Solicitamos a la Convocante agregar el modelo de la Planilla de Datos Garantizados, puesto que no se encuentra disponible entre los formularios del llamado.
De:
LUCANTONIO NUÑEZ, GIANMARCO
80015056-2 - DUTRIEC SA
Consulta:
Solicitamos a la Convocante agregar el modelo de la Planilla de Datos Garantizados, puesto que no se encuentra disponible entre los formularios del llamado.
Se solicita amablemente a la convocante, reducir el vencimiento del producto de 18 meses a 14 meses, considerando que son productos de alta rotación y la presentación de pólizas por el 100% de los productos elevaría el costo de los mismos que se vería reflejado en el precio de la oferta final, esto de modo a que institución obtenga la mejor oferta posible.
De:
ACOSTA CAPPO, HUGO EMILIO
80001916-4 - SCAVONE HERMANOS SA
Consulta:
Se solicita amablemente a la convocante, reducir el vencimiento del producto de 18 meses a 14 meses, considerando que son productos de alta rotación y la presentación de pólizas por el 100% de los productos elevaría el costo de los mismos que se vería reflejado en el precio de la oferta final, esto de modo a que institución obtenga la mejor oferta posible.
Se solicita a la convocante aclarar la forma farmacéutica solicitada en el ítem 12, teniendo en cuenta que en ítems solicitados se pide Tobramicina Solución Inhaladora y en el pbc la forma farmacéutica solicitada es Solución oftálmica
De:
NUÑEZ INVERNIZZI, ROSALIA ARAMI
80022776-0 - V Y T FARMA SA
Consulta:
Se solicita a la convocante aclarar la forma farmacéutica solicitada en el ítem 12, teniendo en cuenta que en ítems solicitados se pide Tobramicina Solución Inhaladora y en el pbc la forma farmacéutica solicitada es Solución oftálmica
Con relación al ítem de referencia, se solicita la modificación y/o inclusión en la especificación técnica en cuanto a la presentación requerida, a fin de permitir la presentación de jeringa prellenada, además de la forma "kit conteniendo vial con polvo liofilizado + solvente + jeringa + 2 agujas". En el mercado paraguayo existen únicamente dos registros sanitarios que corresponden a la presentación exigida en el Pliego, mientras que más de seis productos con registro vigente corresponden a la presentación de jeringa prellenada, la cual constituye una presentación técnica y clínicamente válida, ampliamente utilizada en hospitales públicos y privados -inclusive por esta propia Convocante (ID 454.578, ID 476.750)-, y reconocida por su seguridad, menor manipulación y mejor manejo logístico, sin alterar el uso, la indicación ni la concentración del medicamento.
La restricción a una sola presentación limita injustificadamente la participación de potenciales oferentes, en contravención al artículo 45 de la Ley N° 7021/22, que dispone que no podrán establecerse elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia, y al artículo 58 del Decreto N° 2264/24. A ello se suma que el Pliego aplica abastecimiento simultáneo a la totalidad de los ítems, con porcentajes de distribución previstos para dos y hasta tres oferentes, justificándolo en la reducción del riesgo de desabastecimiento y en la mayor concurrencia, finalidad que resulta inalcanzable en el ítem 4 con la restricción vigente. Por tanto, se solicita a la Convocante la inclusión de la presentación en jeringa prellenada, garantizando así un proceso competitivo, eficiente y ajustado a la realidad sanitaria nacional.
De:
garcia duarte , liz maria
80074991-0 - QUIMFA S.A.
Consulta:
Con relación al ítem de referencia, se solicita la modificación y/o inclusión en la especificación técnica en cuanto a la presentación requerida, a fin de permitir la presentación de jeringa prellenada, además de la forma "kit conteniendo vial con polvo liofilizado + solvente + jeringa + 2 agujas". En el mercado paraguayo existen únicamente dos registros sanitarios que corresponden a la presentación exigida en el Pliego, mientras que más de seis productos con registro vigente corresponden a la presentación de jeringa prellenada, la cual constituye una presentación técnica y clínicamente válida, ampliamente utilizada en hospitales públicos y privados -inclusive por esta propia Convocante (ID 454.578, ID 476.750)-, y reconocida por su seguridad, menor manipulación y mejor manejo logístico, sin alterar el uso, la indicación ni la concentración del medicamento.
La restricción a una sola presentación limita injustificadamente la participación de potenciales oferentes, en contravención al artículo 45 de la Ley N° 7021/22, que dispone que no podrán establecerse elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia, y al artículo 58 del Decreto N° 2264/24. A ello se suma que el Pliego aplica abastecimiento simultáneo a la totalidad de los ítems, con porcentajes de distribución previstos para dos y hasta tres oferentes, justificándolo en la reducción del riesgo de desabastecimiento y en la mayor concurrencia, finalidad que resulta inalcanzable en el ítem 4 con la restricción vigente. Por tanto, se solicita a la Convocante la inclusión de la presentación en jeringa prellenada, garantizando así un proceso competitivo, eficiente y ajustado a la realidad sanitaria nacional.
