Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
De:
Gimenez Hellman, Rita Asucena
80000519-8 - TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SAE (TELECEL SAE)
Consulta:
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
La Convocante aclara que los parámetros financieros establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones responden a criterios técnicos, objetivos y razonables, orientados a verificar que los oferentes cuenten con capacidad económica suficiente para asumir, sostener y cumplir adecuadamente las obligaciones derivadas del contrato.
El Ratio de Liquidez igual o mayor a 1 permite determinar que el oferente posee activos corrientes suficientes para afrontar sus obligaciones de corto plazo. Un parámetro inferior podría reflejar limitaciones de liquidez que comprometan la continuidad y sostenibilidad del servicio.
Asimismo, el índice de Endeudamiento no mayor a 0,80 busca asegurar una estructura financiera razonablemente equilibrada, evitando la participación de empresas con niveles de endeudamiento que puedan afectar su capacidad de cumplimiento contractual.
Considerando el carácter crítico, continuo y estratégico del servicio de enlaces y transmisión de datos hidrometeorológicos, la Convocante considera que dichos parámetros son proporcionales al objeto de la contratación, compatibles con los principios de razonabilidad, eficiencia, igualdad y libre competencia previstos en la Ley N.º 7021/2022 y su Decreto Reglamentario N.º 2264/2024.
Por tanto, se mantiene sin modificaciones lo establecido en el PBC.
2
Capacidad Financiera - Ratio de Liquidez
Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros: a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores. Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue: a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 0,75, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
De:
ARDISSONE BILBAO, MARIO FRANCISCO
80017437-2 - NUCLEO S.A.
Consulta:
Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros: a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores. Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue: a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 0,75, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
La Convocante aclara que el Ratio de Liquidez igual o mayor a 1 fue establecido como parámetro mínimo para verificar que los oferentes cuenten con capacidad financiera suficiente para responder a sus obligaciones corrientes durante la ejecución contractual.
La reducción del parámetro a 0,75 podría admitir oferentes cuyos pasivos corrientes superen significativamente sus activos corrientes, situación que podría representar un riesgo para la continuidad, sostenibilidad y correcta ejecución del servicio contratado.
En atención a la naturaleza crítica del servicio requerido, vinculado a la transmisión de datos hidrometeorológicos a nivel nacional, la Convocante considera que el requisito establecido resulta razonable, proporcional y técnicamente justificado.
Por tanto, se mantiene sin modificaciones lo establecido en el PBC.
3
Capacidad Tecnica
En relación con el requisito de Capacidad Técnica que establece:
“Licencia CONATEL vigente para transmisión de datos. Se deberá contar con licencia vigente otorgada por la CONATEL para la prestación de servicios de transmisión de datos, considerando que podrán utilizarse distintas tecnologías de transmisión, tales como fibra óptica, microondas, LTE/5G y VSAT/LEO (para áreas remotas)”,
y considerando además que como documento de evaluación se solicita “Copia de la Licencia CONATEL vigente para transmisión de datos”, solicitamos amablemente a la Convocante aclarar cuál es el alcance específico de la licencia emitida por la CONATEL que será considerada válida para acreditar dicho requisito.
De:
Eguez Gill, Gustavo Adolfo
80013979-8 - TECNOLOGIA EN ELECTRONICA E INFORMATICA SA (T.E.I.S.A.)
Consulta:
En relación con el requisito de Capacidad Técnica que establece:
“Licencia CONATEL vigente para transmisión de datos. Se deberá contar con licencia vigente otorgada por la CONATEL para la prestación de servicios de transmisión de datos, considerando que podrán utilizarse distintas tecnologías de transmisión, tales como fibra óptica, microondas, LTE/5G y VSAT/LEO (para áreas remotas)”,
y considerando además que como documento de evaluación se solicita “Copia de la Licencia CONATEL vigente para transmisión de datos”, solicitamos amablemente a la Convocante aclarar cuál es el alcance específico de la licencia emitida por la CONATEL que será considerada válida para acreditar dicho requisito.
La Convocante aclara que la licencia requerida deberá corresponder a una habilitación vigente emitida por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), que autorice legalmente la prestación de servicios de transmisión de datos dentro del territorio nacional.
Dicha licencia deberá ser compatible con las tecnologías admitidas en el PBC, tales como fibra óptica, microondas, LTE/5G, VSAT/LEO u otras tecnologías equivalentes, según la solución técnica propuesta por el oferente.
