Solicitamos a la convocante aclarar el horario de la visita técnica ya que en el SICP figura un horario y en el PBC figura otro, favor aclarar el punto para evitar confusiones y permitir la participación de potenciales oferentes.
Solicitamos a la convocante aclarar el horario de la visita técnica ya que en el SICP figura un horario y en el PBC figura otro, favor aclarar el punto para evitar confusiones y permitir la participación de potenciales oferentes.
Al respecto, se informa que la Convocante procederá a la rectificación del horario de la visita técnica mediante la emisión de una Adenda al Pliego de Bases y Condiciones (PBC). En consecuencia, tanto el cronograma en el SICP como las disposiciones del PBC serán armonizados. Se solicita a los potenciales oferentes considerar los nuevos plazos y horarios que serán publicados formalmente a través del sistema.
2
Visita Técnica
Con respecto a la visita técnica, se podría aclarar si es obligatoria o no, ya que en Datos de la visita dice que es obligatoria, pero en el apartado de Otros criterios que la convocante requiera, indica lo siguiente: "Dentro de su oferta deberán presentar la constancia de visita realizada emitida por la Convocante o la declaración jurada suscripta por el representante legal de la empresa donde manifiesten conocer la zona de obra y que se encuentran en condiciones de presentar oferta, conforme a los requerimientos señalados en el PBC."
Con respecto a la visita técnica, se podría aclarar si es obligatoria o no, ya que en Datos de la visita dice que es obligatoria, pero en el apartado de Otros criterios que la convocante requiera, indica lo siguiente: "Dentro de su oferta deberán presentar la constancia de visita realizada emitida por la Convocante o la declaración jurada suscripta por el representante legal de la empresa donde manifiesten conocer la zona de obra y que se encuentran en condiciones de presentar oferta, conforme a los requerimientos señalados en el PBC."
Al respecto, se informa que la Convocante procederá a la emisión de una Adenda al Pliego de Bases y Condiciones (PBC). Se solicita a los potenciales oferentes considerar los nuevos plazos y horarios que serán publicados formalmente a través del sistema.
3
pbc
Asunto: Solicitud de aclaración y modificación de requisito de antigüedad de personal – ID 480347
Señores
Convocante
Presente
Ref.: ID 480347 – Refacción Hotel Nacional de Turismo Villa Florida – Segunda Etapa – Plurianual
De nuestra consideración:
Por medio de la presente, nos dirigimos a ustedes a fin de solicitar la revisión del requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones que exige que el oferente cuente con un mínimo de cinco (5) personales inscriptos en IPS, con una antigüedad mínima de seis (6) meses cada uno.
Al respecto, consideramos que dicho criterio resulta restrictivo y podría limitar la libre concurrencia de potenciales oferentes, afectando los principios de igualdad, razonabilidad y competencia establecidos en la normativa vigente de contrataciones públicas.
En ese sentido, solicitamos respetuosamente que el requisito de antigüedad mínima sea reducido a dos (2) meses, manteniéndose la exigencia de personal formalmente inscripto en IPS, lo cual ya garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
Esta modificación permitiría una mayor participación de empresas que, si bien cuentan con personal calificado y formalizado, presentan una dinámica operativa acorde al sector de la construcción, donde la rotación y contratación por obra son habituales, sin que ello afecte la capacidad técnica ni la correcta ejecución del contrato.
Asimismo, cabe destacar que la idoneidad del oferente puede ser suficientemente acreditada mediante la experiencia en obras similares y la capacidad técnica demostrable, sin necesidad de imponer una antigüedad prolongada del personal que no necesariamente guarda relación directa con la calidad del servicio a ser prestado.
Por lo expuesto, solicitamos se considere la modificación del requisito mencionado, en resguardo de una mayor concurrencia y competitividad en el presente proceso licitatorio.
Sin otro particular, saludamos atentamente.
Asunto: Solicitud de aclaración y modificación de requisito de antigüedad de personal – ID 480347
Señores
Convocante
Presente
Ref.: ID 480347 – Refacción Hotel Nacional de Turismo Villa Florida – Segunda Etapa – Plurianual
De nuestra consideración:
Por medio de la presente, nos dirigimos a ustedes a fin de solicitar la revisión del requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones que exige que el oferente cuente con un mínimo de cinco (5) personales inscriptos en IPS, con una antigüedad mínima de seis (6) meses cada uno.
Al respecto, consideramos que dicho criterio resulta restrictivo y podría limitar la libre concurrencia de potenciales oferentes, afectando los principios de igualdad, razonabilidad y competencia establecidos en la normativa vigente de contrataciones públicas.
