En las Especificaciones Técnicas dice 23 personales en total, pero al contabilizar se cuentan con 24 personales, porque en el Edificio Mercurio dice la cantidad personales 2 en número y 1 (uno), en letras, si pueden aclarar cual sería el número correcto de personales
En las Especificaciones Técnicas dice 23 personales en total, pero al contabilizar se cuentan con 24 personales, porque en el Edificio Mercurio dice la cantidad personales 2 en número y 1 (uno), en letras, si pueden aclarar cual sería el número correcto de personales
En la página 35 de las EETT habla de 1 (un/a) supervisor/a por edificio cuyo turno será el mismo que el del personal de limpieza.
La consulta sería si el supervisor formará parte de los 23 personales o no; porque caso contrario aumentaría el número de personales.
De no contar como parte del personal de limpieza, se les debe incluir en la planilla de pago de salarios al personal o no.
En la página 35 de las EETT habla de 1 (un/a) supervisor/a por edificio cuyo turno será el mismo que el del personal de limpieza.
La consulta sería si el supervisor formará parte de los 23 personales o no; porque caso contrario aumentaría el número de personales.
De no contar como parte del personal de limpieza, se les debe incluir en la planilla de pago de salarios al personal o no.
Se aclara que el personal solicitado es de 24 personas, incluyendo al supervisor. El oferente deberá contemplar los recursos necesarios para cumplir con los requisitos establecidos en las EETT
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SOLVENCIA
Con respecto al punto: "El oferente debe poseer una solvencia de, al menos, 30% del costo total de su oferta. Este requisito demostrará a la convocante la capacidad económica del oferente para poder solventar todos los gastos que implique la prestación del Servicio, debido a que no está previsto ningún tipo de anticipo. Para el efecto, el oferente deberá demostrar su capacidad económica por medio de un informe/extracto bancario donde conste su disponibilidad en efectivo al momento de la presentación de la carpeta de la oferta, o como máximo, una semana antes de la fecha de presentación de las carpetas; o su defecto, podrá presentar carta o constancia emitida por una entidad financiera en donde conste disponibilidad de línea de crédito, como mínimo, por el porcentaje mencionado" CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE EL MOTIVO POR EL CUAL NO SE PUEDE HACER LA VERIFICACION DE SOLVENCIA MEDIANTE EL CAPITAL OPERATIVO (ACTIVO CORRIENTE - PASIVO CORRIENTE) REFLEJADO EN EL ULTIMO BALANCE DEL AÑO 2024
Con respecto al punto: "El oferente debe poseer una solvencia de, al menos, 30% del costo total de su oferta. Este requisito demostrará a la convocante la capacidad económica del oferente para poder solventar todos los gastos que implique la prestación del Servicio, debido a que no está previsto ningún tipo de anticipo. Para el efecto, el oferente deberá demostrar su capacidad económica por medio de un informe/extracto bancario donde conste su disponibilidad en efectivo al momento de la presentación de la carpeta de la oferta, o como máximo, una semana antes de la fecha de presentación de las carpetas; o su defecto, podrá presentar carta o constancia emitida por una entidad financiera en donde conste disponibilidad de línea de crédito, como mínimo, por el porcentaje mencionado" CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE EL MOTIVO POR EL CUAL NO SE PUEDE HACER LA VERIFICACION DE SOLVENCIA MEDIANTE EL CAPITAL OPERATIVO (ACTIVO CORRIENTE - PASIVO CORRIENTE) REFLEJADO EN EL ULTIMO BALANCE DEL AÑO 2024
El motivo por el cual no se puede hacer la verificación de solvencia mediante el capital operativo (Activo corriente-Pasivo corriente) reflejado en el último Balance del año 2024, es por porque el PBC establece que la solvencia económica será demostrada con la disponibilidad actual en efectivo o en caso contrario con la capacidad que tiene la empresa de acceder a una línea de crédito a la fecha. El periodo establecido como tope para la emisión de la documentación que demuestre cualquiera de las dos situaciones posibles (como máximo una semana antes de la fecha de presentación de oferta) se debe justamente a que el Balance cerrado al 31 de diciembre del 2024 no refleja la condición actual requerida en el PBC. Los Balances de los años 2022-2023-2024 serán utilizados para determinar los ratios de liquidez, endeudamiento y rentabilidad, con lo cuales se obtienen información y conocimiento del comportamiento financiero de la empresa en un periodo determinado de tiempo
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CONSULTA
El Contratista deberá realizar el pago de los salarios mínimo legal vigente respectivos, sin retraso, en caso de tener un
retraso en el pago de salarios mínimo legal vigente de más de 20 días se considerara una Falta Grave.
