El PBC solicita: “Contar con un Profesional Abogado Técnico en Seguridad Ocupacional Categoría A”. Consideramos que no existiría una justificación técnica que sustente la necesidad de que el profesional reúna simultáneamente la condición de abogado y de Técnico en Seguridad Ocupacional Categoría A, ni de que manera esta combinación de calificaciones incidiria en la correcta ejecución de los servicios objeto del presente. procedimiento. Con relación a la CATEGORIA A exigida, verificamos que el PBC no expone las razones técnicas que justifiquen que los servicios comprendidos en el presente procedimiento requieran necesariamente la intervención de un profesional con la máxima categoría de habilitación en seguridad ocupacional. Tampoco identifica la normativa legal o reglamentaria que imponga dicha categoría como requisito obligatorio para la ejecución de este tipo de trabajos.
Solicitamos de EXCLUYA la profesión de Abogado como requisito, pudiendo cumplirla TECNICO EN SEGURIDAD OCUPACIONAL CATEGORIA B, O C.
De:
Cristaldo Acosta, Francisco Catalino
80009161-2 - RITTER CONSTRUCCIONES S.A.
Consulta:
El PBC solicita: “Contar con un Profesional Abogado Técnico en Seguridad Ocupacional Categoría A”. Consideramos que no existiría una justificación técnica que sustente la necesidad de que el profesional reúna simultáneamente la condición de abogado y de Técnico en Seguridad Ocupacional Categoría A, ni de que manera esta combinación de calificaciones incidiria en la correcta ejecución de los servicios objeto del presente. procedimiento. Con relación a la CATEGORIA A exigida, verificamos que el PBC no expone las razones técnicas que justifiquen que los servicios comprendidos en el presente procedimiento requieran necesariamente la intervención de un profesional con la máxima categoría de habilitación en seguridad ocupacional. Tampoco identifica la normativa legal o reglamentaria que imponga dicha categoría como requisito obligatorio para la ejecución de este tipo de trabajos.
Solicitamos de EXCLUYA la profesión de Abogado como requisito, pudiendo cumplirla TECNICO EN SEGURIDAD OCUPACIONAL CATEGORIA B, O C.
La determinación del Plantel Profesional Clave constituye una facultad propia de la Entidad Convocante en ejercicio de las atribuciones de planificación reconocidas por la Ley N.º 7021/2022. El perfil profesional requerido fue definido considerando las características técnicas, complejidad, alcance y riesgos asociados a la ejecución de la obra objeto de la presente contratación.
La Convocante considera que el requisito guarda relación directa con el objeto contractual, responde a criterios técnicos previamente establecidos durante la planificación del procedimiento y resulta razonable y proporcional a las necesidades de la contratación, sin constituir una restricción indebida a la libre competencia.
El cruce combina con la defensa legal con la prevención de riesgos laborales. Previene litigios garantizando, el cumplimiento normativo y defendiendo los intereses de los mismos.
En consecuencia, se mantiene sin modificaciones el requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
2
CAPACIDAD TECNICA
El PBC requiere: “Declaración jurada de que el 70% de la mano de obra será del municipio de la convocante, y para el efecto deberá presentarse el currículum del personal propuesto con los datos de contacto y su certificado de vida y residencia, la convocante se reserva el derecho a verificar los datos proporcionados, como mínimo deberá contar con 20 personales de obra” Consideramos que la obligación de acompañar certificados de vida y residencia antes de la adjudicación, al momento de presentar la oferta, cuando el oferente aún no tiene certeza de resultar adjudicado, exige la contratación anticipada o la conformación definitiva de la plantilla de trabajadores creando una carga económica perjudicial en caso de no resultar adjudicado. De igual forma el certificado de vida y residencia seria barrera de acceso al procedimiento y obliga a los oferentes a recabar documentación de terceros sin que exista una necesidad técnica para la evaluación de las ofertas sin embargo, resultaría necesaria para la EJEJCUCION CONTRACTUAL, con la conformación definitiva del plantel de trabajadores corresponde. Lo importante para la Convocante es que el adjudicatario disponga del personal suficiente al inicio de los trabajos y durante toda la ejecución del contrato, circunstancia que puede exigirse con la presentacion de Contratos y Planilla de IPS acompañados del Certificado de Vida y Residencia en un plazo máximo de 10 días hábiles a la firma del contrato.
