Especificaciones técnicas ÍTEM 1 Tiras Reactivas para Determinación de Glucosa en Sangre Capilar
Se solicita respetuosamente a la Convocante aclarar la especificación técnica correspondiente al "Volumen mínimo de muestra (Sangre entera capilar: s1uL)", ya que la redacción presenta una aparente inconsistencia. En ese sentido, se consulta si la Convocante se refiere a un volumen mínimo de muestra de 1 µL. De ser así, solicitamos se sirva corregir la redacción de la especificación técnica, a fin de evitar interpretaciones erróneas y garantizar la correcta elaboración de las ofertas por parte de los potenciales oferentes.
31-07-2026
30-10-2026
Especificaciones técnicas ÍTEM 1 Tiras Reactivas para Determinación de Glucosa en Sangre Capilar
De:
IBARROLA HUIDOBRO, NATALIA MARIA
80061211-6 - EUROQUIMICA S.A.
Consulta:
Se solicita respetuosamente a la Convocante aclarar la especificación técnica correspondiente al "Volumen mínimo de muestra (Sangre entera capilar: s1uL)", ya que la redacción presenta una aparente inconsistencia. En ese sentido, se consulta si la Convocante se refiere a un volumen mínimo de muestra de 1 µL. De ser así, solicitamos se sirva corregir la redacción de la especificación técnica, a fin de evitar interpretaciones erróneas y garantizar la correcta elaboración de las ofertas por parte de los potenciales oferentes.
Ajustarse a la ultima versión del Pliego de Bases y Condiciones.
2
Sistema de adjudicación y compatibilidad de medidores.
Se solicita respetuosamente a la Convocante considerar la flexibilización del sistema de adjudicación previsto para los ítems 1 y 2, permitiendo su adjudicación por separado, de manera que la adquisición de los medidores de glucosa y sus respectivas tiras reactivas sea independiente de la adquisición de los medidores de cetonas y sus correspondientes tiras reactivas.
La presente solicitud se fundamenta en que la monitorización de glucosa capilar y la determinación de cuerpos cetónicos en sangre constituyen procedimientos con finalidades clínicas distintas, indicaciones específicas y diferentes frecuencias de utilización. En consecuencia, no existe una necesidad técnica que justifique que ambos dispositivos deban pertenecer al mismo fabricante o plataforma tecnológica.
La separación de estos ítems favorecerá una mayor participación de oferentes, promoviendo la libre competencia, la igualdad de oportunidades y la obtención de mejores condiciones técnicas y económicas para la Convocante, sin afectar la funcionalidad, seguridad o calidad de los procedimientos diagnósticos requeridos.
Es importante señalar que la Modalidad de Adjudicación por ITEMS/LOTE fue utilizada en el llamado ID 315.800 – LPN 65/16 ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA EL PROGRAMA NACIONAL DE DIABETES, donde la Convocante conto con una gran cantidad de Oferentes, por lo expuesto, solicitamos que la Convocante modifique el sistema de adjudicación a ITEMS, permitiendo así la mayor cantidad de potenciales oferentes.
31-07-2026
30-10-2026
Sistema de adjudicación y compatibilidad de medidores.
De:
IBARROLA HUIDOBRO, NATALIA MARIA
80061211-6 - EUROQUIMICA S.A.
Consulta:
Se solicita respetuosamente a la Convocante considerar la flexibilización del sistema de adjudicación previsto para los ítems 1 y 2, permitiendo su adjudicación por separado, de manera que la adquisición de los medidores de glucosa y sus respectivas tiras reactivas sea independiente de la adquisición de los medidores de cetonas y sus correspondientes tiras reactivas.
La presente solicitud se fundamenta en que la monitorización de glucosa capilar y la determinación de cuerpos cetónicos en sangre constituyen procedimientos con finalidades clínicas distintas, indicaciones específicas y diferentes frecuencias de utilización. En consecuencia, no existe una necesidad técnica que justifique que ambos dispositivos deban pertenecer al mismo fabricante o plataforma tecnológica.