En relación a este punto consultamos si la convocante se atrasa en los pagos mas de veinte días y como consecuencia se atrasan los salarios por responsabilidad directa del no pago por parte de la convocante , como se consideraría?
El Contratista deberá realizar el pago de los salarios mínimo legal vigente respectivos, sin retraso, en caso de tener un
retraso en el pago de salarios mínimo legal vigente de más de 20 días se considerara una Falta Grave.
En relación a este punto consultamos si la convocante se atrasa en los pagos mas de veinte días y como consecuencia se atrasan los salarios por responsabilidad directa del no pago por parte de la convocante , como se consideraría?
La responsabilidad del pago de salarios al personal es exclusiva del Contratista, independientemente de los plazos de pago establecidos entre la Convocante y el Contratista. El Contratista deberá asegurarse de cumplir con sus obligaciones laborales en los términos establecidos en las EETT y la legislación vigente
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FUENTE
Consultamos a la convocante a que tipo de fuente corresponde el llamado, atendiendo los severos atrasos del Estado con los proveedores, los cuales recibimos el impacto de la citada "ECONOMIA DE GUERRA"
Consultamos a la convocante a que tipo de fuente corresponde el llamado, atendiendo los severos atrasos del Estado con los proveedores, los cuales recibimos el impacto de la citada "ECONOMIA DE GUERRA"
La fuente de financiamiento se encuentra especificada en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP), el cual se encuentra disponible en el portal de la DNCP, junto con los demás documentos del llamado
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CONSULTA
Con respecto al punto: "El oferente debe poseer una solvencia de, al menos, 30% del costo total de su oferta. Este requisito demostrará a la convocante la capacidad económica del oferente para poder solventar todos los gastos que implique la prestación del Servicio, debido a que no está previsto ningún tipo de anticipo. Para el efecto, el oferente deberá demostrar su capacidad económica por medio de un informe/extracto bancario donde conste su disponibilidad en efectivo al momento de la presentación de la carpeta de la oferta, o como máximo, una semana antes de la fecha de presentación de las carpetas; o su defecto, podrá presentar carta o constancia emitida por una entidad financiera en donde conste disponibilidad de línea de crédito, como mínimo, por el porcentaje mencionado" CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE EL MOTIVO POR EL CUAL NO SE PUEDE HACER LA VERIFICACION DE SOLVENCIA MEDIANTE EL CAPITAL OPERATIVO (ACTIVO CORRIENTE - PASIVO CORRIENTE) REFLEJADO EN EL ULTIMO BALANCE DEL AÑO 2024, COMO MANDA LA LEY. ES MAS QUE IMPORTANTE RECALCAR QUE EL PEDIDO DE: QUE el oferente deberá demostrar su capacidad económica por medio de un informe/extracto bancario donde conste su disponibilidad en efectivo al momento de la presentación de la carpeta de la oferta .... NO DEMUESTTRA EN NINGUN CASO LA SOLVENCIA DE LA EMPRESA, NO ASPLICA A LA MISMA, Y HASTA SONAIA BURDO ESTE PEDIDO, CONSIDERANDO QUE EL EXTRACTO BANCARIO DEL CUAL SOLICITAN ES UNA CUENTA CORREINTE O CAJA DE AHORRO, LA QUE SE PUEDE MOVER LA DISPONIBILIDAD A ADA RATO, Y SU FLUJO ES IMPREDECIBLE, .... QUE GARANTIA PUEDE OFRECER ESTO A LA CONVOCANTE ??? SI CUALQUIER OFERENTE PUEDE PEDIR DINERO AJENO, TENER EN SU CUENTA, Y AL DIA SIGUIENTE DE SU IMPRESION DE EXTRACTO BANCARIO, LO DEVUELVE. ???? ES MAS QUE IMPORTANTE PARA LA CONVOACNTE RECURRIR A PRACTICAS TECNICAS, RECOMRNDADAS Y ESTABLECIDAS EN LA LEY, Y EN LAS NORMAS DE CONTABILIDAD INTENACIONAL....