De:
Cristaldo Acosta, Francisco Catalino
80009161-2 - RITTER CONSTRUCCIONES S.A.
Consulta:
El PBC requiere: “Declaración jurada de que el 70% de la mano de obra será del municipio de la convocante, y para el efecto deberá presentarse el currículum del personal propuesto con los datos de contacto y su certificado de vida y residencia, la convocante se reserva el derecho a verificar los datos proporcionados, como mínimo deberá contar con 20 personales de obra” Consideramos que la obligación de acompañar certificados de vida y residencia antes de la adjudicación, al momento de presentar la oferta, cuando el oferente aún no tiene certeza de resultar adjudicado, exige la contratación anticipada o la conformación definitiva de la plantilla de trabajadores creando una carga económica perjudicial en caso de no resultar adjudicado. De igual forma el certificado de vida y residencia seria barrera de acceso al procedimiento y obliga a los oferentes a recabar documentación de terceros sin que exista una necesidad técnica para la evaluación de las ofertas sin embargo, resultaría necesaria para la EJEJCUCION CONTRACTUAL, con la conformación definitiva del plantel de trabajadores corresponde. Lo importante para la Convocante es que el adjudicatario disponga del personal suficiente al inicio de los trabajos y durante toda la ejecución del contrato, circunstancia que puede exigirse con la presentacion de Contratos y Planilla de IPS acompañados del Certificado de Vida y Residencia en un plazo máximo de 10 días hábiles a la firma del contrato.
La documentación exigida respecto del personal propuesto tiene por finalidad permitir a la Convocante verificar, durante la evaluación de las ofertas, el cumplimiento efectivo de los requisitos de capacidad técnica y operativa establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
La presentación de una declaración jurada constituye una manifestación de compromiso del oferente; sin embargo, no sustituye la obligación de acreditar documentalmente aquellos requisitos cuya verificación ha sido prevista expresamente por la Convocante para la etapa de evaluación.
En consecuencia, se mantienen sin modificaciones las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
3
VISITA A SITIO DE OBRA
Consulta: La participacion en la visita a sitio de ejecución de obra de una de las empresas integrantes de nuestro consorcio habilita a nuestro onsorcio a presentar oferta?.
De:
MARTINEZ GONZALEZ, PABLO ALFREDO
80039178-0 - MAGOMEC S.R.L
Consulta:
Consulta: La participacion en la visita a sitio de ejecución de obra de una de las empresas integrantes de nuestro consorcio habilita a nuestro onsorcio a presentar oferta?.
Las personas que realicen las visitas deben de estar debidamente autorizadas para participar de dicho acto, con relación a esta consulta en particular la persona que realice la visita debe de tener la debida autorización del consorcio para poder representar al mismo en dicha visita
4
Multas y retenciones / Tasa de interés por Mora
Multas y retenciones, cuando el contratista se atrasa
Las penalidades diarias por retrasos en la ejecución de los trabajos y forma de cálculo: 0,1 % (cero coma un por ciento) sobre el total contratado, por cada día corrido de atraso. SE OBSERVA QUE EN CASO DE QUE SUCEDA UN EVENTO, DE ATRASO INCLUSO DE LOS ULTIMOS 10% DE LA OBRA, LA MULTA POR DIA RONDARIA Gs. 4.200.000.- por día.-
SIN EMBARGO
Tasa de interés por Mora, cuando la contratante se atrasa
En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del: 0,05%. PARA FACTURAS DE Gs. 500.000.000 NO PAGADA POR LA CONTRATANTE LA MULTA RONDARÍA Gs. 250.000.- POR DIA. REPRESENTA MENOS DEL 10% DE LA MULTA POR ATRASO AL CONTRATISTA.
Se tendría un contrato leonino a favor de la Convocante en detrimento de la empresa futura empresa Contratista. Legítimamente recurrible en la instancia correspondiente.
