Teniendo en cuenta que el objeto de la presente licitación contempla la adquisición de equipos y/o bienes que no necesariamente corresponden a la categoría de dispositivos médicos, solicitamos considerar la revisión de los siguientes requisitos establecidos como parte de la capacidad técnica:
- “Copia de la Habilitación vigente para Importar / Comercializar / Fabricar Dispositivos Médicos, emitida por D.N.V.S. – M.S.P. y B.S.”
- “Copia de la Constancia de Habilitación de Servicio Técnico como empresa para Importar / Comercializar y/o Fabricar Dispositivos Médicos, emitida por D.N.V.S. – M.S.P. y B.S.”
Fundamento de la solicitud:
Consideramos que estos requisitos podrían limitar innecesariamente la participación de empresas especializadas en equipamiento de laboratorio y/o equipamiento técnico especializado, que cuentan con la experiencia, capacidad técnica, respaldo del fabricante y recursos necesarios para suministrar, instalar, poner en funcionamiento y brindar el soporte técnico correspondiente a los equipos objeto de la contratación.
La exigencia de habilitaciones específicas para dispositivos médicos podría excluir a empresas técnicamente calificadas cuya actividad principal corresponde al suministro de equipamiento de laboratorio, aun cuando los bienes ofertados no sean considerados dispositivos médicos y cumplan íntegramente con las especificaciones técnicas requeridas.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente que se reconsidere la exigencia de dichos documentos como requisito general de capacidad técnica, limitándola, en caso de corresponder, únicamente a aquellos ítems que efectivamente sean clasificados como dispositivos médicos y para los cuales dicha habilitación resulte legalmente exigible.
Esta modificación permitiría una mayor concurrencia de oferentes técnicamente calificados, promoviendo la participación de empresas especializadas y favoreciendo una mayor competencia, sin menoscabar el cumplimiento de las especificaciones técnicas ni la calidad y respaldo requerido para los bienes objeto de la contratación
Teniendo en cuenta que el objeto de la presente licitación contempla la adquisición de equipos y/o bienes que no necesariamente corresponden a la categoría de dispositivos médicos, solicitamos considerar la revisión de los siguientes requisitos establecidos como parte de la capacidad técnica:
- “Copia de la Habilitación vigente para Importar / Comercializar / Fabricar Dispositivos Médicos, emitida por D.N.V.S. – M.S.P. y B.S.”
- “Copia de la Constancia de Habilitación de Servicio Técnico como empresa para Importar / Comercializar y/o Fabricar Dispositivos Médicos, emitida por D.N.V.S. – M.S.P. y B.S.”
Fundamento de la solicitud:
Consideramos que estos requisitos podrían limitar innecesariamente la participación de empresas especializadas en equipamiento de laboratorio y/o equipamiento técnico especializado, que cuentan con la experiencia, capacidad técnica, respaldo del fabricante y recursos necesarios para suministrar, instalar, poner en funcionamiento y brindar el soporte técnico correspondiente a los equipos objeto de la contratación.
La exigencia de habilitaciones específicas para dispositivos médicos podría excluir a empresas técnicamente calificadas cuya actividad principal corresponde al suministro de equipamiento de laboratorio, aun cuando los bienes ofertados no sean considerados dispositivos médicos y cumplan íntegramente con las especificaciones técnicas requeridas.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente que se reconsidere la exigencia de dichos documentos como requisito general de capacidad técnica, limitándola, en caso de corresponder, únicamente a aquellos ítems que efectivamente sean clasificados como dispositivos médicos y para los cuales dicha habilitación resulte legalmente exigible.
Esta modificación permitiría una mayor concurrencia de oferentes técnicamente calificados, promoviendo la participación de empresas especializadas y favoreciendo una mayor competencia, sin menoscabar el cumplimiento de las especificaciones técnicas ni la calidad y respaldo requerido para los bienes objeto de la contratación
En atención a la consulta planteada respecto a la exigencia de la "Copia de la Habilitación vigente para Importar ,Comercializar de Dispositivos Médicos, emitida por D.N.V.S.", así como de la "Copia de la Constancia de Habilitación de Servicio Técnico como empresa para Importar ,Comercializar Dispositivos Médicos", consideramos importante señalar que dichos requisitos revisten especial relevancia cuando los bienes objeto de la contratación corresponden a dispositivos médicos o equipos que, por su naturaleza y finalidad de uso, se encuentran sujetos a regulación sanitaria.
