En las Especificaciones Técnicas (EETT) no se detalla el tipo de transductor requerido, por lo que sugerimos incluir la solicitud de un transductor convexo con un rango de frecuencia de al menos 2 a 5 MHz y un transductor endocavitario con rango de 4 a 12 MHz, considerando que sin estos componentes el equipo no puede ser utilizado ni cumplir su función diagnóstica.
En las Especificaciones Técnicas (EETT) no se detalla el tipo de transductor requerido, por lo que sugerimos incluir la solicitud de un transductor convexo con un rango de frecuencia de al menos 2 a 5 MHz y un transductor endocavitario con rango de 4 a 12 MHz, considerando que sin estos componentes el equipo no puede ser utilizado ni cumplir su función diagnóstica.
Solicitamos a la convocante que acepten la cotización de un Ecógrafo Portátil. Debido a que los Ecógrafos modulares en precio superan el limite de costo propuesto por la entidad.
Favor considerar la modificación
Solicitamos a la convocante que acepten la cotización de un Ecógrafo Portátil. Debido a que los Ecógrafos modulares en precio superan el limite de costo propuesto por la entidad.
Favor considerar la modificación
En atención a lo solicitado, corresponde precisar que la presente convocatoria se encuentra regida por lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, documento que constituye la guía obligatoria para la presentación de las ofertas. En ese sentido, los requerimientos planteados por las distintas dependencias han sido elaborados con el objetivo de cubrir de manera integral las necesidades de la institución. Por tanto, resulta necesario que las propuestas se ajusten en forma estricta a lo previsto en el pliego y a los pedidos específicos, asegurando así la satisfacción plena de los requerimientos institucionales.
13
PRECIO REFERENCIAL
Estimación de Costos para el ítem 1- Ecógrafo Solicitamos a la Convocante replantear la estimación de costos. Dicho pedido es realizado teniendo en cuenta el presupuesto publicado por la firma RECAUCHUTADORA INDUSTRIAL DEL PARAGUAY S.R.L, en la cual no se observa la cotización de los transductores cuya función principal es la captar las imágenes. Los transductores captan la imagen diagnóstica en tiempo real y sin este componente el sistema no puede funcionar.
Además, insistimos a la convocante que no se observa en el documento publicado DICTAMEN DC-FCV N° 055/2025 que el precio referencial haya sido establecido conforme a la combinación de cotización, puesto que el precio referencial fue resultado de la única cotización presentada por la firma RECAUCHUTADORA INDUSTRIAL DEL PARAGUAY S.R.L., quien cumple con la totalidad de las EETT según manifiesta la convocante, cuya cotización asciende a (dólar) 21.000 que posteriormente la convocante realizo la conversión en guaraníes quedando en gs. 155.820.000. por otra parte, también se observa que esta empresa no cotiza los transductores que es fundamental y de suma importancia para un equipo de Ecografía y para que el mismo pueda ser utilizado. La inclusión de este transductor aumenta el valor del Ecografo, es por ello que insistimos que el precio referencial sea replanteado y nuevamente analizado.
Estimación de Costos para el ítem 1- Ecógrafo Solicitamos a la Convocante replantear la estimación de costos. Dicho pedido es realizado teniendo en cuenta el presupuesto publicado por la firma RECAUCHUTADORA INDUSTRIAL DEL PARAGUAY S.R.L, en la cual no se observa la cotización de los transductores cuya función principal es la captar las imágenes. Los transductores captan la imagen diagnóstica en tiempo real y sin este componente el sistema no puede funcionar.
Además, insistimos a la convocante que no se observa en el documento publicado DICTAMEN DC-FCV N° 055/2025 que el precio referencial haya sido establecido conforme a la combinación de cotización, puesto que el precio referencial fue resultado de la única cotización presentada por la firma RECAUCHUTADORA INDUSTRIAL DEL PARAGUAY S.R.L., quien cumple con la totalidad de las EETT según manifiesta la convocante, cuya cotización asciende a (dólar) 21.000 que posteriormente la convocante realizo la conversión en guaraníes quedando en gs. 155.820.000. por otra parte, también se observa que esta empresa no cotiza los transductores que es fundamental y de suma importancia para un equipo de Ecografía y para que el mismo pueda ser utilizado. La inclusión de este transductor aumenta el valor del Ecografo, es por ello que insistimos que el precio referencial sea replanteado y nuevamente analizado.
Hacemos notar a la convocante que el PBC en el cuadro de las EETT, no contempla los transductores componente principal para un equipo de Ecografía, cuya función principal es la captar las imágenes. Los transductores captan la imagen, diagnóstica en tiempo real y sin este componente el sistema no puede funcionar. Por lo tanto es de vital importancia. Por lo que sugerimos a la convocante definir e incluir transductor convexo con un rango de frecuencia de al menos 2 a 5 MHz y un transductor endocavitario con rango de 4 a 12 MHz.
Hacemos notar a la convocante que el PBC en el cuadro de las EETT, no contempla los transductores componente principal para un equipo de Ecografía, cuya función principal es la captar las imágenes. Los transductores captan la imagen, diagnóstica en tiempo real y sin este componente el sistema no puede funcionar. Por lo tanto es de vital importancia. Por lo que sugerimos a la convocante definir e incluir transductor convexo con un rango de frecuencia de al menos 2 a 5 MHz y un transductor endocavitario con rango de 4 a 12 MHz.
