Buen día, mas abajo describo los pasos:
SELECCIÓN DE DOCUMENTOS
Cuando el oferente proceda a la selección de los documentos para su carga desde su dispositivo desde cual se encuentre realizando la carga, para ello deberá filtrar el tipo de documento que precise cargar facilitando así su búsqueda y carga; o bien puede proceder a su búsqueda mediante el selector de páginas que se encuentra en la parte inferior.
Una vez seleccionado el tipo de documento a subir desde el dispositivo desde el cual se encuentre realizando la carga, deberá clicar en la pestaña SUBIR ARCHIVO, arrojando una alerta en el caso de que la carga haya sido exitosa, debiendo volver para la carga sucesiva de otros documentos a través de la pestaña inferior izquierdo VOLVER AL LISTADO, redirigiendo al menú DOCUMENTOS donde visualizara el listado de documentos seleccionados, así como también las acciones que le permitirán visualizar el contenido del documento a través de su descarga o su eliminación.
INCLUSION DE DOCUMENTOS DEL PERFIL PROVEEDOR
Cuando el oferente proceda a la inclusión de documentos obrantes en el Registro del Proveedor deberá ingresar a través de ACCIONES/INCLUIR DOCUMENTOS DEL PROVEEDOR, acción que lo llevará al listado de documentos del perfil del proveedor por TIPO Y NOMBRE DE ARCHIVO Y FECHA DE VENCIMIENTO, pudiendo el oferente seleccionar los documentos que precise para su posterior inclusión a través del icono CONFIRMAR DOCUMENTOS.
Cualquier duda se encuentra disponible el numero de teléfono o correo en el SICP
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Junta de Aclaraciones
Hay una fecha y hora establecida para reunion de junta de aclaraciones?
Gracias
No se encuentra prevista la realización de Junta de Aclaraciones para el presente proceso.
Se prevé la realización de una Visita Técnica de carácter no obligatorio con las siguientes condiciones establecidas en el PBC:
Fecha Final de Visita Técnica: 24 de octubre 2025
Lugar: Planta Industrial de Vallemí y Planta Industrial de Villeta
Hora: de lunes a viernes de 07:00 hs. a 14:00 hs
Procedimiento: para el conocimiento acabado del sistema de carga y descarga en Vallemí y Villeta
Nombre y contacto del funcionario responsable de guiar la visita: Directores de Unidad de Logística de Vallemí y Villeta
Participación obligatoria: NO
3
Documentos que acreditan capacidad de carga
En cuanto al documento "Declaración jurada de Poseer barcazas tipo granelera de capacidad mínima de carga de 1.000 toneladas hasta 2.500 toneladas", consultamos: Existe un texto o formulario pre-establecido que el oferente deba completar y firmar, o cada oferente debe redactar su declaracion jurada?
En cuanto al documento "Declaración jurada de Poseer barcazas tipo granelera de capacidad mínima de carga de 1.000 toneladas hasta 2.500 toneladas", consultamos: Existe un texto o formulario pre-establecido que el oferente deba completar y firmar, o cada oferente debe redactar su declaracion jurada?
En cuanto al documento "Certificado de Capacidad de Carga real para transportar como mínimo 7.000 toneladas", consultamos: ¿Este certificado debe ser emitido por el propio oferente? En caso que no, favor aclarar qué entidad debe emitir este certificado.
En cuanto al documento "Certificado de Capacidad de Carga real para transportar como mínimo 7.000 toneladas", consultamos: ¿Este certificado debe ser emitido por el propio oferente? En caso que no, favor aclarar qué entidad debe emitir este certificado.
Favor remitirse al punto 3.8.1.5 de las Especificaciones Técnicas donde se indica que el documento requerido es la Tabla de Carena de Calado suscripto por un Perito o Ingeniero Naval registrado en la prefectura con firma y sello del profesional acreditado.
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Alcance de exclusividad exigida
Con relación a este párrafo incluido en el PBC: "Los remolcadores y barcazas que sean declarados aptos para este servicio serán de uso "exclusivo de la INC" No podrán realizar trabajos fuera de este contrato excepto con autorización escrita de la INC, ni transportar cargas de la INC con cargas de otras empresas, lo cual resta capacidades en bodegas, tiempo de navegación, entre otros.", tener en cuenta que esta licitación es de contrato abierto y bajo modalidad abastecimiento simultáneo. Esto implica que la INC NO asegura ni se obliga a requerir el servicio de flete a todos los proveedores que resulten adjudicados, durante todo el tiempo de duración del contrato. Por tanto, sería impensable e inconstitucional exigir que los remolcadores y barcazas ofrecidos para esta licitación, dejen de trabajar absolutamente, aun en los periodos de tiempo en que INC no requiera servicio. Por tanto, favor aclarar si el alcance de "uso exclusivo" exigido en el PBC se refiere solo al tiempo de viaje/servicio requerido expresamente por la INC a partir de la emisión de una Orden de Carga.