Solicitamos a la Convocante, invocando justicia, el cambio pertinente, y que MULTAS Y RETENCIONES sea similar a la TASA DE INTERÉS POR MORA y que la misma sea sobre el saldo del contrato realmente no ejecutado.
De:
MARTINEZ GONZALEZ, PABLO ALFREDO
80039178-0 - MAGOMEC S.R.L
Consulta:
Multas y retenciones, cuando el contratista se atrasa
Las penalidades diarias por retrasos en la ejecución de los trabajos y forma de cálculo: 0,1 % (cero coma un por ciento) sobre el total contratado, por cada día corrido de atraso. SE OBSERVA QUE EN CASO DE QUE SUCEDA UN EVENTO, DE ATRASO INCLUSO DE LOS ULTIMOS 10% DE LA OBRA, LA MULTA POR DIA RONDARIA Gs. 4.200.000.- por día.-
SIN EMBARGO
Tasa de interés por Mora, cuando la contratante se atrasa
En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del: 0,05%. PARA FACTURAS DE Gs. 500.000.000 NO PAGADA POR LA CONTRATANTE LA MULTA RONDARÍA Gs. 250.000.- POR DIA. REPRESENTA MENOS DEL 10% DE LA MULTA POR ATRASO AL CONTRATISTA.
Se tendría un contrato leonino a favor de la Convocante en detrimento de la empresa futura empresa Contratista. Legítimamente recurrible en la instancia correspondiente.
Solicitamos a la Convocante, invocando justicia, el cambio pertinente, y que MULTAS Y RETENCIONES sea similar a la TASA DE INTERÉS POR MORA y que la misma sea sobre el saldo del contrato realmente no ejecutado.
El régimen de multas, retenciones e intereses previsto en el Pliego de Bases y Condiciones fue establecido conforme a la normativa vigente y responde a la necesidad de garantizar el oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, resguardando el interés público comprometido en la ejecución de la obra.
Las penalidades por atraso constituyen mecanismos destinados a incentivar el cumplimiento de los plazos contractuales y a compensar las consecuencias derivadas del incumplimiento, mientras que el régimen aplicable a la mora en los pagos por parte de la Convocante se encuentra sujeto a las disposiciones legales y contractuales correspondientes.
En consecuencia, no se advierten fundamentos técnicos ni jurídicos que justifiquen la modificación solicitada, manteniéndose sin cambios el régimen previsto en el Pliego de Bases y Condiciones.
5
Capacidad en materia de personal
Del PBC
Declaración jurada de que el 70% de la mano de obra será del municipio de la convocante, y para el efecto deberá presentarse el currículum del personal propuesto con los datos de contacto y su certificado de vida y residencia, la convocante se reserva el derecho a verificar los datos proporcionados, como mínimo deberá contar con 20 personales de obra.
Con calculo básico obtenemos que tener en obra 20 personales costaría 1.500.000.000.-, este costo elevaría sustancialmente el presupuesto de mano de obra y costos administrativos. Solicitamos a la convocante bajar a 10 personales. Se puede aumentar de acuerdo a la necesidad de avance de la obra.
CONSULTA: En esta etapa se cumple con estas exigencias con la sola presentación de la declaración jurada?.
De:
MARTINEZ GONZALEZ, PABLO ALFREDO
80039178-0 - MAGOMEC S.R.L
Consulta:
Del PBC
Declaración jurada de que el 70% de la mano de obra será del municipio de la convocante, y para el efecto deberá presentarse el currículum del personal propuesto con los datos de contacto y su certificado de vida y residencia, la convocante se reserva el derecho a verificar los datos proporcionados, como mínimo deberá contar con 20 personales de obra.
Con calculo básico obtenemos que tener en obra 20 personales costaría 1.500.000.000.-, este costo elevaría sustancialmente el presupuesto de mano de obra y costos administrativos. Solicitamos a la convocante bajar a 10 personales. Se puede aumentar de acuerdo a la necesidad de avance de la obra.