En consecuencia, será considerada válida toda licencia vigente emitida por CONATEL que habilite al oferente a prestar servicios de transmisión de datos con alcance suficiente para cubrir los puntos requeridos en la presente licitación.
4
EETT - alcance infraestructura
Considerando que en la sección “Detalle de los bienes y/o servicios” se establece que:
“El alcance del servicio incluye además la provisión de enlaces de datos móviles para vehículos de asistencia técnica...”,
así como también que:
“El proveedor adjudicado será responsable de la provisión e instalación integral de equipos e infraestructura necesarios para establecer la conexión en cada punto...”,
solicitamos amablemente confirmar si el alcance del presente proceso corresponde a una provisión integral llave en mano, contemplando no solamente la conectividad, sino también la provisión, instalación, operación, monitoreo, mantenimiento y sostenimiento de toda la infraestructura y equipamientos requeridos para la correcta prestación del servicio en cada sitio.
De:
Eguez Gill, Gustavo Adolfo
80013979-8 - TECNOLOGIA EN ELECTRONICA E INFORMATICA SA (T.E.I.S.A.)
Consulta:
Considerando que en la sección “Detalle de los bienes y/o servicios” se establece que:
“El alcance del servicio incluye además la provisión de enlaces de datos móviles para vehículos de asistencia técnica...”,
así como también que:
“El proveedor adjudicado será responsable de la provisión e instalación integral de equipos e infraestructura necesarios para establecer la conexión en cada punto...”,
solicitamos amablemente confirmar si el alcance del presente proceso corresponde a una provisión integral llave en mano, contemplando no solamente la conectividad, sino también la provisión, instalación, operación, monitoreo, mantenimiento y sostenimiento de toda la infraestructura y equipamientos requeridos para la correcta prestación del servicio en cada sitio.
La Convocante confirma que el presente proceso corresponde a una solución integral bajo modalidad llave en mano.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable de la provisión, instalación, configuración, operación, monitoreo, mantenimiento, soporte técnico, sostenimiento y continuidad operativa de toda la infraestructura, equipamientos, componentes, accesorios y servicios necesarios para la correcta prestación del servicio en cada sitio.
Deberán contemplarse no solo los elementos expresamente indicados en el PBC, sino también aquellos componentes o trabajos complementarios que resulten necesarios para garantizar la funcionalidad, disponibilidad y continuidad del servicio contratado.
5
EETT - Equipamientos
En relación con el apartado que establece:
“Entrega llave en mano, incluyendo provisión, instalación, configuración y sostenimiento de todos los componentes (CPE, routers, racks, UPS, antenas, paneles solares, baterías y reguladores)”,
solicitamos aclarar si todos los sitios deberán contemplar la provisión de la totalidad de los componentes mencionados, o si quedará a criterio técnico del oferente el dimensionamiento y definición de los elementos necesarios según la solución tecnológica propuesta para cada ubicación.
De:
Eguez Gill, Gustavo Adolfo
80013979-8 - TECNOLOGIA EN ELECTRONICA E INFORMATICA SA (T.E.I.S.A.)
Consulta:
En relación con el apartado que establece:
“Entrega llave en mano, incluyendo provisión, instalación, configuración y sostenimiento de todos los componentes (CPE, routers, racks, UPS, antenas, paneles solares, baterías y reguladores)”,
solicitamos aclarar si todos los sitios deberán contemplar la provisión de la totalidad de los componentes mencionados, o si quedará a criterio técnico del oferente el dimensionamiento y definición de los elementos necesarios según la solución tecnológica propuesta para cada ubicación.
La Convocante aclara que no necesariamente todos los sitios deberán contar con la totalidad de los componentes mencionados en el PBC, considerando que el dimensionamiento específico de la solución tecnológica, así como la provisión de los equipamientos adecuados, quedará a criterio y bajo exclusiva responsabilidad técnica de cada oferente, conforme a las características de la solución propuesta y a las condiciones particulares de cada ubicación.
No obstante, el oferente deberá garantizar que cada sitio cuente con todos los equipos, accesorios, sistemas de respaldo, protección, conectividad, infraestructura complementaria y soporte técnico necesarios para asegurar la correcta, continua y eficiente prestación del servicio contratado.
En ese contexto la solución propuesta, deberá contemplarse como mínimo componentes tales como: CPE tipo appliance (no PC), routers, instalación y mantenimiento de acometidas de fibra óptica (FO), racks de 6U con UPS y PDU incorporadas, antenas, sistemas de protección eléctrica, paneles solares, baterías, reguladores y demás elementos necesarios para garantizar la continuidad operativa, estabilidad y disponibilidad de los servicios.