La habilitación emitida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) constituye un mecanismo de control sanitario que permite acreditar que la empresa se encuentra legalmente habilitada para desarrollar actividades de importación y comercialización de dispositivos médicos, garantizando que dichas actividades sean realizadas por establecimientos que cumplen con las condiciones y requisitos establecidos por la autoridad sanitaria competente.
Asimismo, la habilitación de Servicio Técnico reviste particular importancia cuando la contratación contempla equipos que requieren instalación, puesta en funcionamiento, mantenimiento preventivo y correctivo, calibración, reparación y/o asistencia técnica especializada. Estas actividades pueden incidir directamente en el correcto funcionamiento, seguridad y desempeño de los equipos, por lo que resulta necesario que sean realizadas por una empresa debidamente habilitada y con capacidad técnica para brindar el servicio correspondiente.
En este sentido, la exigencia de estas habilitaciones no tiene por objeto limitar la participación de empresas especializadas en equipamiento de laboratorio, sino garantizar que, cuando se trate de bienes regulados como dispositivos médicos, el proveedor cuente con la habilitación sanitaria correspondiente y con la capacidad legal y técnica para asumir las responsabilidades derivadas de su suministro y soporte posterior.
En consecuencia, considerando la naturaleza de los bienes objeto de la contratación y la necesidad de asegurar el cumplimiento de la normativa sanitaria aplicable durante toda la ejecución contractual, se mantiene la exigencia de ambos documentos en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Lote 1 Ítem 3
Nos dirigimos a la convocante a fin de solicitar la revisión y eventual ampliación de las especificaciones técnicas correspondientes al Lote 1, Ítem 3, para tener en consideración equipos con ≤ 65 decibeles de ruido. Teniendo en cuenta que dicha característica no compromete el desempeño y seguridad del equipo. La consideración de esta solicitud contribuiría a ampliar la participación de potenciales oferentes y a promover una mayor concurrencia, en concordancia con los principios de igualdad de oportunidades y libre competencia que rigen las contrataciones públicas.
Nos dirigimos a la convocante a fin de solicitar la revisión y eventual ampliación de las especificaciones técnicas correspondientes al Lote 1, Ítem 3, para tener en consideración equipos con ≤ 65 decibeles de ruido. Teniendo en cuenta que dicha característica no compromete el desempeño y seguridad del equipo. La consideración de esta solicitud contribuiría a ampliar la participación de potenciales oferentes y a promover una mayor concurrencia, en concordancia con los principios de igualdad de oportunidades y libre competencia que rigen las contrataciones públicas.
Remitirse al PBC, teniendo en cuenta que las especificaciones técnicas establecidas para el Lote 1, Ítem 3, responden a criterios técnicos definidos en el marco de protocolos de proyectos internacionales destinados al desarrollo de investigaciones previamente estandarizadas. En tal sentido, los parámetros establecidos se consideran necesarios para garantizar la compatibilidad con las metodologías y condiciones de trabajo contempladas en dichos protocolos, por lo que se mantienen las especificaciones técnicas originalmente establecidas.
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PLAN DE ENTREGA DE BIENES
Plan de entrega de los bienes
Se consulta amablemente a la convocante si sería factible extender el plazo de fecha final de entrega de los bienes EN UN PLAZO NO MAYOR A 60 DÍAS HABILES A PARTIR DE LA RECEPCION DE LA ORDEN DE COMPRA. Esto se fundamenta en que varios de los equipos solicitados tienen un periodo de producción estimado de fábrica según cada requerimiento solicitado por la convocante, los plazos de producción y disponibilidad en fábrica pueden variar de acuerdo con las características técnicas citadas en las especificaciones técnicas. En ese sentido, la ampliación del plazo permitiría contemplar adecuadamente los tiempos necesarios para la producción, preparación, despacho, importación y entrega de los equipos, garantizando que los bienes sean suministrados en las condiciones técnicas requeridas y evitando eventuales inconvenientes derivados de plazos de fabricación y logística internacional que no se encuentran bajo el control directo del oferente.