El PBC exige para el ítem de referencia la presentación "KIT CONTENIENDO VIAL CON POLVO LIOFILIZADO + SOLVENTE + JERINGA + 2 AGUJAS". Al respecto, se pone a consideración de la Convocante que dicha presentación requiere reconstitución previa, proceso que demanda tiempo de enfermería y conlleva riesgos de error de dosificación o contaminación. La presentación de uso mayoritario en el mercado es la jeringa prellenada, lista para usar, que asegura la dosis exacta, reduce el desperdicio y favorece la seguridad del paciente, manteniendo idéntica concentración, vía de administración e indicación terapéutica.
Teniendo en cuenta que esta Convocante ha adquirido el producto en dicha presentación en procedimientos anteriores (ID 476.750, ID 454.578), lo que acredita su plena aptitud para las necesidades asistenciales y logísticas de la Institución, se solicita respetuosamente la inclusión de la opción "jeringa prellenada" en la columna de presentación de entrega del ítem, lo que permitiría además ampliar la concurrencia de oferentes en línea con la finalidad del abastecimiento simultáneo previsto en el propio Pliego.
De:
garcia duarte , liz maria
80074991-0 - QUIMFA S.A.
Consulta:
El PBC exige para el ítem de referencia la presentación "KIT CONTENIENDO VIAL CON POLVO LIOFILIZADO + SOLVENTE + JERINGA + 2 AGUJAS". Al respecto, se pone a consideración de la Convocante que dicha presentación requiere reconstitución previa, proceso que demanda tiempo de enfermería y conlleva riesgos de error de dosificación o contaminación. La presentación de uso mayoritario en el mercado es la jeringa prellenada, lista para usar, que asegura la dosis exacta, reduce el desperdicio y favorece la seguridad del paciente, manteniendo idéntica concentración, vía de administración e indicación terapéutica.
Teniendo en cuenta que esta Convocante ha adquirido el producto en dicha presentación en procedimientos anteriores (ID 476.750, ID 454.578), lo que acredita su plena aptitud para las necesidades asistenciales y logísticas de la Institución, se solicita respetuosamente la inclusión de la opción "jeringa prellenada" en la columna de presentación de entrega del ítem, lo que permitiría además ampliar la concurrencia de oferentes en línea con la finalidad del abastecimiento simultáneo previsto en el propio Pliego.
En relación al Ítem 12 – Tobramicina: El código DNCP asignado al ítem corresponde a Tobramicina solución inhaladora; sin embargo, el Pliego de Bases y Condiciones solicita Tobramicina solución oftálmica. Se solicita a la Convocante aclarar cuál es la forma farmacéutica requerida y, de corresponder, realizar las modificaciones pertinentes, a fin de evitar confusiones y garantizar la correcta elaboración y presentación de las ofertas.
De:
Duarte Ozuna, Maria Cristina
80025906-8 - DISTRIBUIDORA LA POLICLINICA S. A.
Consulta:
En relación al Ítem 12 – Tobramicina: El código DNCP asignado al ítem corresponde a Tobramicina solución inhaladora; sin embargo, el Pliego de Bases y Condiciones solicita Tobramicina solución oftálmica. Se solicita a la Convocante aclarar cuál es la forma farmacéutica requerida y, de corresponder, realizar las modificaciones pertinentes, a fin de evitar confusiones y garantizar la correcta elaboración y presentación de las ofertas.
En relación al vencimiento de los productos y por las características específicas de los mismos solicitamos a la convocante considerar la modificación del requisito de vencimiento mínimo de los medicamentos establecido en el PBC. A tal efecto, sugerimos la siguiente redacción: " El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud. Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 12 (doce) meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar una Póliza de Seguro por el 100% (cien por ciento) del monto del producto, con identificación del número de lote. El original de la póliza deberá ser entregado en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES, y el duplicado en el Parque Sanitario correspondiente. La vigencia de dicha póliza deberá extenderse hasta 3 (tres) meses posteriores a la fecha de vencimiento del artículo entregado. Asimismo, el oferente deberá presentar una Declaración Jurada mediante la cual se comprometa, en caso de resultar adjudicado, a efectuar el canje de los medicamentos entre 6 (seis) y 3 (tres) meses antes de su vencimiento, previo informe de los responsables de la Dirección Logística dependiente de la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos."
De:
Duarte Ozuna, Maria Cristina
80025906-8 - DISTRIBUIDORA LA POLICLINICA S. A.
Consulta:
En relación al vencimiento de los productos y por las características específicas de los mismos solicitamos a la convocante considerar la modificación del requisito de vencimiento mínimo de los medicamentos establecido en el PBC. A tal efecto, sugerimos la siguiente redacción: " El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud. Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 12 (doce) meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar una Póliza de Seguro por el 100% (cien por ciento) del monto del producto, con identificación del número de lote. El original de la póliza deberá ser entregado en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES, y el duplicado en el Parque Sanitario correspondiente. La vigencia de dicha póliza deberá extenderse hasta 3 (tres) meses posteriores a la fecha de vencimiento del artículo entregado. Asimismo, el oferente deberá presentar una Declaración Jurada mediante la cual se comprometa, en caso de resultar adjudicado, a efectuar el canje de los medicamentos entre 6 (seis) y 3 (tres) meses antes de su vencimiento, previo informe de los responsables de la Dirección Logística dependiente de la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos."
