Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Vencimiento Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 18 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. solicitamos a la convocante que la póliza se solicite con vencimiento menor a 12 meses, teniendo en cuenta que las ordenes de compras se emiten para un stock de 1 a 3 meses. 10-08-2026
2 Tasa de interés por Mora de la convocante Tasa de interés por Mora: En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del: 0,001% . Teniendo en cuenta que esta tasa de interés que la convocante debe pagar por atraso en los pagos, la consulta es lo siguiente: Cual es el rubro asignado para el pago de las multas? y, desde que fecha se toma para realizar el cálculo de la multa a la convocante? 10-08-2026
3 Requisitos para entrega Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 18 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. A la convocante. Solicitamos que la póliza sea requerida cuando el medicamento cuente con menos de 12 meses de vencimiento, teniendo en cuenta que las ordenes de compras son emitidas para la cobertura de 1 a 3 meses. 14-08-2026
4 Items 02 y 03 Respecto de la metodología de evaluación combinada prevista para los ítems 02 y 03, solicitamos aclarar el criterio aplicado al Margen de Preferencia Nacional. El PBC establece que el MPN modifica el orden de prelación mediante un recargo del 40 % a las ofertas sin CPEN, pero posteriormente dispone que el precio rector será el menor precio originalmente ofertado, independientemente del resultado de dicho margen. Solicitamos aclarar cómo se compatibilizan ambas reglas y cuál es el efecto económico efectivo del MPN en la adjudicación. 14-08-2026
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