Incongruencia grave en el Dictamen de Estimación de Costos (Fechas de los presupuestos base)
En el Dictamen UOC N° 05/2026 adjunto al llamado, se observa que los presupuestos utilizados para promediar los precios referenciales (Animo, Yrma Galeano, Brandify) tienen fecha de emisión "Octubre 2025" y cotizan servicios para fechas específicas de octubre y noviembre de 2025 (ej: 27/10/2025, 31/10/2025, 07/11/2025, 14/11/2025). Sin embargo, el PBC exige en la página 33 que los servicios se presten del 20 al 27 de abril de 2026.
Considerando el Art. 42 de la Ley N° 7021/22 y el Art. 54 de su Decreto Reglamentario, que obligan a realizar una estimación de costos realista, actualizada y alineada a las condiciones del contrato, ¿Cómo justifica la Convocante la utilización de presupuestos emitidos para un evento de otra fecha y otro año para determinar el precio referencial de un evento en abril de 2026? Solicitamos la revisión y actualización del Estudio de Mercado.
07-04-2026
07-04-2026
Incongruencia grave en el Dictamen de Estimación de Costos (Fechas de los presupuestos base)
En el Dictamen UOC N° 05/2026 adjunto al llamado, se observa que los presupuestos utilizados para promediar los precios referenciales (Animo, Yrma Galeano, Brandify) tienen fecha de emisión "Octubre 2025" y cotizan servicios para fechas específicas de octubre y noviembre de 2025 (ej: 27/10/2025, 31/10/2025, 07/11/2025, 14/11/2025). Sin embargo, el PBC exige en la página 33 que los servicios se presten del 20 al 27 de abril de 2026.
Considerando el Art. 42 de la Ley N° 7021/22 y el Art. 54 de su Decreto Reglamentario, que obligan a realizar una estimación de costos realista, actualizada y alineada a las condiciones del contrato, ¿Cómo justifica la Convocante la utilización de presupuestos emitidos para un evento de otra fecha y otro año para determinar el precio referencial de un evento en abril de 2026? Solicitamos la revisión y actualización del Estudio de Mercado.
En relación con la consulta sobre las fechas consignadas en los presupuestos utilizados en el Dictamen UOC N° 05/2026, se aclara que el evento "Diseño Punto a Punto - 2ª edición" fue inicialmente planificado para el mes de octubre de 2025.
Posteriormente, debido al cambio en el calendario de desembolsos de los fondos del proyecto, el evento fue reprogramado para abril de 2026, situación que fue oportunamente comunicada y aprobada por el organismo financiador.
En consecuencia, se procederá a la actualización de los presupuestos referenciales, manteniéndose el alcance del servicio requerido.
2
Imposibilidad material y legal del Cronograma del llamado
Según el Resumen del Llamado (Pág. 3), la apertura de ofertas está fijada para el 10/04/2026. Por otro lado, la tabla de Especificaciones Técnicas (Pág. 33) indica que la prestación de los servicios en el evento inicia el 20/04/2026.
Existe un lapso de apenas 10 días calendario entre la apertura y el inicio del evento. Teniendo en cuenta los plazos legales estipulados en la Ley N° 7021/22 para la evaluación de ofertas, periodo de protestas, emisión de resolución de adjudicación, notificación y la firma del contrato (que puede tomar hasta 15 días hábiles), es material y legalmente imposible que el proveedor cuente con un contrato firmado para el 20 de abril. Dado que la Ley prohíbe iniciar la prestación de servicios sin contrato formalizado, solicitamos que se prorrogue la fecha del evento.
07-04-2026
08-05-2026
Imposibilidad material y legal del Cronograma del llamado
Según el Resumen del Llamado (Pág. 3), la apertura de ofertas está fijada para el 10/04/2026. Por otro lado, la tabla de Especificaciones Técnicas (Pág. 33) indica que la prestación de los servicios en el evento inicia el 20/04/2026.
Existe un lapso de apenas 10 días calendario entre la apertura y el inicio del evento. Teniendo en cuenta los plazos legales estipulados en la Ley N° 7021/22 para la evaluación de ofertas, periodo de protestas, emisión de resolución de adjudicación, notificación y la firma del contrato (que puede tomar hasta 15 días hábiles), es material y legalmente imposible que el proveedor cuente con un contrato firmado para el 20 de abril. Dado que la Ley prohíbe iniciar la prestación de servicios sin contrato formalizado, solicitamos que se prorrogue la fecha del evento.
Respecto a la solicitud de prórroga del evento por el cronograma del llamado, se aclara que las fechas de realización del evento no pueden ser modificadas, considerando que el mismo ya fue reprogramado previamente y la nueva fecha fue aprobada por el organismo financiador del proyecto (CONACYT).
Por tanto, el cronograma establecido en el Pliego de Bases y Condiciones debería mantenerse vigente.