CONSULTA: En esta etapa se cumple con estas exigencias con la sola presentación de la declaración jurada?.
La exigencia de contar con un mínimo de veinte (20) personales de obra y con un porcentaje mínimo de mano de obra local responde a la planificación efectuada por la Convocante en función de la naturaleza, magnitud y cronograma de ejecución de la obra.
Asimismo, la documentación exigida respecto del personal propuesto constituye un mecanismo de verificación de la capacidad técnica y operativa del oferente, razón por la cual deberá ser presentada conforme a las condiciones y oportunidad establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
En consecuencia, se mantienen sin modificaciones las condiciones previstas en el Pliego de Bases y Condiciones.
6
Capacidad Técnica
Requisito solicitado: Contar con un Profesional Abogado Técnico en Seguridad Ocupacional, Categoría A.
Solicitamos modificar dicho requisito a un Profesional Técnico en Seguridad Ocupacional, Categoría A, ya que el hecho de que el profesional sea Abogado no reviste una diferencia relevante para el área de ocupación, considerando que, en este caso, se trata de una obra.
Por lo tanto, resulta más adecuado que dicho profesional cuente con formación específica en seguridad ocupacional, permanezca in situ y sea responsable de supervisar el cumplimiento de las medidas de seguridad, prevención de riesgos y protección del personal afectado a los trabajos.
Requisito solicitado: Contar con un Profesional Abogado Técnico en Seguridad Ocupacional, Categoría A.
Solicitamos modificar dicho requisito a un Profesional Técnico en Seguridad Ocupacional, Categoría A, ya que el hecho de que el profesional sea Abogado no reviste una diferencia relevante para el área de ocupación, considerando que, en este caso, se trata de una obra.
Por lo tanto, resulta más adecuado que dicho profesional cuente con formación específica en seguridad ocupacional, permanezca in situ y sea responsable de supervisar el cumplimiento de las medidas de seguridad, prevención de riesgos y protección del personal afectado a los trabajos.
La Convocante considera que el perfil profesional requerido para integrar el Plantel Profesional Clave responde a las necesidades específicas de la contratación y forma parte de los requisitos mínimos de capacidad técnica definidos durante la planificación del procedimiento.
En consecuencia, se mantiene sin modificaciones la exigencia prevista en el Pliego de Bases y Condiciones.
7
Capacidad Técnica
Requisito solicitado: Declaración jurada de que el 70% de la mano de obra será del municipio de la convocante, y para el efecto deberá presentarse el currículum del personal propuesto con los datos de contacto y su certificado de vida y residencia. La convocante se reserva el derecho a verificar los datos proporcionados. Como mínimo, deberá contar con 20 personales de obra.
Solicitamos que, conforme a lo establecido en el PBC, al momento de la apertura de ofertas sea exigida únicamente la presentación de una Declaración Jurada de compromiso, y que los documentos respaldatorios, como ser el currículum del personal propuesto con sus datos de contacto y el certificado de vida y residencia, sean presentados al momento de la adjudicación.
Esto, considerando que la firma de la Declaración Jurada ya asegura el compromiso del oferente de contratar, en caso de resultar adjudicado, al personal requerido del municipio de la convocante, correspondiente al 70% de la mano de obra y con un mínimo de 20 personales de obra.
Requisito solicitado: Declaración jurada de que el 70% de la mano de obra será del municipio de la convocante, y para el efecto deberá presentarse el currículum del personal propuesto con los datos de contacto y su certificado de vida y residencia. La convocante se reserva el derecho a verificar los datos proporcionados. Como mínimo, deberá contar con 20 personales de obra.
Solicitamos que, conforme a lo establecido en el PBC, al momento de la apertura de ofertas sea exigida únicamente la presentación de una Declaración Jurada de compromiso, y que los documentos respaldatorios, como ser el currículum del personal propuesto con sus datos de contacto y el certificado de vida y residencia, sean presentados al momento de la adjudicación.
Esto, considerando que la firma de la Declaración Jurada ya asegura el compromiso del oferente de contratar, en caso de resultar adjudicado, al personal requerido del municipio de la convocante, correspondiente al 70% de la mano de obra y con un mínimo de 20 personales de obra.