De:
Escobar Barriocanal, Carmen Stella
80026564-5 - CHACO INTERNACIONAL SA
Consulta:
Plan de entrega de los bienes
Se consulta amablemente a la convocante si sería factible extender el plazo de fecha final de entrega de los bienes EN UN PLAZO NO MAYOR A 60 DÍAS HABILES A PARTIR DE LA RECEPCION DE LA ORDEN DE COMPRA. Esto se fundamenta en que varios de los equipos solicitados tienen un periodo de producción estimado de fábrica según cada requerimiento solicitado por la convocante, los plazos de producción y disponibilidad en fábrica pueden variar de acuerdo con las características técnicas citadas en las especificaciones técnicas. En ese sentido, la ampliación del plazo permitiría contemplar adecuadamente los tiempos necesarios para la producción, preparación, despacho, importación y entrega de los equipos, garantizando que los bienes sean suministrados en las condiciones técnicas requeridas y evitando eventuales inconvenientes derivados de plazos de fabricación y logística internacional que no se encuentran bajo el control directo del oferente.
Se observa que la especificación técnica combina unidades métricas e imperiales de forma repetitiva y ajustada a la ficha técnica de un modelo específico (Thermo Fisher), generando ambigüedad sobre los límites del espacio de instalación.
Dado que la exigencia de medidas exactas de catálogo restringe la competencia frente a equipos equivalentes de otras marcas certificadas, ¿podría la convocante definir los rangos dimensionales permisibles en cm? Y confirmar si se aceptarán ofertas equivalentes.
Se observa que la especificación técnica combina unidades métricas e imperiales de forma repetitiva y ajustada a la ficha técnica de un modelo específico (Thermo Fisher), generando ambigüedad sobre los límites del espacio de instalación.
Dado que la exigencia de medidas exactas de catálogo restringe la competencia frente a equipos equivalentes de otras marcas certificadas, ¿podría la convocante definir los rangos dimensionales permisibles en cm? Y confirmar si se aceptarán ofertas equivalentes.
Lote 1, Item 1: Solicitamos a la convocante modificar el requisito que establece “instrumento intercambiable entre formatos de 96 pocillos, 96 pocillos Fast y 384 pocillos”, considerando que esta característica corresponde a una arquitectura específica de una única marca de equipo thermo scientific y no constituye una prestación esencial para las aplicaciones requeridas. ¿Se podrá establecer como requisito un sistema con bloque fijo de 96 pocillos, manteniendo las demás prestaciones técnicas solicitadas o equivalentes, a fin de permitir la participación de equipos equivalentes disponibles en el mercado? También se solicita aclarar la necesidad de la convocante de la utilización de placas de 384 pocillos, teniendo en cuenta que todas las reacciones de PCR son aplicables en formato de 96 pocillos que brinda mayor conveniencia y practicidad, teniendo en cuenta que los consumibles aplicables al formato de 384 pocillos no son comunes en el mercado
Lote 1, Item 1: Solicitamos a la convocante modificar el requisito que establece “instrumento intercambiable entre formatos de 96 pocillos, 96 pocillos Fast y 384 pocillos”, considerando que esta característica corresponde a una arquitectura específica de una única marca de equipo thermo scientific y no constituye una prestación esencial para las aplicaciones requeridas. ¿Se podrá establecer como requisito un sistema con bloque fijo de 96 pocillos, manteniendo las demás prestaciones técnicas solicitadas o equivalentes, a fin de permitir la participación de equipos equivalentes disponibles en el mercado? También se solicita aclarar la necesidad de la convocante de la utilización de placas de 384 pocillos, teniendo en cuenta que todas las reacciones de PCR son aplicables en formato de 96 pocillos que brinda mayor conveniencia y practicidad, teniendo en cuenta que los consumibles aplicables al formato de 384 pocillos no son comunes en el mercado
Remitirse a la ADENDA N°1. Las especificaciones técnicas establecidas para el Lote 1, Ítem 1, responden a criterios técnicos definidos en el marco de protocolos de proyectos internacionales destinados al desarrollo de investigaciones previamente estandarizadas. Ante la necesidad de analizar muestras en cantidades masivas se solicita lo establecido para garantizar la compatibilidad con las metodologías y condiciones de trabajo contempladas en dichos protocolos.
