Para el LOTE 1 - LICENCIAS FORTINET, podrían aclarar cuantas horas de Soporte fueron utilizadas en el contrato anterior para poder hacer las estimaciones correspondientes
Para el LOTE 1 - LICENCIAS FORTINET, podrían aclarar cuantas horas de Soporte fueron utilizadas en el contrato anterior para poder hacer las estimaciones correspondientes
Las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, referidos a la "Asistencia y soporte" hacen referencia a la asistencia y/o soporte asociados a las licencias objeto de la presente contratación, comprendiendo las gestiones técnicas y administrativas inherentes al licenciamiento que resulten necesarias para asegurar su correcta utilización, vigencia y operatividad, conforme a las condiciones establecidas por el fabricante. Favor remitirse al objeto, las especificaciones técnicas y las demás disposiciones del Pliego de Bases y Condiciones para determinar el alcance de las obligaciones del proveedor.
Favor remitirse al PBC.
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Licencias Fortinet
En el lote 1- LICENCIAS FORTINET se establece para cada item, Asistencia y soporte: Soporte en el sitio declarado por la Convocante, mientras dure la garantía. Una vez reportado el problema, y si la solución al mismo así lo requiere, dentro de las 4 horas de haberse declarado el problema.
consultamos: a) Que cantidad de horas por mes/año de soporte son requeridas?
En el lote 1- LICENCIAS FORTINET se establece para cada item, Asistencia y soporte: Soporte en el sitio declarado por la Convocante, mientras dure la garantía. Una vez reportado el problema, y si la solución al mismo así lo requiere, dentro de las 4 horas de haberse declarado el problema.
consultamos: a) Que cantidad de horas por mes/año de soporte son requeridas?
Así como en la respuesta a la consulta 1, la asistencia requerida guarda relación a la provisión e instalación de la licencia en cuestión.
Favor referirse a la respuesta de la Consulta Nro. 1 y al PBC.
3
Licencias Fortinet
En el lote 1- LICENCIAS FORTINET se establece para cada item, Asistencia y soporte: Soporte en el sitio declarado por la Convocante, mientras dure la garantía. Una vez reportado el problema, y si la solución al mismo así lo requiere, dentro de las 4 horas de haberse declarado el problema.
consultamos: b) Solicitamos que el tiempo de solucion de 4 horas sea modificado al tiempo de atecion del problema
En el lote 1- LICENCIAS FORTINET se establece para cada item, Asistencia y soporte: Soporte en el sitio declarado por la Convocante, mientras dure la garantía. Una vez reportado el problema, y si la solución al mismo así lo requiere, dentro de las 4 horas de haberse declarado el problema.
consultamos: b) Solicitamos que el tiempo de solucion de 4 horas sea modificado al tiempo de atecion del problema
El plazo previsto en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones resulta razonable y necesario para garantizar una adecuada capacidad de respuesta frente a incidencias que pudieran afectar la continuidad de los servicios institucionales.
Así como en las respuestas a las consultas 1 y 2, la asistencia requerida guarda relación a la provisión e instalación de la licencia en cuestión.
Favor referirse a la respuesta de la Consulta Nro. 1 y al PBC
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Licencias Microsoft
En el LOTE 2 - LICENCIAS MICROSOFT, solicitan para todos los ítems: Soporte del oferente en la modalidad 24x7 del bien suministrado en el sitio declarado por la
Convocante, una vez reportado el problema, y si la solución al mismo así lo requiere, dentro de las 4 horas de haberse declarado el problema. Esta asistencia comprende la solución de incidencias de funcionamiento lógico, parametrización o configuración del software proveído, así como la instalación de actualizaciones y parches liberados durante el referido período.
consultamos: a) Que cantidad de horas por mes/año de soporte son requeridas?