6
EETT - Sistemas Autonomos de Energia
Con relación a los requerimientos de paneles solares, baterías, reguladores y sistemas autónomos de energía indicados en el PBC, solicitamos aclarar cuáles son específicamente los sitios en los cuales deberán contemplarse dichos componentes.
De:
Eguez Gill, Gustavo Adolfo
80013979-8 - TECNOLOGIA EN ELECTRONICA E INFORMATICA SA (T.E.I.S.A.)
Consulta:
Con relación a los requerimientos de paneles solares, baterías, reguladores y sistemas autónomos de energía indicados en el PBC, solicitamos aclarar cuáles son específicamente los sitios en los cuales deberán contemplarse dichos componentes.
La Convocante aclara que el plazo establecido en el PBC responde a la necesidad institucional de garantizar la continuidad operativa de los sistemas de transmisión de datos hidrometeorológicos, considerados servicios críticos para la operación institucional, monitoreo meteorológico y soporte a la seguridad operacional aeronáutica.
Asimismo, el plazo definido fue establecido considerando las características del servicio requerido, la naturaleza continua del mismo y la necesidad de minimizar riesgos de interrupción o degradación de la conectividad actualmente utilizada por la institución.
En consecuencia, y atendiendo a razones de interés público y continuidad operativa, la Convocante mantiene sin modificaciones el plazo establecido en el PBC.
7
Consulta 1 - Plan de prestación de los Servicios
Consulta 1 - Plan de prestación de los Servicios
En relación al requerimiento que establece:
“Dentro de los 10 días calendario contados a partir de la recepción de la Orden de Servicio para el primer servicio; emitida por los fiscales designados para el efecto y se mantendrá activo durante los siguientes meses”,
solicitamos respetuosamente evaluar la ampliación del plazo de implementación a un mínimo de 30 (treinta) días calendario contados a partir de la firma del contrato o emisión de la orden de inicio correspondiente.
Considerando el alcance del presente proceso, que contempla la provisión e instalación de servicios de conectividad tanto fijos como móviles distribuidos por el territorio nacional, entendemos que el plazo actualmente establecido podría resultar insuficiente para que potenciales oferentes puedan realizar adecuadamente, coordinación de instalaciones, activaciones y pruebas de servicio.
Asimismo, el plazo solicitado podría limitar la participación de oferentes que no cuenten actualmente con servicios previamente instalados o infraestructura ya operativa en los sitios requeridos, reduciendo las condiciones de igualdad y libre concurrencia del proceso.
Por lo expuesto, solicitamos amablemente considerar la ampliación del plazo indicado, permitiendo así una implementación técnicamente viable y una mayor participación de oferentes, sin afectar la calidad ni continuidad de los servicios requeridos.
De:
SANCHEZ GRANGE, ELIZABETH
80101317-8 - ALFTECH S.A
Consulta:
Consulta 1 - Plan de prestación de los Servicios
En relación al requerimiento que establece:
“Dentro de los 10 días calendario contados a partir de la recepción de la Orden de Servicio para el primer servicio; emitida por los fiscales designados para el efecto y se mantendrá activo durante los siguientes meses”,
solicitamos respetuosamente evaluar la ampliación del plazo de implementación a un mínimo de 30 (treinta) días calendario contados a partir de la firma del contrato o emisión de la orden de inicio correspondiente.
Considerando el alcance del presente proceso, que contempla la provisión e instalación de servicios de conectividad tanto fijos como móviles distribuidos por el territorio nacional, entendemos que el plazo actualmente establecido podría resultar insuficiente para que potenciales oferentes puedan realizar adecuadamente, coordinación de instalaciones, activaciones y pruebas de servicio.
Asimismo, el plazo solicitado podría limitar la participación de oferentes que no cuenten actualmente con servicios previamente instalados o infraestructura ya operativa en los sitios requeridos, reduciendo las condiciones de igualdad y libre concurrencia del proceso.
Por lo expuesto, solicitamos amablemente considerar la ampliación del plazo indicado, permitiendo así una implementación técnicamente viable y una mayor participación de oferentes, sin afectar la calidad ni continuidad de los servicios requeridos.
