Solicitamos respetuosamente a la Convocante reconsiderar el requisito establecido en la Capacidad del Personal, donde se solicita contar con 2 (dos) técnicos con certificados en mantenimiento y reparación de UPS de 20 kVA o superior.
Al respecto, solicitamos que dicho requisito pueda ser modificado a 1 (un) técnico certificado en mantenimiento y reparación de UPS, considerando que el servicio podrá ser ejecutado bajo la responsabilidad técnica de dicho personal capacitado, sin que ello afecte la correcta prestación del servicio requerido.
Esta modificación permitiría mantener la exigencia técnica necesaria para la ejecución del contrato, evitando limitar innecesariamente la participación de oferentes que cuentan con personal idóneo y capacitado para realizar los trabajos solicitados.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante reconsiderar el requisito establecido en la Capacidad del Personal, donde se solicita contar con 2 (dos) técnicos con certificados en mantenimiento y reparación de UPS de 20 kVA o superior.
Al respecto, solicitamos que dicho requisito pueda ser modificado a 1 (un) técnico certificado en mantenimiento y reparación de UPS, considerando que el servicio podrá ser ejecutado bajo la responsabilidad técnica de dicho personal capacitado, sin que ello afecte la correcta prestación del servicio requerido.
Esta modificación permitiría mantener la exigencia técnica necesaria para la ejecución del contrato, evitando limitar innecesariamente la participación de oferentes que cuentan con personal idóneo y capacitado para realizar los trabajos solicitados.
La Convocante ratifica la exigencia de contar con 2 (dos) técnicos certificados en mantenimiento y reparación de UPS de 20 kVA o superior, atendiendo a la naturaleza crítica de los equipos objeto del servicio y a la necesidad de garantizar la continuidad operativa durante toda la vigencia contractual.
La cantidad mínima requerida responde a criterios de capacidad operativa, respaldo técnico y disponibilidad de recursos humanos suficientes para atender eventuales mantenimientos preventivos y correctivos, así como para asegurar el cumplimiento de los tiempos de respuesta y solución establecidos en el PBC.
En consecuencia, la Convocante considera que el requisito es razonable, proporcional y necesario para garantizar la correcta ejecución del contrato, por lo que se mantiene sin modificaciones.
2
Capacidad Tecnica
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si serán aceptados certificados técnicos en mantenimiento y/o reparación de UPS que no indiquen expresamente la capacidad en kVA del equipo.
Esta consulta se realiza considerando que muchos certificados de capacitación técnica en UPS acreditan conocimientos generales sobre mantenimiento, diagnóstico y reparación de estos equipos, sin detallar necesariamente la potencia específica de los mismos.
Por tanto, solicitamos confirmar que serán válidos los certificados técnicos en UPS, aunque no indiquen expresamente la capacidad de 20 kVA o superior, siempre que acrediten capacitación en mantenimiento y/o reparación de UPS.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si serán aceptados certificados técnicos en mantenimiento y/o reparación de UPS que no indiquen expresamente la capacidad en kVA del equipo.
Esta consulta se realiza considerando que muchos certificados de capacitación técnica en UPS acreditan conocimientos generales sobre mantenimiento, diagnóstico y reparación de estos equipos, sin detallar necesariamente la potencia específica de los mismos.
Por tanto, solicitamos confirmar que serán válidos los certificados técnicos en UPS, aunque no indiquen expresamente la capacidad de 20 kVA o superior, siempre que acrediten capacitación en mantenimiento y/o reparación de UPS.
La Convocante ratifica el requisito establecido en el PBC respecto a que los certificados de capacitación técnica deberán acreditar conocimientos y competencias relacionados con el mantenimiento y reparación de UPS de 20 kVA o superior
Fundamentos:
- Diferencia crítica de tecnología: Los sistemas UPS de 20 kVA o superior poseen características de diseño, configuración y operación significativamente distintas a las de equipos de menor capacidad, involucrando arquitecturas trifásicas, sistemas de potencia de mayor complejidad y componentes especializados que requieren conocimientos técnicos específicos para su adecuada intervención.
- Seguridad operativa: Las tareas de mantenimiento y reparación en equipos de esta capacidad implican la manipulación de sistemas eléctricos críticos, bancos de baterías y componentes de potencia que demandan capacitación específica, a fin de minimizar riesgos para el personal, para los equipos y para la continuidad de los servicios respaldados por los UPS objeto de la contratación.
- Garantía de aptitud técnica: La Convocante considera necesario contar con evidencia documental que permita verificar que el personal propuesto posee formación acorde al nivel de complejidad de los equipos a intervenir. En tal sentido, los certificados deberán acreditar capacitación compatible con sistemas UPS de la capacidad requerida en el presente llamado.
En consecuencia, y considerando que el requisito y la forma de acreditación se encuentran definidos en el Pliego de Bases y Condiciones, la Convocante mantiene sin modificaciones las condiciones establecidas para la evaluación de la capacidad técnica del personal.
3
Capacidad Tecnica
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si los técnicos requeridos en la Capacidad del Personal deberán figurar necesariamente como empleados en IPS de la empresa oferente, o si también serán aceptados técnicos vinculados mediante contrato de prestación de servicios, carta compromiso, acuerdo de disponibilidad u otro documento equivalente.
Esta consulta se realiza considerando que, para servicios especializados como mantenimiento y reparación de UPS, es habitual contar con personal técnico especializado bajo distintas modalidades de vinculación, siempre que se garantice su disponibilidad efectiva para la correcta ejecución del contrato.
Por tanto, solicitamos confirmar que la capacidad del personal podrá ser acreditada mediante documentos que demuestren la disponibilidad y compromiso del técnico para la ejecución del servicio, sin que sea requisito excluyente que figure en IPS como empleado permanente del oferente.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si los técnicos requeridos en la Capacidad del Personal deberán figurar necesariamente como empleados en IPS de la empresa oferente, o si también serán aceptados técnicos vinculados mediante contrato de prestación de servicios, carta compromiso, acuerdo de disponibilidad u otro documento equivalente.
Esta consulta se realiza considerando que, para servicios especializados como mantenimiento y reparación de UPS, es habitual contar con personal técnico especializado bajo distintas modalidades de vinculación, siempre que se garantice su disponibilidad efectiva para la correcta ejecución del contrato.
Por tanto, solicitamos confirmar que la capacidad del personal podrá ser acreditada mediante documentos que demuestren la disponibilidad y compromiso del técnico para la ejecución del servicio, sin que sea requisito excluyente que figure en IPS como empleado permanente del oferente.
La Convocante ratifica el requisito establecido en el PBC respecto a que el personal técnico propuesto deberá encontrarse vinculado formalmente a la empresa oferente y acreditado conforme a los mecanismos documentales establecidos para la evaluación.
Dicha exigencia responde a la necesidad de garantizar la efectiva disponibilidad del personal declarado, la responsabilidad directa del oferente sobre los recursos humanos asignados al contrato y la adecuada capacidad operativa para el cumplimiento de las obligaciones contractuales y los niveles de servicio requeridos.
En consecuencia, se mantiene sin modificaciones el criterio de acreditación previsto en el PBC.