3
Precios referenciales irrisorios respecto al mercado profesional y calidad técnica esperada
Observando el Dictamen UOC N° 05/2026, el presupuesto promedio total arroja la suma de Gs. 8.373.326 para 8 días de cobertura, sumado a la edición de videos, diseño de estrategias y entregables. Los precios unitarios promediados (Ej: Gs. 416.666 por un video institucional, o Gs. 866.666 por la cobertura conjunta de foto y video de 6 horas) están abismalmente por debajo de los aranceles de productoras audiovisuales profesionales que utilizan equipos de cinematografía/DSLR, iluminación y microfonía profesional.
En base a esto, consultamos: Dada la limitación presupuestaria impuesta por este estudio de mercado deficiente, ¿La convocante espera, acepta y evaluará como válida una propuesta en la cual la cobertura, grabación y edición de los materiales sea realizada íntegramente con un teléfono celular (Smartphone)? Favor aclarar los requisitos técnicos mínimos de equipamiento.
07-04-2026
07-04-2026
Precios referenciales irrisorios respecto al mercado profesional y calidad técnica esperada
Observando el Dictamen UOC N° 05/2026, el presupuesto promedio total arroja la suma de Gs. 8.373.326 para 8 días de cobertura, sumado a la edición de videos, diseño de estrategias y entregables. Los precios unitarios promediados (Ej: Gs. 416.666 por un video institucional, o Gs. 866.666 por la cobertura conjunta de foto y video de 6 horas) están abismalmente por debajo de los aranceles de productoras audiovisuales profesionales que utilizan equipos de cinematografía/DSLR, iluminación y microfonía profesional.
En base a esto, consultamos: Dada la limitación presupuestaria impuesta por este estudio de mercado deficiente, ¿La convocante espera, acepta y evaluará como válida una propuesta en la cual la cobertura, grabación y edición de los materiales sea realizada íntegramente con un teléfono celular (Smartphone)? Favor aclarar los requisitos técnicos mínimos de equipamiento.
En relación a la consulta sobre los precios referenciales y los requisitos técnicos de equipamiento, se aclara que el cálculo del presupuesto referencial contempla el alcance específico de las actividades previstas en el evento, las cuales NO se desarrollarán durante ocho días consecutivos, sino en jornadas puntuales de trabajo, sumando un total de 13 horas de cobertura durante los días que se detallan a continuación:
Las actividades se desarrollarán en las siguientes fechas y horarios:
Lunes 20 de abril de 2026: 08:00 a 11:00 hs y 13:00 a 15:30 hs.
Martes 21 de abril de 2026: 08:00 a 11:00 hs
Lunes 27 de abril de 2026: 10:00 a 12:00 hs y 13:00 a 15:30 hs.
Considerando la naturaleza del evento, la Convocante no establece como requisito obligatorio el uso de equipos cinematográficos de alta gama, quedando a criterio del proveedor proponer el equipamiento técnico que considere adecuado para cumplir con los entregables solicitados, siempre que garantice una calidad audiovisual adecuada para difusión institucional y en redes sociales.
4
Derechos de Autor y uso para Portfolio Profesional
En la página 37 (Derechos Intelectuales) se establece que el Estado retiene la propiedad de los materiales. Entendiendo que los derechos patrimoniales se ceden a la Convocante, solicitamos que se aclare y confirme si el proveedor adjudicado (productora/agencia/fotógrafo) conserva el derecho moral sobre sus obras y si, una vez que la FADA haya hecho públicos los materiales, el proveedor está autorizado a exhibir las fotografías y videos resultantes única y exclusivamente como parte de su "Portfolio o Reel Profesional" en sus propias plataformas y redes sociales.
07-04-2026
07-04-2026
Derechos de Autor y uso para Portfolio Profesional
En la página 37 (Derechos Intelectuales) se establece que el Estado retiene la propiedad de los materiales. Entendiendo que los derechos patrimoniales se ceden a la Convocante, solicitamos que se aclare y confirme si el proveedor adjudicado (productora/agencia/fotógrafo) conserva el derecho moral sobre sus obras y si, una vez que la FADA haya hecho públicos los materiales, el proveedor está autorizado a exhibir las fotografías y videos resultantes única y exclusivamente como parte de su "Portfolio o Reel Profesional" en sus propias plataformas y redes sociales.
En relación con los derechos de autor, se aclara que los derechos patrimoniales de los materiales producidos serán cedidos a la Convocante, conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
No obstante, la Convocante no presenta objeción a que el profesional adjudicado conserve los derechos morales de su obra, pudiendo exhibir los materiales resultantes exclusivamente como parte de su portafolio o reel profesional, una vez que los mismos hayan sido publicados oficialmente por la institución.
5
Falta de especificaciones técnicas de Audio e Iluminación
En las Especificaciones Técnicas de los Ítems 1, 2, 11 y 15 (Videos explicativos, institucionales y testimoniales), no se especifican los requerimientos de audio ni de iluminación. Para cotizar en igualdad de condiciones, favor aclarar: ¿Se requiere el uso de microfonía profesional (corbateros/solaperos inalámbricos, micrófonos boom) y esquemas de iluminación artificial (luces LED, rebotes), o es aceptable para la Convocante la grabación utilizando únicamente la luz natural y el micrófono de ambiente de la cámara/celular?