Con relación a este párrafo incluido en el PBC: "Los remolcadores y barcazas que sean declarados aptos para este servicio serán de uso "exclusivo de la INC" No podrán realizar trabajos fuera de este contrato excepto con autorización escrita de la INC, ni transportar cargas de la INC con cargas de otras empresas, lo cual resta capacidades en bodegas, tiempo de navegación, entre otros.", tener en cuenta que esta licitación es de contrato abierto y bajo modalidad abastecimiento simultáneo. Esto implica que la INC NO asegura ni se obliga a requerir el servicio de flete a todos los proveedores que resulten adjudicados, durante todo el tiempo de duración del contrato. Por tanto, sería impensable e inconstitucional exigir que los remolcadores y barcazas ofrecidos para esta licitación, dejen de trabajar absolutamente, aun en los periodos de tiempo en que INC no requiera servicio. Por tanto, favor aclarar si el alcance de "uso exclusivo" exigido en el PBC se refiere solo al tiempo de viaje/servicio requerido expresamente por la INC a partir de la emisión de una Orden de Carga.
Favor remitirse al PBC, aclarando que, debido a las necesidades de abastecimiento, resulta indispensable contar con las barcazas a entera disposición para garantizar la continuidad operativa y el cumplimiento de los requerimientos logísticos establecidos.
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Forma y condiciones de pago
El PBC dispone que el plazo de pago de las facturas será de 60 dias, sujeto a un plazo adicional de 15 días para que la INC apruebe/rechace la factura. Al mismo tiempo esta licitación no prevé anticipo para oferentes que no sean MIPYMES. En la práctica, lo anterior implicaría que el oferente debe financiar el servicio desde que lo presta (Momento de la Carga) y por un plazo que puede llegar incluso a 90 días (considerando adicional a los plazos antes indicados, el tiempo de carga/viaje/descarga). Por tanto, consultamos por qué se impone esta carga de financiación al proveedor en esta licitación? Solicitamos implementar en esta licitación los términos contractuales que eran usuales para este servicio en licitaciones anteriores: Facturación con la Orden de carga (inicio del viaje) y plazo de pago 30 días. Caso contrario, tomando como base que el pedido de servicio de la INC puede ser mensual, los términos actuales implican que el proveedor debe financiar a su costo los primeros 3 (tres) meses de servicio, sin cobrar.
El PBC dispone que el plazo de pago de las facturas será de 60 dias, sujeto a un plazo adicional de 15 días para que la INC apruebe/rechace la factura. Al mismo tiempo esta licitación no prevé anticipo para oferentes que no sean MIPYMES. En la práctica, lo anterior implicaría que el oferente debe financiar el servicio desde que lo presta (Momento de la Carga) y por un plazo que puede llegar incluso a 90 días (considerando adicional a los plazos antes indicados, el tiempo de carga/viaje/descarga). Por tanto, consultamos por qué se impone esta carga de financiación al proveedor en esta licitación? Solicitamos implementar en esta licitación los términos contractuales que eran usuales para este servicio en licitaciones anteriores: Facturación con la Orden de carga (inicio del viaje) y plazo de pago 30 días. Caso contrario, tomando como base que el pedido de servicio de la INC puede ser mensual, los términos actuales implican que el proveedor debe financiar a su costo los primeros 3 (tres) meses de servicio, sin cobrar.
Solicitamos remitirse a lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Documentos para demostrar experiencia
En relación a los requisitos documentales para la evaluación de la experiencia se solicita aclarar, si debe presentarse copias de las facturas de venta contado o facturas de venta a crédito con sus recibos cancelatorios o facturas a créditos con su certificado de cumplimiento o acta de recepción total, y también debe presentarse contratos con certificados de cumplimientos o actas de recepción total o contratos en ejecución con acta de recepción final, que avale la experiencia requerida o solo se debe presentar una de las documentaciones solicitadas como aval de la experiencia
En relación a los requisitos documentales para la evaluación de la experiencia se solicita aclarar, si debe presentarse copias de las facturas de venta contado o facturas de venta a crédito con sus recibos cancelatorios o facturas a créditos con su certificado de cumplimiento o acta de recepción total, y también debe presentarse contratos con certificados de cumplimientos o actas de recepción total o contratos en ejecución con acta de recepción final, que avale la experiencia requerida o solo se debe presentar una de las documentaciones solicitadas como aval de la experiencia
Para acreditar la experiencia, basta con presentar uno de los documentos solicitados que la respalde; no es necesario entregar todos
8
Consulta de Capacidad Financiera
Por medio de la presente consulta solicitamos la reconsideración del criterio establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de 476626 en el apatado Capacidad Financiera donde establece lo siguiente:
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a. Para contribuyente de IRE GENERAL
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente.
