Consultas sobre; Autorización del fabricante, Capacidad Técnica
En el punto Sección: Autorización del fabricante;
donde dice “Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: PARA TODOS LOS ITEMS, SEGUN CORRESPONDA. Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios. La autorización deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. Así también cada autorización debe indicar a que ítem corresponde”
En el punto Capacidad Técnica;
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica, específicamente, la contratista deberá presentar el certificado de la empresa fabricante que lo habilite como centro autorizado de servicio.
consultamos si la falta de autorización del fabricante y el certificado de la empresa fabricante que lo habilite como centro autorizado de servicio serán consideradas como insalvable al efecto de la consideración de la oferta presentada.
Nuestra consulta se fundamenta en que si la intención de la mención de este requerimiento radica en razones tales como la seguridad, el cumplimiento normativo, la garantía, la preservación del valor de la aeronave y el acceso a piezas originales junto con disponibilidad de recambios y obligación de exigir prueba pericial en caso de que el fallo venga de origen, siendo un taller debidamente autorizado por la autoridad administrativa – la DINAC – cuya competencia está establecida por Ley y que conforme a sus competencias y facultades nos auditan y dan fe con las renovaciones de las licencias de que nuestro taller OMA , cumple con los debidos procesos que garantizan que los servicios que prestamos cumplen con el objeto de la presente licitación y que de mantenerse este requerimiento, se estaría violentando lo establecido en Artículo 4°. de la Ley 7021,- “Principios rectores. d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública” al mantener este requisito se exige a los oferentes requisitos distintos a los señalados por la Ley estableciendo elementos que no resulten técnicamente indispensables, y no se ajusta a lo mencionado en Artículo 45.- Pliegos de Bases y Condiciones. “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.” , “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Las convocantes se abstendrán de solicitar como requisito para participar en los procedimientos de contratación, la inscripción en cualquier clase de registro distinto a lo dispuesto por la presente Ley.”
08-06-2026
10-06-2026
Consultas sobre; Autorización del fabricante, Capacidad Técnica
De:
Medina Gonzalez, Andrea Mariel
80071553-5 - PZ FLIGHT S.A.
Consulta:
En el punto Sección: Autorización del fabricante;
donde dice “Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: PARA TODOS LOS ITEMS, SEGUN CORRESPONDA. Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios. La autorización deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. Así también cada autorización debe indicar a que ítem corresponde”
En el punto Capacidad Técnica;
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica, específicamente, la contratista deberá presentar el certificado de la empresa fabricante que lo habilite como centro autorizado de servicio.
consultamos si la falta de autorización del fabricante y el certificado de la empresa fabricante que lo habilite como centro autorizado de servicio serán consideradas como insalvable al efecto de la consideración de la oferta presentada.
Nuestra consulta se fundamenta en que si la intención de la mención de este requerimiento radica en razones tales como la seguridad, el cumplimiento normativo, la garantía, la preservación del valor de la aeronave y el acceso a piezas originales junto con disponibilidad de recambios y obligación de exigir prueba pericial en caso de que el fallo venga de origen, siendo un taller debidamente autorizado por la autoridad administrativa – la DINAC – cuya competencia está establecida por Ley y que conforme a sus competencias y facultades nos auditan y dan fe con las renovaciones de las licencias de que nuestro taller OMA , cumple con los debidos procesos que garantizan que los servicios que prestamos cumplen con el objeto de la presente licitación y que de mantenerse este requerimiento, se estaría violentando lo establecido en Artículo 4°. de la Ley 7021,- “Principios rectores. d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública” al mantener este requisito se exige a los oferentes requisitos distintos a los señalados por la Ley estableciendo elementos que no resulten técnicamente indispensables, y no se ajusta a lo mencionado en Artículo 45.- Pliegos de Bases y Condiciones. “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.” , “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Las convocantes se abstendrán de solicitar como requisito para participar en los procedimientos de contratación, la inscripción en cualquier clase de registro distinto a lo dispuesto por la presente Ley.”
La autorización del fabricante para el mantenimiento y reparación de la aeronave Cessna es esencial por diversas razones, tales como la seguridad, el cumplimiento normativo, la garantía, la preservación del valor de la aeronave, el acceso a piezas originales, también disponibilidad de recambios y obligación de exigir una prueba pericial en caso de que el fallo venga de origen. Su importancia radica en varios aspectos clave que garantizan la eficiencia, seguridad y durabilidad de estos sistemas de la aeronave. Estas condiciones aseguran que las reparaciones se lleven a cabo conforme a los estándares técnicos y los reglamentos de seguridad necesarios para mantener la aeronavegabilidad continua de la aeronave.
4 Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
se publicara Adenda
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CONSULTA 1
solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la posibilidad de estructurar el presente procedimiento de contratación en lotes independientes, con el objeto de promover una mayor participación de potenciales oferentes y fomentar una competencia más amplia y eficiente.
En particular, sugerimos evaluar la separación del objeto de la contratación en los siguientes lotes:
Lote 1(items 1 al 16) : Servicios de mantenimiento, inspección, reparación y demás trabajos aeronáuticos requeridos para la aeronave.
