Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 vencimiento Vencimiento. En donde dice: Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 18 meses, además de la autorización de la Dirección de Logística de la DGGIES y por el Programa Nacional de Diabetes, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. Además, deberán presentar Declaración Jurada por la cual el oferente se compromete en caso de ser adjudicados a canjear los insumos de 3 a 6 meses antes de su vencimiento, previo informe de los responsables de la Dirección de Logística de la DGGIES y por el Programa Nacional de Diabetes (PND). Solicitamos que la póliza sea requerida en caso de que el medicamento tenga un vencimiento menor a 12 meses, teniendo en cuenta que las entregas se realizar para una cobertura máxima de tres meses. 04-08-2026 17-08-2026
2 Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica En el apartado Para productos importados de Biológicos. Solicitamos respetuosamente a la convocante adecuar el siguiente requisito: Texto actual: "Además del Registro Sanitario emitido por DINAVISA, se debe presentar copia legalizada y consularizada y/o apostillada del Registro Sanitario o CLV o CPP vigente de los bienes ofertados, emitido por la Agencia Reguladora de Medicamentos correspondiente al país de origen." Texto propuesto: "Además del Registro Sanitario emitido por DINAVISA, se debe presentar copia legalizada y consularizada y/o apostillada del Registro Sanitario o CLV o CPP vigente de los bienes ofertados, emitido por la Agencia Reguladora de Medicamentos correspondiente al país de origen o por una Agencia Regulatoria reconocida por DINAVISA y/o agencias Regulatorias del MERCOSUR" Esta solicitud se fundamenta en que las autoridades regulatorias reconocidas por DINAVISA, incluidas las del MERCOSUR, emiten documentos que acreditan la autorización sanitaria y la comercialización del producto, por lo que su aceptación favorece una mayor concurrencia de oferentes sin afectar las garantías de calidad, seguridad y eficacia exigidas. 04-08-2026 17-08-2026
3 EXPERIENCIA: Donde dice: Demostrar la experiencia en provisión de MEDICAMENTOS con facturaciones de venta y/o contratos y/o recepciones finales, por un monto equivalente al 25 % como mínimo del monto máximo ofertado en el presente procedimiento de contratación, de los tres últimos años 2023-2024 2025. Las sumatorias de las documentaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año. Solicitamos cordialmente a la Convocante considerar la inclusión de tres (3) certificados de desempeño satisfactorio correspondientes a los últimos tres años (2023, 2024 y 2025), a fin de fortalecer la acreditación de la experiencia del potencial oferente y brindar mayor respaldo a la evaluación de la capacidad técnica para la participación en el presente llamado. 05-08-2026 17-08-2026
4 CAPACIDAD TECNICA- ACTA DE PRECIO Solicitamos a la Convocante incluir como requisito la presentación del Acta de Fijación de Precios, considerando que el Artículo 23 de la Resolución DINAVISA N.° 233/2024 establece expresamente que los medicamentos biológicos deben contar con el Registro Sanitario y el Acta de Fijación de Precios para su comercialización, conforme a la normativa vigente. 05-08-2026 17-08-2026
5 Muestras En el apartado se establece que la comisión evaluadora podrá recabar informe técnico sobre la calidad y experiencia en el uso de las marcas de los productos ofertados, y que si existieren notas de denuncias referentes al inconveniente en el uso o calidad del insumo debidamente justificadas ello será tenido en cuenta para la descalificación en el ítem. Al respecto, el PBC no define qué se entiende por nota de denuncia, de quién puede emanar, qué antigüedad puede tener, qué se considera debidamente justificada, ni qué procedimiento se seguirá para que el oferente tome conocimiento de su contenido y ejerza su defensa antes de que se resuelva la descalificación. Con esta redacción, la Convocante se encuentra habilitada al rechazo de una oferta sobre la base de manifestaciones de terceros no acreditados ante autoridad competente, con un efecto equivalente al de una inhabilitación pero sin el procedimiento ni la competencia que la Ley reserva para estos casos. Se solicita en consecuencia que se aclare qué registros oficiales serán consultados, y que se confirme que solo serán consideradas a los efectos de una descalificación las denuncias o reclamos que hayan derivado en un acto firme de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, en el marco de sus competencias de farmacovigilancia y control de calidad, o en un procedimiento concluido ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas y las características que deben cumplir estos puntos para ser considerados. 06-08-2026 17-08-2026