Con respecto al punto: "El oferente debe poseer una solvencia de, al menos, 30% del costo total de su oferta. Este requisito demostrará a la convocante la capacidad económica del oferente para poder solventar todos los gastos que implique la prestación del Servicio, debido a que no está previsto ningún tipo de anticipo. Para el efecto, el oferente deberá demostrar su capacidad económica por medio de un informe/extracto bancario donde conste su disponibilidad en efectivo al momento de la presentación de la carpeta de la oferta, o como máximo, una semana antes de la fecha de presentación de las carpetas; o su defecto, podrá presentar carta o constancia emitida por una entidad financiera en donde conste disponibilidad de línea de crédito, como mínimo, por el porcentaje mencionado" CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE EL MOTIVO POR EL CUAL NO SE PUEDE HACER LA VERIFICACION DE SOLVENCIA MEDIANTE EL CAPITAL OPERATIVO (ACTIVO CORRIENTE - PASIVO CORRIENTE) REFLEJADO EN EL ULTIMO BALANCE DEL AÑO 2024, COMO MANDA LA LEY. ES MAS QUE IMPORTANTE RECALCAR QUE EL PEDIDO DE: QUE el oferente deberá demostrar su capacidad económica por medio de un informe/extracto bancario donde conste su disponibilidad en efectivo al momento de la presentación de la carpeta de la oferta .... NO DEMUESTTRA EN NINGUN CASO LA SOLVENCIA DE LA EMPRESA, NO ASPLICA A LA MISMA, Y HASTA SONAIA BURDO ESTE PEDIDO, CONSIDERANDO QUE EL EXTRACTO BANCARIO DEL CUAL SOLICITAN ES UNA CUENTA CORREINTE O CAJA DE AHORRO, LA QUE SE PUEDE MOVER LA DISPONIBILIDAD A ADA RATO, Y SU FLUJO ES IMPREDECIBLE, .... QUE GARANTIA PUEDE OFRECER ESTO A LA CONVOCANTE ??? SI CUALQUIER OFERENTE PUEDE PEDIR DINERO AJENO, TENER EN SU CUENTA, Y AL DIA SIGUIENTE DE SU IMPRESION DE EXTRACTO BANCARIO, LO DEVUELVE. ???? ES MAS QUE IMPORTANTE PARA LA CONVOACNTE RECURRIR A PRACTICAS TECNICAS, RECOMRNDADAS Y ESTABLECIDAS EN LA LEY, Y EN LAS NORMAS DE CONTABILIDAD INTENACIONAL....