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio de los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Endeudamiento: pasivo total / activo total.
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio de los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio de los tres últimos años (2022, 2023 y 2024), no deberá ser negativo
Teniendo en cuenta lo requerido en el PBC de la mencionada licitación, entendemos que si bien los requerimientos actuales reflejarían una situación positiva en el estado financiero de los posibles oferentes los mismos no favorecen una mayor participación considerando las condiciones de navegación de los últimos años.
Dicho esto, solicitamos tengan a bien considerar un cambio en lo referente a:
1. Periodo del promedio, que sean considerados solamente los años 2023 y 2024.
2. Los parámetros de endeudamiento pasivo total/ activo total sean de 0,90.
Desde ya agradecemos la atención que puedan brindar a este asunto.
Por medio de la presente consulta solicitamos la reconsideración del criterio establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de 476626 en el apatado Capacidad Financiera donde establece lo siguiente:
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a. Para contribuyente de IRE GENERAL
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente.
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio de los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Endeudamiento: pasivo total / activo total.
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio de los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio de los tres últimos años (2022, 2023 y 2024), no deberá ser negativo
Teniendo en cuenta lo requerido en el PBC de la mencionada licitación, entendemos que si bien los requerimientos actuales reflejarían una situación positiva en el estado financiero de los posibles oferentes los mismos no favorecen una mayor participación considerando las condiciones de navegación de los últimos años.
Dicho esto, solicitamos tengan a bien considerar un cambio en lo referente a:
1. Periodo del promedio, que sean considerados solamente los años 2023 y 2024.
2. Los parámetros de endeudamiento pasivo total/ activo total sean de 0,90.
Desde ya agradecemos la atención que puedan brindar a este asunto.
Favor remitirse a lo estipulado en la Adenda N° 2 - Versión 3 del Pliego de Bases y Condiciones.
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Capacidad de pago INC
Considerando que actualmente no está cumpliendo con los pagos de deudas que ya están vencidas por servicios de flete fluvial prestados a la INC en el marco de la licitación anterior (ID 454781/2024), consultamos si la INC cuenta con recursos y presupuesto aprobado para pagar el servicio de flete que quiere contratar con esta nueva licitación en curso. En caso afirmativo, solicitamos nos remita el documento que acredita que la INC cuenta con los recursos y presupuesto aprobado.
Considerando que actualmente no está cumpliendo con los pagos de deudas que ya están vencidas por servicios de flete fluvial prestados a la INC en el marco de la licitación anterior (ID 454781/2024), consultamos si la INC cuenta con recursos y presupuesto aprobado para pagar el servicio de flete que quiere contratar con esta nueva licitación en curso. En caso afirmativo, solicitamos nos remita el documento que acredita que la INC cuenta con los recursos y presupuesto aprobado.
Toda la documentación que respalda el presente procedimiento licitatorio se encuentra disponible en la plataforma de la DNCP. Los interesados pueden acceder y verificar el expediente completo ingresando al ID°476626
La Industria Nacional del Cemento (INC) certifica la disponibilidad de los recursos financieros necesarios para la contratación del servicio de flete fluvial objeto de esta licitación.
Esta acreditación incluye la siguiente documentación clave, emitida conforme a la normativa presupuestaria vigente:
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria: Abarca el presente ejercicio fiscal. CDP N°308/2025
Constancia de Compromiso Plurianual: Cubre el siguiente ejercicio fiscal. PRESUPUESTO PLURIANUAL (OG. 221 - 1.1.3) SIME N° 57.262/2025 (MEF)
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CONDICIONES HIDRAULICAS
En cuanto al cuarto párrafo, bajante del nivel del rio menos de 2,70 mts. aplicado al inicio de la carga, consideramos razonable aplicar a inicio y término de carga, ya que si bien inicia con 2,70 mts. en el transcurrir se produce bajantes que hace que no se pueda realizar la carga a nivel normal, y tampoco permite al oferente acogerse al 15% de incremento.
En cuanto al cuarto párrafo, bajante del nivel del rio menos de 2,70 mts. aplicado al inicio de la carga, consideramos razonable aplicar a inicio y término de carga, ya que si bien inicia con 2,70 mts. en el transcurrir se produce bajantes que hace que no se pueda realizar la carga a nivel normal, y tampoco permite al oferente acogerse al 15% de incremento.