Se solicita a la Convocante modificar el criterio de acreditación de la experiencia, estableciendo que el cumplimiento del porcentaje mínimo requerido sea determinado sobre la sumatoria de las facturaciones, contratos y/o recepciones finales de los ejercicios fiscales 2023, 2024 y 2025.
Asimismo, se solicita que la experiencia sea exigida únicamente al oferente, por ser este el sujeto que participa en el procedimiento de contratación, presenta la oferta y asume la responsabilidad por la ejecución contractual, independientemente de la identidad del fabricante o del titular del registro sanitario del producto ofertado.
De:
Duarte Ozuna, Maria Cristina
80025906-8 - DISTRIBUIDORA LA POLICLINICA S. A.
Consulta:
Se solicita a la Convocante modificar el criterio de acreditación de la experiencia, estableciendo que el cumplimiento del porcentaje mínimo requerido sea determinado sobre la sumatoria de las facturaciones, contratos y/o recepciones finales de los ejercicios fiscales 2023, 2024 y 2025.
Asimismo, se solicita que la experiencia sea exigida únicamente al oferente, por ser este el sujeto que participa en el procedimiento de contratación, presenta la oferta y asume la responsabilidad por la ejecución contractual, independientemente de la identidad del fabricante o del titular del registro sanitario del producto ofertado.
Se solicita a la Convocante incluir el modelo de la Planilla de Datos Garantizados dentro del apartado "Formularios" del presente llamado, atendiendo a que dicho documento no forma parte de la documentación publicada y resulta necesario para la preparación de las ofertas.
De:
Duarte Ozuna, Maria Cristina
80025906-8 - DISTRIBUIDORA LA POLICLINICA S. A.
Consulta:
Se solicita a la Convocante incluir el modelo de la Planilla de Datos Garantizados dentro del apartado "Formularios" del presente llamado, atendiendo a que dicho documento no forma parte de la documentación publicada y resulta necesario para la preparación de las ofertas.
con relacion al item de referencia, solicitamos la modificacion de la especificacion correspondiente a la preesentacion de entrega, a fin de admitir, ademas del ¨kit conteniendo vial con polvo liofilizado + solvente + jeringa + 2 agujas¨, la presentacion de jeringa prellenada. la presentacion requerida no constituye una caracteristia tecnica escencial del medicamento, ya que la forma farmaceutica ( inyectable), concentracion (10.000 UI), via de administracion, indicacion terapeutica inalteradas. Asi mismo, la propia convocante ha adquirido anteriormente eritropoyetina en presentacion de jeringa prellenada ( ID 454578 a ID 476750), demostrando que esta resulta plenamente apat para satisafacer sus necesidades asistenciales.
Cabe señalar ademas que, mientras en el mercado nacional existen unicamente dos registrso sanitarios vigentes para la presentacion actualmente exigida, mas de seis productos cuentan con registros sanitarios en presentacion jeringa prellenada, por lo que la exigencia prevista restringe innecesariamente la concurrencia de potenciales oferentes.
Considerando que el propio Pliego promueve abastecimiento simultaneo para favorecer la competencia y evitar riesgos de desabastecimiento, solicitamos admitir ambas presentaciones, en concordancia con los principios de igualdad, libre competencia y mayor concurrencia previstos en la Ley Nro. 7021/2022 y su decreto Reglamentario.
De:
CABAS ORTIZ, JUAN CARLOS
80003391-4 - MEGALABS PARAGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA
Consulta:
con relacion al item de referencia, solicitamos la modificacion de la especificacion correspondiente a la preesentacion de entrega, a fin de admitir, ademas del ¨kit conteniendo vial con polvo liofilizado + solvente + jeringa + 2 agujas¨, la presentacion de jeringa prellenada. la presentacion requerida no constituye una caracteristia tecnica escencial del medicamento, ya que la forma farmaceutica ( inyectable), concentracion (10.000 UI), via de administracion, indicacion terapeutica inalteradas. Asi mismo, la propia convocante ha adquirido anteriormente eritropoyetina en presentacion de jeringa prellenada ( ID 454578 a ID 476750), demostrando que esta resulta plenamente apat para satisafacer sus necesidades asistenciales.
Cabe señalar ademas que, mientras en el mercado nacional existen unicamente dos registrso sanitarios vigentes para la presentacion actualmente exigida, mas de seis productos cuentan con registros sanitarios en presentacion jeringa prellenada, por lo que la exigencia prevista restringe innecesariamente la concurrencia de potenciales oferentes.
Considerando que el propio Pliego promueve abastecimiento simultaneo para favorecer la competencia y evitar riesgos de desabastecimiento, solicitamos admitir ambas presentaciones, en concordancia con los principios de igualdad, libre competencia y mayor concurrencia previstos en la Ley Nro. 7021/2022 y su decreto Reglamentario.