b) Solicitamos que el tiempo de solución de 4 horas sea modificado al tiempo de atención del problema
En el LOTE 2 - LICENCIAS MICROSOFT, solicitan para todos los ítems: Soporte del oferente en la modalidad 24x7 del bien suministrado en el sitio declarado por la
Convocante, una vez reportado el problema, y si la solución al mismo así lo requiere, dentro de las 4 horas de haberse declarado el problema. Esta asistencia comprende la solución de incidencias de funcionamiento lógico, parametrización o configuración del software proveído, así como la instalación de actualizaciones y parches liberados durante el referido período.
consultamos: a) Que cantidad de horas por mes/año de soporte son requeridas?
b) Solicitamos que el tiempo de solución de 4 horas sea modificado al tiempo de atención del problema
Las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones no establece una cantidad determinada de horas de soporte técnico, atendiendo a que el servicio requerido comprende la asistencia técnica y administrativa asociada al licenciamiento suministrado, la cual deberá ser prestada cuando resulte necesaria durante toda la vigencia del contrato, Asimismo, el plazo previsto resulta razonable y necesario para garantizar una adecuada capacidad de respuesta frente a incidencias que pudieran afectar la continuidad de los servicios institucionales.
Así como en las respuestas a las consultas 1, 2 y 3, la asistencia requerida guarda relación a la provisión e instalación de la licencia en cuestión.
Favor referirse a la respuesta de la Consulta Nro. 1 y al PBC.
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Capacidad tecnica
2.1. Requerimiento previsto en el PBC
En el apartado correspondiente a la Capacidad Técnica, el Pliego establece:
"Listado de técnicos, acompañado de la Planilla de Instituto de Previsión Social correspondiente al mes anterior vencido a la fecha del inicio de la etapa competitiva, en donde figuren los técnicos propuestos..."
Asimismo, exige que dichos técnicos acrediten las certificaciones técnicas correspondientes a cada lote, acompañando currículum vitae, certificados y demás documentaciones.
2.2. Aclaración solicitada
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si también podrán ser aceptados técnicos vinculados al oferente mediante contrato privado de prestación de servicios profesionales o contrato de trabajo vigente, siempre que el oferente demuestre fehacientemente la disponibilidad de dichos profesionales para la ejecución del contrato y asuma íntegramente la responsabilidad por los servicios prestados.
Fundamentación
La finalidad del requisito establecido en el Pliego es acreditar que el oferente cuenta con personal técnico calificado y efectivamente disponible para prestar los servicios requeridos durante la ejecución contractual.
Sin embargo, dicha finalidad puede ser acreditada tanto mediante:
• inscripción del profesional en la Planilla del Instituto de Previsión Social (IPS); como
• contrato privado vigente de prestación de servicios profesionales o contrato laboral celebrado entre el oferente y el técnico.
En ambos casos existe un vínculo jurídico válido que obliga al profesional a prestar los servicios contratados y permite al oferente garantizar la disponibilidad del recurso humano ofrecido.
Resulta habitual que empresas especializadas en tecnologías de la información cuenten con profesionales altamente certificados que prestan servicios bajo contratos privados de carácter permanente o por proyectos específicos, especialmente en áreas altamente especializadas como:
• Microsoft Infrastructure;
• Microsoft SQL Server;
• Azure;
• Seguridad Informática;
• Storage;
• Networking.
La modalidad contractual utilizada para vincular al profesional no modifica:
• la capacidad técnica del recurso;
• la validez de sus certificaciones emitidas por el fabricante;
• la experiencia profesional acreditada;
• ni la responsabilidad contractual que asume el oferente frente a la Convocante.
En consecuencia, exigir exclusivamente que los técnicos integren la planilla del IPS podría restringir innecesariamente la participación de oferentes que cuentan con profesionales plenamente certificados y disponibles bajo otras modalidades legales de contratación.
Impacto en la Competencia
Aceptar indistintamente técnicos vinculados mediante IPS o mediante contrato privado vigente permitiría ampliar la concurrencia de oferentes sin disminuir las garantías técnicas exigidas por la Convocante.
