Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Capacidad Financiera Solicitamos respetuosamente a la Convocante la revisión y unificación de los índices financieros detallados en los numerales 1 y 4 del apartado “Capacidad Financiera” del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), fijando como período de evaluación al 30 de junio del 2025. Por tanto, con el fin de alinear los requisitos a la situación financiera más reciente y consolidada de las firmas del sector, solicitamos que los criterios sean ajustados para ser evaluados exclusivamente al cierre del último ejercicio fiscal, bajo los siguientes parámetros técnicos: 1. Margen de solvencia: el coeficiente del margen de solvencia deberá ser como mínimo a 2.80 al 30/06/2025.- 4. Fondo de Garantía mínimo de Gs 20.000.000.000 (guaraníes veinte mil millones) al 30/06/2025. Esta petición se ampara en los principios rectores del Art. 4º de la Ley Nº 7021/22 de Suministro y Contrataciones Públicas, específicamente en los incisos c) Economía y Eficiencia y d) Igualdad y Libre Competencia, asegurando la libre concurrencia de potenciales oferentes. 20-08-2026
2 SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TECNICAS – SINIESTRALIDAD Solicitamos por favor a la Convocante proporcionar datos de los Siniestros ocurridos en los últimos 5 años, de cada uno de los ítems con sus valores indemnizados. 24-08-2026
3 REQUISITOS DE PARTICIPACIÒN Y CRITERIO DE EVALUACIÒN - CAPACIDAD FINANCIERA Con el objetivo de mayor participación, solicitamos a la Convocante considerar modificar los requisitos de Capacidad Financiera dejando con los siguientes índices: Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices: 1. Margen de solvencia: el coeficiente del margen de solvencia deberá ser como mínimo a 2.0 al 30/06/2024,30/06/2025, 30/06/2026. 2. Calificación de la Aseguradora: como Mínimo BBB al 30/06/2025. Otorgada por una calificadora de riesgo autorizada por la Comisión Nacional de Valores. 3. Patrimonio propio no comprometido en relación al monto a asegurar. En ningún caso inferior a Gs 19.700.000.000 (Guaraníes diecinueve mil setecientos millones) al 30/06/2026. 4. Fondo de Garantía mínimo de Gs.7.800.000.000 (guaraníes siete mil ochocientos millones) al 30/06/2026. 5. Cantidad de Reaseguradores: 3 (tres) como mínimo. La cantidad de Reaseguradores requeridos dependerá del monto de la contratación. En las licitaciones de menores cuantías, no se podrán requerir reaseguros. 6. Calificación de Reaseguradores: A - (Standard & Poors) o A- (AM Best) o similares. 24-08-2026
4 CAPACIDAD FINANCIERA - Indice: 4. Fondo de Garantía. Solicitamos respetuosamente a la Convocante evaluar la posibilidad de considerar y revaluar en el requisito financiero establecido en el numeral 4 del apartado “Capacidad Financiera” del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) a: 4. Fondo de Garantía mínimo de Gs 13.500.000.000.- al 30/06/2025.- Esta solicitud se fundamenta en los principios consagrados en el artículo 4° de la Ley N.º 7021/22 de Suministro y Contrataciones Públicas, especialmente en los principios de Economía y Eficiencia e Igualdad y Libre Competencia, con el fin de promover una mayor participación de potenciales oferentes. 24-08-2026
5 CAPACIDAD FINANCIERA - PUNTO 4. Fondo de Garantía Solicitamos respetuosamente a la Convocante la reconsideración de los requisitos establecidos en el numeral 4 del apartado “Capacidad Financiera” del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), a fin de que los indicadores financieros exigidos sean evaluados de manera uniforme con base en los estados financieros correspondientes al 30 de junio de 2025, por constituir la información económica más reciente, auditada y representativa de la realidad patrimonial de las compañías aseguradoras. En ese sentido, y con el propósito de promover una participación más amplia de potenciales oferentes sin menoscabar la solvencia financiera requerida para la adecuada ejecución contractual, solicitamos que el requisito relativo al Fondo de Garantía sea adecuado conforme al siguiente parámetro: 4. Fondo de Garantía mínimo de Gs. 20.000.000.000 (guaraníes veinte mil millones) al 30/06/2025. La presente solicitud se fundamenta en los principios consagrados en el artículo 4 de la Ley N.º 7021/22 de Suministro y Contrataciones Públicas, particularmente en los principios de Economía y Eficiencia e Igualdad y Libre Competencia, cuyos alcances obligan a las convocantes a establecer condiciones razonables, proporcionales y no restrictivas de la concurrencia. La adecuación propuesta permitirá ampliar la participación de oferentes técnicamente aptos y financieramente solventes, garantizando al mismo tiempo la competencia efectiva y la obtención de mejores condiciones para la Administración Contratante. 24-08-2026
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