La separación de estos ítems favorecerá una mayor participación de oferentes, promoviendo la libre competencia, la igualdad de oportunidades y la obtención de mejores condiciones técnicas y económicas para la Convocante, sin afectar la funcionalidad, seguridad o calidad de los procedimientos diagnósticos requeridos.
Es importante señalar que la Modalidad de Adjudicación por ITEMS/LOTE fue utilizada en el llamado ID 315.800 – LPN 65/16 ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA EL PROGRAMA NACIONAL DE DIABETES, donde la Convocante conto con una gran cantidad de Oferentes, por lo expuesto, solicitamos que la Convocante modifique el sistema de adjudicación a ITEMS, permitiendo así la mayor cantidad de potenciales oferentes.
Se aclara en el PBC se ha establecido conforme al requerimiento del Programa según las justificaciones remitidas como la facilidad de la adherencia al tratamiento al utilizar un solo equipo de medición, considerando la población tanto joven y adultos mayores, minimizar a un solo equipo reduce el riesgo de error de interpretación, así también en cuanto a la logística y costo, se reduce la necesidad de distribuir y capacitar su uso con múltiples equipos de medición. Por lo tanto, según respuesta por el Programa, lo solicitado en la consulta no permitirá cubrir las necesidades previstas según lo planificado.
3
Especificaciones técnicas
Consultamos respetuosamente a la Convocante si será aceptada la oferta de un medidor que requiera un volumen mínimo de muestra de 0,5 µL, considerando que esta característica representa una mejora técnica respecto a la especificación establecida en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Dicha característica permite realizar la determinación con una menor cantidad de sangre capilar, reduciendo la incomodidad para el paciente y facilitando la obtención de la muestra, especialmente en poblaciones pediátricas, geriátricas o pacientes con dificultades para la extracción, sin comprometer la precisión, exactitud ni la confiabilidad de los resultados.
En ese sentido, solicitamos a la Convocante confirmar que serán aceptados equipos que presenten esta característica, por constituir una mejora tecnológica que favorece el desempeño del dispositivo y beneficia al usuario final, manteniendo el cumplimiento de la finalidad clínica requerida.
De:
IBARROLA HUIDOBRO, NATALIA MARIA
80061211-6 - EUROQUIMICA S.A.
Consulta:
Consultamos respetuosamente a la Convocante si será aceptada la oferta de un medidor que requiera un volumen mínimo de muestra de 0,5 µL, considerando que esta característica representa una mejora técnica respecto a la especificación establecida en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Dicha característica permite realizar la determinación con una menor cantidad de sangre capilar, reduciendo la incomodidad para el paciente y facilitando la obtención de la muestra, especialmente en poblaciones pediátricas, geriátricas o pacientes con dificultades para la extracción, sin comprometer la precisión, exactitud ni la confiabilidad de los resultados.
En ese sentido, solicitamos a la Convocante confirmar que serán aceptados equipos que presenten esta característica, por constituir una mejora tecnológica que favorece el desempeño del dispositivo y beneficia al usuario final, manteniendo el cumplimiento de la finalidad clínica requerida.
Se aclara que la especificación que se encuentra establecida en el PBC, se considera un volumen igual o menor a 1 µL.
4
Especificaciones técnicas
Respecto al requisito que establece un volumen mínimo de muestra de sangre entera capilar de 1 µL, solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la modificación de dicha especificación, estableciéndola como volumen máximo de muestra de 1 µL.