6 Tratamiento impositivo - Composición de precios Atendiendo a la observación consignada en el detalle de bienes, conforme al artículo 21 de la Ley N° 5372/2014, solicitamos confirmar que los ítems del presente llamado deben cotizarse como exentos de IVA, tanto en la importación como en la venta, y que, en consecuencia, no corresponderá la aplicación de la retención de IVA sobre las facturas emitidas en el marco del contrato, precisando qué retenciones resultarán efectivamente aplicables para la composición de precios detallada en los requisitos de participación y criterios de calificación 06-08-2026 17-08-2026
7 Formas y Condiciones de Pago Solicitamos confirmar que los documentos específicos exigidos en el apartado Formas y Condiciones de Pago (REPSE, FIP, FIS, Declaración Jurada del Salario, extracto de acreditaciones de pago de salarios y planilla de marcación de entrada y salida de empleados) no resultan exigibles en el presente procedimiento, por corresponder a contrataciones de servicios con personal asignado a la institución contratante, y no a un suministro de bienes, solicitando su supresión o adecuación conforme al objeto del llamado. 06-08-2026 17-08-2026
8 Muestras - Inspecciones y Pruebas En el apartado Inspecciones y Pruebas del criterio de Muestras se establece que la verificación de las muestras se realizará conforme a las normas correspondientes a productos de diagnóstico de uso in vitro, siendo que el objeto del llamado son medicamentos (insulinas), y que el propio pliego, en el apartado Muestras, remite a la Norma MERCOSUR/GMC/RES N° 23/95 y a la normativa vigente de DINAVISA. Solicitamos confirmar que la verificación se regirá exclusivamente por esta última normativa y suprimir la referencia a productos de diagnóstico de uso in vitro. 06-08-2026 17-08-2026
9 Vencimiento mínimo de los medicamentos El pliego establece que el vencimiento mínimo de los medicamentos no deberá ser inferior a 18 (dieciocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, exigiendo, para vencimientos inferiores, autorización de la Dirección de Logística de la DGGIES y del Programa Nacional de Diabetes, más Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación de lote. Al respecto observamos que la totalidad de los ítems requeridos son productos importados, no existiendo producción nacional de las presentaciones licitadas, y que se trata de biológicos que requieren cadena de frío ininterrumpida. La vida útil autorizada por el fabricante es generalmente de 24 meses desde su elaboración, plazo que se consume parcialmente durante la liberación de lote por el fabricante, el transporte internacional refrigerado, la nacionalización y la liberación por DINAVISA, todo ello previo al ingreso del producto al depósito del proveedor. A ello se suma que el pliego exige el sellado o impresión de la leyenda de uso exclusivo del MSPBS, fecha de vencimiento, lote y código de barras, QR o Datamatrix, proceso que se realiza en plaza y que insume tiempo adicional sobre la vida útil remanente. Asimismo, los plazos de entrega previstos en el Plan de Entrega, computados desde la recepción de cada orden de compra, obligan al proveedor a mantener stock disponible en forma permanente para responder a los requerimientos de la convocante, lo que necesariamente implica que el producto permanezca almacenado antes de su entrega. En este contexto, la exigencia de 18 meses de vida útil remanente resulta de cumplimiento sumamente dificultoso y conduce, en los hechos, a que la excepción se convierta en la regla, obligando al proveedor a contratar pólizas de seguro por el 100% del monto entregado en prácticamente todas las entregas. El costo de dichas pólizas, dado el porcentaje sobre el que se emiten y su vigencia extendida, se traslada inevitablemente al precio ofertado, en perjuicio de la economía del procedimiento. Considerando que un plazo remanente de 12 meses resulta suficiente para asegurar el consumo del producto, por tratarse de medicamentos de uso crónico, continuo y de alta rotación, y que se mantienen los mecanismos de resguardo previstos en el propio pliego, solicitamos a la convocante, en resguardo de los principios de economía, eficiencia y libre concurrencia consagrados en la Ley N° 7021/22, modificar el apartado estableciendo un vencimiento mínimo de 12 (doce) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios. 06-08-2026 17-08-2026
10 DECLARACIONES JURADAS VARIAS Se solicita a la convocante que las Declaraciones Juradas requeridas sean presentadas en un solo documento. 19-08-2026 19-08-2026
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