La Convocante aclara que el plazo establecido en el PBC responde a la necesidad institucional de garantizar la continuidad operativa de los sistemas de transmisión de datos hidrometeorológicos, considerados servicios críticos para la operación institucional, monitoreo meteorológico y soporte a la seguridad operacional aeronáutica.
Asimismo, el plazo definido fue establecido considerando las características del servicio requerido, la naturaleza continua del mismo y la necesidad de minimizar riesgos de interrupción o degradación de la conectividad actualmente utilizada por la institución.
En consecuencia, y atendiendo a razones de interés público y continuidad operativa, la Convocante mantiene sin modificaciones el plazo establecido en el PBC.
8
Consulta 2 - Planilla con los Detalles de los bienes y/o servicios requeridos
Consulta 2 - Planilla con los Detalles de los bienes y/o servicios requeridos
Solicitamos a la convocante, pueden indicar las coordenadas geoferenciadas para la instalación de los servicios del item 141al 152 a modo de poder realizar correctamente la cotización y puesta en servicio de lo solicitado.
21-05-2026
25-05-2026
Consulta 2 - Planilla con los Detalles de los bienes y/o servicios requeridos
De:
SANCHEZ GRANGE, ELIZABETH
80101317-8 - ALFTECH S.A
Consulta:
Consulta 2 - Planilla con los Detalles de los bienes y/o servicios requeridos
Solicitamos a la convocante, pueden indicar las coordenadas geoferenciadas para la instalación de los servicios del item 141al 152 a modo de poder realizar correctamente la cotización y puesta en servicio de lo solicitado.
La Convocante aclara que los sitios correspondientes a los ítems 141 al 152 aún no se encuentran definidos, considerando que los mismos corresponden a eventuales nuevas incorporaciones de puntos de servicio durante la vigencia contractual, conforme a las necesidades operativas e institucionales de la Dirección de Meteorología e Hidrología (DMH).
En consecuencia, no es posible proporcionar actualmente coordenadas georreferenciadas específicas para dichos sitios. No obstante, se aclara que las futuras incorporaciones mantendrán las mismas condiciones generales de cobertura, alcance operativo y requerimientos de conectividad establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), dentro del territorio nacional.
Asimismo, los nuevos sitios deberán ser atendidos mediante los mismos sistemas, tecnologías, medios y canales de comunicación ofertados y contratados en el presente proceso licitatorio, debiendo el oferente garantizar la provisión, instalación, configuración, integración y puesta en servicio de los enlaces requeridos conforme a las condiciones técnicas y niveles de servicio establecidos en el contrato.
9
Consulta 3 - Redundancia y Tecnologías de Conectividad
Consulta 3 - Redundancia y Tecnologías de Conectividad
Para asegurar la continuidad del servicio, los enlaces de datos en sitios críticos deberán contar con mecanismos de redundancia . Se recomienda la provisión de dos accesos independientes por ubicación, preferentemente mediante proveedores de internet (ISP) distintos y con infraestructura de red separada, en ese punto solicitamos a la convocante indicar cuál de los sitios indicados (items) en la planilla de "Detalles de los bienes y/o servicios requeridos" son considerados criticos a modo de realizar la correcta cotización del servicio.
21-05-2026
25-05-2026
Consulta 3 - Redundancia y Tecnologías de Conectividad
De:
SANCHEZ GRANGE, ELIZABETH
80101317-8 - ALFTECH S.A
Consulta:
Consulta 3 - Redundancia y Tecnologías de Conectividad
Para asegurar la continuidad del servicio, los enlaces de datos en sitios críticos deberán contar con mecanismos de redundancia . Se recomienda la provisión de dos accesos independientes por ubicación, preferentemente mediante proveedores de internet (ISP) distintos y con infraestructura de red separada, en ese punto solicitamos a la convocante indicar cuál de los sitios indicados (items) en la planilla de "Detalles de los bienes y/o servicios requeridos" son considerados criticos a modo de realizar la correcta cotización del servicio.
La Convocante aclara que los sitios considerados críticos para fines de redundancia y alta disponibilidad corresponden principalmente a aquellos vinculados a centros de procesamiento de datos, radares meteorológicos, estaciones estratégicas de observación y dependencias operativas cuya continuidad de transmisión resulta esencial para la operatividad institucional.
La definición específica de los sitios críticos y niveles mínimos de redundancia requeridos se encuentra establecida en las especificaciones técnicas y cuadros correspondientes del PBC, debiendo los oferentes considerar en sus propuestas soluciones técnicamente adecuadas que garanticen la continuidad y disponibilidad del servicio requerido.