El motivo por el cual no se puede hacer la verificación de solvencia mediante el capital operativo (Activo corriente-Pasivo corriente) reflejado en el último Balance del año 2024, es por porque el PBC establece que la solvencia económica será demostrada con la disponibilidad actual en efectivo o en caso contrario con la capacidad que tiene la empresa de acceder a una línea de crédito a la fecha. El periodo establecido como tope para la emisión de la documentación que demuestre cualquiera de las dos situaciones posibles (como máximo una semana antes de la fecha de presentación de oferta) se debe justamente a que el Balance cerrado al 31 de diciembre del 2024 no refleja la condición actual requerida en el PBC. Los Balances de los años 2022-2023-2024 serán utilizados para determinar los ratios de liquidez, endeudamiento y rentabilidad, con lo cuales se obtienen información y conocimiento del comportamiento financiero de la empresa en un periodo determinado de tiempo
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EXPERIENCIA REQUERIDA
la convocante solicita en EXPERIENCIA REQUERIDA : EN EL PUNTO b Experiencia: Presentar copias de contratos o facturas que demuestren la experiencia en la prestación del servicio de limpieza integral a instituciones/empresas públicas y/o privadas (corporativas), dentro de los años (2022/2023/2024). Se exige que cada contrato haya empleado al menos a 20 (veinte) trabajadores asignados y con vigencia de 12 (doce) meses como mínimo. Cada contrato o factura deberá estar acompañado, indefectiblemente, de su respectiva constancia de ejecución contractual En caso de presentar copia de factura, la cantidad de empleados y la duración del contrato, podrán indicarse en la constancia de ejecución del Contrato. SE CONUSLTA A LA CONVOCANTE SI LOS CONTRATOS SOLICITADOS DEBEN SER PARA CADA AÑO , O CON UN CONTRATO DENTRO DE CUALQUIERA DE LOS AÑOS2022, 2023 O 2024 YA SE DARA POR CUMPLIDO ESTE REQUISITO?
la convocante solicita en EXPERIENCIA REQUERIDA : EN EL PUNTO b Experiencia: Presentar copias de contratos o facturas que demuestren la experiencia en la prestación del servicio de limpieza integral a instituciones/empresas públicas y/o privadas (corporativas), dentro de los años (2022/2023/2024). Se exige que cada contrato haya empleado al menos a 20 (veinte) trabajadores asignados y con vigencia de 12 (doce) meses como mínimo. Cada contrato o factura deberá estar acompañado, indefectiblemente, de su respectiva constancia de ejecución contractual En caso de presentar copia de factura, la cantidad de empleados y la duración del contrato, podrán indicarse en la constancia de ejecución del Contrato. SE CONUSLTA A LA CONVOCANTE SI LOS CONTRATOS SOLICITADOS DEBEN SER PARA CADA AÑO , O CON UN CONTRATO DENTRO DE CUALQUIERA DE LOS AÑOS2022, 2023 O 2024 YA SE DARA POR CUMPLIDO ESTE REQUISITO?
EN CAPACIDAD TECNICA LA CONVOICANE SOLICITA LOS SIGUEITNE EN EL PUNTO p) Copia de Comisión interna de prevención de accidentes (CIPA). SE RECUERDA QUE ELCODIGO LABORAL SOLO EXIGE TEENR EL CIPA, CUANDO LA CANTIDAD DE EMPLEADOS EXCEDA LOS 100 EMPLEADOS. FAVRO ACALARA QUE PARA LAS EMPRESAS CON MAS DE 100 EMPELADOS NADA MAS, RIGE ESTA EXIGENCIA.
EN CAPACIDAD TECNICA LA CONVOICANE SOLICITA LOS SIGUEITNE EN EL PUNTO p) Copia de Comisión interna de prevención de accidentes (CIPA). SE RECUERDA QUE ELCODIGO LABORAL SOLO EXIGE TEENR EL CIPA, CUANDO LA CANTIDAD DE EMPLEADOS EXCEDA LOS 100 EMPLEADOS. FAVRO ACALARA QUE PARA LAS EMPRESAS CON MAS DE 100 EMPELADOS NADA MAS, RIGE ESTA EXIGENCIA.
