Por medio de la presente, solicitamos amablemente se sirvan confirmar si la cantidad requerida para la entrega corresponde a 1 (uno) ítem/unidad, conforme a lo indicado en el pliego.
Por medio de la presente, solicitamos amablemente se sirvan confirmar si la cantidad requerida para la entrega corresponde a 1 (uno) ítem/unidad, conforme a lo indicado en el pliego.
El mismo corresponde a un contrato abierto, por lo que las cantidades requeridas serán determinadas según la necesidad.
2
Especificaciones Técnicas
En relación al ítem Reflector LED de 200W, y a efectos de una adecuada cotización e instalación, solicitamos tengan a bien indicar el largo del vuelo del pescante (brazo de soporte) requerido, considerando que dicha información no se encuentra especificada en las características técnicas del pliego.
En relación al ítem Reflector LED de 200W, y a efectos de una adecuada cotización e instalación, solicitamos tengan a bien indicar el largo del vuelo del pescante (brazo de soporte) requerido, considerando que dicha información no se encuentra especificada en las características técnicas del pliego.
El llamado corresponde solo a la adquisición de bienes, ajustarse al PBC.
3
Especificaciones Técnicas
Por medio de la presente, solicitamos se sirvan considerar la inclusión de temperatura de color de 5000 K como parámetro aceptable para los ítems correspondientes, a efectos de ampliar la concurrencia de oferentes.
La presente solicitud se fundamenta en los principios de razonabilidad, eficiencia y valor por dinero, establecidos en la Ley N° 7021/2022, así como en el principio de igualdad y libre competencia, que garantiza la participación sin restricciones indebidas de potenciales oferentes, conforme a la normativa vigente.
Cabe señalar que la diferencia entre 4000 K y 5000 K resulta mínimamente perceptible en aplicaciones de alumbrado, manteniéndose el desempeño técnico requerido.
Por medio de la presente, solicitamos se sirvan considerar la inclusión de temperatura de color de 5000 K como parámetro aceptable para los ítems correspondientes, a efectos de ampliar la concurrencia de oferentes.
La presente solicitud se fundamenta en los principios de razonabilidad, eficiencia y valor por dinero, establecidos en la Ley N° 7021/2022, así como en el principio de igualdad y libre competencia, que garantiza la participación sin restricciones indebidas de potenciales oferentes, conforme a la normativa vigente.
Cabe señalar que la diferencia entre 4000 K y 5000 K resulta mínimamente perceptible en aplicaciones de alumbrado, manteniéndose el desempeño técnico requerido.
Por medio de la presente, solicitamos se sirvan considerar la inclusión de temperatura de color de 5000 K como parámetro aceptable para los ítems correspondientes, a efectos de ampliar la concurrencia de oferentes. La presente solicitud se fundamenta en los principios de razonabilidad, eficiencia y libre competencia establecidos en la normativa vigente. Cabe señalar que la diferencia entre 4000 K y 5000 K resulta mínimamente perceptible en aplicaciones de alumbrado. Asimismo, las soluciones de 5000 K disponibles en el mercado mantienen los niveles de desempeño técnico exigidos en el pliego (flujo luminoso, eficiencia, vida útil, grado de protección, entre otros) e incluso pueden ofrecer índices de reproducción cromática (CRI) iguales o superiores, permitiendo una mejor percepción de los colores y mayor fidelidad visual, sin afectar el desempeño requerido. En ese sentido, la admisión de dicho parámetro no implica afectación en los costos del proyecto, pudiendo incluso contribuir a una mayor competitividad entre oferentes.
Por medio de la presente, solicitamos se sirvan considerar la inclusión de temperatura de color de 5000 K como parámetro aceptable para los ítems correspondientes, a efectos de ampliar la concurrencia de oferentes. La presente solicitud se fundamenta en los principios de razonabilidad, eficiencia y libre competencia establecidos en la normativa vigente. Cabe señalar que la diferencia entre 4000 K y 5000 K resulta mínimamente perceptible en aplicaciones de alumbrado. Asimismo, las soluciones de 5000 K disponibles en el mercado mantienen los niveles de desempeño técnico exigidos en el pliego (flujo luminoso, eficiencia, vida útil, grado de protección, entre otros) e incluso pueden ofrecer índices de reproducción cromática (CRI) iguales o superiores, permitiendo una mejor percepción de los colores y mayor fidelidad visual, sin afectar el desempeño requerido. En ese sentido, la admisión de dicho parámetro no implica afectación en los costos del proyecto, pudiendo incluso contribuir a una mayor competitividad entre oferentes.
Por medio de la presente, solicitamos se sirvan aclarar si el requisito de experiencia establecido, relativo a la presentación de facturaciones correspondientes a los años 2023, 2024 y 2025, debe cumplirse necesariamente en todos los años indicados, o si será válido acreditar la experiencia requerida con facturación correspondiente a uno o más de dichos periodos.
La presente consulta se formula considerando los principios de razonabilidad, igualdad y libre concurrencia, establecidos en la normativa vigente, a efectos de evitar restricciones innecesarias a la participación de potenciales oferentes, en particular de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) o empresas con experiencia reciente en el rubro.
Cabe señalar que la flexibilización de este requisito no afecta el cumplimiento de la provisión, los plazos de entrega ni el desempeño técnico exigido, sino que únicamente busca eliminar una limitación que podría restringir la participación y la competencia, sin generar impacto en el costo del proyecto.
Para efecto de establecer un criterio justo y razonable, se podría sugerir que el cumplimiento de la experiencia requerida sea acreditable con facturación correspondiente a al menos uno de los años indicados, siempre que se cumpla con el porcentaje requerido del monto ofertado.
Por medio de la presente, solicitamos se sirvan aclarar si el requisito de experiencia establecido, relativo a la presentación de facturaciones correspondientes a los años 2023, 2024 y 2025, debe cumplirse necesariamente en todos los años indicados, o si será válido acreditar la experiencia requerida con facturación correspondiente a uno o más de dichos periodos.
La presente consulta se formula considerando los principios de razonabilidad, igualdad y libre concurrencia, establecidos en la normativa vigente, a efectos de evitar restricciones innecesarias a la participación de potenciales oferentes, en particular de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) o empresas con experiencia reciente en el rubro.
Cabe señalar que la flexibilización de este requisito no afecta el cumplimiento de la provisión, los plazos de entrega ni el desempeño técnico exigido, sino que únicamente busca eliminar una limitación que podría restringir la participación y la competencia, sin generar impacto en el costo del proyecto.
Para efecto de establecer un criterio justo y razonable, se podría sugerir que el cumplimiento de la experiencia requerida sea acreditable con facturación correspondiente a al menos uno de los años indicados, siempre que se cumpla con el porcentaje requerido del monto ofertado.