Entre los requisitos de CAPACIDAD TECNICA: En el punto específico donde solicitan que el establecimiento deba estar incluido en el SITRAP, (aplicando para el ítem 43, 44, 45). No existe justificación alguna para dicho requisito, más que el de inducir a que sea un mismo proveedor (a lo largo de los años). Y hago breve síntesis de que no solo lo decimos, si no que con documentos señala la autoridad competente quien puede acceder solamente al SITRAP, y quien no, solo es aquel que va a exportar a la Unión Europea el que puede hacerlo; sin ahondar demasiado, la seguridad alimentaria puede y claramente es verificada desde la producción primaria, y sin que sea necesario este requisito buscando solamente dirigir el llamado. Hay otros documentos que avalan los procesos correctos, y por sobre todo la transparencia. Es por ello que entendemos que el requisito de inclusión en el SITRAP NO aplica de ninguna manera a los oferentes que NO son establecimientos ganaderos/productores, ni exportadores/mercado Europeo. Considerando lo expuesto solicitamos confirmen que nos ajustamos a la verdad, en lo que es de público conocimiento y que se encuentra en el reglamento de la SITRAP, excluyendo así dicho requisito por la “salud” de este llamado.
De:
Arce Uriarte, Fernando Americo
80025318-3 - TAPE PYTA SA
Consulta:
Entre los requisitos de CAPACIDAD TECNICA: En el punto específico donde solicitan que el establecimiento deba estar incluido en el SITRAP, (aplicando para el ítem 43, 44, 45). No existe justificación alguna para dicho requisito, más que el de inducir a que sea un mismo proveedor (a lo largo de los años). Y hago breve síntesis de que no solo lo decimos, si no que con documentos señala la autoridad competente quien puede acceder solamente al SITRAP, y quien no, solo es aquel que va a exportar a la Unión Europea el que puede hacerlo; sin ahondar demasiado, la seguridad alimentaria puede y claramente es verificada desde la producción primaria, y sin que sea necesario este requisito buscando solamente dirigir el llamado. Hay otros documentos que avalan los procesos correctos, y por sobre todo la transparencia. Es por ello que entendemos que el requisito de inclusión en el SITRAP NO aplica de ninguna manera a los oferentes que NO son establecimientos ganaderos/productores, ni exportadores/mercado Europeo. Considerando lo expuesto solicitamos confirmen que nos ajustamos a la verdad, en lo que es de público conocimiento y que se encuentra en el reglamento de la SITRAP, excluyendo así dicho requisito por la “salud” de este llamado.
Debido a las rigurosas necesidades de seguridad sanitaria que requiere un entorno hospitalario de alta complejidad como el Hospital de Clínicas. La trazabilidad es la capacidad de poder seguir los pasos de un alimento a través de cada una de las etapas de la cadena alimentaria, gracias al establecimiento de un correcto sistema de identificación y control.
A continuación, se exponen los fundamentos técnicos y de salud pública que justifican plenamente la vigencia de dicho requisito:
- Población de Alto Riesgo: El Hospital de Clínicas alberga de forma permanente a pacientes inmunocomprometidos, oncológicos, pediátricos, geriátricos y trasplantados. El suministro de un alimento contaminado o sin un historial sanitario verificable representa un riesgo de infección alimentaria que, en este tipo de pacientes, puede desencadenar fallas orgánicas severas o la muerte. La seguridad alimentaria en un hospital no se gestiona con estándares comerciales estándar, sino con criterios de control de infecciones.
- Garantía de Inocuidad de Origen: La trazabilidad es la capacidad de reconstruir el historial y seguir el rastro de un alimento a lo largo de todas las etapas de su cadena alimentaria (producción, transformación y distribución). El SITRAP, administrado por el SENACSA (Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal), es la única herramienta oficial en el Paraguay que certifica y audita el control sanitario, nutricional y de vacunación del animal desde el campo (producción primaria).
- Prevención de Residuos Químicos y Biológicos: Otros documentos comerciales o de transporte solo avalan la higiene en el flete o el faenamiento, pero no garantizan el historial de uso de antibióticos, anabólicos, periodos de carencia de medicamentos veterinarios o la ausencia de enfermedades zoonóticas de origen. El SITRAP asegura que la carne provenga de animales sometidos a rigurosas actividades sanitarias que impiden que estos residuos químicos lleguen al plato de un paciente con un sistema inmune debilitado.
- Responsabilidad de la Cadena de Suministro: Si bien el oferente del llamado puede ser un distribuidor (y no un productor directo o exportador), es su responsabilidad comercial y técnica aliarse con proveedores y frigoríficos que formen parte de la cadena certificada por el SITRAP. La libre concurrencia consagrada en la Ley de Contrataciones Públicas no exime a los proveedores de cumplir con las exigencias de calidad e inocuidad que la naturaleza del servicio hospitalario demanda.
Por lo expuesto, con el fin primordial de precautelar la vida y la salud de los pacientes, el requisito permanece invariable tal como está solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.