Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Capacidad en materia de personales Lo que pide en el pliego limita la participación de potenciales oferentes....(La empresa deberá contar como mínimo con un plantel de funcionarios de 10 ( diez ) personas, que deberán contar con contratos suscriptos con la empresa, además deberán estar inscriptos en IPS, por lo que se deberá presentar los respectivos contratos, y la planilla de IPS de los últimos 6 ( seis ) meses.-) Solicitamos a la convocante una explicación tecnica y jurídica del cual se sustentan dicho requisito ya que esto limitaría la participación de potenciales oferentes que cumplen con los demas requisitos 07-03-2026 09-03-2026
2 capacida en materia de personal Consulto por que se mantiene la exigencia de que el oferente debe tener inscriptos personales en el IPS • No es un requisito pertinente ni proporcional exigir una cantidad previa de asegurados en IPS. • La capacidad de ejecución debe demostrarse con experiencia, equipos y personal técnico, no necesariamente con nómina permanente Seria más adecuado exigir: ✔ Compromiso de contratación de personal para la obra. ✔ Listado del personal clave (ingenieros, técnicos). ✔ Plan de recursos humanos para ejecutar el contrato. Pero no exigir una nómina permanente mínima de asegurados, salvo que: • Sea un servicio continuo (limpieza, seguridad, call center). • La cantidad de personal sea esencial para la operación inmediata del servicio. En obras o servicios por contrato En contratos de obra, el criterio técnico es: • El contratista puede asegurar al personal en IPS conforme se vaya ejecutando la obra. • La obligación legal es asegurarlos durante la ejecución, no necesariamente antes 10-03-2026 19-03-2026
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