Consulta:
"Con relación a la exigencia de 'Habilitación de vehículos por el MADES y DIGESA', se solicita a la convocante la supresión o modificación de dicho requisito considerando que:
El MADES no emite un documento denominado 'Habilitación de Vehículo', sino que autoriza la actividad de transporte mediante la Declaración de Impacto Ambiental.
Solicitar ambas habilitaciones (MADES y DIGESA) para un mismo transporte genera una carga administrativa que podría restringir la participación, dado que las competencias actuales del MADES absorben el control ambiental del transporte de residuos peligrosos.
Se solicita que se acepte en su lugar la Licencia Ambiental vigente donde conste el rubro de transporte de residuos."El MADES, bajo la Ley 6380/19 y la Ley 1561/00, no emite una "Habilitación de Vehículo" como un documento independiente (como sí lo hace la DINATRAN o una Municipalidad). Lo que el MADES emite es una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) a nombre de una persona física o jurídica para una actividad específica. PODRIAN LA CONCOCANTE EXCLUIR ESTE REQUISITO