Lote 2 (items 17, 18 y 19): Provisión, instalación y certificación de equipos de aviónica y componentes asociados.
Esta división permitiría la participación de empresas especializadas en cada área, considerando que existen organizaciones de mantenimiento aeronáutico con amplia experiencia en servicios técnicos, así como proveedores especializados en aviónica que cuentan con representación y certificaciones específicas de fabricantes.
Entendemos que la separación por lotes podría generar una mayor concurrencia de oferentes, mejorar la competitividad de las ofertas y potencialmente obtener condiciones más favorables para la Convocante, sin afectar el cumplimiento
solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la posibilidad de estructurar el presente procedimiento de contratación en lotes independientes, con el objeto de promover una mayor participación de potenciales oferentes y fomentar una competencia más amplia y eficiente.
En particular, sugerimos evaluar la separación del objeto de la contratación en los siguientes lotes:
Lote 1(items 1 al 16) : Servicios de mantenimiento, inspección, reparación y demás trabajos aeronáuticos requeridos para la aeronave.
Lote 2 (items 17, 18 y 19): Provisión, instalación y certificación de equipos de aviónica y componentes asociados.
Esta división permitiría la participación de empresas especializadas en cada área, considerando que existen organizaciones de mantenimiento aeronáutico con amplia experiencia en servicios técnicos, así como proveedores especializados en aviónica que cuentan con representación y certificaciones específicas de fabricantes.
Entendemos que la separación por lotes podría generar una mayor concurrencia de oferentes, mejorar la competitividad de las ofertas y potencialmente obtener condiciones más favorables para la Convocante, sin afectar el cumplimiento
La convocante mantendra la contraciòn como unico lote por conisederar que esta modalidad permite asegurar una ejecucion màs eficiente e integral de los trabajs requeridos, asi como la trazabilidad de las interveciones relizadas. Se mantiene lo establecido en el PBC
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CONSULTA 2
Solicitamos respetuosamente a la Convocante revisar el requisito que exige la presentación de una autorización emitida por el fabricante para la provisión de los equipos y/o componentes requeridos en el presente llamado.
La presente solicitud se fundamenta en que, según nuestro conocimiento, actualmente solo una empresa en el país cuenta con la referida autorización del fabricante, situación que podría restringir significativamente la participación de potenciales oferentes y limitar los principios de libre competencia, igualdad de participación y concurrencia que rigen los procesos de contratación pública.
Entendemos y compartimos la necesidad de que los bienes suministrados sean originales, nuevos y cuenten con trazabilidad y respaldo técnico adecuado. Sin embargo, consideramos que dicho objetivo puede ser alcanzado mediante otros mecanismos de acreditación que permitan una mayor participación de oferentes, tales como:
Certificados de origen de los componentes y equipos.
Certificados de conformidad o trazabilidad emitidos por distribuidores autorizados.
Documentación que acredite la condición de repuesto original (OEM).
Garantía escrita del proveedor respecto a la autenticidad de los bienes suministrados.
Presentación de facturas o documentación de adquisición emitida por canales autorizados de comercialización.
En ese sentido, solicitamos evaluar la sustitución o flexibilización del requisito de autorización del fabricante por cualquiera de los mecanismos antes mencionados, o por otros que la Convocante considere pertinentes, garantizando de esta manera la provisión de productos originales sin restringir innecesariamente la participación de empresas técnicamente capacitadas para ejecutar el contrato.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante revisar el requisito que exige la presentación de una autorización emitida por el fabricante para la provisión de los equipos y/o componentes requeridos en el presente llamado.
La presente solicitud se fundamenta en que, según nuestro conocimiento, actualmente solo una empresa en el país cuenta con la referida autorización del fabricante, situación que podría restringir significativamente la participación de potenciales oferentes y limitar los principios de libre competencia, igualdad de participación y concurrencia que rigen los procesos de contratación pública.
Entendemos y compartimos la necesidad de que los bienes suministrados sean originales, nuevos y cuenten con trazabilidad y respaldo técnico adecuado. Sin embargo, consideramos que dicho objetivo puede ser alcanzado mediante otros mecanismos de acreditación que permitan una mayor participación de oferentes, tales como:
Certificados de origen de los componentes y equipos.
Certificados de conformidad o trazabilidad emitidos por distribuidores autorizados.
Documentación que acredite la condición de repuesto original (OEM).
Garantía escrita del proveedor respecto a la autenticidad de los bienes suministrados.
Presentación de facturas o documentación de adquisición emitida por canales autorizados de comercialización.
En ese sentido, solicitamos evaluar la sustitución o flexibilización del requisito de autorización del fabricante por cualquiera de los mecanismos antes mencionados, o por otros que la Convocante considere pertinentes, garantizando de esta manera la provisión de productos originales sin restringir innecesariamente la participación de empresas técnicamente capacitadas para ejecutar el contrato.
Se informa que se procedera a la emsiòn de una adenda al PBC, mediante el cual se modificara los requisitos relacionado con la autorizacion del fabricante y el certificado de la empresa, Fabricante que habilite al oferente como centro de autorizado de servicios.