En ese sentido, solicitamos respetuosamente que el requisito de antigüedad mínima sea reducido a dos (2) meses, manteniéndose la exigencia de personal formalmente inscripto en IPS, lo cual ya garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
Esta modificación permitiría una mayor participación de empresas que, si bien cuentan con personal calificado y formalizado, presentan una dinámica operativa acorde al sector de la construcción, donde la rotación y contratación por obra son habituales, sin que ello afecte la capacidad técnica ni la correcta ejecución del contrato.
Asimismo, cabe destacar que la idoneidad del oferente puede ser suficientemente acreditada mediante la experiencia en obras similares y la capacidad técnica demostrable, sin necesidad de imponer una antigüedad prolongada del personal que no necesariamente guarda relación directa con la calidad del servicio a ser prestado.
Por lo expuesto, solicitamos se considere la modificación del requisito mencionado, en resguardo de una mayor concurrencia y competitividad en el presente proceso licitatorio.
Solicitamos nueva fecha de visita de obra, debido a la importancia del recorrido in situ que nos ayudarán a ofrecerles una oferta competitiva y con calidad de trabajo.
Solicitamos nueva fecha de visita de obra, debido a la importancia del recorrido in situ que nos ayudarán a ofrecerles una oferta competitiva y con calidad de trabajo.
Se solicitar estar atentos a las actualizaciones en el SICP, correspondientes al mencionado proceso.
6
Visita DE OBRA
Solicitamos respetuosamente que el requisito de visita obligatoria al sitio de ejecución sea reemplazado por la presentación de una Declaración Jurada suscrita por el oferente, mediante la cual manifieste conocer el lugar de ejecución, las condiciones existentes y contar con toda la información necesaria para la preparación de su oferta.
Esta solicitud se fundamenta en el principio de favorecer la mayor participación de oferentes y evitar restricciones innecesarias a la competencia.
En consecuencia, solicitamos que se admita la presentación de una Declaración Jurada en sustitución de la visita obligatoria.
Solicitamos respetuosamente que el requisito de visita obligatoria al sitio de ejecución sea reemplazado por la presentación de una Declaración Jurada suscrita por el oferente, mediante la cual manifieste conocer el lugar de ejecución, las condiciones existentes y contar con toda la información necesaria para la preparación de su oferta.
Esta solicitud se fundamenta en el principio de favorecer la mayor participación de oferentes y evitar restricciones innecesarias a la competencia.
En consecuencia, solicitamos que se admita la presentación de una Declaración Jurada en sustitución de la visita obligatoria.
Se solicitar estar atentos a las actualizaciones en el SICP, correspondientes al mencionado proceso.
7
Experiencia específica en obras
Solicitamos respetuosamente la revisión del requisito de experiencia específica, de manera que las certificaciones o actas de recepción puedan ser consideradas válidas cuando acrediten la ejecución de al menos dos (2) de las siguientes actividades:
i) Obra civil: albañilería integral y mantenimiento y adecuación de edificios;
ii) techo con estructura metálica;
iii) instalaciones técnicas: redes hidrosanitarias y sistemas eléctricos;
iv) pintura en general y recubrimientos.
La exigencia de que cada contrato presentado contemple obligatoriamente la totalidad de las actividades mencionadas podría limitar innecesariamente la participación de empresas que cuentan con experiencia suficiente y directamente relacionada con el objeto del llamado.
Por lo expuesto, solicitamos modificar el criterio de evaluación, permitiendo que sean considerados aquellos contratos que acrediten dos (2) o más de las actividades requeridas, pudiendo acreditarse la experiencia mediante la cantidad de contratos que el oferente considere necesaria para alcanzar el porcentaje exigido.
Esta modificación ampliaría la participación de potenciales oferentes sin afectar la capacidad técnica necesaria para la correcta ejecución de los trabajos, favoreciendo los principios de igualdad y libre competencia.
Solicitamos respetuosamente la revisión del requisito de experiencia específica, de manera que las certificaciones o actas de recepción puedan ser consideradas válidas cuando acrediten la ejecución de al menos dos (2) de las siguientes actividades:
i) Obra civil: albañilería integral y mantenimiento y adecuación de edificios;
ii) techo con estructura metálica;
iii) instalaciones técnicas: redes hidrosanitarias y sistemas eléctricos;
iv) pintura en general y recubrimientos.
La exigencia de que cada contrato presentado contemple obligatoriamente la totalidad de las actividades mencionadas podría limitar innecesariamente la participación de empresas que cuentan con experiencia suficiente y directamente relacionada con el objeto del llamado.
Por lo expuesto, solicitamos modificar el criterio de evaluación, permitiendo que sean considerados aquellos contratos que acrediten dos (2) o más de las actividades requeridas, pudiendo acreditarse la experiencia mediante la cantidad de contratos que el oferente considere necesaria para alcanzar el porcentaje exigido.
Esta modificación ampliaría la participación de potenciales oferentes sin afectar la capacidad técnica necesaria para la correcta ejecución de los trabajos, favoreciendo los principios de igualdad y libre competencia.