MELGAREJO ALMADA, JORGE DIOSNEL
920538-1 - JORGE DIOSNEL MELGAREJO ALMADA
Consulta:
1. Estados Financieros: En el criterio de Capacidad Financiera se solicita la presentación de Balance General, Estado de Resultados, Formulario N.° 500, Formulario N.° 515, Formulario N.° 516 y Formulario N.° 120. Al respecto, se aclara que dichos documentos constituyen obligaciones propias de los contribuyentes del IRE Régimen General, mientras que los contribuyentes inscriptos en el IRE Simple no se encuentran obligados a elaborarlos ni presentarlos conforme a la normativa tributaria vigente, y el Sistema Marangatu no habilita su emisión para este régimen. En ese sentido, se solicita aclarar cómo será evaluada la capacidad financiera de los oferentes inscriptos en el IRE Simple y qué documentación será considerada válida para acreditar el cumplimiento de este requisito.
2. Licencia Comercial: En el criterio de capacidad técnica se solicita la presentación de Licencia Comercial. Al respecto se aclara que dicho documento puede ser requerido a oferentes que se encuentren con domicilio en Asunción debido a que es el único Municipio que emite la licencia requerida. En tal sentido, solicito aclaración de cómo se evaluará a los oferentes que posean domicilio en otra ciudad que no sea la capital.