Esta solicitud se fundamenta en que la tecnología actual de los sistemas de monitoreo de glucosa ha evolucionado hacia la utilización de volúmenes cada vez menores de muestra, siendo habitual que los equipos de última generación disponibles en el mercado requieran menos de 1 µL para la determinación de glucosa. Esta característica constituye una mejora tecnológica, ya que reduce la cantidad de sangre necesaria para la prueba, disminuye la molestia para el paciente y facilita la obtención de la muestra, especialmente en poblaciones pediátricas y geriátricas, sin comprometer la precisión, exactitud ni la confiabilidad de los resultados.
En ese sentido, solicitamos que la especificación sea modificada a "volumen máximo de muestra: 1 µL", o, en su defecto, que se acepten equipos que requieran un volumen de muestra igual o inferior a 1 µL, promoviendo una mayor concurrencia de oferentes y la participación de tecnologías más avanzadas, en cumplimiento de los principios de igualdad, libre competencia y eficiencia en las contrataciones públicas.
De:
IBARROLA HUIDOBRO, NATALIA MARIA
80061211-6 - EUROQUIMICA S.A.
Consulta:
Respecto al requisito que establece un volumen mínimo de muestra de sangre entera capilar de 1 µL, solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la modificación de dicha especificación, estableciéndola como volumen máximo de muestra de 1 µL.
Esta solicitud se fundamenta en que la tecnología actual de los sistemas de monitoreo de glucosa ha evolucionado hacia la utilización de volúmenes cada vez menores de muestra, siendo habitual que los equipos de última generación disponibles en el mercado requieran menos de 1 µL para la determinación de glucosa. Esta característica constituye una mejora tecnológica, ya que reduce la cantidad de sangre necesaria para la prueba, disminuye la molestia para el paciente y facilita la obtención de la muestra, especialmente en poblaciones pediátricas y geriátricas, sin comprometer la precisión, exactitud ni la confiabilidad de los resultados.
En ese sentido, solicitamos que la especificación sea modificada a "volumen máximo de muestra: 1 µL", o, en su defecto, que se acepten equipos que requieran un volumen de muestra igual o inferior a 1 µL, promoviendo una mayor concurrencia de oferentes y la participación de tecnologías más avanzadas, en cumplimiento de los principios de igualdad, libre competencia y eficiencia en las contrataciones públicas.
Ajustarse a la ultima versión del Pliego de Bases y Condiciones.
5
Especificaciones Técnicas y el Plan de Entrega
Se solicita aclarar la inconsistencia existente entre las Especificaciones Técnicas y el Plan de Entrega respecto de la cantidad de MEDIDORES a ser proveídos.
En las Especificaciones Técnicas se establece la provisión de “10.500 dispositivos en la primera entrega y 10.500 dispositivos en la segunda entrega, considerando además que se requiere 01 medidor por cada 400 tiras reactivas para determinación de glucosa en sangre capilar”.
En consecuencia, la cantidad de medidores establecida en las EETT implicaría una provisión de 4.200.000 tiras reactivas por cada entrega, totalizando 8.400.000 tiras reactivas, cantidad que resulta significativamente superior al 5% establecido en el Plan de Entrega para la primera Orden de Compra, equivalente a un máximo de 504.000 tiras reactivas.
Por lo expuesto, solicitamos a la Convocante aclarar “cuál es el criterio que deberá prevalecer para determinar la cantidad de medidores a ser entregados, considerando la cantidad de *10.500 medidores por entrega* establecida en las EETT y que no guarda correspondencia con el porcentaje de entrega previsto en el Plan de Entrega.
Por tanto se solicita la corrección del plan de entrega o presentación de entrega, ya que el proveedor adjudicado podría incurrir en errores al momento de la planificación de la compra de tiras y medidores, estas inconsistencias generan inconvenientes al momento de la gestión de cobranzas, ya que no se puede identificar las cantidades exactas a ser provistas.
De:
IBARROLA HUIDOBRO, NATALIA MARIA
80061211-6 - EUROQUIMICA S.A.
Consulta:
Se solicita aclarar la inconsistencia existente entre las Especificaciones Técnicas y el Plan de Entrega respecto de la cantidad de MEDIDORES a ser proveídos.
