Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 CONSULTA Y ACLARACION SOBRE EXIGENCIA DE AUTORIZACION DEL FABRICANTE Y POLIZA DE SEGURO Consulta y Aclaración sobre exigencia de Autorización del fabricante Y Cobertura de seguro –Convocatoria de la Licitación 476375 - MCM Nª 05/2025 CON ID Nª 476375 - AQUISICION DE VEHICULO TIPO SUV De mi mayor consideración: Me dirijo a Uds. en el marco del procedimiento de contratación indicado en la referencia, a fin de solicitar aclaración respecto a dos requisitos establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, consistente en la exigencia de Autorización del Fabricante en la Páginas 8/32 y 20/32, Cobertura de Seguros de los Bienes páginas 9/32 y 21/32 Autorización del Fabricante folio 8/32 dice: Autorización del Fabricante Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: No Aplica Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios. En la página numero 20/32 dice lo siguiente: Servicios post venta El oferente deberá contar con taller especializado en reparaciones de la marca del vehículo dentro del gran Asunción. Para el efecto deberá adjuntar a sus ofertas el listado de Talleres con el lugar de ubicación, dirección y teléfono. Deberá también proporcionar una certificación de la marca del vehículo que lo acredite como representante o distribuidor de la marca y servicio técnico autorizado o la cadena de autorizaciones para ambas cosas y una Declaración Jurada de compromiso de provisión de servicio técnico y repuestos por un periodo no menor a 5 años. En atención a lo dispuesto en el Artículo 45 del Decreto N.º 2264/24, reglamentario de la Ley N.º 7021/22, los pliegos de bases y condiciones deben elaborarse de manera clara, objetiva e imparcial, no pudiendo contener requisitos que no resulten técnicamente indispensables y que, por su naturaleza, limiten la concurrencia de oferentes. Asimismo, el Artículo 57 del mismo Decreto establece el contenido mínimo de las bases, lo que obliga a que los requisitos exigidos sean proporcionales y necesarios. Considero que la exigencia exclusiva de una carta del fabricante puede resultar restrictiva, dado que la representación y el origen del vehículo también pueden acreditarse mediante otras vías jurídicamente válidas. COBERTURA DE SEGURO DE LOS BIENES En la pagina número 9/32 dice lo siguiente: Cobertura de Seguro de los bienes La cobertura de seguro requerida a los bienes será: No Aplica En la página numero 21/32 dice lo siguiente: Seguro contra todo riesgo El proveedor deberá contratar una póliza de seguro contra todo riesgo con una vigencia mínima de 1 año desde la fecha de entrega del vehículo, por el valor ofertado del vehículo, a ser contratada con alguna compañía de aseguradora reconocida por la Superintendencia de Seguros del BCP, a favor de la GOBERNACIÓN DE ALTO PARAGUAY. Por lo expuesto, solicito se sirvan aclarar y justificar técnicamente: 1) La razón por la cual consulto si es necesario o no la AUTORIZACION DEL REPRESENTANTE para la provisión del vehículo. 2) Si debe contar o no con la poliza de seguro el vehiculo adjudicado. 08-10-2025 08-10-2025
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