LA CONVOCANTE EN CAPACIDAD TECNICA SOLITAN DOS VEECS, EL MISMO DOCUMENTO CON DISTINTAS DENOMINACIONES, FAVOR VERIFICAR LOS MISMOS, DE MANERA A UNIFCAR EN UNO SOLO LA EXIGENCIA DE ESE DOCUMENTO:
i) Cumplimiento Laboral emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social vigente a la fecha y hora de la apertura Y r) El oferente deberá contar con Certificado de Cumplimiento Laboral SIN OBSERVACIONES, emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
LA CONVOCANTE EN CAPACIDAD TECNICA SOLITAN DOS VEECS, EL MISMO DOCUMENTO CON DISTINTAS DENOMINACIONES, FAVOR VERIFICAR LOS MISMOS, DE MANERA A UNIFCAR EN UNO SOLO LA EXIGENCIA DE ESE DOCUMENTO:
i) Cumplimiento Laboral emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social vigente a la fecha y hora de la apertura Y r) El oferente deberá contar con Certificado de Cumplimiento Laboral SIN OBSERVACIONES, emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
LA CONVOCANTE EN CAPACIDAD TECNICA EN EL PUNTO s SOLICITA : s) El oferente deberá contar con un Profesional Médico Laboralista externo, demostrable a través de la presentación de una copia autenticada del contrato de prestación servicios o de las facturas de pago por los servicios prestados de los últimos 3 meses. SOLICITAMOS A LA CONVOACNET OBIAR ESTE PUNTO, CONDIERANDO QUE LA CONTRATCION DE UN MEDICO LABORALISTA DEPEDNIENTE MENSUAL, DENTRO DE UN AEMPRESA SOLO ENCARRECE MAS LOS COSTOS DE LAS MISMAS, IMPIDIENDO ASI A LAS MIPYMES PODER ACCEDER A ESTOS LLAMADOS, POR NO CONTAR CON ASITENCIA PERMANETE DE UN MEDICO LABORALISTA, PORQUE SI SE REQUIERE DE UN MEDICO LABORALISTA, PERO LA LEY NO ESTBLECE QUE SEA DE FORMA PERMANETE EN LA EMPRESA, SOLO PARA LA REALIZACION DE LOS ESTUDIOS QUE SE PRECISEN CONFORME LO ESTABLE LA PROPIA LEY!! POR LO EXPUESTO SE SOLICITA A LA CONVOCANTE EXCLUIR ESTE PUNTO DE LAS EXIGENCIAS DE ESTE LLAMADO.
LA CONVOCANTE EN CAPACIDAD TECNICA EN EL PUNTO s SOLICITA : s) El oferente deberá contar con un Profesional Médico Laboralista externo, demostrable a través de la presentación de una copia autenticada del contrato de prestación servicios o de las facturas de pago por los servicios prestados de los últimos 3 meses. SOLICITAMOS A LA CONVOACNET OBIAR ESTE PUNTO, CONDIERANDO QUE LA CONTRATCION DE UN MEDICO LABORALISTA DEPEDNIENTE MENSUAL, DENTRO DE UN AEMPRESA SOLO ENCARRECE MAS LOS COSTOS DE LAS MISMAS, IMPIDIENDO ASI A LAS MIPYMES PODER ACCEDER A ESTOS LLAMADOS, POR NO CONTAR CON ASITENCIA PERMANETE DE UN MEDICO LABORALISTA, PORQUE SI SE REQUIERE DE UN MEDICO LABORALISTA, PERO LA LEY NO ESTBLECE QUE SEA DE FORMA PERMANETE EN LA EMPRESA, SOLO PARA LA REALIZACION DE LOS ESTUDIOS QUE SE PRECISEN CONFORME LO ESTABLE LA PROPIA LEY!! POR LO EXPUESTO SE SOLICITA A LA CONVOCANTE EXCLUIR ESTE PUNTO DE LAS EXIGENCIAS DE ESTE LLAMADO.