En las Especificaciones Técnicas se establece la provisión de “10.500 dispositivos en la primera entrega y 10.500 dispositivos en la segunda entrega, considerando además que se requiere 01 medidor por cada 400 tiras reactivas para determinación de glucosa en sangre capilar”.
En consecuencia, la cantidad de medidores establecida en las EETT implicaría una provisión de 4.200.000 tiras reactivas por cada entrega, totalizando 8.400.000 tiras reactivas, cantidad que resulta significativamente superior al 5% establecido en el Plan de Entrega para la primera Orden de Compra, equivalente a un máximo de 504.000 tiras reactivas.
Por lo expuesto, solicitamos a la Convocante aclarar “cuál es el criterio que deberá prevalecer para determinar la cantidad de medidores a ser entregados, considerando la cantidad de *10.500 medidores por entrega* establecida en las EETT y que no guarda correspondencia con el porcentaje de entrega previsto en el Plan de Entrega.
Por tanto se solicita la corrección del plan de entrega o presentación de entrega, ya que el proveedor adjudicado podría incurrir en errores al momento de la planificación de la compra de tiras y medidores, estas inconsistencias generan inconvenientes al momento de la gestión de cobranzas, ya que no se puede identificar las cantidades exactas a ser provistas.
Ajustarse a la ultima versión del Pliego de Bases y Condiciones.
6
Abastecimiento Simultáneo
Se solicita modificar el Sistema de adjudicación a ABASTECIMIENTO SIMULTANEO y que la misma quede de la siguiente manera: a. En caso de presentarse un solo oferente en un ítem, se le adjudicara el 100% del monto del ítem correspondiente. b. De existir dos oferentes en el ítem, serán consideradas para la oferta solvente más baja: el 60% del monto del contrato; y al oferente que presente la segunda oferta solvente evaluada como la más baja: el 40% del monto del contrato para dicho ítem. c. De existir tres oferentes en el ítem, serán consideradas para la oferta solvente más baja: el 50% del monto del contrato; al oferente que presente la segunda oferta solvente evaluada como la más baja: el 30% del contrato; al oferente que presente la tercera oferta solvente evaluada como la más baja: el 20% del contrato para dicho ítem. Dicha modificación solicitada se debe a que la convocante contará con más proveedores adjudicados lo que garantizará el stock permanente para satisfacer eficientemente la necesidad del producto.
De:
IBARROLA HUIDOBRO, NATALIA MARIA
80061211-6 - EUROQUIMICA S.A.
Consulta:
Se solicita modificar el Sistema de adjudicación a ABASTECIMIENTO SIMULTANEO y que la misma quede de la siguiente manera: a. En caso de presentarse un solo oferente en un ítem, se le adjudicara el 100% del monto del ítem correspondiente. b. De existir dos oferentes en el ítem, serán consideradas para la oferta solvente más baja: el 60% del monto del contrato; y al oferente que presente la segunda oferta solvente evaluada como la más baja: el 40% del monto del contrato para dicho ítem. c. De existir tres oferentes en el ítem, serán consideradas para la oferta solvente más baja: el 50% del monto del contrato; al oferente que presente la segunda oferta solvente evaluada como la más baja: el 30% del contrato; al oferente que presente la tercera oferta solvente evaluada como la más baja: el 20% del contrato para dicho ítem. Dicha modificación solicitada se debe a que la convocante contará con más proveedores adjudicados lo que garantizará el stock permanente para satisfacer eficientemente la necesidad del producto.
Se aclara en el PBC se ha establecido conforme al requerimiento del Programa según las justificaciones remitidas como la facilidad de la adherencia al tratamiento al utilizar un solo equipo de medición, considerando la población tanto joven y adultos mayores, minimizar a un solo equipo reduce el riesgo de error de interpretación, así también en cuanto a la logística y costo, se reduce la necesidad de distribuir y capacitar su uso con múltiples equipos de medición. Por lo tanto, según respuesta por el Programa, lo solicitado en la consulta no permitirá cubrir las necesidades previstas según lo planificado.