Hacemos notar a la convocante que conforme a las respuestas de las consultas 1, 3 y 4, en la cual menciona la convocante que se ha emitido una adenda, a la fecha no se visualiza la publicación de esta adenda.
Hacemos notar a la convocante que conforme a las respuestas de las consultas 1, 3 y 4, en la cual menciona la convocante que se ha emitido una adenda, a la fecha no se visualiza la publicación de esta adenda.
Se aclara que, si se visualiza la Adenda publicada, en la misma se encuentran las modificaciones y aclaraciones realizadas respecto a la Consulta N.º 1 (Experiencia requerida), Consulta N.º 3 (Capacidad Técnica) y Consulta N.º 4 (Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica).
Asimismo, esta Convocante ya ha efectuado la verificación correspondiente
16
item 1 ecografo
Trasnductor microconvexo multifrecuencial de 2 a 12,8 Mhz * 1 solicitamos permita ofertar Trasnductor microconvexo multifrecuencial de 3 a 11 Mhz * 1 o mejor de manera a permitir mayor participación de oferentes
Trasnductor microconvexo multifrecuencial de 2 a 12,8 Mhz * 1 solicitamos permita ofertar Trasnductor microconvexo multifrecuencial de 3 a 11 Mhz * 1 o mejor de manera a permitir mayor participación de oferentes
En atención a lo solicitado, corresponde precisar que la presente convocatoria se encuentra regida por lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, documento que constituye la guía obligatoria para la presentación de las ofertas. En ese sentido, los requerimientos planteados por las distintas dependencias han sido elaborados con el objetivo de cubrir de manera integral las necesidades de la institución. Por tanto, resulta necesario que las propuestas se ajusten en forma estricta a lo previsto en el pliego y a los pedidos específicos, asegurando así la satisfacción plena de los requerimientos institucionales.
17
ITEM 1
Solicitan Trasnductor microconvexo multifrecuencial de 2 a 12,8 Mhz * 1, solicitamos diga Trasnductor microconvexo multifrecuencial de 2 a 11 Mhz * 1 de manera a permitir mayor participación de oferentes
Solicitan Trasnductor microconvexo multifrecuencial de 2 a 12,8 Mhz * 1, solicitamos diga Trasnductor microconvexo multifrecuencial de 2 a 11 Mhz * 1 de manera a permitir mayor participación de oferentes
En atención a lo solicitado, corresponde precisar que la presente convocatoria se encuentra regida por lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, documento que constituye la guía obligatoria para la presentación de las ofertas. En ese sentido, los requerimientos planteados por las distintas dependencias han sido elaborados con el objetivo de cubrir de manera integral las necesidades de la institución. Por tanto, resulta necesario que las propuestas se ajusten en forma estricta a lo previsto en el pliego y a los pedidos específicos, asegurando así la satisfacción plena de los requerimientos institucionales.
18
Sobre la Copia de la Resolución de Apertura vigente o de renovación de la firma oferente para Importar / Comercializar / Fabricar Dispositivos Médicos expedida por la DNVS, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Solicitamos la exclusión del requisito que exige la presentación de la Resolución de Apertura vigente o de renovación expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS), dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, para la importación, comercialización o fabricación de dispositivos médicos. Consideramos que dicho requisito no corresponde en el caso de equipamientos médicos destinados exclusivamente al uso veterinario, ya que el ente regulador competente en esta materia es el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA), conforme a la legislación vigente en Paraguay.
La DNVS regula dispositivos médicos de uso humano, mientras que SENACSA es la autoridad encargada de establecer los lineamientos técnicos y sanitarios para productos, equipos y tecnologías aplicadas en medicina veterinaria. Por lo tanto, exigir una resolución emitida por la DNVS para este tipo de equipamientos genera una duplicación innecesaria de trámites y puede obstaculizar el cumplimiento eficiente de los procesos de registro y comercialización en el ámbito veterinario.
27-10-2025
29-10-2025
Sobre la Copia de la Resolución de Apertura vigente o de renovación de la firma oferente para Importar / Comercializar / Fabricar Dispositivos Médicos expedida por la DNVS, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Solicitamos la exclusión del requisito que exige la presentación de la Resolución de Apertura vigente o de renovación expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS), dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, para la importación, comercialización o fabricación de dispositivos médicos. Consideramos que dicho requisito no corresponde en el caso de equipamientos médicos destinados exclusivamente al uso veterinario, ya que el ente regulador competente en esta materia es el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA), conforme a la legislación vigente en Paraguay.
La DNVS regula dispositivos médicos de uso humano, mientras que SENACSA es la autoridad encargada de establecer los lineamientos técnicos y sanitarios para productos, equipos y tecnologías aplicadas en medicina veterinaria. Por lo tanto, exigir una resolución emitida por la DNVS para este tipo de equipamientos genera una duplicación innecesaria de trámites y puede obstaculizar el cumplimiento eficiente de los procesos de registro y comercialización en el ámbito veterinario.