07-04-2026
07-04-2026
Falta de especificaciones técnicas de Audio e Iluminación
En las Especificaciones Técnicas de los Ítems 1, 2, 11 y 15 (Videos explicativos, institucionales y testimoniales), no se especifican los requerimientos de audio ni de iluminación. Para cotizar en igualdad de condiciones, favor aclarar: ¿Se requiere el uso de microfonía profesional (corbateros/solaperos inalámbricos, micrófonos boom) y esquemas de iluminación artificial (luces LED, rebotes), o es aceptable para la Convocante la grabación utilizando únicamente la luz natural y el micrófono de ambiente de la cámara/celular?
Respecto a los requerimientos técnicos de audio e iluminación, se aclara que NO se exige el uso obligatorio de equipamiento profesional específico de alto costo.
A fin de ajustarse al presupuesto estimado del servicio, se considera aceptable el uso de equipamiento técnico básico o intermedio, tales como cámaras DSLR o mirrorless de gama media, teléfonos inteligentes con capacidad de grabación en alta definición, micrófonos de solapa o ambientales, iluminación LED portátil básica o aprovechamiento de luz natural.
El proveedor podrá proponer el equipamiento que considere adecuado, siempre que permita obtener registros audiovisuales claros y utilizables para fines institucionales y de difusión digital.
6
Incoherencia entre horas de presencia requerida y volumen de entregables fotográficos
En los Ítems 12 y 13 se requiere la entrega de un total de 80 fotografías (60 de talleres y 20 de muestra). Sin embargo, el Ítem 14 exige un "Fotógrafo permanente en área back podium" durante los días del evento. Consultamos: ¿El fotógrafo debe cumplir un horario de permanencia física obligatoria del 100% del tiempo que duren los talleres/evento, o el profesional podrá retirarse del recinto una vez que haya logrado capturar el volumen de las 80 fotografías requeridas con la calidad óptima?
07-04-2026
07-04-2026
Incoherencia entre horas de presencia requerida y volumen de entregables fotográficos
En los Ítems 12 y 13 se requiere la entrega de un total de 80 fotografías (60 de talleres y 20 de muestra). Sin embargo, el Ítem 14 exige un "Fotógrafo permanente en área back podium" durante los días del evento. Consultamos: ¿El fotógrafo debe cumplir un horario de permanencia física obligatoria del 100% del tiempo que duren los talleres/evento, o el profesional podrá retirarse del recinto una vez que haya logrado capturar el volumen de las 80 fotografías requeridas con la calidad óptima?
En relación con la permanencia del fotógrafo durante el evento, se aclara que se requiere el acompañamiento del profesional durante las jornadas y horarios de actividades previamente establecidos, a fin de asegurar una adecuada cobertura del desarrollo de los talleres y de la muestra.
Por lo tanto, el fotógrafo deberá estar presente durante las actividades programadas, independientemente de que el volumen mínimo de fotografías solicitadas sea de 80 imágenes.
7
Provisión de guiones, locución y derechos musicales
Para la realización del "Video explicativo" (Ítem 1) y el "Spot publicitario" (Ítem 2), favor aclarar: 1) ¿Los guiones técnicos y literarios serán provistos íntegramente por la FADA, o deben ser redactados por el proveedor? 2) ¿La FADA proveerá la voz en off (locución), o el proveedor debe incluir el costo de un locutor profesional? 3) ¿El proveedor debe incluir en su costo el pago de licencias de banco de música (Royalty Free) para evitar bloqueos por derechos de autor en las redes de la FADA?
07-04-2026
07-04-2026
Provisión de guiones, locución y derechos musicales
Para la realización del "Video explicativo" (Ítem 1) y el "Spot publicitario" (Ítem 2), favor aclarar: 1) ¿Los guiones técnicos y literarios serán provistos íntegramente por la FADA, o deben ser redactados por el proveedor? 2) ¿La FADA proveerá la voz en off (locución), o el proveedor debe incluir el costo de un locutor profesional? 3) ¿El proveedor debe incluir en su costo el pago de licencias de banco de música (Royalty Free) para evitar bloqueos por derechos de autor en las redes de la FADA?
Respecto a la provisión de guiones, locución y derechos musicales, se aclara lo siguiente:
1. El guión del video explicativo será provisto por la FADA. La información podrá presentarse mediante recursos gráficos y texto incorporado en el material audiovisual, por lo que no se requerirá locución profesional.
2. Considerando la naturaleza del evento y las limitaciones presupuestarias del proyecto, la Convocante podrá prescindir de la producción del spot publicitario originalmente previsto.
3. En caso de utilizarse música en los materiales audiovisuales, se recomienda el uso de música libre de derechos o de bibliotecas gratuitas, a fin de evitar restricciones de uso en plataformas digitales institucionales.