Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
De:
Gimenez Hellman, Rita Asucena
80000519-8 - TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SAE (TELECEL SAE)
Consulta:
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
Al respecto, los parámetros establecidos en el PBC responden a la necesidad de asegurar la solidez financiera de los oferentes y minimizar riesgos en la ejecución contractual, razón por la cual nos mantenemos en los criterios establecidos conforme a los estándares sugeridos por la DNCP.
2
Solicitud de Modificación Capacidad Financiera
En atención a la respuesta brindada, en la cual se señala que los parámetros establecidos buscan asegurar la solidez financiera de los oferentes y minimizar los riesgos en la ejecución contractual, solicitamos respetuosamente reconsiderar el límite establecido para el índice de endeudamiento.
Comprendemos la importancia de contar con oferentes financieramente sólidos; sin embargo, consideramos que elevar el límite de 0,80 a 0,90, manteniendo el promedio de los ejercicios 2023, 2024 y 2025, no desvirtúa dicho objetivo, especialmente considerando que este indicador debe ser analizado conjuntamente con los demás requisitos financieros, técnicos y legales establecidos en el PBC.
La modificación propuesta permitiría una mayor participación y concurrencia de oferentes que cuentan con capacidad económica y operativa suficiente para cumplir con las obligaciones contractuales, sin dejar de realizar un control sobre su situación financiera.
Por lo expuesto, solicitamos nuevamente considerar la modificación del parámetro:
Endeudamiento: Pasivo Total / Activo Total
No deberá ser mayor a 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025).
Agradeceremos que la Convocante pueda reconsiderar el criterio solicitado, en atención a los principios de libre concurrencia y participación.
De:
Gimenez Hellman, Rita Asucena
80000519-8 - TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SAE (TELECEL SAE)
Consulta:
En atención a la respuesta brindada, en la cual se señala que los parámetros establecidos buscan asegurar la solidez financiera de los oferentes y minimizar los riesgos en la ejecución contractual, solicitamos respetuosamente reconsiderar el límite establecido para el índice de endeudamiento.
Comprendemos la importancia de contar con oferentes financieramente sólidos; sin embargo, consideramos que elevar el límite de 0,80 a 0,90, manteniendo el promedio de los ejercicios 2023, 2024 y 2025, no desvirtúa dicho objetivo, especialmente considerando que este indicador debe ser analizado conjuntamente con los demás requisitos financieros, técnicos y legales establecidos en el PBC.
La modificación propuesta permitiría una mayor participación y concurrencia de oferentes que cuentan con capacidad económica y operativa suficiente para cumplir con las obligaciones contractuales, sin dejar de realizar un control sobre su situación financiera.
Por lo expuesto, solicitamos nuevamente considerar la modificación del parámetro:
Endeudamiento: Pasivo Total / Activo Total
No deberá ser mayor a 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025).
Agradeceremos que la Convocante pueda reconsiderar el criterio solicitado, en atención a los principios de libre concurrencia y participación.