Ello resulta concordante con los principios previstos en la Ley N.º 7021/22 de Suministro y Contrataciones Públicas, particularmente:
• Igualdad y Libre Competencia (Art. 4 inc. d)
La modalidad de contratación del recurso humano no modifica su capacidad técnica ni la calidad del servicio ofrecido, por lo que limitar la acreditación únicamente mediante planilla IPS podría restringir la participación de oferentes que igualmente disponen de profesionales certificados.
• Razonabilidad (Art. 4 inc. k)
El objetivo del requisito consiste en garantizar que el oferente disponga del personal especializado para ejecutar el contrato. Dicha finalidad puede alcanzarse mediante distintos mecanismos jurídicamente válidos que acrediten el vínculo entre el técnico y el oferente.
• Economía y Eficiencia
Una mayor participación de empresas especializadas incrementa la competencia y puede traducirse en mejores condiciones económicas y técnicas para la Convocante, manteniéndose inalterada la calidad del servicio requerido.
2.3. Alternativa propuesta
Solicitamos a la Convocante evaluar que el requisito pueda acreditarse mediante cualquiera de las siguientes modalidades:
• Planilla del Instituto de Previsión Social (IPS) correspondiente al mes anterior vencido; o
• Contrato privado vigente de prestación de servicios profesionales o contrato laboral celebrado entre el oferente y el técnico propuesto, acompañado de una declaración del oferente comprometiendo la disponibilidad del profesional durante toda la ejecución contractual.
En todos los casos deberán mantenerse las restantes exigencias del Pliego, incluyendo:
• certificaciones técnicas requeridas;
• currículum vitae;
• documentación personal;
• y la responsabilidad integral del oferente respecto de los servicios prestados por dichos profesionales.
Conclusión
La presente solicitud no pretende modificar las especificaciones técnicas ni reducir el nivel de capacitación exigido para los profesionales que intervendrán en la ejecución del contrato.
Únicamente busca permitir que la disponibilidad del personal técnico pueda acreditarse mediante cualquiera de las modalidades jurídica
De:
Brunet, Hector Raul
80000727-1 - PARASOFT S.R.L.
Consulta:
2.1. Requerimiento previsto en el PBC
En el apartado correspondiente a la Capacidad Técnica, el Pliego establece:
"Listado de técnicos, acompañado de la Planilla de Instituto de Previsión Social correspondiente al mes anterior vencido a la fecha del inicio de la etapa competitiva, en donde figuren los técnicos propuestos..."
Asimismo, exige que dichos técnicos acrediten las certificaciones técnicas correspondientes a cada lote, acompañando currículum vitae, certificados y demás documentaciones.
2.2. Aclaración solicitada
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si también podrán ser aceptados técnicos vinculados al oferente mediante contrato privado de prestación de servicios profesionales o contrato de trabajo vigente, siempre que el oferente demuestre fehacientemente la disponibilidad de dichos profesionales para la ejecución del contrato y asuma íntegramente la responsabilidad por los servicios prestados.
Fundamentación
La finalidad del requisito establecido en el Pliego es acreditar que el oferente cuenta con personal técnico calificado y efectivamente disponible para prestar los servicios requeridos durante la ejecución contractual.
Sin embargo, dicha finalidad puede ser acreditada tanto mediante:
• inscripción del profesional en la Planilla del Instituto de Previsión Social (IPS); como
• contrato privado vigente de prestación de servicios profesionales o contrato laboral celebrado entre el oferente y el técnico.
En ambos casos existe un vínculo jurídico válido que obliga al profesional a prestar los servicios contratados y permite al oferente garantizar la disponibilidad del recurso humano ofrecido.
Resulta habitual que empresas especializadas en tecnologías de la información cuenten con profesionales altamente certificados que prestan servicios bajo contratos privados de carácter permanente o por proyectos específicos, especialmente en áreas altamente especializadas como:
• Microsoft Infrastructure;
• Microsoft SQL Server;
• Azure;
• Seguridad Informática;
• Storage;
• Networking.