7
Cantidad mínima y Máxima consignados en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP)
Con relación a las cantidades mínimas y máximas consignadas en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si los valores publicados son correctos o, en su defecto, proceder a su rectificación.
Observamos que para el Ítem 1 – Tiras Reactivas para Determinación de Glucosa en Sangre Capilar se establece una cantidad mínima de 8.400.000 unidades y una cantidad máxima de 10.080.000 unidades; mientras que para el Ítem 2 – Test Rápido para Cetonemia se consigna una cantidad mínima de 360.000 unidades y una cantidad máxima de 432.000 unidades.
Al respecto, considerando que en los contratos abiertos la cantidad mínima normalmente corresponde al 50% de la cantidad máxima, solicitamos a la Convocante confirmar si los valores consignados responden a lo previsto para el presente procedimiento o, en caso de tratarse de un error material, efectuar la correspondiente modificación de las cantidades publicadas en el SICP.
31-07-2026
30-10-2026
Cantidad mínima y Máxima consignados en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP)
De:
IBARROLA HUIDOBRO, NATALIA MARIA
80061211-6 - EUROQUIMICA S.A.
Consulta:
Con relación a las cantidades mínimas y máximas consignadas en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si los valores publicados son correctos o, en su defecto, proceder a su rectificación.
Observamos que para el Ítem 1 – Tiras Reactivas para Determinación de Glucosa en Sangre Capilar se establece una cantidad mínima de 8.400.000 unidades y una cantidad máxima de 10.080.000 unidades; mientras que para el Ítem 2 – Test Rápido para Cetonemia se consigna una cantidad mínima de 360.000 unidades y una cantidad máxima de 432.000 unidades.
Al respecto, considerando que en los contratos abiertos la cantidad mínima normalmente corresponde al 50% de la cantidad máxima, solicitamos a la Convocante confirmar si los valores consignados responden a lo previsto para el presente procedimiento o, en caso de tratarse de un error material, efectuar la correspondiente modificación de las cantidades publicadas en el SICP.
Ajustarse a la ultima versión del Pliego de Bases y Condiciones, la cantidad mínima se encuentra de acuerdo a las necesidades y la proyección del Programa para cubrir los requerimientos en los establecimientos de salud.
8
Periodo de validez de la Garantía de los bienes
Respecto al apartado "Vencimiento", donde se establece que para aquellos medicamentos con vencimiento inferior a 18 meses deberá presentarse una Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto, solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si sería aceptado modificar este requisito, de manera que la presentación de la póliza sea exigible únicamente cuando los medicamentos ofrecidos cuenten con un vencimiento inferior a 12 (doce) meses al momento de la entrega.
Esta solicitud se fundamenta en que los medicamentos con una vigencia superior a 12 meses aún disponen de un período suficiente para su distribución y utilización dentro de la red de servicios de salud, por lo que la exigencia de una póliza en estos casos resulta desproporcionada y limita innecesariamente la participación de oferentes. Asimismo, mantener la póliza únicamente para productos con vencimiento menor a 12 meses permite resguardar adecuadamente los intereses de la Institución frente a un riesgo real de vencimiento, sin afectar la concurrencia ni la competitividad del proceso.
En ese sentido, solicitamos a la Convocante considerar la modificación de la especificación, estableciendo que la presentación de la Póliza de Seguro será obligatoria únicamente para los medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 12 (doce) meses al momento de la entrega.
De:
IBARROLA HUIDOBRO, NATALIA MARIA
80061211-6 - EUROQUIMICA S.A.
