Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva
De:
Gimenez Hellman, Rita Asucena
80000519-8 - TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SAE (TELECEL SAE)
Consulta:
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva
Se mantiene lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
2
Técnico Certificado
Se recomienda a la convocante incorporar, como requisito de habilitación complementario a la carta del fabricante, la acreditación de competencias técnicas del personal ejecutor mediante certificaciones vigentes emitidas por organismos de reconocimiento internacional —tales como CompTIA, Microsoft o equivalentes—, considerando que el objeto del contrato comprende no solo la provisión del software sino también la instalación, configuración y soporte técnico del mismo, medida que reportaría los siguientes beneficios: garantizar que el servicio sea ejecutado por personal con competencias técnicas verificadas y actualizadas, reduciendo el riesgo de errores en la instalación y configuración; asegurar la transferencia de conocimientos hacia el personal del contratante, dado que un técnico certificado no solo posee las competencias para ejecutar el servicio sino también la capacidad para instruir y orientar a los usuarios finales en el uso correcto del software, maximizando el aprovechamiento de la inversión realizada; y alinear el proceso licitatorio con las buenas prácticas de contratación de servicios tecnológicos adoptadas a nivel regional e internacional.
Se recomienda a la convocante incorporar, como requisito de habilitación complementario a la carta del fabricante, la acreditación de competencias técnicas del personal ejecutor mediante certificaciones vigentes emitidas por organismos de reconocimiento internacional —tales como CompTIA, Microsoft o equivalentes—, considerando que el objeto del contrato comprende no solo la provisión del software sino también la instalación, configuración y soporte técnico del mismo, medida que reportaría los siguientes beneficios: garantizar que el servicio sea ejecutado por personal con competencias técnicas verificadas y actualizadas, reduciendo el riesgo de errores en la instalación y configuración; asegurar la transferencia de conocimientos hacia el personal del contratante, dado que un técnico certificado no solo posee las competencias para ejecutar el servicio sino también la capacidad para instruir y orientar a los usuarios finales en el uso correcto del software, maximizando el aprovechamiento de la inversión realizada; y alinear el proceso licitatorio con las buenas prácticas de contratación de servicios tecnológicos adoptadas a nivel regional e internacional.