La Convocante considera necesaria la presentación de la documentación exigida respecto del personal propuesto al momento establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, a fin de verificar objetivamente el cumplimiento de los requisitos de capacidad técnica durante la evaluación de las ofertas.
La sola presentación de una declaración jurada no sustituye la documentación respaldaría expresamente requerida por el Pliego.
En consecuencia, se mantienen sin modificaciones las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
8
Presentación de Oferta
Para presentar oferta después de mas avance de la obra actuaĺ que posibilite mejor y mas riguso análisis.
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE PRORROGA DE 15DIAS PARA EL DIA DE LA APERTURA DE OFERTAS.
De:
MARTINEZ GONZALEZ, PABLO ALFREDO
80039178-0 - MAGOMEC S.R.L
Consulta:
Para presentar oferta después de mas avance de la obra actuaĺ que posibilite mejor y mas riguso análisis.
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE PRORROGA DE 15DIAS PARA EL DIA DE LA APERTURA DE OFERTAS.
La Convocante considera que el plazo previsto para la preparación y presentación de las ofertas resulta razonable y suficiente, atendiendo a la información puesta a disposición de los potenciales oferentes y a la naturaleza del procedimiento de contratación.
En consecuencia, se mantiene sin modificaciones el cronograma previsto en el Pliego de Bases y Condiciones.
9
Capacidad financiera
DEL PBC.
El mínimo de activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario será: 50%
Solicitamos a la convocante reducir esta exigencia de 50% a 30%. Esta solicitud favorecerá la participación de los oferentes.
De:
MARTINEZ GONZALEZ, PABLO ALFREDO
80039178-0 - MAGOMEC S.R.L
Consulta:
DEL PBC.
El mínimo de activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario será: 50%
Solicitamos a la convocante reducir esta exigencia de 50% a 30%. Esta solicitud favorecerá la participación de los oferentes.
El requisito relativo a la disponibilidad mínima de activos líquidos y/o acceso a líneas de crédito fue establecido durante la planificación del procedimiento, atendiendo a la magnitud de la inversión, las necesidades de financiamiento inicial y la importancia de asegurar que el futuro contratista cuente con la capacidad económica suficiente para ejecutar la obra sin afectar su normal desarrollo.
La Convocante considera que dicho requisito guarda relación con el objeto contractual, resulta razonable y proporcional a las exigencias de la contratación y no constituye una restricción indebida a la participación.
En consecuencia, se mantiene sin modificaciones el porcentaje previsto en el Pliego de Bases y Condiciones.
10
Contar con un Profesional Abogado Técnico en Seguridad Ocupacional Categoría A
Solicitamos que este punto pueda ser modificado ya que en mayoría los encargado de realizar labores como Plan de Higiene y otros son personales de la salud es decir un Lic. en enfermería y no un abogado.
Artículo 4°.- Principios rectores.
d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
17-07-2026
20-07-2026
Contar con un Profesional Abogado Técnico en Seguridad Ocupacional Categoría A
De:
VILLAMAYOR RODAS, CLAUDIA ELIZABETH
2010332-8 - CLAUDIA ELIZABETH VILLAMAYOR RODAS
Consulta:
Solicitamos que este punto pueda ser modificado ya que en mayoría los encargado de realizar labores como Plan de Higiene y otros son personales de la salud es decir un Lic. en enfermería y no un abogado.
Artículo 4°.- Principios rectores.
d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
La determinación del perfil profesional requerido para integrar el Plantel Profesional Clave constituye una decisión adoptada por la Convocante en ejercicio de sus facultades de planificación, considerando las características particulares de la obra y los riesgos asociados a su ejecución.
La exigencia prevista en el Pliego responde a criterios técnicos previamente definidos, guarda relación con el objeto de la contratación y constituye un requisito objetivo de capacidad técnica aplicable en igualdad de condiciones a todos los potenciales oferentes.
En consecuencia, se mantiene sin modificaciones el porcentaje previsto en el Pliego de Bases y Condiciones.