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lote 1 item 1 EETT
- Lote 4, Item 1: Solicitamos a la convocante modificar las especificaciones correspondientes a cuantificación y análisis de variación genética, específicamente la exigencia de genotipado mediante sondas “HybProbe o SimpleProbe” y la referencia a formatos específicos de sondas y tintes fluorescentes de una única marca comercial Thermo Scientific , considerando que dichas denominaciones corresponden a tecnologías y soluciones comerciales particulares. Solicitamos que estos requisitos sean expresados en términos de prestaciones y resultados analíticos, permitiendo metodologías y tecnologías equivalentes que posibiliten la cuantificación absoluta y relativa, genotipado, análisis de SNP, detección de mutaciones, HRM y análisis de expresión génica, utilizando diferentes formatos de sondas y fluoróforos, siempre que cumplan con los niveles de sensibilidad, reproducibilidad y desempeño requeridos. Asimismo, solicitamos que se permita el uso de sistemas con bloque fijo de 96 pocillos, en lugar de exigir indistintamente placas de 96 o 384 pocillos, a fin de garantizar la libre concurrencia y participación de equipos técnicamente equivalentes.
- Lote 4, Item 1: Solicitamos a la convocante modificar las especificaciones correspondientes a cuantificación y análisis de variación genética, específicamente la exigencia de genotipado mediante sondas “HybProbe o SimpleProbe” y la referencia a formatos específicos de sondas y tintes fluorescentes de una única marca comercial Thermo Scientific , considerando que dichas denominaciones corresponden a tecnologías y soluciones comerciales particulares. Solicitamos que estos requisitos sean expresados en términos de prestaciones y resultados analíticos, permitiendo metodologías y tecnologías equivalentes que posibiliten la cuantificación absoluta y relativa, genotipado, análisis de SNP, detección de mutaciones, HRM y análisis de expresión génica, utilizando diferentes formatos de sondas y fluoróforos, siempre que cumplan con los niveles de sensibilidad, reproducibilidad y desempeño requeridos. Asimismo, solicitamos que se permita el uso de sistemas con bloque fijo de 96 pocillos, en lugar de exigir indistintamente placas de 96 o 384 pocillos, a fin de garantizar la libre concurrencia y participación de equipos técnicamente equivalentes.
Ajustarse al PBC. Las especificaciones técnicas establecidas para el Lote 4, Ítem 1, responden a criterios técnicos definidos en el marco de protocolos estandarizados. En tal sentido, los parámetros establecidos se consideran necesarios para garantizar la compatibilidad con las metodologías y condiciones de trabajo contempladas en dichos protocolos, por lo que se mantienen las especificaciones técnicas originalmente establecidas.
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Experiencia Requerida
Sobre el siguiente punto:
"Demostrar la experiencia en provisión de Equipos de Laboratorios con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 3 años 2023-2024 y 2025. Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año. del porcentaje del monto establecido por cada año".
Se solicita amablemente a la convocante ampliar la cantidad de años solicitados, modificar *de los últimos 3 años* a 5 años (2021-2022-2023-2024-2025).
De:
figueredo villar, daisy belen
80008449-7 - BIOTEC DEL PARAGUAY S.A.
Consulta:
Sobre el siguiente punto:
"Demostrar la experiencia en provisión de Equipos de Laboratorios con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 3 años 2023-2024 y 2025. Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año. del porcentaje del monto establecido por cada año".
Se solicita amablemente a la convocante ampliar la cantidad de años solicitados, modificar *de los últimos 3 años* a 5 años (2021-2022-2023-2024-2025).