantienen los criterios.