Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Capacidad Financiera Solicitamos a la Convocante que los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones en el apartado “Capacidad Financiera” y "Experiencia Requerida" sean modificados de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes en concordancia a lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 4º.- de la Ley Nº 7021/22 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, esto de acuerdo con lo siguiente: 7. Capital Social: Capital Mínimo, al cierre del último ejercicio: Junio 2025: Gs. 60.000.000.000 8. Disponibilidades mínimas, al cierre del último ejercicio: Junio 2025: Gs. 21.000.000.000 EXPERIENCIA REQUERIDA El oferente deberá demostrar experiencia, con contratos y/o pólizas de SEGUROS VARIOS celebrados con instituciones públicas y/o con el sector privado en los últimos 3 (tres) años 2023, 2024, 2025 el promedio de contratos y/o pólizas deberá ser 50% (cincuenta por ciento) del monto total ofertado. Se aclara que no es necesario un contrato o póliza por año. • OFERENTES EN COASEGURO: Cada miembro debe cumplir con cada uno de los requisitos. Los valores que solicitamos son considerados suficientes para cubrir y garantizar una fuerte solvencia para responder por eventuales siniestros asegurados en el marco del llamado que nos ocupa. En consecuencia, solicitamos respetuosamente se proceda a la modificación de los requisitos mencionados a fin de propiciar una mayor participación, lo que redundará en una competencia que genere mejores precios para la Administración Contratante. 20-05-2026 03-06-2026
2 VERIFICACION - CAPICIDAD FINANCIERA Solicitamos a la Convocante la reevaluación de los criterios y montos establecidos para la capacidad financiera del presente llamado, a fin de ampliar la posibilidad de participación de Oferentes interesado. Tomando en cuenta que somos 35 compañías de seguro más o menos en el mercado, el presente llamado permitiría la participación de un máximo de 2 compañías que podrían cumplir en su totalidad con los requisitos establecidos En ese sentido, solicitamos se tengan en cuenta los siguientes criterios, los cuales han sido tomados como referencia en llamados similares 1. Margen de solvencia: coeficiente mínimo de 1.5 al 30/06/2025 2. Calificación de la aseguradora: A al 30/06/2025 3. Capital integrado: como mínimo veinte mil millones de guaraníes (Gs. 20.000.000.000) al 30/06/2025. 4. Patrimonio propio no comprometido: como mínimo cinco mil millones de guaraníes (Gs. 5.000.000.000) al 30/06/2025. 5. Fondo de garantía: como mínimo tres mil millones de guaraníes (Gs. 3.000.000.000) al 30/06/2025. 6. Cantidad de reaseguradores: NO APLICA 7. Calificación de Reaseguradores: NO APLICA 8. Disponibilidades: como mínimo mil quinientos millones de guaraníes (Gs. 1.500.000.000) al 30/06/2025. 26-05-2026 03-06-2026
3 Capacidad Financiera Con relación a los requisitos de Capacidad Financiera establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), Solicitamos respetuosamente a la Convocante la revisión y modificación de los ratios detallados en los numerales 7 (Capital Social) y 8 (Disponibilidades mínimas). El pliego actual exige el cumplimiento de montos mínimos de manera escalonada sobre los últimos tres (3) ejercicios, lo cual resulta excesivamente restrictivo y se aparta de la práctica administrativa habitual, donde la solvencia actual del oferente se garantiza con el cierre del último ejercicio fiscal disponible. Solicitamos que el requisito sea ajustado de la siguiente manera: • 7. Capital Social: Mínimo al cierre del último ejercicio (2025): Gs. 60.000.000.000. • 8. Disponibilidades mínimas: Mínimo al cierre del último ejercicio (2025): Gs. 21.000.000.000. Esta petición se fundamenta en el Art. 4º, inciso d) de la Ley Nº 7021/22, que consagra el Principio de Libre Participación. La exigencia acumulativa de tres años no aporta mayor seguridad jurídica a la ejecución del contrato que la solvencia demostrada al cierre más reciente; por el contrario, actúa como una barrera de entrada que limita la concurrencia. Los valores propuestos para el ejercicio 2025 son más que suficientes para garantizar que el adjudicatario posea la capacidad financiera necesaria para cubrir eventuales siniestros, asegurando mejores condiciones de precio para el Estado mediante una mayor competencia. 27-05-2026 03-06-2026