Consulta:
Respecto al apartado "Vencimiento", donde se establece que para aquellos medicamentos con vencimiento inferior a 18 meses deberá presentarse una Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto, solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si sería aceptado modificar este requisito, de manera que la presentación de la póliza sea exigible únicamente cuando los medicamentos ofrecidos cuenten con un vencimiento inferior a 12 (doce) meses al momento de la entrega.
Esta solicitud se fundamenta en que los medicamentos con una vigencia superior a 12 meses aún disponen de un período suficiente para su distribución y utilización dentro de la red de servicios de salud, por lo que la exigencia de una póliza en estos casos resulta desproporcionada y limita innecesariamente la participación de oferentes. Asimismo, mantener la póliza únicamente para productos con vencimiento menor a 12 meses permite resguardar adecuadamente los intereses de la Institución frente a un riesgo real de vencimiento, sin afectar la concurrencia ni la competitividad del proceso.
En ese sentido, solicitamos a la Convocante considerar la modificación de la especificación, estableciendo que la presentación de la Póliza de Seguro será obligatoria únicamente para los medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 12 (doce) meses al momento de la entrega.
Ajustarse a la ultima versión del Pliego de Bases y Condiciones.
9
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
El PBC establece En caso de que el Registro Sanitario se encuentre vencido, se deberá de acompañar constancia emitida por DINAVISA de que el mismo se encuentra en trámite de renovación y que el producto puede seguir siendo comercializado mientras dure el trámite. Al respecto aclaramos que DINAVISA no emite CERTIFICADO EN TRAMITE DE RENOVACION, debido a que la entidad aun no tienen registros IVD emitidos y vencidos. Por tal motivo solicitamos respetuosamente a la Convocante aceptar la CONSTANCIA EN TRAMITE O EN PROCESOS DE AUTORIZACIÓN, emitidos por DINAVISA.
03-08-2026
30-10-2026
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
El PBC establece En caso de que el Registro Sanitario se encuentre vencido, se deberá de acompañar constancia emitida por DINAVISA de que el mismo se encuentra en trámite de renovación y que el producto puede seguir siendo comercializado mientras dure el trámite. Al respecto aclaramos que DINAVISA no emite CERTIFICADO EN TRAMITE DE RENOVACION, debido a que la entidad aun no tienen registros IVD emitidos y vencidos. Por tal motivo solicitamos respetuosamente a la Convocante aceptar la CONSTANCIA EN TRAMITE O EN PROCESOS DE AUTORIZACIÓN, emitidos por DINAVISA.
Ajustarse a la ultima versión del Pliego de Bases y Condiciones. Se aclara que lo solicitado es la presentación del certificado de Registro Sanitario vigente, sin embargo, de presentarse Registros Sanitarios emitidos y que se encuentren vencidos, y que se encuentren en trámite de renovación aplicará el requisito mencionado, de no presentarse productos en las condiciones mencionada no aplicará dicho requisito.
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1. Especificación técnica – Volumen de muestra
Con relación a la especificación técnica correspondiente al volumen de muestra de sangre entera capilar, advertimos que la redacción consignada en el Pliego podría generar interpretaciones distintas respecto al parámetro exigido. En tal sentido, solicitamos a la Convocante precisar si el requerimiento corresponde a un volumen de 1 µL y, de ser así, adecuar la redacción de la especificación, de modo a otorgar mayor claridad y seguridad jurídica durante la elaboración de las ofertas.
De:
CLARI ZAMBRINI, LCMSA 2
80055488-4 - BIONAND LABS S.A.
Consulta:
Con relación a la especificación técnica correspondiente al volumen de muestra de sangre entera capilar, advertimos que la redacción consignada en el Pliego podría generar interpretaciones distintas respecto al parámetro exigido. En tal sentido, solicitamos a la Convocante precisar si el requerimiento corresponde a un volumen de 1 µL y, de ser así, adecuar la redacción de la especificación, de modo a otorgar mayor claridad y seguridad jurídica durante la elaboración de las ofertas.