La modalidad contractual utilizada para vincular al profesional no modifica:
• la capacidad técnica del recurso;
• la validez de sus certificaciones emitidas por el fabricante;
• la experiencia profesional acreditada;
• ni la responsabilidad contractual que asume el oferente frente a la Convocante.
En consecuencia, exigir exclusivamente que los técnicos integren la planilla del IPS podría restringir innecesariamente la participación de oferentes que cuentan con profesionales plenamente certificados y disponibles bajo otras modalidades legales de contratación.
Impacto en la Competencia
Aceptar indistintamente técnicos vinculados mediante IPS o mediante contrato privado vigente permitiría ampliar la concurrencia de oferentes sin disminuir las garantías técnicas exigidas por la Convocante.
Ello resulta concordante con los principios previstos en la Ley N.º 7021/22 de Suministro y Contrataciones Públicas, particularmente:
• Igualdad y Libre Competencia (Art. 4 inc. d)
La modalidad de contratación del recurso humano no modifica su capacidad técnica ni la calidad del servicio ofrecido, por lo que limitar la acreditación únicamente mediante planilla IPS podría restringir la participación de oferentes que igualmente disponen de profesionales certificados.
• Razonabilidad (Art. 4 inc. k)
El objetivo del requisito consiste en garantizar que el oferente disponga del personal especializado para ejecutar el contrato. Dicha finalidad puede alcanzarse mediante distintos mecanismos jurídicamente válidos que acrediten el vínculo entre el técnico y el oferente.
• Economía y Eficiencia
Una mayor participación de empresas especializadas incrementa la competencia y puede traducirse en mejores condiciones económicas y técnicas para la Convocante, manteniéndose inalterada la calidad del servicio requerido.
2.3. Alternativa propuesta
Solicitamos a la Convocante evaluar que el requisito pueda acreditarse mediante cualquiera de las siguientes modalidades:
• Planilla del Instituto de Previsión Social (IPS) correspondiente al mes anterior vencido; o
• Contrato privado vigente de prestación de servicios profesionales o contrato laboral celebrado entre el oferente y el técnico propuesto, acompañado de una declaración del oferente comprometiendo la disponibilidad del profesional durante toda la ejecución contractual.
En todos los casos deberán mantenerse las restantes exigencias del Pliego, incluyendo:
• certificaciones técnicas requeridas;
• currículum vitae;
• documentación personal;
• y la responsabilidad integral del oferente respecto de los servicios prestados por dichos profesionales.
Conclusión
La presente solicitud no pretende modificar las especificaciones técnicas ni reducir el nivel de capacitación exigido para los profesionales que intervendrán en la ejecución del contrato.
Únicamente busca permitir que la disponibilidad del personal técnico pueda acreditarse mediante cualquiera de las modalidades jurídica
La exigencia de presentar la Planilla del Instituto de Previsión Social (IPS) correspondiente al mes inmediato anterior vencido constituye un mecanismo objetivo, uniforme y verificable para acreditar la existencia de una relación laboral formal entre el oferente y los técnicos propuestos al momento de la presentación de la oferta. Asimismo, permite verificar que dichos profesionales forman parte del plantel permanente del oferente y cuentan con disponibilidad inmediata para la ejecución del contrato. Dicho requisito resulta aplicable en igualdad de condiciones a todos los potenciales oferentes.
Atendiendo a la naturaleza crítica de los bienes y servicios objeto de la presente contratación, la Convocante considera necesario asegurar la disponibilidad efectiva de los recursos humanos propuestos durante la ejecución contractual, brindando mayores garantías respecto de la continuidad del servicio, la capacidad de respuesta y el adecuado cumplimiento de las obligaciones contractuales.
En consecuencia, se mantiene el requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Favor remitirse al PBC.