4 Experiencia requerida Referente al apartado de Experiencia Requerida, el PBC limita la acreditación de experiencia exclusivamente a contratos y/o pólizas de "Seguro de Responsabilidad Civil y/o Accidentes Personales". Al tratarse de una empresa del rubro asegurador, la solvencia técnica y la capacidad de gestión de siniestros se demuestra de manera integral a través de diversos ramos de seguros. Por ello, solicitamos que se permita acreditar la experiencia mediante el rubro de "Seguros Varios". La redacción solicitada sería: "El oferente deberá demostrar experiencia con contratos y/o pólizas de SEGUROS VARIOS celebrados con instituciones públicas y/o con el sector privado en los últimos 3 (tres) años (2023, 2024, 2025). El promedio de facturación deberá ser igual al 50% del monto total ofertado." Limitar la experiencia a ramos específicos cuando la naturaleza de la entidad aseguradora es multirriesgo contraviene el Principio de Igualdad y Libre Competencia (Ley Nº 7021/22). La capacidad operativa de una aseguradora para administrar pólizas de gran envergadura es transversal a sus distintos productos. Ampliar este criterio permitirá una mayor cantidad de ofertas válidas sin sacrificar la calidad ni la seguridad de la Convocante, permitiendo que la administración seleccione la opción más ventajosa. 27-05-2026 03-06-2026
5 CONSULTAS Responsabilidad Civil: Favor detallar la suma asegurada por ubicación, considerando que actualmente se estipula una suma asegurada total y límites por evento, pero no se establece una pérdida máxima estimada por ubicación. Esta información es necesaria para analizar correctamente el cúmulo y la exposición del riesgo. Accidentes Personales: Favor aclarar, para el ítem correspondiente al Seguro de Accidentes Personales, a qué se refiere específicamente la cobertura de aeronavegación o navegación fluvial, indicando su alcance y aplicación. Cantidad de personas por ubicación: Favor detallar la cantidad estimada de personas por cada ubicación asegurada, de manera a poder establecer la pérdida máxima probable por sede y aclarar adecuadamente el cúmulo del riesgo. 28-05-2026 03-06-2026
6 Visita Técnica Solicitamos respetuosamente a la Convocante la modificación del pliego en relación a la obligatoriedad de la Visita a los Sitios de Ejecución del Contrato, basados en los siguientes fundamentos técnicos: • Naturaleza del Riesgo: El objeto de la presente licitación consiste en la contratación de pólizas de Responsabilidad Civil frente a Terceros y Accidentes Personales. Al tratarse de coberturas que amparan daños a personas o bienes de terceros y la integridad física de los asegurados, el riesgo no está vinculado a las condiciones infraestructurales o estado edilicio de los inmuebles. • Innecesaridad de Inspección: A diferencia de los seguros de Incendio o Multirriesgo, para la suscripción de Responsabilidad Civil y Accidentes Personales, las compañías aseguradoras no requieren realizar una inspección física del sitio para la determinación de la tasa o la aceptación del riesgo. • Dificultad Logística y Plazos Exiguos: El pliego establece la visita obligatoria a 44 edificios, muchos de ellos ubicados en el interior del país. El plazo otorgado para completar este recorrido es extremadamente corto, lo que impone una carga logística desproporcionada e innecesaria. Obligar a los oferentes a movilizar equipos técnicos por todo el territorio nacional en un tiempo reducido para un seguro que no requiere tales datos, contraviene el Principio de Economía y Eficiencia administrativa. • Restricción a la Participación: Esta exigencia se convierte en una barrera de acceso que limita la libre concurrencia, ya que el costo y la complejidad de la logística para cumplir con las visitas en un plazo tan breve podrían desalentar imposibilita la presentación de ofertas competitivas, perjudicando los intereses de la Entidad Convocante. Se solicita que la Visita a los Sitios pase de tener un carácter "Obligatorio" a que se permita la presentación de una Declaración Jurada de Conocimiento de los Sitios por parte del oferente en reemplazo de la constancia de visita emitida por la convocante, permitiendo que los oferentes se enfoquen en presentar la mejor oferta económica y técnica sin incurrir en gastos logísticos superfluos. 29-05-2026 03-06-2026
7 CONSULTAS La fecha de visitas no se podría extender, ya que no alcanza el tiempo para hacer la misma en todas las dependencias. 29-05-2026 03-06-2026
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